esfuerzos económicos que indirectamente dan por resultado un beneficio
social, ni aun el conjunto de actos previstos y preparados que dan á los
obreros de Rochdale un instrumento económico de primera fuerza: incluye
el proceder de una y otra, pero es además el conjunto de actividades
combinadas ordenadamente, por la acción del deber, para obtener el
aumento de vida provincial. Pues bien: esa obra no puede llevarse á cabo
si los que en ella toman parte no tienen una disposición continua á
cumplir todos los compromisos que contraen, empezando por los más
elevados, los morales, y concluyendo por los más bajos, los económicos,
que no por menos elevados dejan de importar infinitamente, tanto para el
éxito material cuanto para el moral de la cooperación.
Por eficaz que de suyo sea la abnegación, y por mucho que pueda servir
de sólido cimiento á la moral social, nunca cumple de un manera tan
orgánica su función de completar en la Patria la obra de sacrificio y
solidaridad, de unión y de legalidad, de cooperación y de integridad que
han estado llevando á cabo los grupos inferiores, como cuando la
completan la magnanimidad, que es el deber que el Estado, operando como
persona internacional ó como representante de la soberanía inmanente, ha
de cumplir en todos los conflictos sociales, ya sean de derecho interno
ó de derecho externo, ya de deberes manifiestos, ya de deberes
indecisos.
La tolerancia es uno de los deberes más extensos á que estamos llamados
en el concierto de la vida colectiva. Con nosotros mismos, en las
abstrusas relaciones del sér consigo mismo; en el seno del hogar, en la
vida vecinal, en las relaciones provinciales, en la actividad nacional,
en la expansión del hombre de un lugar al hombre de la especie como
creyentes, como religionarios, como partidarios, como doctrinarios de
una doctrina científica ó moral, pensando, hablando, oyendo, leyendo,
juzgando, de todos modos y á toda hora podemos, como debemos, ser
tolerantes.
Toda la vida de relación está pendiente de ese deber; toda la Historia
es un gemido por no haberse cumplido ese deber; toda la impotencia
jurídica de la raza latina ha dependido y depende del no cumplimiento de
ese deber; toda la potencia desarrollada por la raza sajona desde la
Reforma acá, se explica por el cumplimiento de ese deber. Gracias á él
se ha hecho patria de todos los hombres de la tierra el pueblo que mejor
lo cumple. Gracias á ese deber se ha comprendido por los demás pueblos
de la tierra que el cosmopolitismo es un deber. El cosmopolitismo sin la
tolerancia es dos veces imposible: una vez, porque las sociedades que no
saben tolerar no pueden hospedar á los extraños que, por extraños, lo
son á sus usos, costumbres, prácticas, acaso ritos, quizá dogmas, tal
vez cultos y probablemente á sus doctrinas políticas, económicas y
sociales; otra vez es imposible el cosmopolitismo sin la tolerancia,
porque el que busca patria ajena sin empezar por apropiársela moral y
mentalmente, tolerando sus irracionalidades, sus torpezas morales y
mentales, su atraso, su pobreza, su estolidez moral, su hipocresía ó su
fanatismo, su desorganización ó su organización violenta, no es
cosmopolita. Si lo son los sentimientos, si lo es la voluntad, si lo es
la razón, si la conciencia lo es, á la virtud, que tiene la tolerancia,
impuesta y cumplida como deber, toca el mérito del beneficio. Mientras
los sentimientos no se toleran por deber; mientras la voluntad no es
tolerante por deber; mientras la razón no impone y cumple el deber de
tolerar; mientras la conciencia no cohibe á todas las fuerzas de que
dispone á que se cumpla el deber de tolerar, la patria humana, el mundo
considerado como patria de todos los hombres, es mentira, alucinación,
sensiblería, romanticismo, pero no una realidad. Para que haya
cosmopolitismo ha de haberse fundado en el cumplimiento consuetudinario
del deber de tolerancia.
En la relación de derecho, los deberes complementarios se correlacionan
á los primarios, de los cuales se generan, de modo que sirvan para
hacerlos más efectivos en el ejercicio de los derechos que, juntos, han
de vivificar.
