Primera[2] comunicación del Sr. Arzobispo de Manila al Gobernador
general de Filipinas, denunciándole los peligros de la Masonería (13 de
Marzo de 1895).
Excmo. Sr. Gobernador general, Vice Real Patrono de estas Islas.--Excmo.
Sr.: Tengo el honor de remitir á V. E. la adjunta comunicación del
Párroco de Malolos, provincia de Bulacán, en la que expone con
justificadísimos lamentos el estado de indisciplina ó insubordinación
escandalosa en que se encuentra su parroquia, por efecto de la actitud
hostil que contra el Párroco y lo que representa, sostiene la
municipalidad de Malolos y algunos de los principales de dicho pueblo.
Esta conducta, Excmo. Sr., de los representantes de Malolos, enfrente
del Párroco, toca ya á un extremo de osadía, por lo descarada, va
acompañada de tan grave perturbación moral, y por todos sus antecedentes
y actuales circunstancias es tan significativa de propósitos siniestros,
que juzgo de imprescindible necesidad, no ya sólo que el Vice Real
Patrono se preocupe del estado de dicha parroquia, sino que el
Gobernador general adopte medidas tan eficaces como sean necesarias para
reprimir la audacia de los perturbadores, y cortar de raíz el escándalo
que con perseverancia rara viene dando el pueblo de Malolos. De la
necesidad de adoptar ya medidas de energía respecto de este pueblo,
quedará sin duda convencido V. E. con sólo apuntar los datos siguientes:
1.º Es el actual Párroco de Malolos el tercero á quien se le hace
imposible continuar al frente de la administración parroquial en este
pueblo desde que ha estallado la lucha. Debo hacer constar, que los
anteriores fueron modelo de Párrocos, que nada que afectase á su honor
de Sacerdotes, ó en la rectitud en la administración parroquial pudieran
echarles en cara los descontentos: procedieron en todo con tacto y
prudencia, y ensayaron todos los medios de atracción para desarmar á los
díscolos, á pesar de lo cual, fatigados de lucha infructuosa, hubieron
de dejar el puesto. Irreprochable el actual como sus antecesores, ha
extremado la nota de blandura y condescendencias, y esto no obstante se
encuentra en situación igual ó acaso peor que sus antecesores. Ante
estos hechos, ocurre preguntar: ¿Es que los de Malolos, en su guerra
tenaz y porfiada contra el Párroco, buscan una simple sustitución de
personas? No cabe admitir tan inocentes intentos, y por misericordioso
que uno quiera ser al juzgar propósitos disimulados, forzoso será creer
que lo que persiguen los descontentos de Malolos es hacer imposible la
estancia en dicho pueblo de un Párroco español. Si V. E., en su claro
criterio, deduce la misma consecuencia del proceder de los de Malolos,
no es dudoso que, ante ese proceder rastrero, decretará con la ira del
ofendido. Todo se podrá consentir aquí menos la persecución de raza.
2.º Pero tampoco se puede consentir la persecución de la Religión, en
un país donde no existe la libertad de Cultos, ni siquiera la tolerancia
legal, y en el que además el Estado consume gruesas sumas para llevar
adelante la reducción de infieles. No se puede admitir, por absurdo, que
el Estado vea con indiferencia que la Religión sea atacada y perseguida
y menospreciada en Bulacán, cuando tanto se preocupa por que se afirme y
extienda en el centro de Luzón, en Mindanao y en tantas otras Islas del
Archipiélago. Y en la esfera del derecho positivo escrito y en el estado
jurídico que informa á esta sociedad filipina, no cabe la libertad de
que hacen alarde los perturbadores de Malolos, dedicados desde hace
tiempo á descristianizar el pueblo sencillo, por medio de hojas impresas
y folletos heterodoxos, en que son atacados con estilo procaz los
misterios de la Religión, y por varias maneras injuriados sus Ministros.
La forma misma en que tal propaganda se hace, empleando el anónimo, y
apelando á medios secretos y reservados para circular la dañada
doctrina, revelan á las claras que en la conciencia misma de los
propagandistas está la convicción de que sus trabajos son de los que hay
que realizar en las tinieblas para eludir la sanción legal. Y en efecto,
Excelentísimo Sr., nuestro estado jurídico, basado en el Código indiano,
y en posteriores disposiciones complementarias de aquél, que de ninguna
manera están desvirtuadas por la aplicación reciente aquí de nuevos
Códigos, no permiten la libertad de la propaganda anticatólica y el
ataque á los ministros de la Religión, y cualesquiera que sean las
blanduras ó deficiencias que sobre este particular puedan achacarse al
Código penal, y la insuficiencia de medios por parte de los encargados
de aplicarlo, es lo cierto, que la Autoridad gubernativa puede emplear
todavía procedimientos más eficaces que los sancionados en el Código
penal, al efecto de corregir cualquiera indisciplina religiosa ó social.
3.º Es público que en Malolos funciona una logia masónica, en la que,
según presumimos, radica la causa originaria de las perturbaciones que
traen revuelto á este pueblo. Y siendo así, no puede dudarse que
eliminado ese centro perturbador, se llegará á establecer en Malolos la
paz y sosiego de que hace tiempo carece, como tampoco puede dudarse que,
tomada por V. E. la resolución de quitar del medio esa causa de
desorden, desaparecerá ésta con la misma prontitud con que quiera V. E.
ver ejecutado su acuerdo. No es de mi incumbencia disertar aquí sobre el
sentido y transcendencia política que en una Colonia pueda tener una
asociación secreta constituída con elementos indígenas; pero sí he de
manifestar la extrañeza de que, alarmándose con frecuencia los
Gobernadores de provincia por la erección inocente de tal cual
asociación piadosa, que públicamente ejercita determinados actos
religiosos, se preocupen tan poco del establecimiento de asociaciones
masónicas dentro de sus respectivas provincias, cuando por su propia
índole secreta, por las reuniones secretas también que celebran, por el
secreto de sus acuerdos, deben infundir por lo menos la sospecha de no
ser santos los fines que persiguen. Como comprendemos la prudencia
política que inspiró al Supremo Gobernante medidas de cautela, aun
tratándose de asociaciones piadosas, porque á la sombra á veces de un
fin santo se ocultan propósitos siniestros, no comprendemos ciertas
indiferencias en presencia de asociaciones, no santas ciertamente, que,
á despecho de todos sus secretos y disimulos, tienen acreditado, con
hechos que registra la historia contemporánea, que su fin principal es
atropellar toda disciplina religiosa y política, difundiendo por
doquiera el espíritu de revuelta.
Perdone V. E. que algo me haya apartado de mi propósito, que es el dejar
consignado que las asociaciones masónicas son ilegales, consideradas
nada más que en sus relaciones con el orden religioso establecido. Este
orden es la Iglesia Católica, Religión del Estado, Institución pública
protegida por la Ley, contra la que no es lícito conspirar en Filipinas.
Y porque en el conjunto de lo que pasa en Malolos, y denuncia el
Párroco, encontramos un sistema de conspiración perseverante contra la
Iglesia, nos vemos precisados á recurrir á V. E. en demanda de medidas
que corten de raíz el escándalo, medidas tanto más urgentes, cuanto que,
de no tomarlas ahora, es muy de temer y casi seguro, que el mal no se
contendrá dentro de Malolos, y por la ley de todos los contagios se
propagará á otros pueblos.
Dios etc., 13 de Marzo de 1895.==Fr. Bernardino, Arzobispo.