_Quáles deben seer los escribanos del rey, et qué deben facer._
Escriptura es cosa que aduce todos los fechos á remembranza, et por
ende los escribanos que la han de facer ha mester que sean buenos et
entendudos, et mayormente los de casa del rey. Ca estos conviene que
hayan buen sentido et buen entendimiento, et que sean leales et de
buena poridat; ca maguer el rey, et el chanciller et el notario manden
facer las cartas en poridat, con todo eso, si ellos mestureros fueren,
non se podrien guardar de su daño, porque todas las cartas ellos las
han de escrebir. Et apercebudos ha mester que sean para escuchar bien
las razones que les dixieren, de manera que las entiendan, et sepan
escrebir et leer bien [268] et correchamente; et aun deben seer sin
cobdicia, porque non tomen ninguna cosa sinon lo que el rey les mandare
tomar; et acuciosos deben seer para librar los homes aina, et deben
seer atales á quien pueda el rey caloñar yerro si lo ficieren: et á
su oficio dellos pertenesce el escrebir los previllejos et las cartas
fielmente segunt las notas que les dieren, non menguando nin creciendo
ninguna cosa. Et quando atales fuesen, débelos el rey amar, et fiarse
mucho en ellos, et quando contra esto ficiesen, [269] mesturando la
poridat que les mandasen guardar, ó diesen las cartas á otri que las
escrebiese [270] sin mandado dél por que fuese [271] descubierta, ó
ficiesen falsedat en su oficio en qual manera quier á sabiendas farien
traycion conoszuda por que deben perder los cuerpos et quanto que
hobieren. Et segunt dixieron los sabios, atal es el que dice su poridat
á otri, como sil diese su corazon en su poder et en su guarda, et el
que gela mestura, face atan grant yerro [272] como si gelo vendiese ol
enagenase en lugar do nunca lo podiese haber: et por ende quien esto
face á señor, meresce la pena sobredicha de aquellos oficiales que han
á servir al rey.