costa estaban de guerra, muy alterada, por muchos desatinos é malas
obras que los christianos, que allí estuvieron primero, habían fecho á
los indios; así por estar sin gobernación é haber faltado Diego de
Ordaz, como por las contenciones de Antonio Cedeño, que también
pretendió ser aquello de su gobernación. E, por tanto, nunca Gerónimo de
Ortal pudo traer los indios á la paz, como primero habían estado en
tiempo de Ordaz.”
Escusamos anotar que la aldehuela _Aruacay_ fué completamente destruida
por los conquistadores; y así mismo todas las rancherías que tenían los
_Aruacas_ en las márgenes del Orinoco y en la costa de Paria, teniendo
que refugiarse los perseguidos indígenas en los intrincados bosques para
defender su libertad y sus vidas.
Ortal y Herrera volvieron á remontar el gran río, bien ayudados de
hombres y caballos. Herrera era un valiente que sabía más de matar
enemigos que de poblar lugares, dice el Cronista arriba citado; pero, á
pesar de su empuje y valentía, murió á manos de los indómitos _Caribes_,
sorprendido él y su destacamento por cien indios flecheros. Herrera
reposaba en un bohío y los soldados estaban colectando maíz en un
sembrado. El ataque fué rápido; y Herrera fué herido con flecha
envenenada. Fracasó por completo la expedición.
No contento Cedeño con los pasados descalabros, envió desde Puerto Rico
nueva gente á Tierra Firme, al mando de un tal Juan Bautista; y además
otro navío comandado por Hernandez de la Vega. Estos expedicionarios
tuvieron choques con los soldados de Ortal; pero éste tuvo la habilidad
suficiente para prender los capitanes de Cedeño y atraerse los soldados
á su enganche.
Sabedor Cedeño en Puerto Rico de lo que ocurría en Costa Firme con sus
tenientes, marchó allá en persona con mucha gente de á pie y de á
caballo. Enterado Ortal de la llegada de Cedeño, se retiró á _Cubagua_
para evitar un choque, ya desalentado de los infructuosos resultados de
las exploraciones del Orinoco. También esta expedición de Ortal, como la
anterior de Herrera, fué un desastre.
El activo Cedeño desembarcó en Tierra Firme, en el lugar llamado
_Maracapana_. Corría el año de 1536. El impetuoso Capitán saltó en
tierra con 170 hombres y 20 caballos. Pudo atraer á sus banderas la
gente que era de Ortal, y reunió un fuerte escuadrón de 400 hombres y 98
caballos. Los indios de _Maracapana_ eran todos pacíficos _Aruacas_. Los
tenientes de Cedeño penetraron tierra adentro, en territorios que no
eran de su gobernación, pues ya sabemos que esta se limitaba
exclusivamente á la isla de Trinidad, y se dedicaron á la guerra de
montería humana, á la caza de infelices indígenas, regresando á la
costa, donde les esperaba Cedeño, con unas 450 piezas, entre chicos y
grandes.
Mientras Cedeño salteaba indios en Tierra Firme, para venderlos á los
mineros de La Española y San Juan y á los pescadores de perlas de
_Cubagua_, Ortal se quejaba á la Real Audiencia de Santo Domingo de las
usurpaciones del ambicioso Contador de Puerto Rico, y el Supremo
Tribunal dominicano envió al lugar de la disputa á su propio Fiscal el
licenciado don Juan de Frías, como juez en comisión, para dirimir la
contienda. Cedeño, que era hombre de pelo en pecho y audaz á toda
prueba, retuvo preso al Fiscal de S. M.; y en tan crítica situación,
sólo la inesperada muerte de Cedeño vino á poner término por un momento
á estos escándalos de Costa Firme. Hemos hecho hincapié en estos relatos
para que se vea patente la comprobación de los pacíficos _Aruacas_ y los
indómitos _Caribes_, en Venezuela.
