_José en Madrid. — Felicitaciones. — Sus providencias. — Comisarios

regios. — Tropa española. — Junta criminal. — Comisarios de hacienda.

— Opinión acerca de José. — Junta central en Sevilla. — Declaración

unánime en favor de la causa peninsular de las provincias de América

y Asia. — Auxilios que envían. — Decreto de la central sobre América

de 22 de enero. — Nuevo reglamento para las juntas provinciales

de España. — Tratado con Inglaterra de 9 de enero. — Subsidios de

Inglaterra. — Tribunal de seguridad pública. — Centrales enviados a

las provincias. — Marqués de Villel en Cádiz. — Los ingleses quieren

ocupar la plaza. — Altercados que hubo en ello. — Alboroto en Cádiz.

— Conducta extraña de Villel. — Riesgo que corre su persona. — Matan

a Heredia. — Sosiégase el alboroto. — Ejércitos. — El de la Mancha.

— Ataque de Mora. — Alburquerque y Cartaojal. — Pasa Alburquerque

al ejército de Cuesta. — Avanza Cartaojal y se retira. — Acción de

Ciudad Real. — Ejército de Extremadura. — Avanza a Almaraz. — Córtase

el puente. — Pasan los franceses el Tajo. — Retíranse los nuestros.

— Ventajas conseguidas por los españoles. — Únese Alburquerque a

Cuesta. — Batalla de Medellín. — Sus resultas. — Determinación de la

central. — Venegas sucede a Cartaojal. — Reflexiones. — Comisión de

Sotelo. — Respuesta de la central. — Cartas de Sebastiani a Jovellanos

y otros. — Cartas de Sebastiani al señor Jovellanos. — Contestación

del señor Jovellanos. — Guerra de Austria. — Cataluña. — Alboroto de

Lérida. — Reding en Tarragona. — Plan prudente de Martí. — Varíase. —

Situación del ejército español. — Le atacan los franceses. — Entran

en Igualada. — Movimientos de Saint-Cyr y Reding. — Batalla de Valls.

— Entran los franceses en Reus. — Esperanzas de Saint-Cyr. — Salen

vanas. — Guerra de somatenes. — Dificultad de las comunicaciones.

— Retírase Saint-Cyr de las cercanías de Tarragona. — Pasa por

Barcelona. — Estado de la ciudad. — Niéganse las autoridades civiles a

prestar juramento. — Prenden a muchos y los llevan a Francia. — Pasa

Saint-Cyr a Vic. — Muerte de Reding. — Sucede Coupigny. — Paisanos

del Vallés. — Principio de las partidas en todo el reino. — Decreto

de la central. — Porlier. — Don Juan Echávarri. — El Empecinado. —

Ciudad Rodrigo y Wilson. — Asturias. — La junta. — Ballesteros. —

Sus operaciones en Colombres. — Armamento de la provincia. — Worster.

— Entran los asturianos en Ribadeo. — Y en Mondoñedo. — Sorprenden y

dispersan los franceses a Worster. — Romana. — Su ejército. — Empieza

el levantamiento de Galicia. — Mariscal Soult. — Trata de invadir a

Portugal. — Inútil tentativa para atravesar el Miño. — Toma Soult

hacia Orense. — Insurrección. — Los abades de Couto y Valladares. — El

paisanaje molesta a los franceses en su marcha. — Soult y Romana. —

Intimación a este. — Es desbaratada la retaguardia española. — Ataca a

Villafranca. — Se apodera de la guarnición. — Llega Romana a Oviedo. —

Altercado con la junta. — Invade Ney a Asturias. — Kellermann. — Romana

se embarca en Gijón. — Saquean los franceses a Oviedo. — Sale Ney de

Asturias. — Mahy amenaza a Lugo. — Desbarata al general Fournier. —

Pone cerco a la ciudad. — Crece la insurrección de Galicia. — Barrio.

