Declaradas y promulgadas estas postreras cuatro leyes, y por mejor

decir, entendido el quinto aditamento que decia, que el servicio de los

nueve meses que los indios eran obligados á servir al Rey, lo podia

conceder, haciendo merced, á quien quisiese, luégo procuraron los

privados de pedir al Rey les hiciese merced á cada uno de repartimiento

de indios, teniendo por cierto y determinado que con buena conciencia

los podian tener, pues los letrados desta postrera junta lo afirmaron,

y firmaron en Dios y en sus conciencias, guardando las leyes dichas con

sus cinco limitaciones ó aditamentos. Y de los primeros fué, el obispo

de Palencia, D. Juan de Fonseca, de quien se ha dicho, que, desde el

descubrimiento destas Indias, siempre fué principal y Presidente en

el gobierno dellas; este señor Obispo tuvo 800 indios, en cada una

destas cuatro islas, Española, la de Cuba, la de Sant Juan, y de la de

Jamáica, 200. El secretario Lope Conchillos, tuvo 1.100, segun tuvimos

entendido. Hernando de Vega, que fué notable persona en prudencia

y muy estimado del Rey, y fué del Consejo de las Indias, cuando el

Consejo de los otros Consejos se distinguió, tuvo 200. El camarero Juan

Cabrero, aragonés, muy antiguo de la cámara del Rey, otros 200. El

licenciado Moxica, que era del Consejo real, tuvo no sé cuantos, y creo

que no eran ménos de 200. Sospecha hobo que algunos otros del Consejo

real los tuvieron de secreto, puestos en cabeza de otras personas,

que enviaban con cargos y oficios á esta isla; nunca del licenciado

Santiago, ni del doctor Palacios Rubios, que fueron los que más destas

Indias tractaron por aquellos tiempos, cosa de interese, ni cosa que

no debiesen hacer, se sospechó. Estos fueron los que tuvieron indios

en estas islas, estando ellos en Castilla, y no los caballeros de

Castilla, como dice Oviedo en su historia. Desta buena limitacion y

quinto aditamento, que los postreros consultores, sin saber el daño que

con ello hacian, escribieron, tuvieron tambien ocasion los oficiales

del Rey, Tesorero, y Contador, y Factor, y Veedor, de pedir y tener

cada uno su repartimiento; lo mismo hicieron los Jueces de apelacion,

que por estos tiempos, entre el año de 11 y 12 se proveyeron y á esta

isla vinieron; el uno fué el licenciado Marcelo de Villalobos, el otro,

el licenciado Juan Ortiz de Matiencio y el licenciado Lúcas Vazquez

de Ayllon, el que arriba, en el libro II, dijimos haber sido, en

tiempo del Comendador Mayor, Alcalde mayor de la Vega y sus comarcas.