La prudencia, la equidad, la firmeza, la justificación, la imparcialidad
elevan de menos á más, en este grupo de relaciones y deberes, el
sentimiento, la voluntad y la idea de la justicia, núcleo del derecho y
fin de la conciencia. Auxiliando la prudencia á la familia, la equidad
al municipio, la firmeza á la provincia, la justificación á la nación,
la imparcialidad al hombre universal, cada uno de esos deberes y todos
ellos juntos completan y perfeccionan la obra que en la realización del
derecho aprenden á hacer los niños, cumpliendo el deber de educarse en
el hogar; los párvulos, cumpliendo con el deber de asistir á la escuela
fundamental; los adolescentes y los jóvenes, cumpliendo con el deber de
buscar y recibir la educación profesional; los jóvenes y hombres,
completando en la Universidad el desarrollo de razón; la humanidad de un
tiempo, completando el desarrollo posible de la conciencia en el examen,
espectáculo y ejemplo de la civilización universal.
Como en todos los grupos anteriores, el deber genérico no es perfecto
sin auxilio del deber que ha generado; sin prudencia, la educación del
hogar es imperfecta; sin equidad, la educación á que ha de proveer el
municipio es un deber fallido; sin firmeza, las profesiones, carreras y
actividades que ha de franquear á sus hijos la provincia estarían á
merced de planes inadecuados ó de rapacidades que es necesario contener;
sin justificación, la Universidad será privilegio de cuna, capital,
preocupaciones religiosas, prejuicios científicos, errores corporados,
reacciones y retrogradaciones disfrazadas de ciencia y de progreso; sin
imparcialidad, no hay justicia; sin justicia, no hay conciencia; sin
conciencia, no hay moral; sin moral, no hay verdadera civilización;
luego sin cumplir el deber de ser imparcial no se puede cumplir el deber
de civilizarse.
Pero además de la prudencia que ha de tener la familia en la educación
que debe dar; además de la equidad que ha de desplegar el municipio en
el cumplimiento de su deber de fundar la escuela en la ciencia; además
de la firmeza que ha de demostrar la provincia para defender contra
ejecutivos rapaces ó contra legisladores insensatos las rentas y el plan
de los estudios que le están encomendados para concurrir á la difusión
del derecho práctico y teórico; además de la justificación que se pide
al Estado para que cumpla el fin de la Universidad por el fin mismo, y
no por prejuicios, preocupaciones, designios, parcialidad ó fuerza capaz
de contener el último desarrollo de la razón; además de la imparcialidad
que se pide á los hombres de una época para que juzguen con justicia la
civilización á que contribuyen y la que usufructúan, hay un deber de
prudencia, un deber de equidad, un deber de firmeza, un deber de
justificación, un deber de imparcialidad que tocan inmediatamente á los
educados para el ejercicio del derecho por el hogar y por los demás
grupos sociales.
La prudencia, como virtud, ha servido de poco á la moral. Es la virtud
más rara, aunque hay pocas virtudes tan capaces como ella de desarrollar
fuerzas sociales. Cuando no hace meticulosos, hace pusilánimes. Y claro
que esos son hijos del miedo, no de la prudencia. Hijos del miedo, no
porque una parte de prudencia no éntre en él, sino porque la parte de
prudencia que entra no sirve, como serviría, si obrara como debe la
prudencia, para corregir lo que el instinto de conservación tiene de
ciego, y, por lo tanto, de miedoso, con lo que tiene de previsor, y, por
lo tanto, de enérgico y tranquilo.
Educados los niños en el ejercicio del deber de ser prudentes,
recorrerían con la misma serenidad y con el mismo dominio de sí mismos y
de los accidentes de la vida, toda la escala social, y en toda ella,
armados de su derecho, educados para ejercitarlo, prontos siempre á
defenderlo en los suyos, en sí mismos, en todo, en todos, cada nuevo
grado de racionalidad á que ascendieran sería un grado efectivo de la
conciencia, y cada conciencia educada en el deber aumentaría la fuerza
moral de la sociedad. El niño como debe ser daría al hombre que debe
ser.