— Junta de Lobera. — Sitia a Vigo el abad de Valladares. — Limia. —

Tenreiro y el portugués Almeida. — Morillo. — Gogo. — Ríndese Vigo a

los españoles. — Bloqueo de Tuy. — Le alzan. — Y evacuan la ciudad

los franceses. — Se crea y aumenta la división del Miño. — Mándala

Don Martín de la Carrera. — Desbarata a los franceses en el campo de

la Estrella. — Campaña de Soult en Portugal. — Entran los franceses

en Chaves. — En Braga. — Asoman a Oporto. — Estado de la ciudad. —

Éntranla los franceses. — Gran matanza. — Conducta del mariscal Soult.

— Pídenle sea rey. — Silveira recobra a Chaves. — Coronel Trant. —

Regencia de Portugal. — Cradock y los ingleses. — Beresford manda a

los portugueses. — Refuérzase el ejército inglés. — Sir A. Wellesley

nombrado general en jefe. — Sus providencias. — Avanza a Coimbra. —

Situación de los franceses. — Sociedad secreta de los filadelfos. —

Plan de Wellesley. — Se apoderan los ingleses de Oporto. — Apuros de

Soult. — Pasa la frontera. — Llega a Lugo. — Levanta Mahy el cerco.

— Encuéntrase con Romana en Mondoñedo. — Marcha atrevida de los

españoles. — Descontento del soldado con Romana. — Ney y Soult en Lugo.

— Conciértanse para destruir el ejército español. — Conde de Noroña 2.º

comandante de Galicia. — Acción del Puente de Sampayo. — Soult trata

de pasar a Castilla. — Paisanos del Sil. — Quema de varios pueblos.

— Romana en Celanova. — Soult en la Puebla de Sanabria. — General

Franceschi cogido por el Capuchino. — Situación de Ney. — Mazarredo. —

Bazán. — Evacúa Ney a Galicia. — Entra Noroña en la Coruña. — Worster y

Bárcena. — Ballesteros pasa a Castilla y a las montañas de Santander. —

Ocupa a Santander. — Echanle los franceses y se embarca. — Intrepidez

de Porlier. — Marcha admirable del batallón de la Princesa. — Romana

en la Coruña. — Sus providencias y negligencia. — Sale a Castilla.

— Nombra a Mahy para Asturias. — Nombra a Ballesteros para mandar

10.000 hombres. — Sucédele después en el mando del ejército el duque

del Parque. — Fin de este libro. — Parangón de la guerra de Austria y

España. — Previsión notable de Pitt._

HISTORIA

DEL

LEVANTAMIENTO, GUERRA Y REVOLUCIÓN

de España.

LIBRO OCTAVO.

[Marginal: José en Madrid.]

Habiendo la suerte favorecido tan poderosamente las armas francesas,

pareció a muchos estar ya afianzada la corona de España en las sienes

de José Bonaparte. Aumentose así el número de sus parciales, y ora por

este motivo, y ora sobre todo por exigirlo el conquistador, acudieron

sucesivamente a la corte a felicitar al nuevo rey diputaciones de

los ayuntamientos y cuerpos de los pueblos sojuzgados. [Marginal:

Felicitaciones.] Esmeráronse algunas en sus cumplidos, y no quedaron

en zaga las que representaban a los cabildos eclesiásticos y a los

regulares, con la esperanza sin duda estos de parar el golpe que

los amagaba. Mostráronse igualmente adictos varios obispos, y en

tanto grado que dio contra ellos un decreto la junta central,[*]

[Marginal: (* Ap. n. 8-1.)] coligiéndose de ahí que si bien la mayoría

del clero español como la de la nación estuvo por la causa de la

independencia, no fue exclusivamente aquella clase ni el fanatismo,

según queda ya apuntado, la que le dio impulso, sino la justa

indignación general. Corrobórase esta opinión al ver que entre los

eclesiásticos que abrazaron el partido de José, contáronse muchos de

los que pasaban plaza de ignorantes y preocupados. Tan cierto es que

en las convulsiones políticas el acaso, el error, el miedo colocan

como a ciegas en una y otra parcialidad a varios de los que siguen sus

opuestas banderas: motivos que reclaman al final desenlace recíproca

indulgencia.

[Marginal: Sus providencias.]

