circunspeccion que demuestran, de modo que todo cuanto se anunciaba
del alboroto, de las perturbaciones y de la holganza que serian la
consecuencia obligada de la Ley de abolicion, se ha puesto en
evidencia que era purísima farsa. Por esto, y porque con la mejor
intencion del mundo por parte de las autoridades, se han producido
algunos disgustos entre los propietarios, con motivo de la
contratacion de libertos, _va haciendo camino la idea de abolir la
cortapisa de los contratos obligatorios_, salvas las reservas que
contienen los reglamentos contra la vagancia.
Y no crean ustedes que esta es idea de los abolicionistas
ardientes. De uno de los protectores de libertos me atrevo á
asegurarles que conviene en la necesidad de modificar la ley en
sentido radical: y la mayoría de los que con él están la
constituyen precisamente hacendados, de modo que no sería difícil
que á Madrid fuera una exposicion pidiendo la plena y absoluta
libertad de los braceros.»
Otro hacendado y comerciante (de Vegabaja) que á su gran fortuna une un
carácter emprendedor y un conocimiento poco comun de la agricultura
tropical, el señor marqués de Cayo Caribe, creador de la primera central
de Puerto-Rico, poseedor de muchos esclavos y dueño de la finca más
adelantada de la isla, escribe en carta fechada el 12 de Junio de 1873,
contestando al interrogatorio que la SOCIEDAD ABOLICIONISTA dirigió á
los hacendados más notables de la isla:
«1.º _Lo que á Puerto-Rico atañe y conviene con motivo de la
abolicion.--Respuesta._ Consumada ya esta sin el menor desórden y
sin trabajo alguno, quedan de hecho y rotundamente desmentidas las
temerosas predicciones que se venian haciendo sobre la
trascendencia de esa medida en el órden público y político de esta
Antilla. Esa gran reforma, por el contrario, no ha producido más
efecto, en ese terreno, que el muy saludable de cegar para siempre
la fuente más fecunda en inmoralidad, y por tanto en serios
peligros para el porvenir.
En cuanto al órden económico, no puedo decir hoy á _punto fijo_
hasta dónde ha podido ó pueda influir la abolicion en la
produccion y la riqueza da la provincia. Fácil fuera eso, si la
abolicion se hubiera llevado á cabo en una situacion normal; pero
ha venido, no solo á mitad de la zafra, sino en un año malo, muy
malo para la isla, á consecuencia de los ruinosos precios de sus
azúcares y de la grande sequía que en toda la costa Sur, la más
productora, ha reducido la actual cosecha á la mitad y hasta á un
tercio de lo ordinario.
Por otra parte, la especial y defectuosa constitucion de este
comercio, la falta absoluta de establecimientos de crédito, la
escasez relativa de capital circulante, los escandalosos
despilfarros _políticos_ de cierto partido, y en no pequeña parte
los que con repetidas alarmas ficticias, para poner obstáculos á
las reformas, no han titubeado en su ciego furor ante la
perspectiva de arruinar en el extranjero el crédito de la
provincia, habian originado ya, especialmente en el rico distrito
de Ponce, numerosas suspensiones de pagos y quiebras, cuyos efectos
experimentó todo el territorio.
Seguro es que todo esto ha de atribuirse á la abolicion de la
esclavitud, por más que sean hechos anteriores á ella, ocurridos
cuando ni los unos ni los otros la esperaban, y que tienen por
origen causas muy distintas y de fácil comprobacion.
El efecto _general_ de la abolicion ha sido el siguiente:
La mayor parte de los esclavos dedicados á la agricultura han
permanecido y continúan voluntariamente con los que fueron sus
dueños, y no son pocos los rasgos de abnegacion, como el de
continuar entregando parte de sus jornales á sus antiguos amos ó
amas que no tenian otros medios de subsistencia.
Son excepciones las haciendas, que se han quedado sin su anterior
esclavitud: de ellas, la mayor parte encuentran sin gran dificultad
brazos libres con que reemplazarla, aunque les cueste algo más.
Algunos no los encontrarán, por ser terrenos insalubres ó plagados
de mosquitos y hormigas que ahuyentan al trabajador.
