_Que el rey se debe vestir muy apuestamente._
Vestiduras facen mucho conoscer á los homes por nobles ó por viles,
et por ende los sabios antigos establecieron que los reyes vestiesen
paños de seda con oro [121] et con piedras preciosas, porque los homes
los pudiesen conoscer luego que los viesen á menos de preguntar por
ellos. Et otrosi que trayesen los frenos et las siellas en que cavalgan
de oro, et de plata et con piedras preciosas; et aun en las grandes
fiestas quando facien sus cortes trayesen [122] coronas de oro con
piedras muy nobles et ricamente obradas, et esto por dos razones; la
una por sinificanza de nuestro señor Dios, cuyo lugar tienen en tierra;
et la otra porque los homes los conosciesen, asi como desuso deximos
para venir á ellos á servirlos, et honrarlos, et á pedirles merced
quando les fuese mester. Et por ende todos estos guarnimientos honrados
que deximos deben ellos traer en los tiempos convenientes, et usar
dellos apuestamente. Et otro home ninguno non debe probar de lo facer
nin de los traer, et el que lo ficiese en manera de egualarse al rey et
tomarle su lugar, debe perder el cuerpo et lo que hobiere, como aquel
que se atreve á tomar honra et lugar de su señor, non habiendo derecho
de lo haber; et el rey que gelo consintiese, sin la grant aboleza que
farie, estarle hie mal en este mundo, et demandárgelo hie Dios en el
otro como á vasallo que non precia la honra que el Señor le face, nin
usa della asi como debe. Pero si alguno ficiese contra lo que en esta
ley dice por arrufadia ó por desentendimiento, debel el rey dar pena
qual entendiere que la meresce.