_Por quáles razones se pueden los reyes tomar los castiellos los unos
á los otros que habian metido en fialdat, et por quáles maguer se los
tomen se los han de tornar._
Tomarse pueden los reyes unos á otros segunt uso antiguo de España
los castiellos que se hobieren metido en fialdat, et esto por dos
razones et non mas; la una es quando el uno dellos quebrantase al otro
la postura que hobiesen de so uno por que los habien puestos [704]
en mano del fiel, et aquel á quien fuese quebrantada lo afrontase al
otro enviándogelo mostrar [705] por su corte treinta dias [706] et aun
tres mas; ca si á ninguno destos plazos non gelo quisiese emendar,
si dende adelante [707] tomare aquellos castiellos por qual manera
quier, fincarien por suyos. La segunda quando se levantare atal guerra
entrellos que se hobiesen á guerrear el uno al otro manifiestamente;
ca estonce el que tomare el castiello de fialdat al otro serie suyo
quitamente, pues que el amor hi non fuese sobre que eran las fialdades
puestas. Mas si acaesciese que amos los reyes [708] se acercasen á
tomar el castiello al que lo toviese en fialdat dellos por alguna de
las tres razones que dice en la tercera ley ante desta, tovieron por
bien los antiguos que diesen luego tal home que lo toviese por ellos,
et sopiese guardar á cada uno su derecho segunt los pleytos que de
so uno toviesen. Et si ganase el castiello aquel en cuyo señorio es,
débelo luego facer saber al otro rey, por que se puedan amos acordar
para darlo á tal home que lo tenga por ellos asi como sobredicho es;
mas si por aventura lo tomase el otro en cuya tierra non fuese, [709]
non gelo debe tomar para sí, mas darlo luego á aquel rey cuyo es: et
desi dar amos home señalado que lo tenga por ellos en la manera que
desuso mostramos. Et todos los sabios antiguos de España se acordaron
en esto que por ninguna otra razon non puedan tomar los reyes los
castiellos puestos en fialdades unos á otros que los non hayan luego á
tornar para seer guardadas las posturas que entre sí ponen, sinon por
las dos que mostramos en el comenzamiento desta ley: et el rey que de
otra guisa los tomase, sin el pleyto que quebrantarie al otro por que
cayerie en la pena de dicho et de fecho que en él fuese puesta, farie
malestanza por que cayerie en blasmo de la gente como quien mengua en
su verdat.