LEY XXIV.

_Cómo deben facer homenage al rey nuevo de los castiellos que algunos

toviesen por posturas [532] ó por feudo._

Fortalezas et castiellos teniendo algunos por posturas [533] ó por

feudo deben venir todos los que los toviesen al rey nuevo á facerle

homenage que le cumplan todas las cosas segunt los pleytos et las

posturas fueren fechas por que lo han de facer: et deben haber plazo

para facer el homenage asi como desuso diximos de aquellos que han los

heredamientos por donadio de los reyes: et deben haber esa mesma pena

si non compliesen aquello que son tenudos de facer por razon dellos. Et

todos estos homenages que desuso diximos, tambien de los heredamientos

que dan los reyes como de los otros que han los homes de otra parte, et

otrosi estos [534] de los feudos se deben renovar cada que se camiaren

por muerte ó por vida de aquellos [535] que los tomaren: mas los otros

homes que non toviesen del rey tierras, nin oficios, nin castiellos

nin heredamientos de ninguna de las maneras que dichas son en las

leyes ante desta, deben venir á honrar et á conoscer señorio del rey

nuevo: et los que maliciosamente fincasen et non lo quisiesen facer,

[536] farien aleve conoscida, por que segunt fuero antiguo de España

si fueren homes honrados deben seer echados del regno para siempre et

nunca seer cabidos en aquel señorio que negaron, et si fueren otros

homes deben morir por ello.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 159 / 1261 题