José luego que entró en Madrid en vano procuró tomar providencias que

volviendo la paz y orden al reino, cautivasen el ánimo de sus nuevos

súbditos. Ni tenía para ello medios bastantes, ni era fácil que el

pueblo español lastimado hasta en lo más hondo de su corazón, escuchase

una voz que a su entender era fingida y engañosa. Desgraciada por

lo menos fue y de mal sonido la primera que resonó en los templos,

y que se transmitió por medio de una circular fecha en 24 de enero.

Ordenábase en su contenido con promesa de la futura evacuación de los

franceses cantar en todos los pueblos un Te Deum en acción de gracias

por las victorias que había en la península alcanzado Napoleón, que

era como obligar a los españoles a celebrar sus propias desdichas.

[Marginal: Comisarios regios.]

Al mismo tiempo salieron para las provincias con el título de

comisarios regios sujetos de cuenta a restablecer el orden y

las autoridades, predicar la obediencia y representar en todo y

extraordinariamente la persona del monarca. Hubo de estos quienes

trataron de disminuir los males que agobiaban a los pueblos; hubo

otros que los acrecentaron desempeñando su encargo en provecho suyo

y con acrimonia y pasión. Su influjo no obstante era casi siempre

limitado, teniendo que someterse a la voluntad varia y antojadiza de

los generales franceses.

Solo en Madrid se guardaba mayor obediencia al gobierno de José, y solo

con los recursos de la capital y sobre todo con los derechos cobrados

a la entrada de puertas podía aquel contar para subvenir a los gastos

públicos. Estos en verdad no eran grandes, ciñéndose a los del gobierno

supremo, pues ni corría de su cuenta el pago del ejército francés, ni

tenía aun tropa ni marina española que aumentasen los presupuestos del

estado. [Marginal: Tropa española.] Sin embargo fue uno de sus primeros

deseos formar regimientos españoles. La derrota de Uclés y las que la

siguieron, proporcionaron a las banderas de José algunos oficiales

y soldados. Pero los madrileños miraban a estos individuos con tal

ojeriza y desvío, tiznándolos con el apellido de jurados, que no pudo

al principio el gobierno intruso enregimentar ni un cuerpo completo de

españoles. Apenas se veía el soldado vestido y calzado y repuesto de

sus fatigas, pasaba del lado de los patriotas, y no parecía sino que

se había separado temporalmente de sus filas para recobrar fuerzas,

y empuñar armas que le volviesen la estimación perdida. Por eso ya

en enero dieron en Madrid un decreto riguroso contra los ganchos y

seductores de soldados y paisanos que de nada sirvió, empeñando este

género de medidas en actos arbitrarios y de cada vez más odiosos cuando

la opinión se muestra contraria y universal.

[Marginal: Junta criminal.]

Así fue que en 16 de febrero creó el gobierno de José una junta

criminal extraordinaria compuesta de cinco alcaldes de corte, la cual

entendiendo en las causas de asesinos y ladrones, debía también juzgar

a los patriotas. En el decreto [*] [Marginal: (* Ap. n. 8-2.)] de su

creación confundíanse estos bajo el nombre de revoltosos, sediciosos

y esparcidores de malas nuevas, y no solo se les imponía a todos la

misma pena, sino también a los que usasen de puñal o rejón. Espantosa

desigualdad, mayormente si se considera que la pena impuesta era la de

horca, la cual según la expresión del decreto _había de ser ejecutada

irremisiblemente y sin apelación_. Y como si tan destemplado rigor no

bastase, añadíase en su contexto que aquellos a quienes no se probase

del todo su delito, quedarían a disposición del ministro de policía

general para enviarlos a los tribunales ordinarios, y ser castigados

con penas extraordinarias, conforme a la calidad de los casos y de las

personas. Muchos perjuicios se siguieron de estas determinaciones:

varias fueron las víctimas, teniendo que llorar entre ellas a un

abogado respetable de nombre Escalera, cuyo delito se reducía a haber

recibido cartas de un hijo suyo que militaba del lado de los patriotas.