Disminuidas á lo racional las horas de trabajo, y habiendo
servicios penosos en que solo se empleaba antes el esclavo, el
costo de produccion aumenta de un modo sensible _hoy_, á causa de
la depreciacion de los frutos.
En cuanto al servicio doméstico, en que se empleaba la mayor parte
de la esclavitud, la perturbacion ha sido más profunda, pues son
pocos los esclavos que han continuado, despues de libres, en sus
antiguas casas, y es muy difícil reemplazarlos por lo relajada é
ignorante de sus deberes que de antemano se hallaba en toda la isla
la clase de sirvientes domésticos. Mas esos son efectos naturales
de su constitucion social, que solo pueden irse remediando con el
tiempo y con otra clase de reformas que deben dejarse á la
iniciativa individual y local. No influyen de un modo digno de
atencion en la riqueza pública.
2.º _Efectos producidos en los negros._--No son dignos de mencion.
Buenos por su naturaleza casi todos; bien tratados antes de la
abolicion, la mayor parte, aunque resentidos por el _simple hecho
de obligarles_ al contrato, comprenden la necesidad de trabajar y
no huyen el trabajo.»
Un activo y afamado fabricante de Mayagüez--el Sr. Raldiriz--decia á la
SOCIEDAD ABOLICIONISTA en Octubre de 1873 lo que sigue:
«La Ley fué recibida con júbilo por todos aquellos que sienten
latir ese amor santo á la libertad, á esa libertad que fortifica y
engrandece al hombre; y como era de esperar, dada la condicion del
siervo, ha sido admirable el efecto producido en ellos, los cuales
siguen trabajando, unos con sus antiguos dueños, otros con otras
personas, pues cada cual, procurando mejorar, ha buscado el
servicio que le ha parecido más ventajoso; pero es preciso
reconocer, si bien no se nos escapa que fué una transaccion
política, que el contrato establecido es una inconveniencia que en
la práctica no puede llevarse á cabo, mucho más, dado el Reglamento
que para este efecto se ha publicado.
Oblígase á contratar á todos los libertos, salvo los inútiles y los
físicamente impedidos para el trabajo, los cuales, como aquí
escasean las casas de beneficencia, quedan sujetos á la caridad
pública.
¿Puede ser justo y equitativo contratar á un hombre que tiene
peculio con que trabajar por su cuenta? ¿Puede haber moralidad en
contratos de padres é hijos? ¿No es injusto y contra lo natural el
no permitir que un padre ó una madre lleve á su calor á su hijo?
Pues todo esto sucede aquí.
Todos los mayores de 12 años han de estar contratados, y no puede
contratar aquella persona que no tenga ocupacion que dar al liberto
y carezca de una propiedad ó medios de vivir regular. Esto, si se
quiere, es una garantía para el liberto; pero, ¿por qué razon una
madre pobre, ya de alguna edad, no ha de tener consigo á una hija
que con su trabajo pueda atender á aquella infeliz? En San German
hay en una hacienda un liberto que tiene 3 ó 4.000 pesos, y gana
diarios seis ó siete con los animales que tiene alquilados en la
misma finca; pues á este liberto se le obliga á contratarse, siendo
capitalista que puede vivir de las rentas de su dinero. Otros
tienen medios para trabajar por su cuenta, pues aquí con poca
cantidad se pone una carreta al tráfico mercantil, y se obtiene con
que vivir, y quien dice una carreta, dice otras pequeñas industrias
que no necesitan mucho capital. Hay más. Hay muchos libertos que
son de oficio, como albañil, carpintero, tonelero, herrero, y estos
ganan 10 ó 14 reales diarios, teniendo dificultad para contratarse
por la sencilla razon de que no todos los dias encuentran trabajo
con una misma persona y porque ellos se hallan en aptitud de
ajustarlos y hacerlos por su cuenta, lo que les es más ventajoso.