Hoy no se enseña el deber que no se practica, y las que empiezan por ser
imprudencias de la conciencia y la ignorancia, concluyen por ser
premeditaciones siniestras de la vanidad, la jactancia, la arrogancia,
el egoísmo, la ambición, la codicia, el fanatismo, la vanagloria y la
criminalidad hereditaria.
Por eso es tan incompleto, aun en el raro caso de que la familia cumpla
precisamente con su deber de educación doméstica, el fruto que de este
deber primario obtiene la familia.
El que de su deber genérico de educación fundamental obtiene el
municipio no es más completo. La equidad no es tampoco un deber para la
moral contemporánea, y el educador no la enseña sino como sentimiento
virtuoso. Por cada equitativo hay noventa y nueve niños, adolescentes,
jóvenes y hombres, que en todas sus relaciones ponen de tasador á su
egoísmo.
Es una torpeza. La equidad, como la prudencia, es un deber de razón:
cuanto más y mejor educada la razón, mejor lo ve, mejor lo comprende,
mejor se inclina á proponerlo á la conciencia y á doblegar con él la
voluntad reacia. Íntimamente, como la prudencia, relacionada con el
derecho, é inmediatamente ligada al deber de conocer fundamentalmente
las realidades naturales, la equidad puede y ha de fomentar en la
conciencia infantil el deber que, en todas las relaciones de la vida,
hace amable y fuerte en su derecho al que, por conocer el suyo, respeta
profundamente el ajeno. La firmeza no es, como la vida práctica traduce,
ni terquedad, ni obstinación. Es un deber originado por un nuevo
desarrollo de razón, y no puede ser necedad ni sinrazón. Cuando las
regiones cumplen con su deber de educación técnica y politécnica, como
sucede en los Estados federados de la Unión Americana, la firmeza en el
derecho es tan inconmovible que ni siquiera se concibe la posibilidad de
conmoverlo.
Una vasta cultura de razón, no ya con un fin social cualquiera, sino con
el fin humano de favorecer el acceso del conocimiento á las verdades más
complejas, no es deber que puede en la actualidad cumplir el Estado
nacional, porque la universidad de tradición que existe hoy no es más
que un centro de conocimientos profesionales que sirve, sin duda, para
ejercitar la razón, pero que sólo sirve para ejercitarla en la
adquisición de nociones parciales, no de la serie total de nociones que,
independientes de la limitación en que las encierran los estudios
profesionales, muestra el examen de la Naturaleza á la razón que sólo
pide ejercicio desinteresado de sus fuerzas.
Aquel altísimo sentimiento de justicia que es, con el amor de lo bello,
de lo bueno y de lo verdadero, la razón de la dignidad humana, sólo por
vocación espontánea de las grandes almas se desarrolla en las que
efectivamente son grandes. Uno de los motivos por que no se desarrolla
en toda alma humana, es porque el deber de ser justas en todo y con
todas no se ejercita ni se enseña á ejercitar por medio de vastos
desenvolvimientos de fuerza intelectiva. Uno de los signos de
civilización que muestra el siglo actual es la tendencia común de los
hombres á reconocer la realidad de los hechos, á confesar las verdades
que alcanzan, á justipreciar las acciones humanas por sus móviles, á
incluir en su juicio de hombres y cosas, ya como realce de méritos, ya
como dirimentes de culpas y faltas, la coacción de medios y
circunstancias contrariantes.
Eso es, á no dudarlo, una prueba del aumento de imparcialidad; y á no
dudarlo, resulta del aumento de razón colectiva de que la civilización
es prueba evidente. Pero de esa imparcialidad racional á la
imparcialidad moral que actúa como deber para favorecer y completar el
deber de civilización en que está cada hombre y todo el hombre de la
Historia, hay la misma distancia que hay entre la civilización
indiferente á la moral que conocemos y la civilización deferente á la
moral, fundada en la moral, que conocerán los hombres cuando hayan
llegado á aquel desarrollo de conciencia en que la imparcialidad no sea
una cualidad privativa del historiador, ni un medio inmoral, como el de
que hoy hacemos uso, para cohonestar vicios poderosos ó brillantes con
virtudes, ó esfuerzos, ó méritos secretos, sino un deber que se cumpla
tranquila y sosegadamente como tributo de la justicia á la verdad y de
la conciencia á la razón.