La expedición de Ojeda, en 1499, confirmó todas las observaciones de
Colón respecto á los indios de _Paria_ y sus hábitos bondadosos y
hospitalarios; viniendo á darse Ojeda con los terribles _Caribes_ en el
lugar llamado hoy _Punta de Chichiriviche_. El viaje de Pedro Alonso
Niño y Cristóbal Guerra testimonió tambien que los naturales de
_Curiana_ y _Cumaná_ eran pacíficos y generosos _Aruacas_. Niño y Guerra
fueron rechazados también en _Chichiriviche_, al igual de Ojeda; pero en
otros sitios hicieron tranquilamente valiosos rescates en perlas. Los
segundos viajes de Guerra y Ojeda fueron de rapiña. Ojeda saqueó
traidoramente á los _Aruacas_ de _Curiana_, después de haberse hecho
_guaitiao_ (amigo) de ellos; y Guerra se atrevió hasta llevar indios
esclavos á España (1501), cuyo cargamento de carne humana el gobierno le
obligó á restituirlo á las Indias, como hizo Isabel la Católica con el
que remitió Colón de haytianos. La mayoría de estos conquistadores de
Tierra Firme pereció á manos de los terribles _Caribes_.
La culpabilidad de esta inhumana cacería de indígenas, que se hacía en
Venezuela, correspondía á los empleados de Santo Domingo y Puerto Rico,
que faltos de brazos para el laboreo de las minas, por la desaparición
del indo-antillano á consecuencias de la ruda labor, del mal trato y de
la escasa alimentación, recurrían al Gobierno para que les permitiera
traer indios del inmediato Continente, agotadas ya las otras islas del
Archipiélago. El Rey concedió se esclavizaran los indomables _Caribes_ y
_todos_ los que no quisieran recibir de paz á los _Christianos_.
Levantada la compuerta, el torrente se desbordó; y los más audaces se
fueron á Roma por todo. Este escandaloso é inhumano tráfico, ocasionó,
como era natural, la desaparición primero de cuarenta mil pacíficos
isleños de las Bahamas; y después, el desastre de los bondadosos
_Aruacas_ de la península y golfo de _Paria_ y costas de _Cumaná_;
salvándose de esta destrucción horrenda los indígenas que pudieron
acogerse á los intrincados y cenagosos territorios del Delta del
Orinoco; de cuyos fugitivos _Aruacas_ descienden los actuales indios
_Guaraúnos_.
Vamos á aducir más comprobantes sobre nuestra opinión, de que había dos
pueblos importantes, los _Aruacas_ y los _Caribes_, en Venezuela, en el
período colombino.
En 1518 escribía el licenciado Zuazo, desde la ciudad de Santo Domingo,
á Monseñor de Xevres, del gobierno del Emperador, y pedíale, entre otras
cosas, para el _remedio de las Indias_, lo siguiente:
“Hay necesidad también de que los _Caribes_ de Tierra Firme, que comen
carne humana, se puedan traer por esclavos á esta Isla, porque viven
bárbaramente. Señálese el lugar donde se puedan traer, que ha de ser
junto á nuestros _guaitiaos_, que quiere decir nuestros _amigos_, ó que
están de paz en servicio de S. M. Los _Caribes_ se los comen é hácenles
mucho daño. Aprovecharse han dos cosas desto, la una es que esta Isla
será muy aprovechada de gente, que es bien menester, porque los indios
della van de caida. La otra es, que nuestros _guaitiaos_ serán
favorecidos é defendidos, cuya defensa é amparo será ocasión del rescate
que ahora hay con ellos de perlas; é para que otros pueblos é
comunidades se junten con los dichos _guaitiaos_, viendo la honra que se
les hace por los castellanos, é como los defienden é amparan de sus
enemigos.”[112]
Completaremos este estudio é investigación sobre los _Aruacas y los
Caribes_ del inmediato continente meridional con el _Informe_ hecho en
1520 por el licenciado Rodrigo de Figueroa acerca de la población india
de las islas y costas de Tierra Firme y la sentencia que dió en nombre
de S. M. Dice así el importantísimo documento:
“Por mí, el licenciado Rodrigo de Figueroa, juez de residencia é
justicia mayor desta isla Española é juez de la Audiencia Real de las
apelaciones, en estas partes; é repartidor de los caciques é indios
desta dicha Isla, por la Reyna é Emperador, nuestros Señores;
Vista la Instrucción á mí dada por la Majestad de la Reyna é del
Emperador, nuestros Señores, en que me mandan haber larga información
de las islas é parte de Tierra Firme, en que los indios é pobladores
dellas son _Caribes_, é pueden, é deben ser de los chrystianos traidos
é tenidos por esclavos, é que dello haga declaración por sentencia;
Vista la Información sobre lo susodicho por mí habida, é las otras
contenidas en la dicha Instrucción á lo susodicho anexas é
concernientes, la qual fué quanto en esta Isla se pudo haber de los
pilotos, maestres é marineros, capitanes é otras personas que han
usado ir á la costa de Tierra Firme é islas é partes andadas é
descubiertas en el mar Océano, é la que así mesmo pude haber de
religiosas personas, é vista otra Información, que cerca de lo
susodicho, hubo el licenciado Zuazo; por lo qual dió ciertas
licencias, la qual mando poner en el cabo de la mía, para enviar á S.