Además, ¿hay poder humano que pueda obligar al contrato á una
liberta que contrae matrimonio con un hombre que ha sido libre toda
su vida? Pues qué, ¿acaso un hombre que pasa á formar una familia
ha de consentir semejante cosa? Preferible es no casarse, y cuenta
con que casos de estos se han presentado. Repito, pues, que el
contrato es una inconveniencia que no tiene objeto plausible, y
claro es que conviene desaparezca cuanto antes, pues debemos tener
en cuenta que la generalidad de los libertos se hallan bastante
adelantados, faltando solamente que desarrollen su inteligencia.
Ahora bien: como, por razon natural, no todos poseemos iguales
sentimientos, y así como unos tienen aficion al trabajo, otros se
inclinan á la vagancia, es necesario que exista una buena ley de
vagos, pero una ley verdad, que corrija severamente al desaplicado
y al turbulento. Debo hacerles presente, que habiendo alguno da
ellos inclinados al robo, aunque en pequeña escala, sería
conveniente y útil que existiera un tribunal correccional para la
resolucion de esos pequeños hurtos, sin necesidad de procesos
criminales, cuya tramitacion en nuestra isla es demasiado larga y
costosa, siendo indudable que obtendriamos mejoras resultados con
esa especie de jurado, al aire libre, y del cual podría formar
parte la autoridad local, el síndico del Ayuntamiento y el
secretario del mismo, y cuyos fallos deberian ser, en trabajos de
duracion, arreglados á la falta cometida. No creo demás decir á
Vds. que los libertos ganan ordinariamente, los de hacienda de
caña, 4 reales diarios, manutencion y casa, los de café, 8 y 10
pesos mensuales, y en tiempo de cosecha, 10 reales por cada fanega
de café que cojan; los de oficios domésticos, 8 y 10 pesos
mensuales, con manutencion: el precio es muchas veces segun lo que
se facilita al liberto, porque algunos obtienen hasta la ropa y la
asistencia médica.
En los pueblos pequeños los sueldos son menores; por lo que llevo
dicho ya ven Vds. que la libertad no ha sido mal recibida y ha
producido sus naturales efectos; lo único que hace falta, despues
de lo dicho, es la indemnizacion, de que Vds. nada dicen. La isla
hace algunos años atraviesa una terrible crísis económica, cuyos
males han crecido últimamente, con motivo de los bajos precios á
que se cotizan nuestros azúcares en las plazas consumidoras, la
sequía en algunas localidades y otras causas, sobre las que me
ocuparé en carta separada. Así es que muchos hacendados hoy no
encuentran con facilidad quien les anticipe fondos para atender á
sus fincas, lo que no resultaria si tuviésemos un Banco; pero ni
ley autorizando su creacion tenemos, ni iniciativa alguna, pues
demasiado apáticos, carecemos del espíritu de asociacion, el tiempo
pasa y aumenta el mal.»
Otro hacendado de la rica é importante villa de San German, individuo de
una de las familias más respetadas é influyentes de la isla, comisionado
que fué en 1866 á la _Junta de Informacion_ que se inauguró en Madrid, y
Diputado á Córtes en 1872, el Sr. D. Francisco Mariano Quiñones,
contestó en 9 de Junio de 1873 á la SOCIEDAD ABOLICIONISTA en los
siguientes términos:
«Y en efecto: dos meses escasos de vida más espansiva para todos y
en conformidad con las leyes de la humanidad, han sido bastantes
para que la pasion política pierda su odioso carácter de
intransigencia, y conservadores y reformistas se acercan ya unos á
otros y discuten amigablemente sobre la mejor manera de
contrarestar los funestos efectos de la gran crísis monetaria por
la que atraviesa el país á causa de la pérdida de la mayor parte de
nuestras cosechas por falta de lluvias á su debido tiempo y la baja
de precios para nuestros frutos por la gran abundancia en la
produccion extranjera.
