_Cómo el pueblo debe conoscer á Dios por creencia de ley._
Aquel pueblo es bienaventurado et endereszado á bien que puña quanto
mas puede en conoscer á Dios [432] naturalmente segunt dice en la
ley ante desta: et aun conviene quel conosca por creencia de ley que
es sobre natura, et para esta conoscencia ha meester que haya en sí
tres cosas: fe, et esperanza et amor; et fe conviene que haya en
todas guisas, porque el entendimiento del home non es tan poderoso
que podiese á Dios conoscer complidamente sinon por ella; et firme
esperanza ha meester que haya en él, ca segunt dice sant Agostin, ella
es entrada [433] para veer home lo que cree: otrosi amor de Dios debe
haber, á que llaman caridat, porque en él fuelga el alma del home, ca
asi lo dice sant Agostin, que non puede folgar con otra cosa sinon
con aquella que ama. Et porque la fe es raiz et fundamento para haber
acabadamente la conoscencia de Dios, por ende queremos primero fablar
della, et mostrar por que razones la debe el pueblo haber segunt lo
departieron los santos padres et los filósofos antiguos.