Estos fueron enviados por Jueces de apelacion, para que del Almirante

y de sus Alcaldes mayores y Tenientes, para ante ellos, como Jueces

inmediatos del Rey, se apelase por la relacion quel Rey tuvo que habia

en esta isla disensiones y bandos entre el Almirante y el tesorero

Pasamonte, y los otros oficiales del Rey, que maldito aquel provecho

para Dios ni para dellos jamás salió, y estos se tuvo por cierto, que

revolvieron al Almirante con el Rey, é le persiguieron hasta la muerte,

como se dirá. Así que fueron proveidos aquellos tres licenciados por

Jueces de apelacion, y éste fué su primer nombre, despues se les dió

auctoridad y oficios de Oidores y de Audiencia y Chancillería real,

como hoy la tienen los que sucedieron. Estos tambien pidieron y

tuvieron sus repartimientos, como personas de más preeminentes oficios,

y todos ellos y los Oficiales no dejaban de llevar sus salarios del

Rey, puesto que no eran tan crecidos como despues de que mataron los

indios los tuvieron, y así los tristes indios, con sus angustias,

trabajos y sudores, eran parte de los salarios, y la justicia que les

guardaron abajo será manifiesta. Viendo el padre fray Pedro de Córdoba,

varon sancto y prudentísimo, las leyes hechas, y despues las adiciones

que habian poco limitado y moderado, cognosciendo quedar los indios sin

algun remedio, y viendo ántes con su prudencia, que los indios habian

en breve de perecer, como perecieron, y que esta muerte y destruccion

destas gentes, no se causaba sino por tenerlos en servidumbre los

españoles, y en lo que tocaba á su conversion ninguno la impidia sino

ellos, lo uno por sus tiranías, y lo otro por sus perniciosos ejemplos,

acordó de suplicar al Rey que le diese licencia, y ayuda, y favor, para

que él con los frailes de su Orden, que consigo le pareciese llevar,

pasasen á la tierra firme más cercana desta isla, que es la de Cumaná,

donde despues fué la priesa de sacar perlas, para predicar á aquellas

gentes, sin estorbo de los españoles, creyendo que nunca hombre dellos

asomara jamás por allí. El Rey católico, lo uno por la obra ser tal

y tan apostólica, y lo otro, la gran estima y devocion que dél habia

cobrado, fué dello muy contento y servido, y mandó que le diesen los

despachos á su voluntad, muy cumplidos, y así fué, que todo lo que

pidió para que en esta isla se le diese de navíos y bastimentos, y

otras cosas que llevar convenia, como herramientas, y aparejos para

edificar una casa, le fué concedido y cumplido, como abajo, placiendo

á Dios, será dicho. Habria en esta isla, á la sazon cuando andaba la

solicitud y barahunda de hacer las leyes en Castilla, obra de 20.000

indios, con hombres y mujeres, grandes y chicos, y creo, cierto, que

áun no los habia. Estos habian quedado de tres y cuatro cuentos,

que, en sus pueblos, pacíficos con sus señores y Reyes, y en toda

abundancia, sobrándoles todas las cosas necesarias, sino era lumbre

de fe, digo verdad porque yo los vide, vivian. Alcanzados del Rey los

repartimientos por los susodichos privados y residentes en la corte,

luégo entraron sus criados y mayordomos acá, no los más negligentes que

en sus casas tenian. Estos, ó porque conocieron en sus amos hervir la

cudicia de rescibir oro y todo provecho de los indios, ó por su propia

crueldad y malicia, dábanles en los trabajos, y en especial en los de

las minas, sin guardar ley ni ordenanza, ni razon, ni justicia, que

en cada demora, que duraba, como se dijo, cinco meses, que de hambre,

y trabajo, y angustia y afliccion, la mitad ó el tercio de los indios

de su repartimiento, perecia. Aquellos muertos, presentaba luégo la

Cédula del Rey al que gobernaba, ó á los Jueces de apelacion, diciendo

que á su amo, por aquella Cédula, mandaba el Rey dar en repartimientos

200 ó 300 indios, y que no tenia sino tantos, por lo cual pedia que se

la hinchiesen, y porque no habia en esta isla quien de barro hiciese

indios, con tanta priesa como á matar se daban, ó los quitaban á los

que favor no tenian y dejábanlos sin repartimiento, para cumplir la

Cédula, ó echaban en la baraja todos los indios de la isla, y hacian

general repartimiento, y dejaban los de poco favor sin indios, y

cumplíase con los privados del Rey que estaban en Castilla. Un cruel

tirano, criado y mayordomo de uno de los de la corte arriba referidos,

habiendo muerto en una demora de los cinco meses, 70 ó setenta y tantos

indios, reprendiéndole aquella su crueldad un religioso de Sancto

Domingo, respondió sin temor ni vergüenza: «Andad, padre, que si yo

matare todos los indios en un dia, amo tengo yo á quien el Rey le dará

otros tantos para otro dia.» La razon de la desvergüenza deste fué,

