_Cómo deben facer homenage al rey nuevo de los castiellos que algunos
toviesen por posturas [532] ó por feudo._
Fortalezas et castiellos teniendo algunos por posturas [533] ó por
feudo deben venir todos los que los toviesen al rey nuevo á facerle
homenage que le cumplan todas las cosas segunt los pleytos et las
posturas fueren fechas por que lo han de facer: et deben haber plazo
para facer el homenage asi como desuso diximos de aquellos que han los
heredamientos por donadio de los reyes: et deben haber esa mesma pena
si non compliesen aquello que son tenudos de facer por razon dellos. Et
todos estos homenages que desuso diximos, tambien de los heredamientos
que dan los reyes como de los otros que han los homes de otra parte, et
otrosi estos [534] de los feudos se deben renovar cada que se camiaren
por muerte ó por vida de aquellos [535] que los tomaren: mas los otros
homes que non toviesen del rey tierras, nin oficios, nin castiellos
nin heredamientos de ninguna de las maneras que dichas son en las
leyes ante desta, deben venir á honrar et á conoscer señorio del rey
nuevo: et los que maliciosamente fincasen et non lo quisiesen facer,
[536] farien aleve conoscida, por que segunt fuero antiguo de España
si fueren homes honrados deben seer echados del regno para siempre et
nunca seer cabidos en aquel señorio que negaron, et si fueren otros
homes deben morir por ello.