Su infausta suerte esparció en Madrid profunda consternación. Don Pablo

Arribas, hombre de algunas letras, despierto, pero duro e inflexible, y

que siendo ministro de policía promovía con ahinco semejantes causas,

fue tachado de cruel y en extremo aborrecido, como varios de los jueces

del tribunal criminal extraordinario: suerte que cabrá siempre a los

que no obren muy moderadamente en el castigo de los delitos políticos,

que por lo general solo se consideran tales en medio de la irritación

de los ánimos, soliendo luego absolverlos la fortuna.

A las medidas de severidad del gobierno de José acompañaron o siguieron

algunas benéficas que sucesivamente iremos notando. Su establecimiento

sin embargo fue lento o nunca tuvo otro efecto que el de estamparse

en la colección de sus decretos. [Marginal: Comisarios de hacienda.]

Inútilmente se mandó en 24 de abril que no se impusieran contribuciones

extraordinarias en las provincias sometidas, nombrando comisarios de

hacienda que lo evitasen y diesen principio a arreglar debidamente

aquel ramo. El continuo paso y mudanza de tropas francesas, la

necesidad y la codicia y malversación de ciertos empleados impedían el

cumplimiento de bien ordenadas providencias, y achacábanse a veces al

gobierno intruso los daños y males que eran obra de las circunstancias.

Por lo demás nunca hubo, digámoslo así, un plan fijo de administración,

destruido casi en sus cimientos el antiguo, y no adoptado aún el que

había de emanar de la constitución de Bayona.

[Marginal: Opinión acerca de José.]

José por su parte entregado demasiadamente a los deleites, poco

respetado de los generales franceses, y desairado con frecuencia por su

hermano, no crecía en aprecio a los ojos de la mayoría española, que le

miraba como un rey de bálago, sujeto al capricho, a la veleidad y a los

intereses del gabinete de Francia. Con lo cual si bien las victorias

le granjeaban algunos amigos, ni su gobierno se fortalecía, ni la

confianza tomaba el conveniente arraigo.

[Marginal: Junta central en Sevilla.]

Menos afortunada que José en las armas, fuelo más la junta central en

el acatamiento y obediencia que le rindieron los pueblos. Sin que la

tuviesen grande afición, censurando a veces con justicia muchas de sus

resoluciones, la respetaban y cumplían sus órdenes como procedentes de

una autoridad que estimaban legítima. José Bonaparte no era dueño sino

de los pueblos en que dominaban las tropas francesas: la central éralo

de todos, aun de los ocupados por el enemigo, siempre que podían burlar

la vigilancia de los que apellidaban opresores. Tranquila en su asiento

de Sevilla apareció allí con más dignidad y brillo, dándole mayor

realce la declaración en favor de la causa peninsular que hicieron las

provincias de América y Asia.

[Marginal: Declaración unánime en favor de la causa peninsular de las

provincias de América y Asia.]

A imitación de las de Europa levantaron estas un grito universal de

indignación al saber los acontecimientos de Bayona y el alzamiento

de la península. Los habitantes de Cuba, Puerto Rico, Yucatán y el

poderoso reino de Nueva España pronunciáronse con no menor unión y

arrebatamiento que sus hermanos de Europa. En la ciudad de México,

después de recibir pliegos de los diputados de Asturias en Londres

y de la junta de Sevilla, celebrose en 9 de agosto de 1808 una

reunión general de las autoridades y principales vecinos, en la que

reconociendo a todas y a cada una de las juntas de España, se juró no

someterse a otro soberano más que a Fernando VII y a sus legítimos

sucesores de la estirpe real de Borbón, comprometiéndose a ayudar con

el mayor esfuerzo tan sagrada causa. En las islas se entusiasmaron a

punto de recobrar en noviembre de aquel año la parte española de Santo

Domingo cedida a Francia por el tratado de Basilea. Idénticos fueron

los sentimientos que mostraron sucesivamente Tierra Firme, Buenos

Aires, Chile, el Perú y Nueva Granada. Idénticos los de todas las otras

provincias de una y otra América española, cundiendo rápidamente hasta

las remotas islas Filipinas y Marianas. Y si los agravios de Madrid y

Bayona tocaron por su enormidad en inauditos, también es cierto que

nunca presentó la historia del mundo un compuesto de tantos millones de

hombres esparcidos por el orbe en distintos climas y lejanas regiones

que se pronunciasen tan unánimemente contra la iniquidad y violencia de

un usurpador extranjero.