M.
Fallo, que debo declarar é declaro: que todas las islas que no están
pobladas de chrystianos, excepto la de Trinidad, Lucayos, Barbados,
Gigantes[113], é la Margarita las debo declarar é declaro ser de
_Caribes_, gentes bárbaras, enemigos de los chrystianos, repugnante la
conversión dellos, tales que comen carne humana, é no han querido, ni
quieren, recibir á su conversasión á los chrystianos, ni á los
predicadores de nuestra Santa Fe Católica.
E quanto á lo de Tierra Firme, en lo que hasta ahora por la
Información habida de las cosas della se pudo averiguar, debo declarar
é declaro, que en lo de más arriba de la dicha Costa, que han
alcanzado los que de estas partes van á la _Costa de las Perlas_, hay
una provincia que se dice _Paracuya_, la cual es de _guaitiaos_.
E de ahí abajo, viniendo por la costa hasta el _golfo de Paria_, hay
otra provincia que llega hasta la que se dice de _Aruaca_, que se
tiene por de _Caribes_; é pasada la dicha provincia por el dicho viaje
abajo, está la dicha provincia de _Aruaca_, la qual debo declarar, é
declaro, por de _guaitiaos_, amigos de los chrystianos, é dignos de
ser amigos de los castellanos é ser muy bien tratados. E pasada la
dicha provincia por el dicho viaje abajo está la provincia de
_Uríapana_, la qual debo declarar, é declaro, ser de _Caribes_,
enemigos de los chrystianos, é comen carne humana. E más abajo, por la
misma costa del _golfo de Paria_ está otra provincia que se dice
_Uníraco_, la qual debo declarar é declaro, de _guaitiaos_, amigos de
los chrystianos é que tratan é conversan con ellos pacificamente, é
con los otros _guaitiaos_, que son amigos de los chrystianos. E más
abajo, en la dicha costa del dicho _Golfo_, está otra provincia por
donde pasa un río, que se dice _Taurape_; los indios de la qual
provincia debo declarar, é declaro, ser _Caribes_, sujetos a la misma
condición de los susodichos. E más abajo, en la ensenada del dicho
_Golfo_, está otra provincia, que se dice de los _Oleros_, los quales
así mesmo debo declarar, é declaro, ser _Caribes_. Los de la provincia
de _Parianá_, hasta la punta de la _Boca del Dragón_, de mar á mar,
debo declarar, é declaro, ser _guaitiaos_, é muy pacíficos, é amigos
de los chrystianos. E dende _Cariaco_, entrando la misma provincia é
todo lo que está en la costa de _Cariaco_, además de Cumaná,
_Chiribichí_ é _Maracapana_, hasta el río _Unarí_, por toda la dicha
costa, debo declarar, é declaro, ser _guaitiaos_, pacíficos é muy
amigos de los chrystianos. E dende la dicha provincia de Unarí, por la
costa abajo, con el cabo de la _Codera_ é _Coquíbacoa_, al presente
debo declarar, é declaro, no estar suficientemente averiguado si son
_Caribes_ ó _Guaitiaos_; é me reservo de lo declarar así, cuando más
suficiente información de lo susodicho se pueda haber. E dende la
provincia de _Coquíbacoa_, la costa abajo, debo declarar, é declaro,
ser al presente habidos y tenidos por _guaitiaos_, é por amigos de los
chrystianos, é que los reciben á su contratación, exceptos los
_Inotos_, los quales no sé declarar de la condición que son, hasta que
se pueda haber mayor información.
E dende _Coquibacoa_ hasta el río de _Cenú_, que cae á cinco leguas
del Darien, porque no se ha averiguado al presente sean _Caribes_ ó
_Guaitiaos_, reservo en mí el declarar, hasta que más información
tenga.
En quanto á los indios, que caen la tierra adentro, en las dichas
provincias de suso declaradas, desde _Uríapana_ hasta el cabo del
_Isleo Blanco_, que es junto al puerto de la _Codera_, dejados los
_guaitiaos_ ya nombrados, los debo declarar, é declaro, ser _Caribes_.