Fábricas centrales, Bancos; estas son las grandes cuestiones que
preocupan hoy los ánimos en Puerto-Rico, y no creo que se piense ya
en seguir creando artificialmente como antes motines como el de
Junio del 71 en la capital y el más reciente de Camuy.--En la vida
social van desapareciendo rápidamente aquellas divisiones que
mantenian para todo separadas á las familias unas de otras. Todo
ha tomado, en fin, aspecto más halagüeño, á pesar de la rigidez de
los tiempos que corremos, exhaustos de dinero y con nuestro crédito
quebrantado en el extranjero.--Nuestro Gobierno puede hacer mucho
para remediar este mal, que puede llegar á ser superior á los
esfuerzos del país, si abandonado á sus propios recursos, para
resistirlos no hace efectiva la indemnizacion. Sea la indemnizacion
una verdad, siquiera haya de pagarla luego la provincia con creces.
Haga posible por ese medio la creacion de Bancos y de máquinas
centrales si se necesitan para que nuestra industria pueda ponerse
otra vez en estado de sostener la concurrencia de otros paises
azucareros. Cuando Vds. puedan influir en ese sentido deben
hacerlo, porque será un bien y un medio de poder llegar á sentar
sólidamente nuestras afirmaciones con respecto á que no es
necesario el brazo esclavo para la produccion.
Hasta aquí en cuanto les llevo dicho verán Vds. poquísima novedad.
Y ¿qué más pudiera decirles? En su pase á mejor estado, que se ha
llevado á cabo sin la menor perturbacion, ha seguido el esclavo
como era natural las huellas de la clase libre trabajadora,
imitándola en sus virtudes y sus vicios. Trabajan como ellos, es
decir, no siempre á gusto de los propietarios, malgastan casi
siempre el fruto de su trabajo en el baile, en el juego, es verdad;
¿pero podia esperarse otra cosa?
Uno de los grandes beneficios que nos ha de traer con el tiempo la
Ley de la abolicion, ha de ser la mayor moralizacion en la clase
jornalera.
Es innegable que aunque numerosa y resistente en el trabajo cuando
lo toma, tiene defectos que preocupan con razon al propietario.
Muchos creen que estos provienen de la falta de grandes necesidades
por la benignidad de nuestro clima; pero en nuestro país no es
posible ya que el proletario viva de otro modo que del trabajo ó
del robo, y por desgracia, son muy elásticas sus nociones de moral
por cuanto al respeto que se debe á lo ajeno. No se conocen apenas
en Puerto-Rico grandes crímenes; pero el hurto, la ratería, como la
llamamos nosotros, es un vicio tan general en nuestra clase
trabajadora, que es la causa principal de su poca asiduidad en el
trabajo y del abandono del cultivo de los frutos de primera
necesidad. Y nuestra legislacion parece que propende á favorecerlo,
puesto que para su represion determina trámites tan complicados y
castigos tan severos, que los mismos perjudicados por los hurtos se
inclinan siempre á dejarlos impunes antes que dar pasos para que se
corrijan. Es natural que nuestros libertos no se distingan
ventajosamente sobre este punto. Hacen lo que hacian en la
servidumbre y lo que ven hacer á los que hoy son de su misma clase.
Fuera de buenas reformas en las leyes penales, ¿no contribuiria á
aminorar este mal la mayor difusion de una buena enseñanza en la
clase proletaria?
Para terminar, voy á hablar á Vds. de la contratacion; de ese
último eslabon que han creido nuestros legisladores deber conservar
en la cadena del esclavo. Deprime al hombre libre, ya que pone en
juego toda su energía, toda su astucia para librarse de él: el
propietario lo rechaza porque ha comprendido que, lejos de
favorecerle, es un entorpecimiento continuo en la marcha de sus
trabajos. Conservadores y reformistas están de acuerdo sobre este
punto. En la primer reunion que se celebró en nuestra localidad de
propietarios para oir la lectura del reglamento de esclavos, fué
autorizado (y la iniciativa partió de los conservadores) para hacer
una mocion pidiendo la supresion de la contratacion de los libertos
por considerarla perjudicial á los intereses de todos. Un solo voto
se opuso á nuestra súplica al Gobierno, y así consta en el acta que
se celebró en aquella reunion. En todos los pueblos de la isla oigo
decir que se resiente el trabajo por el mismo motivo. Yo espero que
nuestros Diputados trabajarán por que se reforme en este punto la
Ley.»
