_Quáles deben ser los jueces del rey, et qué deben facer._
Jueces son llamados aquellos que judgan los pleytos, et por ende los
que los han de judgar en la corte del rey tienen muy grant oficio,
porque non tan solamente judgan los pleytos que vienen antellos, mas
aun han poder de judgar á los otros jueces de la tierra, et por esto
deben haber en sí muchas bondades, primeramente seer de buen linage
para haber vergüenza de non errar; et luego cabo desto deben haber buen
entendimiento para entender aina lo que razonaren ante ellos; et deben
seer apuestos et sesudos para saberlo departir et judgar derechamente.
Et si sopiesen leer et escrebir, saberse han mejor ayudar dello, porque
ellos mesmos se leerán las cartas, [307] et las peticiones et las
pesquisas de poridat, et non habrán á caer en mano de otro [308] que
las muestre: et bien razonados conviene que sean para saber mostrar las
razones complidamente á las partes que venieren antellos quando los
juicios hobieren á dar. Otrosi deben [309] seer sofridores para non se
quejar, nin se ensañar con las voces de los querellosos, de manera que
non hayan á decir de palabra, nin á facer de fecho cosa contra ellos
que les esté mal. Et sin todo esto deben seer justicieros para facer á
cada uno de los que venieren á su juicio justicia et derecho: et sin
cobdicia conviene mucho que sean, porque non fagan cosa por ella en
sus juicios que torne á daño del rey nin del pueblo, nin por que ellos
cayesen en mala fama ó en peligro de los cuerpos. Otrosi deben seer
firmes de manera que non se desvien del derecho nin de la verdat, nin
fagan [310] contra ello por ninguna cosa que les podiese ende venir de
bien nin de mal. Et sobre todo han de seer muy leales de manera que
sepan guardar todas estas cosas sobredichas, et señaladamente que amen
al rey, et guarden su señorio [311] et todas sus cosas. Et quando los
jueces tales fueren, débelos el rey amar, et fiarse mucho en ellos, et
facerles mucho de bien et de honra: et quando de otra guisa feciesen,
deben haber pena segunt el yerro fuere.