porque no habia ley, ni habia pena ni estorbo, ni justicia que tocase

á estos verdugos que tenian acá los de Castilla, como quiera que les

enviasen oro y fuesen bien servidos, aunque matasen todos los indios en

un dia, ántes todos los que acá estaban, Jueces y Oficiales, para ello

los ayudaban y favorecian cuanto en el mundo podian. Pues los Jueces y

Oficiales desta isla, en quien no hervia ménos el ánsia de amontonar

oro, no habiendo superior alguno que á la mano les fuese, ¿qué tal

era la moderacion y justicia que con los indios de sus repartimientos

usaban, y qué estragos en ellos hacian?; los cuales tambien usaban

de la presentacion y hinchimiento de sus Cédulas, cada demora que el

número de los indios que mataban se les disminuia. Los particulares

vecinos, viendo la tiranía de los unos y de los otros, y temiendo

que, como aquellos se daban priesa á matar, para suplir sus Cédulas

se los habian á ellos de quitar un dia que otro, tambien á trabajar y

matar sus indios no se daban poca priesa; yo fuí avisado, en tiempo

que yo tuve cargo de mirar y estorbar los agravios de los desdichados

indios, que habia escripto un vecino á un estanciero, ó minero suyo,

que se diese priesa á trabajar los indios y que no perdonase mujeres

preñadas y paridas, porque cada hora, que se los habian de quitar,

temia. Algunos Visitadores, conforme á lo que las dichas leyes

disponian, pusieron, pero, de más carga y pesadumbre para los indios

y de disimular las tiranías y de robar su parte, sirvieron. Todo lo

que está dicho de los Jueces y Oficiales, y de los de Castilla que acá

tenian indios, y de los particulares, y de todas sus tiranías, y muerte

y perecimiento de los indios en las minas y en los otros trabajos desta

isla, se hacia con la misma impiedad y crueldad, y sin misericordia

alguna en las otras tres islas, la de Sant Juan, la de Cuba, como della

presto diremos, y en la de Jamáica. Veis aquí el fruto que salió de las

dichas leyes, y de sus cinco aditamentos que hicieron los postreros

ó engañados consultores, y que juraron en Dios y en sus conciencias,

que con aquellas limitaciones y declaraciones, el Rey tenia muy justas

y moderadamente ordenadas las cosas de las Indias. Y lo bueno fué, y

que adorna y hermosea todo lo arriba dicho, que los del Consejo dieron

forma de cómo habia de rezar la Cédula de los repartimientos que á cada

uno se daban, y decia así el Gobernador, ó que tenia cargo de repartir

los indios, que despues llamaron, como se dirá, Repartidor: «Yo,

fulano, en nombre del Rey é de la Reina, nuestros señores, por virtud

de los poderes que de Sus Altezas tengo, encomiendo á vos, fulano, tal

Cacique y tantas personas en él, para que os sirvais dellos en vuestras

haciendas, minas y granjerías, segun y como Sus Altezas lo mandan,

conforme á sus ordenanzas, guardándolas, y no de otra manera, porque de

otra manera Sus Altezas no vos los encomiendan, ni yo en su nombre; y

si no lo hiciéredes os serán quitados, y lo que os hobiéredes servido

dellos, será á cargo de vuestra conciencia y no de la de Sus Altezas,

ni de la mia, etc.» Esta era la sustancia y forma de la Cédula, por lo

cual creian que ya quedaba todo llano y santo, y fuera bien preguntar

á alguna de las justicias, si quitaron á uno ó alguno los indios por

los malos tractamientos. Pero mejor preguntados deben ya de estar,

porque todos son muertos. Las Cédulas antiguas decian, que se los

encomendaba para que se sirviesen dellos en sus granjerías y minas,

y que los enseñasen en las cosas de nuestra sancta fe católica, pero

estotras, ordenadas por el Consejo, añidian, «y sea á cargo de vuestra

conciencia y no de la de Sus Altezas ni de la mia, ó con ésto descargo

la conciencia de Sus Altezas, y la mia en su nombre»; y con estas

palabras creian los insensibles que quedaban las tiranías y muerte de

los indios justificadas y sanctificadas, y su conciencia y la del Rey

salvas y excusadas. Y llamo aquí la conciencia del Rey, la de los de

su Consejo, porque la de la misma persona real, yo no dudo sino que no

tuvo culpa alguna, porque hizo todo lo que en sí era, como arriba queda

declarado, y así fué, de todos estos errores y daños, excusado.

CAPÍTULO XX.

En el cual se contiene una grande ingrata inhumanidad que los

españoles, que iban á saltear hombres en las islas de los Lucayos, á

ciertas gentes de la tierra Florida, hicieron.--Y parece ser éstos

los primeros que aquella tierra descubrieron.--Y como Juan Ponce de

Leon fué á descubrir por lo más alto, y descubrió el cabo Grande de la

Florida, al cual le puso aquel nombre.--Y como fué á Castilla y vino

por Adelantado della y Gobernador, y al cabo murió miserablemente.