[Marginal: Auxilios que envían.]

Ni se limitó la declaración a vanos clamores, ni su expresión a

estudiadas frases: acompañaron a uno y a otro cuantiosos donativos

que fueron de gran socorro en la deshecha tormenta de fines del

año de 8 y principios del 9. El laborioso catalán, el gallego, el

vizcaíno, los españoles todos que a costa de sudor y trabajo habían

allí acumulado honroso caudal, apresuráronse a prodigar socorros a su

patria ya que la lejanía no les permitía servirla con sus brazos. El

natural de América también siguió entonces el impulso que le dieron

sus padres,[*] [Marginal: (* Ap. n. 8-3.)] y no menos que doscientos

ochenta y cuatro millones de reales vinieron para el gobierno de la

central en el año de 1809. De ellos casi la mitad consistió en dones

gratuitos o anticipaciones, estando las arcas reales muy agotadas con

las negociaciones y derroche del tiempo de Carlos IV.

[Marginal: Decreto de la central sobre América de 22 de enero. (* Ap.

n. 8-3 bis.)]

Tan desinteresado y general pronunciamiento provocó en la central el

memorable decreto [*] de 22 de enero, por el cual declarándose que

no eran los vastos dominios españoles de Indias propiamente colonias

sino parte esencial e integrante de la monarquía, se convocaba para

representarlos a individuos que debían ser nombrados al efecto por sus

ayuntamientos. Cimentáronse sobre este decreto todos los que después

se promulgaron en la materia, y conforme a los cuales se igualaron en

un todo con los peninsulares los naturales de América y Asia. Tal fue

siempre la mente y aun la letra de la legislación española de Indias,

debiendo atribuirse el olvido en que a veces cayó a las mismas causas

que destruyeron y atropellaron en España sus propias y mejores leyes.

La lejanía, lo tarde que a algunas partes se comunicó el decreto e

impensados embarazos no permitieron que oportunamente acudiesen a

Sevilla los representantes de aquellos paises, reservándose novedad de

tamaña importancia para los gobiernos que sucedieron a la junta central.

[Marginal: Nuevo reglamento para las juntas provinciales de España.]

Otros cuidados de no menor interés ocuparon a esta al comenzar el

año de 1809. Fue uno de los primeros dar nueva planta a las juntas

provinciales de donde se derivaba su autoridad, formando un reglamento

con fecha de 1.º de enero según el cual se limitaban las facultades

que antes tenían, y se dejaba solo a su cargo lo respectivo a

contribuciones extraordinarias, donativos, alistamiento, requisiciones

de caballos y armamento. Reducíase a nueve el número de sus individuos,

se despojaba a estos de parte de sus honores, y se cambiaba la antigua

denominación de juntas supremas en la de _superiores provinciales de

observación y defensa_. También se encomendaba a su celo precaver las

asechanzas de personas sospechosas, y proveer a la seguridad y apoyo

de la central; encargo, por decirlo de paso, a la verdad extraño,

poner su defensa en manos de autoridades que se deprimían. Aunque

muchos aprobaron y en lo general se tuvo por justo circunscribir las

facultades de las juntas, causó gran desagrado el artículo 10 del nuevo

reglamento, según el cual se prohibía el libre uso de la imprenta,

no pareciendo sino que al extenderse no estaba aún yerto el puño de

Floridablanca. Alborotáronse varias juntas con la reforma, y la de

Sevilla se enojó sobremanera, y a punto que suscitó la cuestión de

renovar cada seis meses uno de sus individuos en la central, y aun

llegó a dar sucesor al conde de Tilly. Encendiéndose más y más las

contestaciones, suspendiose el nuevo reglamento, y nunca tuvo cumplido

efecto ni en todas las provincias ni en todas sus partes. Quizá

obró livianamente la central en querer arreglar tan pronto aquellas

corporaciones mayormente cuando los acontecimientos de la guerra

cortaban a veces la comunicación con el gobierno supremo; pero al mismo

tiempo fueron muy reprensibles las juntas que movidas de ambición

dieron lugar en aquellos apuros a altercados y desabrimientos.