E la isla de la Trinidad especialmente declaro, que debe ser habida é
tenida por de _guaitiaos_, amigos de los chrystianos; é así la debo
declarar é declaró.
A las quales provincias é tierras, declaradas de _Caribes_, los
chrystianos que fueren con las licencias é condiciones é
instrucciones, que les serán dadas, pueden ir, é entrar, é los tomar,
é prender, é cautivar, é hacer guerra, é tener, é traer, é poseer, é
vender por esclavos dichos indios de las dichas tierras é provincias é
islas; é pueden haberlos como _Caribes_ declarados en qualquier
manera; con tanto, que los chrystianos que fueren á lo susodicho, no
vayan ha hacerlo sin el veedor ó veedores, que les fueren dados por
las Justicias ú Oficiales de S. M., que para las dichas armadas diesen
licencia. E que lleven consigo indios _guaitiaos_ de las islas é de
las partes comarcanas á dichos _Caribes_, para que vean é se
satisfagan de ver como los Chrystianos no hacen nada mal á los indios
_guaitiaos_, y sí á los _Caribes_, pues los _guaitiaos_ se van con los
castellanos é quieren ir con ellos de buena gana.
E quanto á las demás islas é tierras de la dicha costa, declaradas por
de _Guaitiaos_, é de las que esta sentencia hace mención, desde lo de
más arriba hasta lo de más abajo, que no son declaradas por de
_Caribes_, declaro, é mando, é defiendo, que ninguna persona de
qualquier estado é condición que sea, fuere en armada, ó de otra
manera, sea osado de les hacer á los indios vecinos, pobladores, ó
estantes en las dichas tierras é provincias, guerra, ni fuerza, ni
violencias, ni extorsiones; ni tomar por fuerza é contra su voluntad,
de las dichas partes, personas, ni ganados, ni mantenimientos, ni
_guanines_, ni perlas, ni otra cosa alguna; porque las dichas guerras,
fuerzas, é extorsiones, é tomas, están prohibidas, defendidas, é no
concedidas por la Majestad de la Reyna é Emperador, nuestros Señores.
Pero declaro, é digo, que llevando la dicha licencia é instrucción que
será dada á las personas que á las dichas armadas quisieren ir, puedan
ellos con su voluntad rescibir, é rescatar, todas las dichas cosas,
con tanto que los indios que rescataren del poder de las tales gentes
sean _Caribes_, que de otra manera, no lo seyendo, no las puedan
traer, ni traidos sean habidos por esclavos.
Contra la qual provisión é defendimiento mando, por virtud de los
poderes que de S. M. tengo sobre dicho caso, que ninguna persona sea
osada de ir, ni pasar, so pena de muerte é de perdimiento de bienes.
Los quales aplico, los dos tercios para Cámara é Fisco de S. M., é el
otro tercio para la persona, ó personas, que lo denunciaren ó
acusaren. En las quales dichas penas, mando que caigan é incurran
qualesquier personas que contra la dicha provisión é defendimiento
fueren, así de esta Isla Española, como de las otras Islas é Tierra
firme destas partes del Mar Océano, é de los Reynos de Castilla, ó de
otras qualesquier parte. Las quales dichas penas no se entienden con
los que de poder de _Guaitiaos_ rescataren é trujeren, con su
voluntad, de los indios que no sean _Caribes_; mas de no serles dados
por esclavos, según dicho es.
La qual declaración é sentencia mando que sea pregonada en esta Isla,
en esta ciudad de Santo Domingo, en tres lugares públicos della, é
llevada así mismo á las islas de Cuba é de San Juan, para que allá sea
también apregonada, é ningún pueda pretender ignorada; con cartas
requisitorias á los jueces de las dichas islas que las hagan
apregonar. E por esta mi sentencia, juzgando así, lo declaro, é
pronuncio, é mando en estos escritos.—El licenciado _Rodrigo de
Figueroa_.—Copia autorizada por Diego Caballero, Escribano de S. M. en
la ciudad de Santo Domingo.”[114]
Hemos transcrito íntegro este documento por muchas razones.