SEGUNDA PARTE
LA MORAL Y LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA
CAPÍTULO XXIV
ENLACE DE LA MORAL CON EL DERECHO POSITIVO
Patentizados ya en la relación de derecho los deberes colectivos é
individuales que se deducen espontáneamente de ella, quizás parecerá
superabundante la materia de este capítulo. No lo es.
En primer lugar, el derecho, por su nativa virtualidad orgánica,
transciende tan hondamente á la actividad general de la vida humana, que
la mejora y, por tanto, la perfecciona si se ejercita; que la malea y,
por tanto, la corrompe si no es ejercitado. Así considerado, sangre,
quilo, protoplasma, el derecho es un elemento activo de moralidad.
En segundo lugar, el órgano del derecho es la conciencia, y sin
violentar el lenguaje figurado se puede afirmar que es, como el deber,
una función de la conciencia. Así considerado, se desarrolla con ella y
es condición del desarrollo de su mismo órgano: á más conciencia, más
derecho; á más actividad del derecho, más vida en la conciencia. Ahora,
como la conciencia es el más alto órgano de la personalidad humana,
siendo por eso la más elevada expresión de humanidad, es por sí misma un
exponente del esfuerzo hecho para elevarse y de la evolución consumada
por individuo y sociedad para realizar su desarrollo. Función de la
conciencia, el derecho se presenta entonces como una actividad evolutiva
que ha de proceder, como toda evolución, de antecedente á consecuente;
de efecto causado á efecto causal, de idea á principio, de inducción á
deducción, de elemento orgánico á cuerpo organizado. Para llegar al
estado de conciencia en que el derecho es una función nunca cohibida ó
reflexivamente favorecida, individuos y sociedades han de haber llegado
también á aquella tan puntual concepción del deber y costumbre del deber
en que esta suprema función del ser consciente subordina y ordena
nuestra vida toda. De este modo, el desarrollo del derecho es
coeficiente del desarrollo del deber; y en este sentido el Derecho está
con tan estrecho lazo enlazado á la Moral, que ésta, por la intrínseca
fuerza de las cosas, será y es más eficaz, más progresiva, más positiva,
más elevada, más humana, cuanto más coadyuve el Derecho al desarrollo de
la Ciencia y á la práctica de los deberes.
Elemento de moral y motivo de moralidad, el derecho concurre á la noción
del bien como á la práctica del bien; pero es necesario que concurra
deliberadamente al progreso del bien social é individual. Para
conseguirlo es necesario que el derecho positivo (extendiendo esta
denominación al administrativo, al constituyente y al internacional) se
infunda en la idea de su transcendencia sobre la vida moral de la
sociedad, de modo que el legislador legisle con la evidencia de que,
fundar el derecho ó desenvolverlo, es contribuir á fundar y desarrollar
vigorosas ideas y costumbres de moral.
Se objetará con razón que, siendo progresivo ó evolutivo, el derecho no
puede mejorarse por arte y ciencia del legislador; pero se salva la
objeción pensando que también es progresiva y evolutiva la moral á que
está enlazado por su origen y órgano común, que es la conciencia. Si la
una progresa, el otro la seguirá en su progreso; y recíprocamente, si el
derecho progresa, con él progresará la moral. Esta no es una simple
verdad de inducción, que también lo es de experimentación. Basta ver en
sus efectos históricos el desarrollo repentino del derecho civil, en
Francia, á consecuencia de las reformas revolucionarias del siglo XVIII,
el impulso pasmoso dado por los constituyentes anglo-americanos al
derecho político, la verdadera transformación del derecho penal iniciado
teóricamente por Beccaria y Bentham y secundada en la práctica por
Filadelfia y Nueva York, primero; por todo el mundo, después, para ver
cuán positiva es la acción del derecho positivo sobre la moral social y
sobre la moralidad individual. El mismo derecho de gentes, no obstante
lo informe, no obstante lo estacionario que lo hace el privilegio de
modificarlo y alterarlo que aún conservan las llamadas grandes
potencias, atestigua la influencia del Derecho en la Moral, mostrando
con su actual incapacidad para regir y moderar la primacía de la fuerza
bruta internacional, la inmoral iniquidad de esas naciones, cuya torpe
grandeza se reduce á amenazarse los iguales, á imponerse por la fuerza
los superiores á los inferiores.