Por último, el ex-director del Instituto de Puerto-Rico D. José Julian
Acosta, Diputado á Córtes en dos ocasiones, comisionado en 1866 á la
_Junta de informacion_, uno de los más antiguos abolicionistas de
nuestras Antillas y una verdadera ilustracion de la América española,
decia lo que sigue:
«Aquí se promulgó la redentora Ley y se está cumpliendo en medio
del órden más perfecto y con la mayor satisfaccion por parte de la
inmensa mayoría de estos habitantes.
El Reglamento para la contratacion de servicios de los libertos,
que vió ayer la luz pública, es fiel al principio fundamental de la
Ley: la libertad de los que antes fueron esclavos. Con su
publicacion han perdido su última esperanza los esclavistas
disfrazados con capa de abolicionismo.
Como lo ví desde el año de 1866, la abolicion en Puerto-Rico solo
entraña un problema económico. El órden ni se ha turbado ni se
turbará felizmente; pero puede suceder que muchos hacendados
carezcan de metálico para satisfacer los jornales.
Este temor nace de la sequía que trabaja algunas comarcas
azucareras, como Guayama y Ponce; de las quiebras que han sufrido
varias casas de comercio, y principalmente del bajo precio que
alcanza el mercado.
A prevenir la crísis económica deben todos Vds. dirigir sus
esfuerzos, tanto por Puerto-Rico, cuanto porque del buen éxito de
la abolicion en Puerto-Rico depende la de Cuba, á que debemos
aspirar sin tregua ni descanso.
Trabajen por realizar el empréstito en Inglaterra para que venga
metálico al país, y por promover el establecimiento de uno ó varios
Bancos con objeto de que la moneda fiduciaria multiplique tambien
las transacciones.»
Como estos, muchos otros Informes pudieran reproducir aquí los
infrascritos: Informes que verán la luz dentro de poco; mas parece
bastante lo expuesto para no alargar inconsideradamente el discurso y
dejar sitio á otros datos de carácter puramente _oficial_, que nos
permitimos recomendar á la ilustrada consideracion de V. E.
La ley de Marzo, en vista de la continuacion del trabajo y un tanto
recelosa de los libertos, impuso á estos, por el art. 2.º, la obligacion
de celebrar contratos de modo que por espacio de tres años hubieran de
aparecer ocupados los recien emancipados. Pues bien: esta obligacion ha
sido perfectamente cumplida como lo demuestra, á más del párrafo ya
reproducido del discurso del Presidente de la Audiencia de Puerto-Rico,
los siguientes _Estados_, que, suscritos por el Secretario del Gobierno
superior de la pequeña Antilla, D. Gerónimo San Juan, obran en poder de
la SOCIEDAD ABOLICIONISTA y que de seguro posee tambien el ministerio de
Ultramar.
Hélos aquí:
I.
PROVINCIA DE PUERTO-RICO
ESTADO _demostrativo de los contratos de libertos celebrados hasta la
fecha con espresion de los inútiles, menores de 12 años y mayores de
60_.
DISTRITOS[2]
1.º 2.º 3.º
----- ----- -----
Contratados {Rústicos 3.128 2.104 3.829
con sus {Urbanos 1.116 798 676
dueños {
Idem con {Rústicos 1.860 1.772 2.297
particulares{Urbanos 1.406 1.702 774
Inútiles 134 34 163
Menores de 12 años 1.816 1.287 1.945
Mayores de 60 189 5 3
----- ----- -----
9.649 7.702 9.687
[2] Se dividieron los siete departamentos en tres distritos:
Capital, Mayagua y Ponce.
RESUMEN
Contratados {Rústicos 9.061 } 11.651
con sus {Urbanos 2.590 }
dueños }
Idem con {Rústicos 5.929 } 9.811
particulares {Urbanos 3.882 }
|
Inútiles | 331
Menores de 12 años | 5.048
Mayores de 60 | 197
------
Total 27.038
Agosto de 1873.
II.
PROVINCIA DE PUERTO-RICO
RESUMEN _de los esclavos de la misma, existentes en el registro del
corriente año hasta el 30 de Marzo con inclusion de las bajas ocurridas
por todos conceptos_.