Primeramente, nos comprueba la existencia de los _Aruacas_ en el
interior y en las costas de Venezuela, luego, junto á ellos aparecen los
_Caribes_, disputándoles los territorios y las márgenes del Orinoco y
las de sus afluentes. Las tribus _Aruacas_, sin gran enlace entre sí,
sin confederación alguna, solían coger el nombre del jefe guerrero que
las comandaba, ó el de cualquier otro cacique anterior, ya muerto, pero
conservado su nombre y culto por _Totemismo_; y de este modo vemos que
surgen en la historia de Venezuela y Colombia un sinnúmero de pueblos
indígenas con distintas denominaciones, todos ellos _guaitiaos_, es
decir, amigos de los conquistadores; teniendo la generalidad iguales
usos y costumbres, comerciando con las mismas cosas que los naturales de
las islas, como dice Colón y hemos anotado anteriormente, entendiéndose
bien con los intérpretes _quisqueyanos_ y _boriqueños_ y á la vez siendo
enemigos mortales de los _Caribes_.[115]
Nosotros opinamos, que todo el suelo de Venezuela y Colombia estuvo
ocupado, con anterioridad al período colombino, por las tribus
_Aruacas_, cuyos dominios se extendieron hacia el Amazonas, por un lado,
y hacia el istmo de Panamá por el otro, hasta el lago _Managua_; y que
este pueblo indígena fué rudamente combatido por las tribus _Caribes_,
que poco á poco, con sus terribles hordas guerreras, venidas de las
márgenes del Amazonas, iban anexionándose los territorios que
violentamente arrancaban á los _Aruacas_.
Lo ocurrido en el Archipiélago antillano á la venida del Descubridor
europeo, (de ocupar ya los _Caribes_ parte de las islas), había sucedido
también en determinadas comarcas del Continente meridional. Al ponerse
en contacto los conquistadores con los indios de Tierra Firme los
clasificaron primero en _pacíficos_ y _guerreros_, usando el vocablo
_guaitiao_ para designar al _Aruaca_ y dejando el de _Caribe_ para el
batallador. Luego, cuando unos y otros se pusieron en abierta oposición
á los españoles se originó la dificultad de diferenciarles. Según fué
avanzando la conquista en Tierra Firme, los españoles usaron el sistema
de aplicar á las tribus _Aruacas_ y lo mismo á las _Caribes_, el nombre
del cacique principal que las dirigía en el combate, ó averiguaban la
designación particular que ellas se daban, ó les aplicaban
caprichosamente un mote cualquiera.[116]
El cronista Oviedo ya hizo una observación sobre esta costumbre,
anotando, que los cosmógrafos mudaban los nombres en las cartas de
navegar, poniendo los que los navegantes les decían; y que cada día
quitaban y ponían nuevos nombres, _al sabor de temerarios_, lo que ponía
confusión en todo. Lo que sucedía con las costas, pasaba con las
regiones del interior. Tantos epítetos, aplicados á los indígenas de
Venezuela y Colombia, originó gran dificultad para precisar los puntos
ocupados por los _Aruacas_. Pero, la Filología nos da la luz necesaria
en este caso, como nos la ha dado en otros, para determinar con
exactitud hasta donde se extendió el poderío de las tribus _Aruacas_. En
el capítulo dedicado al lenguaje indo-antillano nos ocuparemos de esta
otra prueba que tenemos á favor de la tesis desarrollada en este
capítulo con documentación histórica fehaciente.
[Illustration: Carátulas. Mortero. Macha boriqueña. 25 centim.]
CAPITULO VI.
El tipo indio boriqueño.—La indígena.—El indiezuelo.—Error de Iñigo
Abbad.—Facultades mentales del aborigen.—La vida en tribu ó
clan.—Gobierno paternal.—El _cacique_ ó jefe supremo de la
tribu.—El _bohique_ ó curandero augur.—El _nitayno_ ó
sub-jefe.—Tres categorías en los jefes.—El _naborí_, especie
de vasallo pechero.—La aldehuela.—El aduar _Guaynía_, del
cacique _Agüeybana_, radicaba al Sur de _Boriquén_.—Fué
primero del pacífico _Agüeybana_, el cacique principal de la
Isla y luego de su hermano el valiente _Guaybana_.—Los
poblejos indios ó _yucayeques_.—Las rancherías _Guaynía_ (de
Agüeybana), _Aymaco_ (de Aymamón), _Yagüeca_ (de Urayoán),
_Guajataca_ (de Mabodamaca), _Abacoa_ (de Arasibo), _Otoao_
(de Guarionex), _Sibuco_ (de Guacabo), _Toa_ (de Aramaná),
_Guaynabo_ (de Mabó), _Bayamón_ (de Majagua), _Haymanio_ (de
la cacica Yuisa), _Cayniabón_ (de Canóbana), _Turabo_ (de
Caguax), _Guayaney_ (de Guaraca), _Guayama_ (de Guamaní),
_Jatibonicu_ (de Orocobix), _Macao_ (de Jumacao) y _Daguao_
(de Yuquibo).—El _caney_ ó casa del cacique.—El fuego.—El
boriqueño más adelantado que el nativo de las islas Marianas.—
La poligamia.—La compra de la mujer.—El _colesibí_ y el
_guanín_ como dote.—Ninguna ceremonia religiosa.—El
_matriarcado_, para heredar.—_Guaybana_ heredó á _Agüeybana_,
su hermano, y no los hijos de éste.—El boriqueño no era
adúltero.—Las ablusiones.—El _tatuaje_.—El achiote ó _bija_.—
La _jagua_.—El boriqueño no practicaba el hurto.—Respeto á la
propiedad en los primeros tiempos de la colonización.—
Alimentación del indígena.—Sus bebidas.—Uso del tabaco.—
Desconocimiento de la sal para adobar su comida.—Estadios
públicos.—Juegos de pelota.—_Bato_ y _Batey_.—El baile.—
Enfermedades y cuidados del curandero.—El ben purgativo ó
_tautúa_.—El agua fría y el masaje.—Por qué aceptamos en el
boriqueño un estado político-social-religioso.