En la vida internacional, como en la nacional y en la privada, el
espectáculo de la inmoralidad concluye por ser agente de moral, y no es
dudoso que así como el aumento de racionalidad ha hecho de los tratados
particulares entre naciones una verdadera ley que las liga positivamente
mientras rige; que así como el aumento de necesidades y experiencias ha
empezado á hacer de las convenciones y congresos internacionales una
fuente de jurisprudencia; que así como el desarrollo de la filantropía
reflexiva ha hecho necesarios los tratados de extradición y el derecho
de ambulancias; que así como el progreso de la moral universal trata de
infundirse en el principio de arbitraje, así el progreso del derecho
público y privado de gentes coadyuva al de la moral y al de la moralidad
internacional. Urge que así sea. Cuando, fatigados de la lucha con la
inmoralidad privada, los hombres de bien recorran con avidez los grupos
de sociabilidad en que sucesivamente, y de un modo cada vez más
complejo, se va realizando el vivir humano, y en todas partes lo ven
contaminado de los mismos instintos y pasiones, y al llegar á la
sociedad internacional esperan que, por ser ella más extensa, se habrá
debilitado el egoísmo, y en vez de encontrarlo más débil, lo encuentran
más robusto, porque el egoísmo nacional es un monstruo sin sensibilidad,
ni razón, ni responsabilidad, que devora sin remordimiento ni piedad la
vida de millares, los bienes de millones, la industria de los siglos,
los ahorros de la Humanidad, las esperanzas de mañana, la fe de hoy, la
caridad de ayer, no pueden tener ya confianza en el bien que los dirige.
Y ese continuará siendo el espectáculo que les dé la vida de relación de
las naciones, mientras el derecho internacional positivo siga careciendo
de la fuerza moral que no puede tener cuando, como ya ha sucedido tres
veces en este siglo de las luces y en el seno de la civilización
occidental, basta que la guerra, la perversidad ó la venganza corone á
un ambicioso, ó supedite á un pueblo, ó haga victoriosa una raza, para
que el mundo entero absuelva la victoria, por inicua que haya sido, y se
postre ante los hechos consumados por el mal con más devoción de la que
tiene para los hechos realizados por el bien.
Al par de ese espectáculo desconsolador, el siglo nos da el estimulante
espectáculo del progreso jurídico sirviendo en lo civil, en lo político
y en lo criminal á la mejora y moralización de muchas esferas de
actividad individual y colectiva; pero en todos esos progresos parciales
faltan la convicción de contribuir al bien por medio del derecho, y el
propósito de perfeccionar la moral pública perfeccionando el derecho
positivo.
Si en vez de atemperarse en las reformas civiles á las tradiciones del
derecho romano ó del derecho bárbaro, se atendiera á las relaciones
naturales del derecho y se instituyera la familia y la propiedad con
arreglo á sus relaciones naturales y á su propia finalidad social, el
derecho civil sería mucho más efectivo auxiliar de la moral práctica y
teórica.
Si en vez de atenerse en la enmienda de las constituciones políticas ó
en la fundación de sociedades jurídicas sobre un pacto constitucional, á
los consejos de propósitos parciales, se atuvieran los constituyentes al
propósito de concurrir al bien social, esforzándose con firme esfuerzo
por asegurar el desarrollo de la iniciativa individual y social por
medio de un reconocimiento incondicional de la autonomía de los
individuos, los municipios, las regiones y la nación, no se favorecería
el creciente desarrollo de inmoralidad que origina la burla frecuente de
las leyes fundamentales.
