LEY XX.

_En qué manera debe el pueblo honrar al rey nuevo luego que regnare._

Soterrado seyendo el rey finado deben los homes honrados que diximos

en la ley ante desta venir al rey nuevo [522] para conoscerle honra

de señorio en dos maneras: la una de palabra, la otra de fecho; de

palabra conosciéndole quel tienen por su señor et otorgando que son

sus vasallos, et prometiéndole que lo obedescerán, et le serán leales

et verdaderos en todas cosas, et que acrescentarán su honra et su pro,

et desviarán su mal et su daño quanto ellos mas podieren: de fecho

besándole el pie et la mano en conoscimiento de señorio, ó faciéndole

otra humildat segunt costumbre de la tierra, et entregándole luego de

los oficios et de las tierras á que llaman honores, et de todas las

otras cosas que tenien del rey finado, asi como cilleros et bodegas,

et ganados et otras rentas de qualquier manera que sean; et los que

esto non feciesen [523] farien aleve conoscida, por que seyendo homes

honrados deben perder los oficios et los honores que tenien et seer

echados del regno, et si alguna cosa ende hobiesen levado en aquel

tiempo, pecharlo hian todo doblado: et si fuesen homes de menor guisa

deben morir por ello, et entregarse el rey en el doblo de lo suyo de

quanto que hobiesen levado en aquella sazon; mas sinon los podiesen

luego fallar, han de perder lo que hobieren, pero non les deben despues

matar, pues que por pena les hobieren tomado lo suyo.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (2 de 3) · 第 155 / 1261 题