El indígena boriqueño era de estatura regular, de menor talla que el
español, bien formado y de buen aspecto; el tronco desenvuelto y las
manos y pies pequeños. La piel de color _canela_[117], pero tirando al
amarillo oliváceo, como si dijéramos _bronceado_, que hizo á Cristóbal
Colón llamarle, de la _color de los canarios_[118]; al cronista Oviedo
decir, que era loro y á Las Casas anotarle de color _moreno_. El cráneo
no muy redondo, sub-braquicéfalo, tendente á mesaticéfalo[119]; la cara
grande, cameprosópica[120] y ancha; la frente fugitiva, inclinada hacia
atrás; la boca con labios gruesos, sin ser negroides, y la comisura
labial alta, dando así á la fisonomía aspecto bondadoso; la mandíbula
algo pronunciada, prognática[121]; los ojos negros, más bien grandes que
pequeños, megasemes[122], separados, y la oblicuidad palpebral
ligeramente determinada; turbia la esclerótica; la nariz corta,
estrecha, leptorrina[123]; recta y con las ventanas dilatadas. La
cabellera negra, abundosa y crinada. Barbilampiño. Solía deformarse el
cráneo, apretando con vendas de algodón la cabeza de los recien
nacidos.[124] Tenía los cinco sentidos corporales muy bien templados,
con esquisito desarrollo de la vista y tacto. Era muy parco en su
alimentación. Predominaba en él el espíritu de bondad, siendo muy poco
afecto al rencor y la venganza. A pesar de su mansedumbre y delicada
complexión era resistente y varonil. Fué buen flechero, y cuando la
colonización, cargaba tres y cuatro arrobas de peso[125] y las llevaba
en luengas caminatas, cantando y riendo con sus compañeros de fagina.
La india boriqueña era agraciada y guapa hembra. Los caribes de las
islas de Barlovento, cuando ejercían sus depredaciones sobre el
_Boriquén_, se proveían de ellas para convertirlas en sus mujeres. Por
eso extrañó tanto al misionero francés Fray Raymundo Breton encontrar en
las islas Domínica y Guadalupe, que los indios hablaban un lenguaje y
las indias otro. Estas indias eran boriqueñas. Cuando Colón tocó en su
segundo viaje, en la isla de Guadalupe, recogió á bordo algunas
indígenas, que á nado se fueron á las carabelas, y resultaron ser
_boriqueñas_.[126] La historia quisqueyana nos habla de la hermosura de
la cacica _Anacaona_ y de los novelescos amores de su hija _Higüemota_
con el pulido español Güevara; y también de las hermosas doncellas
indígenas de la tribu de _Bojekio_, el célebre cacique haytiano. Las
Casas nos refiere, que conoció en La Española (en la Vega y Santiago)
indias casadas con españoles, que eran de _mirable hermosura y cuasi
blancas, como mujeres de Castilla_.[127] Era la boriqueña muy
fecunda[128]; siendo bien conformada, y de fáciles partos.[129]
Los niños eran de buena índole, graciosos y vivarachos; y muy dóciles á
las enseñanzas de los frailes. Algunos tenían el cabello tirando á
castaño, indicio de algún lejano cruzamiento ó _mestizaje_.