[Marginal: Tratado con Inglaterra de 9 de enero.]

Señalose también la entrada del año de 1809 con estrechar de un

modo solemne las relaciones con Inglaterra. Hasta entonces las que

mediaban entre ambos gobiernos eran francas y cordiales, pero no

estaban apoyadas en pactos formales y obligatorios. Túvose pues por

conveniente darles mayor y verdadera firmeza, concluyendo en 9 de

enero en Londres un tratado de paz y alianza. Según su contenido se

comprometió Inglaterra a asistir a los españoles con todo su poder; y

a no reconocer otro rey de España e Indias sino a Fernando VII, a sus

herederos o al legítimo sucesor que la nación española reconociese; y

por su parte la junta central se obligó a no ceder a Francia porción

alguna de su territorio en Europa y demás regiones del mundo, no

pudiendo las partes contratantes concluir tampoco paz con aquella

nación sino de común acuerdo. Por un artículo adicional se convino en

dar mutuas y temporales franquicias al comercio de ambos estados, hasta

que las circunstancias permitiesen arreglar sobre la materia un tratado

definitivo. Quería entonces la central entablar uno de subsidios más

urgente que ningún otro; pero en vano lo intentó.

[Marginal: Subsidios de Inglaterra.]

Los que España había alcanzado de Inglaterra habían sido cuantiosos,

si bien nunca se elevaron, sobre todo en dinero, a lo que muchos han

creído. De las juntas provinciales solo las de Galicia, Asturias y

Sevilla recibieron cada una 20.000.000 de reales vellón, no habiendo

llegado a manos de las otras cantidad alguna, por lo menos notable.

Entregáronse a la central 1.600.000 rs. en dinero, y en barras

20.000.000 de la misma moneda. A sus continuas demandas respondía el

gobierno británico que le era imposible tener pesos fuertes si España

no abría al comercio inglés mercados en América, por cuyo medio y en

cambio de géneros y efectos de su fabricación le darían plata aquellos

naturales. Por fundada que fuera hasta cierto punto dicha contestación,

desagradaba al gobierno español, que con más o menos razón estaba

persuadido de que con la facilidad adquirida desde el principio de la

guerra de introducir en la península mercaderías inglesas, de donde

se difundían a América, volvía a Inglaterra el dinero anticipado a

los españoles, o invertido en el pago de sus propias tropas, siendo

contados los retornos de otra especie que podía suministrar España.

Lo cierto es que la junta central con los cortos auxilios pecuniarios

de Inglaterra, y limitada en sus rentas a los productos de las

provincias meridionales, invirtiendo las otras los suyos en sus propios

gastos, difícilmente hubiera levantado numerosos ejércitos sin el

desprendimiento y patriotismo de los españoles, y sin los poderosos

socorros con que acudió América, principalmente cuando dentro del reino

era casi nulo el crédito, y poco conocidos los medios de adquirirle en

el extranjero.

Levantáronse clamores contra la central respecto de la distribución

de fondos, y aun acusáronla de haber malversado algunos. Probable

es que en medio del trastorno general, y de resultas de batallas

perdidas y de dispersiones haya habido abusos y ocultaciones hechas por

manos subalternas, mas injustísimo fue atribuir tales excesos a los

individuos del gobierno supremo que nunca manejaron por sí caudales,

y cuya pureza estaba al abrigo en casi todos hasta de la sospecha.

A los ojos del vulgo siempre aparecen abultados los millones, y la

malevolencia se aprovecha de esta propensión a fin de ennegrecer la

conducta de los que gobiernan. En la ocasión actual eran los gastos

harto considerables para que no se consumiese con creces lo que entró

en el erario.

[Marginal: Tribunal de seguridad pública.]

Historia del levantamiento, guerra y revolución de España (2 de 5) · 第 18 / 27 段