A
DE 12
A MENORES
59 AÑOS DE 12
------- -------
Domésticos { Varones 904 37 } 4.008
{ Hembras 2.983 84 }
Labradores { Varones 11.325 203 } 19.597
{ Hembras 7.945 124 }
Sin ocupacion { Varones 74 2.806 } 5.730
{ Hembras 81 2.769 }
Total { Varones 15.349} 29.335
{ Hembras 13.986}
Puerto-Rico 30 de Marzo de 1873.
B
Solteros. { Varones. 15.130 } 28.895
{ Hembras. 13.765 }
Casados. { Varones. 200 } 383
{ Hembras. 183 }
Viudos. { Varones. 19 } 57
{ Hembras. 38 }
C
Ascendió el censo de 1872. 31.041
Idem el id. de 1873. 29.335
-------
Diferencia. 1.706
DEMOSTRACION
Total de esclavos inscritos hasta el 30 de Marzo de 1873. 29.335
Id. libertos contratados basta el 21 de Agosto de 1873. 27.038
-------
Quedan por contratar. 2.297
comprendidos los inútiles.
De modo que á los cuatro meses de planteada la Ley de abolicion
aparecian contratados más del 92 por 100 de los esclavos inscritos como
tales en el censo de 1873; de los libertos rústicos, el 46 por 100
continuaba trabajando con sus antiguos amos, y de los urbanos ó
domésticos cerca del 65. Es decir, que de los 23.605 esclavos mayores de
12 años, útiles y con ocupacion que existian en Puerto-Rico la víspera
de la Ley emancipadora, muy cerca de la mitad (el 49,3 por 100) no
desampararon los antiguos lugares de trabajo ni resistieron la
direccion á que de atrás venian acostumbrados.
Tales son los datos, á todas luces incontestables. ¿Qué más podia
esperarse de los libertos? ¿Qué otro ejemplo puede rivalizar con este en
la historia de la abolicion? ¿Qué más cabia desear en la hora de la
trasformacion del trabajo y de la reforma social de Puerto-Rico, aun en
condiciones ménos difíciles que las que acompañaron al planteamiento de
la Ley de 22 de Marzo?
Inspirado, sin duda, en el magnífico espectáculo que la pequeña Antilla
ha ofrecido en momentos verdaderamente críticos, el digno cónsul de los
Estados-Unidos en San Juan, Mr. Eduardo Conroy, interrogado por la
SOCIEDAD ABOLICIONISTA ESPAÑOLA, no ha titubeado en escribir en 12 de
Julio de 1874 las siguientes frases que con orgullo recogemos y
consignamos en este papel:
«Complacido con el elogio que hace Vd. del pueblo americano, á que
pertenezco, y agradecido á los distinguidos conceptos que me
dispensa, cumplo gustoso con el deber de hacer justicia á la bondad
natural de los que fueron esclavos en Puerto-Rico, y á la sensatez
de la inmensa mayoría de los habitantes de la isla.
Debido á estas dos causas, la abolicion inmediata se realizó aquí
en medio de la tranquilidad más absoluta y del órden más perfecto;
y despues de la abolicion, los libertos han continuado tambien
pacíficos y tranquilos, y ni el trabajo ha disminuido, ni la
estadística criminal ha aumentado por causa de ellos.
No me es posible acompañar á Vd., como hubiera deseado, cifras
estadísticas, porque hasta ahora no las ha publicado esta
administracion, sin duda por el poco tiempo transcurrido despues de
la abolicion. Pero es innegable que el tránsito de la esclavitud á
la libertad de los 38.000 siervos que existian en Puerto-Rico se
verificó tranquila y pacíficamente, y que no ha causado la menor
perturbacion ni en el órden social, ni en la marcha del trabajo
agrícola é industrial.»
En estas mismas ideas abunda el cónsul de la Gran Bretaña, Mr. Eduardo
A. Cowper que en un detenido y sustancioso Informe (_Report_), que en
fecha 26 de Enero del año corriente dice al Ministro de Negocios
Extranjeros de Lóndres: