DOCUMENTO NÚM. 5

Primera[2] comunicación del Sr. Arzobispo de Manila al Gobernador

general de Filipinas, denunciándole los peligros de la Masonería (13 de

Marzo de 1895).

Excmo. Sr. Gobernador general, Vice Real Patrono de estas Islas.--Excmo.

Sr.: Tengo el honor de remitir á V. E. la adjunta comunicación del

Párroco de Malolos, provincia de Bulacán, en la que expone con

justificadísimos lamentos el estado de indisciplina ó insubordinación

escandalosa en que se encuentra su parroquia, por efecto de la actitud

hostil que contra el Párroco y lo que representa, sostiene la

municipalidad de Malolos y algunos de los principales de dicho pueblo.

Esta conducta, Excmo. Sr., de los representantes de Malolos, enfrente

del Párroco, toca ya á un extremo de osadía, por lo descarada, va

acompañada de tan grave perturbación moral, y por todos sus antecedentes

y actuales circunstancias es tan significativa de propósitos siniestros,

que juzgo de imprescindible necesidad, no ya sólo que el Vice Real

Patrono se preocupe del estado de dicha parroquia, sino que el

Gobernador general adopte medidas tan eficaces como sean necesarias para

reprimir la audacia de los perturbadores, y cortar de raíz el escándalo

que con perseverancia rara viene dando el pueblo de Malolos. De la

necesidad de adoptar ya medidas de energía respecto de este pueblo,

quedará sin duda convencido V. E. con sólo apuntar los datos siguientes:

1.º Es el actual Párroco de Malolos el tercero á quien se le hace

imposible continuar al frente de la administración parroquial en este

pueblo desde que ha estallado la lucha. Debo hacer constar, que los

anteriores fueron modelo de Párrocos, que nada que afectase á su honor

de Sacerdotes, ó en la rectitud en la administración parroquial pudieran

echarles en cara los descontentos: procedieron en todo con tacto y

prudencia, y ensayaron todos los medios de atracción para desarmar á los

díscolos, á pesar de lo cual, fatigados de lucha infructuosa, hubieron

de dejar el puesto. Irreprochable el actual como sus antecesores, ha

extremado la nota de blandura y condescendencias, y esto no obstante se

encuentra en situación igual ó acaso peor que sus antecesores. Ante

estos hechos, ocurre preguntar: ¿Es que los de Malolos, en su guerra

tenaz y porfiada contra el Párroco, buscan una simple sustitución de

personas? No cabe admitir tan inocentes intentos, y por misericordioso

que uno quiera ser al juzgar propósitos disimulados, forzoso será creer

que lo que persiguen los descontentos de Malolos es hacer imposible la

estancia en dicho pueblo de un Párroco español. Si V. E., en su claro

criterio, deduce la misma consecuencia del proceder de los de Malolos,

no es dudoso que, ante ese proceder rastrero, decretará con la ira del

ofendido. Todo se podrá consentir aquí menos la persecución de raza.

2.º Pero tampoco se puede consentir la persecución de la Religión, en

un país donde no existe la libertad de Cultos, ni siquiera la tolerancia

legal, y en el que además el Estado consume gruesas sumas para llevar

adelante la reducción de infieles. No se puede admitir, por absurdo, que

el Estado vea con indiferencia que la Religión sea atacada y perseguida

y menospreciada en Bulacán, cuando tanto se preocupa por que se afirme y

extienda en el centro de Luzón, en Mindanao y en tantas otras Islas del

Archipiélago. Y en la esfera del derecho positivo escrito y en el estado

jurídico que informa á esta sociedad filipina, no cabe la libertad de

que hacen alarde los perturbadores de Malolos, dedicados desde hace

tiempo á descristianizar el pueblo sencillo, por medio de hojas impresas

y folletos heterodoxos, en que son atacados con estilo procaz los

misterios de la Religión, y por varias maneras injuriados sus Ministros.

La forma misma en que tal propaganda se hace, empleando el anónimo, y

apelando á medios secretos y reservados para circular la dañada

doctrina, revelan á las claras que en la conciencia misma de los

propagandistas está la convicción de que sus trabajos son de los que hay

que realizar en las tinieblas para eludir la sanción legal. Y en efecto,

Excelentísimo Sr., nuestro estado jurídico, basado en el Código indiano,

y en posteriores disposiciones complementarias de aquél, que de ninguna

manera están desvirtuadas por la aplicación reciente aquí de nuevos

Códigos, no permiten la libertad de la propaganda anticatólica y el

ataque á los ministros de la Religión, y cualesquiera que sean las

blanduras ó deficiencias que sobre este particular puedan achacarse al

Código penal, y la insuficiencia de medios por parte de los encargados

de aplicarlo, es lo cierto, que la Autoridad gubernativa puede emplear

todavía procedimientos más eficaces que los sancionados en el Código

penal, al efecto de corregir cualquiera indisciplina religiosa ó social.

3.º Es público que en Malolos funciona una logia masónica, en la que,

según presumimos, radica la causa originaria de las perturbaciones que

traen revuelto á este pueblo. Y siendo así, no puede dudarse que

eliminado ese centro perturbador, se llegará á establecer en Malolos la

paz y sosiego de que hace tiempo carece, como tampoco puede dudarse que,

tomada por V. E. la resolución de quitar del medio esa causa de

desorden, desaparecerá ésta con la misma prontitud con que quiera V. E.

ver ejecutado su acuerdo. No es de mi incumbencia disertar aquí sobre el

sentido y transcendencia política que en una Colonia pueda tener una

asociación secreta constituída con elementos indígenas; pero sí he de

manifestar la extrañeza de que, alarmándose con frecuencia los

Gobernadores de provincia por la erección inocente de tal cual

asociación piadosa, que públicamente ejercita determinados actos

religiosos, se preocupen tan poco del establecimiento de asociaciones

masónicas dentro de sus respectivas provincias, cuando por su propia

índole secreta, por las reuniones secretas también que celebran, por el

secreto de sus acuerdos, deben infundir por lo menos la sospecha de no

ser santos los fines que persiguen. Como comprendemos la prudencia

política que inspiró al Supremo Gobernante medidas de cautela, aun

tratándose de asociaciones piadosas, porque á la sombra á veces de un

fin santo se ocultan propósitos siniestros, no comprendemos ciertas

indiferencias en presencia de asociaciones, no santas ciertamente, que,

á despecho de todos sus secretos y disimulos, tienen acreditado, con

hechos que registra la historia contemporánea, que su fin principal es

atropellar toda disciplina religiosa y política, difundiendo por

doquiera el espíritu de revuelta.

Perdone V. E. que algo me haya apartado de mi propósito, que es el dejar

consignado que las asociaciones masónicas son ilegales, consideradas

nada más que en sus relaciones con el orden religioso establecido. Este

orden es la Iglesia Católica, Religión del Estado, Institución pública

protegida por la Ley, contra la que no es lícito conspirar en Filipinas.

Y porque en el conjunto de lo que pasa en Malolos, y denuncia el

Párroco, encontramos un sistema de conspiración perseverante contra la

Iglesia, nos vemos precisados á recurrir á V. E. en demanda de medidas

que corten de raíz el escándalo, medidas tanto más urgentes, cuanto que,

de no tomarlas ahora, es muy de temer y casi seguro, que el mal no se

contendrá dentro de Malolos, y por la ley de todos los contagios se

propagará á otros pueblos.

Dios etc., 13 de Marzo de 1895.==Fr. Bernardino, Arzobispo.

Defensa obligada contra acusaciones gratuitas · 第 8 / 33 题