Dejemos agora por un rato perecer cada dia y cada hora los indios

desta isla, y de la de Sant Juan, y la de Jamáica (porque en la de

Cuba no habia áun entrado en este año de 11 la pestilencia de que

hablamos), con las leyes y aditamentos tan saludables, de que dijeron

los postreros consultores, juristas y teólogos, que con ellas quedaban

justas y moderadamente ordenadas las cosas destas Indias, afirmándolo

en Dios y en sus conciencias, y prosigamos en nuestra historia, lo

que por estos años sucedió en esta isla y en estas tierras. Por este

tiempo, aunque ya se andaba por el rebusco de las gentes yucayas,

de que mucho habemos arriba, en el libro II, hablado, cómo nuestros

españoles las vendimiaron, todavía, como vieron los vecinos desta isla

que los indios della se les acababan (pero no por eso de matar cesaban

los que se hallaban), con algunos dineros, que con la sangre de los

ya muertos habian allegado, se juntaban en compañía y armaban uno ó

dos navíos ó más, para ir á rebuscar los inocentes que por las isletas

donde moraban, escondidos por los montes, se habian del furor pasado

escapado. Entre otros, se juntaron siete vecinos de las villas de la

Vega y Sanctiago, á lo que creo, y de otros lugares, y no faltaban

mercaderes que les ayudaban, los cuales armaron dos navíos, metiendo

en cada uno 50 ó 60 hombres, en aquellas romerías bien ejercitados,

con sus bastimentos de pan, caçabí é carne, y sus pipas de agua,

con todo lo demas necesario. Salieron de Puerto de Plata, de donde

luégo, otro dia, ó poco más, llegan á las islas de los Lucayos, á las

cuales llegados, y buscadas muchas dellas con diligencia suma, pero

no hallaron nada, porque ya, los que ántes dellos por aquellas islas

habian andado, los habian todos acabado con la priesa que arriba, en el

libro II, queda bien demostrado; y porque les pareció que si se volvian

vacíos sin presa, no sólo perdian los dineros que habian gastado, y el

peligro, y trabajo, pero áun afrenta se les recrecia tornarse á esta

isla sin sacar fruto alguno de su viaje, acordaron de se ir hácia el

Norte á descobrir tierra, cuanto los bastimentos les durasen, y, si

la hallasen, hacer en ella algun buen salto, aunque despues negaban

que hobiesen navegado por su voluntad, sino que los habia forzado

una gran tempestad, y arrebatado la fuerza della, que les duró dos

dias, y que el postrero vieron cierta tierra á la cual se allegaron.

Esta, cierto, fué la tierra y costa de mar, de la que agora llamamos

la Florida, que debia estar de las islas de los Lucayos, de donde

salieron, obra de 150 leguas, por mucho que con la tormenta anduviesen,

y así sería la bahía que agora se llama de _Sancti Spiritus_, y desta

isla Española estará 230 leguas, ó poco más; y si fueron sin tormenta,

y por su voluntad, en dos dias con sus noches no andarian arriba de

80 leguas, y, por consiguiente, llegarian al cabo de Sancta Elena, ó

poco más, que es harto más cerca de acá. Llegados los navíos á tierra,

la cual hallaron poblatísima, y como la gente vido los navíos, corren

infinitos á la ribera de la mar espantados de ver los navíos y gente

en ellos tan de otra manera de sí, que nunca visto habian, que no se

hartaban de mirar. Salieron en tierra en sus barcas los nuestros, á los

cuales como vieron salir, huyen todos de miedo, sin quedar persona que

osase esperar. Siguieron ciertos mancebos más ligeros, y alcanzaron

un hombre y una mujer, que no corrian tanto; lleváronlos á los navíos

y vistieron sendas camisas, y diéronles de comer y otras cosillas de

Castilla, que fué como carne de buitrera, que suele bien pagar el

escote quien á comerla viene. Soltáronlos, llevándolos á tierra;