Si en vez de fundar en deducciones convencionales la noción de pena, se
estableciera sin vacilar en su inducción legítima, y sobre esa inducción
se fabricara una teoría racional del derecho de penar, y de la teoría se
derivaran las instituciones penales que tan fácil, tan útil, tan honroso
y tan beneficioso sería derivar, el enlace de la moral con el derecho
positivo sería manifiesto, porque el derecho penal es tanto una rama de
la Moral como de la Jurisprudencia. Pero ninguno de esos servicios á la
Moral puede hacerse sin generalizar el cumplimiento de los deberes
afectos al ejercicio del derecho y sin divulgar teórica y prácticamente
la idea exacta, verdadera, persuasiva y convincente de la íntima
correlación entre la moral y el derecho positivo.
CAPÍTULO XXV
ENLACE DE LA MORAL CON LA POLÍTICA
No hablemos de la política teórica: le basta ser una rama del Derecho
para estar ligada á la Moral, ya lo hemos visto. Hablamos de la política
activa, del continuo aplicar el Derecho á las formas del vivir social,
del continuo lidiar de poderes con derechos en la lucha continua por el
poder.
La ineficacia de la moral en la política se ha convertido en regla de
conducta universal. En los países poderosos y en los débiles, en las
viejas nacionalidades y en las naciones recién nacidas, cuando el Estado
está fundado en tradiciones, lo mismo que cuando es guiado por el
derecho, si el objetivo de la política nacional es la prepotencia
internacional, ó si la insuficiencia de medios y recursos reduce la
política á querellas de caudillos, en todas partes está la política tan
divorciada de la moral, que es una prueba de incapacidad política el
mostrarse inclinado á ser moral.
Á excepción, en Europa, de aquellos países en los cuales la adherencia
de los grupos sociales es por sí sola una fuerza moralizadora, en todas
las demás es necesariamente corrompida y corruptora la administración
pública.
Á excepción, en América, de aquellas sociedades fundadas en la tradición
jurídica de los anglo-sajones, y de dos ó tres de origen latino que han
reaccionado vehementemente contra la desorganización del coloniaje, las
restantes son organismos corroídos.
En todas partes, además de la grosera sugestión del egoísmo que
establece entre la moralidad pública y la privada la independencia que
le conviene, operan las mismas causas: de una parte, el poder absorbente
del Estado unitario; de otra, la insuficiencia jurídica de la
organización social.
El Estado unitario es corruptor de nacimiento. Todo Estado unitario, en
cualquier tiempo, espacio y forma de gobierno, es siempre personal: el
Estado es el jefe del Estado. Y como absorbe la iniciativa de los
organismos provinciales y municipales, sustituye con la ley de su
voluntad la autonomía de esas sociedades; de aquí la desorganización, y
de ésta la corrupción. Dispone de la fuerza pública, y con ella corrompe
por miedo ó por soborno. Dispone de todos los empleos, y con ellos
corrompe por soborno ó por miedo.
El derecho entra á veces por tan poco, y la tradición semifeudal entra
por tanto en la organización social, que, no obstante la Revolución
francesa, una inmensa porción de tierra europea, en vez de ser propiedad
del trabajo, lo es del ocio, y una considerable porción de los
beneficios del trabajo va á manos del capital voraz, en vez de ir á
mejorar la vida del trabajador. De aquí la guerra económica, que se
exaspera en proporción á la indiferencia, la torpeza ó las provocaciones
del Estado, representado por satisfechos, por imprevisores ó por tímidos
que, lejos de afrontar con el Derecho el problema social, lo que sería
empezar á resolverlo, se esfuerzan en eludirlo y aplazarlo, lo cual es
aumentar las causas de inmoralidad que frecuentemente se manifiestan en
explosiones criminales de los que exigen, y en criminales represiones de
los que se niegan á las exigencias del proletariado.