perdido el miedo fuéronse muy seguros y contentos. Llegados éstos á

donde la gente estaba, viéndolos así ataviados, confiando que todo

era oro lo que relucia, y que debia ser buena y pacífica gente la que

daba de lo que tenia, tórnanse sin miedo á venir todos seguros á la

playa. El Rey dellos envia luégo 50 hombres á los cristianos, cargados

de comida. Fueron algunos de los españoles al pueblo, recibiólos el

Rey con gran reverencia y placer, dáles personas que los acompañen y

guien para que vean los otros pueblos; donde quiera que llegaban, las

gentes, con presentes de comida y de lo que tenian, como á hombres

venidos del cielo, los salian á rescibir. Despues de andado por la

tierra algunos dias, y visto lo que habia en ella, y el ojo vivo á

si hallaran señal de oro acordaron nuestros españoles de pagarles la

posada y benigno rescibimiento en la moneda que en los Lucayos y en

otras partes lo solian hacer. Un dia, con astucia y mañas que tuvieron,

convidaron á mucha gente, hombres y mujeres, á que á los navíos fuesen;

ellos, con su simplicidad, esperando que serian tractados y hospedados

con la fidelidad que lo habian hecho, por ir á ver los navíos fué

tanta la jente que ocurrió, que no cabian en las barcas ó bateles, y

hechos muchos barcajes y caminos, hinchiéronse de jentes, de mujeres

y hombres, los dos navíos, y lo mismo hicieran si fueran ciento. Los

navíos así llenos, alzan las anclas y sueltan las velas, y viénense

camino desta isla, quitando los hijos á los padres, y las mujeres á los

maridos, y por el contrario, los maridos á las mujeres, y los padres á

los hijos; y desta manera dejaron aquella tierra, que tan amigablemente

los habian rescibido, con tanta inhumana é ingrata obra escandalizada y

agraviada, y con justa razon contra ellos hecha enemiga. Volviendo con

su tan bien ganada presa los dos navíos, apartado el uno del otro, sin

verse nunca más, pareció para testigo de su justicia; creyeron que por

ser viejo se habia perdido, pero mejor creyeran que el divino juicio,

por dalles luégo por tan gran maldad el castigo, quiso hundillo, y

dejó el otro para que fuesen manifiestas las facinerosas obras que

los españoles, contra estas inocentes naciones, perpetraban cada

dia. Llegó aquel navío á este puerto y ciudad de Sancto Domingo con

su presa, y sabido por los Jueces de apelacion, mostraron haber enojo

dello y reprendieron los tiranos raptores, pero no los hicieron cuartos

como merecian, porque su costumbre fué, ántes á los tales favorecer,

como parecerá, si Dios quisiere, que hacer justicia dellos; allende que

el uno dellos habia puesto en la compañía de los dos navíos, para ir

á robar yucayos, su parte, y ésto bastaba para que todo aquello y más

se disimulase, y verse há tambien la justicia que Dios hizo dél, quizá

por sólo ésto, porque fué á morir á la misma tierra, ó á la cercana

della, harto infelicemente; tractaron de los tornar á enviar á su

tierra en el navío que los habian traido, pero no les faltó achaques ó

inconvenientes que fingian para hacello, y bastaba, como dije, haber

tenido el uno de los Jueces, en el armazon y granjería de los navíos,

parte. Y es la verdad, que ya que vieron y cognoscieron la nefanda obra

é injusticia con que los habian traido, que los pusieran en libertad y

los ayudaran con casas y mantenimientos, y las otras cosas necesarias

con que viviesen, y pareciese que les hacian alguna enmienda, pero

no fueron dignos que acertasen alguna vez en hacer justicia y lo que

debian, sino siempre al revés, y en todo errasen; lo que hicieron,

para recompensa y consuelo de los que así habian sido agraviados, fué

repartillos á quien quisieron, y quizá todos se quedaron en sus casas,

mayormente del uno que puso la parte, como otras veces hicieron, para

que sirviesen en las minas y haciendas, donde de angustia y tristeza,

y trabajos no acostumbrados, en breve todos perecieron. Esta gente

era más blanca que los demas; las mujeres venian vestidas de cueros

de leones bien adobados, y los hombres, de otros animales. Deste

salto hace mencion Pedro Mártir, en la Década 7.ª capítulo 2.º, donde

da cuenta de muchas cosas que oyó referir por dichos de los indios

que de allí trujeron; así de las costumbres y ritos de las gentes de

allí, como de la calidad de la tierra y cosas que en ella habia, en

especial perlas. Al olor, por ventura, desta nueva, en este tiempo, al

principio del año de 511, debió moverse Juan Ponce de Leon, algunas

veces nombrado, y el que arriba en el libro II dijimos que habia

sido el primero que habia ido á inquietar y tiranizar los vecinos

naturales de la isla de Sant Juan, porque como el almirante D. Diego

Colon le hobiese quitado la gobernacion de aquella isla y puesto otro

Gobernador, y se hallase rico de los sudores, sangre y angustias de

tantos hombres y gentes que habia tenido en servidumbre, así en esta

isla, en la provincia de Higuey, como en la dicha isla de Sant Juan,

fué necesario que para que mostrase Dios la justicia y razon con que lo

habia todo hecho y ayudado á hacer, emprendiese negocio y empresa donde

malgastase lo robado y en muchos dias amontonado, y al cabo, con mala

muerte, feneciese. Este armó dos navíos bien proveidos y aparejados

de gente, que por la mayor parte, para descubrir, son marineros, y

bastimentos de las otras cosas necesarias, y viniendo hácia el Norte

desta isla Española, pasando las islas de los Lucayos, quiso tomar más

arriba á mano izquierda del viaje que los dichos dos navíos habian

llevado, y á pocos dias vido tierra, y ésta fué un cabo muy grande

que sale á la mar del Norte, hácia el Sur, más de noventa leguas de

toda la otra tierra, el cual hace el estrecho que llamamos agora la

canal de Bahama, entre él y la isla de Cuba; luégo, como la vido,

llegóse á reconoscella y púsole por nombre la tierra Florida, porque

debiera parecerle fresca y florida como esté en 25° de la equinocial,

como lo están las islas dichas de los Lucayos, que son fresquísimas

y felicísimas. Esta misma tierra llamó el mismo Juan Ponce Bimine,

no supe de dónde ó por qué causa tal nombre le puso, ó de dónde le

vino, ó si la llamaron así los indios, porque no creo que saltó en

tierra ni tuvo deste viaje habla con indios. Descubierta esta tierra,

tornóse á la isla de Sant Juan, donde tenia sus haciendas, y de allí

fué á Castilla y pidió al Rey merced, por el descubrimiento de nueva

tierra que habia hecho, le hiciese Adelantado de Bimine y le diese la

gobernacion della, porque él á su costa la queria poblar, con otras

más preeminencias y provechos que debiera de pedir, como hombre acá

experimentado, que yo no supe; lo cual, todo le concedió el Rey. Tornó

de Castilla muy favorecido con título de Adelantado y Gobernador de

Bimine, que él llamó por otro nombre la Florida, y que agora llamamos

tambien Florida, aunque deste nombre decimos toda la tierra y costa de

la mar que comienza desde aquel cabo grande que él descubrió, hasta

la tierra de los Bacallaos, y por otro nombre la tierra del Labrador,

que no está muy léjos de la isla de Inglaterra. Llegado á la isla de

Sant Juan, tomó de allí de sus haciendas todo lo que habia menester y

vínose á esta isla y puerto de Sancto Domingo, donde se rehizo de gente

y navíos. Partióse deste puerto en el año de 512, y váse á su Bimine, y

queriendo entrar en la tierra como habia entrado en estas islas, y las

nuevas del salto que hicieron más abajo, en la misma tierra, los que

habemos dicho, que debieran todas aquellas regiones de haber cundido

y alborotado, los de Bimine defendieron su patria cuanto pudieron,

y, peleando con sus pocas armas y flacas fuerzas, entre los primeros

hirieron con una flecha al Juan Ponce, Adelantado y Gobernador. Parece

que aunque no tienen hierba ponzoñosa por aquella tierra, fué la herida

en tal lugar, que juzgó de sí mismo tener peligro, por lo cual mandó

que todos se recogiesen á los navíos, y dejasen la tierra y lo llevasen

á la Isla de Cuba, que era la tierra más propincua de donde estaban.

En llegando á ella, y creo, si no me he olvidado, al puerto que hoy se

llama del Príncipe, que es en la dicha isla, pasó desta vida puesto en

tanto trabajo; y por esta manera perdió el cuerpo, gastó gran suma de

pesos de oro, que, como dije, habia allegado con muchas muertes y vidas

dolorosas y amargas de indios, y padeció trabajos muy grandes yendo y

viniendo á Castilla, y á descubrir, y á querer poblar, y el ánima no

sabemos cómo le ha ido. Y así feneció el adelantamiento de Bimine con

todo lo demas.

CAPÍTULO XXI.

Historia de las Indias (vol. 3 de 5) · 第 35 / 37 段