El estudio filosófico de las teorías de los más distinguidos
publicistas europeos nos ha puesto en evidencia sus errores y sus
preocupaciones, y nos ha manifestado cuán lejos se encuentran
de la verdadera ciencia política. Ellos comprenden las verdades
fundamentales, no hay duda, y nos presentan admirables lucubraciones en
el campo de la Filosofía; pero cuando tratan de aplicar esas verdades
á los hechos, la preocupación eclipsa sus inteligencias poderosas,
y obcecados por el imperio de la costumbre pretenden conciliar los
principios con los dogmas antisociales de la monarquía latina, dando á
luz una entidad monstruosa.
¿Quién ha tenido miras más vastas que Jules Simón al estudiar la
libertad bajo todas sus fases? Y, sin embargo, ¿cuál es el gran
resultado á que aspira aquel brillante escritor cuando se propone
organizar el Estado de una manera favorable á la existencia y
desarrollo de los derechos que constituyen las libertades sociales? Se
contenta con aspirar á que la sociedad sea regida por la ley natural y
á que el Estado vaya suministrando el goce de la libertad á medida de
las necesidades de los asociados.
“Naciendo--dice--los derechos del Estado únicamente de la necesidad
social, deben ser estrictamente mesurados por esta necesidad, de tal
modo que á medida que esta necesidad disminuya por el progreso de la
civilización, el deber del Estado es disminuir su propia acción y dejar
más lugar á la libertad. En otros términos: el hombre tiene derecho en
teoría á la mayor libertad posible; pero en el hecho no tiene derecho
sino á medida de su capacidad para ser libre”. Laboulaye le responde:
“Quién impide al Estado declararse intérprete y ejecutor de la ley
natural? ¿No es así como se ha convertido la religión en instrumento
del despotismo, y como se la ha hecho servir al regalado placer de los
gobiernos? Si mi capacidad de ser libre es la medida de mi derecho,
y si el Estado es el juez de esta capacidad, me imagino que será
necesario más de un día para obtener la independencia.
“El Estado es como los tutores y los padres; aquellos á quienes educa
siempre son niños para ellos; se nos hará envejecer en una eterna
minoridad. Hace treinta años que oigo la misma respuesta siempre que
se reclama una libertad: El Estado no desea otra cosa que concederla;
pero el pueblo no está maduro: es preciso esperar una prudencia, que
no llega jamás. Eso es lo que se dice á los negros para excusarse de
emanciparlos”.
El error nace de considerar la libertad como una cosa distinta del
derecho y á la cual se tiene derecho; como algo parecido á la voluntad
de hacer ó no hacer á nuestro libre arbitrio lo que se nos ocurra;
y por eso se cree que el Estado también tiene derechos, que necesita
defender contra las arbitrariedades de esos niños sin seso que gobierna
y que pueden llegar á rebelarse si se les da suelta.
Felizmente no es así: la ley natural que rige á la humanidad nos enseña
que ese fantasma temible que se llama libertad no es otra cosa que el
uso de cada uno de los derechos que al hombre y no al Estado ha dado
la naturaleza; el uso de cada una de las condiciones voluntarias de la
existencia y de la perfección humana, y mal puede creerse, sin caer en
un absurdo, que si el hombre tiene en _teoría_ la facultad de gozar de
todos sus derechos, cuyo conjunto forma la _mayor libertad posible_, en
el _hecho_ no tenga aquella facultad sino en proporción de su capacidad.
La ley natural que se invoca no ha cometido el despropósito de decir al
hombre que solamente podrá existir y desenvolver sus facultades, para
alcanzar su perfección cuando tenga capacidad probada para usar los
derechos que le corresponden para lograr aquellos fines.
No, ella ha sido más sabia, pues que dejando al hombre mismo la tarea
de su perfección y la de sus propias criaturas hasta que ellas puedan
valerse por sí mismas para atender á su desarrollo, no le ha dado
á aquél un amo ó un tutor de quien vaya recibiendo poco á poco los
derechos de que ella lo ha dotado ampliamente; y si los hombres en
sociedad necesitan de la institución civil que se llama Estado, no es
para que éste los despoje de sus derechos, sino para que los represente
y se los suministre á todos, sin excepción ni limitación, en cada una
de las esferas de su actividad.
Ahora bien: si la inteligencia es la base del sentimiento y, por
consiguiente, de las costumbres que éste forma y mantiene, ¿qué puede
esperar la América de la Europa si la inteligencia de ésta no inicia
siquiera al sentimiento en las verdades que pueden purificar las
costumbres políticas?
Si los sabios publicistas europeos nada nos ofrecen en sus teorías,
¿podrán presentarnos mejores modelos las leyes y las costumbres de
aquellos pueblos envejecidos en los terribles errores que ha convertido
allí en dogmas un despotismo de tantos siglos? ¿Qué nos ofrece la
Francia después de setenta y cinco años de revoluciones sangrientas y
de costosos ensayos para conquistar sus libertades? Veamos su situación.
La _libertad religiosa_ no existe allí propiamente, aunque se toleran
todos los cultos, porque ellos dependen del Estado, que encubre una
verdadera servidumbre bajo la protección que les presta. Esa protección
lo autoriza para injerirse en la cuestión de Roma, y en cuanto á la
administración interior, “las leyes no están de acuerdo con el gran
principio de la libertad religiosa”, porque no permiten las reuniones,
aunque éstas tengan el santo objeto de leer el Evangelio. Los
publicistas reclaman cada día aquella libertad, y hay un fuerte partido
que ha inscripto en su pendón el absurdo lema de _la Iglesia libre en
el Estado libre_[14], cuya invención disputa Montalembert á Cavour.
En cuanto á las otras libertades, oigamos la queja profunda que se
exhala en esa Francia que se supone tan adelantada en instituciones
políticas:
“La _libertad de reunión y de asociación_ es desconocida en Francia,
tan desconocida, que apenas se piensa en ella. Lo poco que subsistía
se suprimió bajo el último reinado por una rígida ley, que no debiera
haber sobrevivido á las circunstancias. M. Guizot, en un pasaje de sus
Memorias en que se juzga á sí mismo con una severidad de buen gusto,
lamenta que se haya trabado indefinidamente y de un modo general uno de
los derechos civiles más preciosos, una de las condiciones esenciales
de la civilización moderna.
“Basta mirar á la Inglaterra para ver los milagros que allí produce la
asociación. Esta es la fuerza de los países libres, ella contribuye
más que todas á contener al Estado, haciendo hacer voluntariamente
á la sociedad lo que la administración hace sin nosotros, muchas
veces á nuestro pesar, y siempre con nuestro dinero. En los Estados
Unidos, como en Inglaterra, la asociación basta para todo: religión,
educación, letras, Ciencia, artes, hospicios, establecimientos de
beneficencia, cajas de ahorro, seguros, bancos, caminos de hierro,
industria, navegación, todo eso vive y prospera por el libre esfuerzo
de los ciudadanos. ¿Se ve allí que las iglesias sean menos numerosas
y menos bien dotadas[15], las misiones menos ardientes, la caridad
menos activa, el espíritu de empresa menos difundido? Esta es una nueva
prueba de una verdad que es necesario no dejar de repetir...
“Se dice que la Francia está habituada á contar para todo con el
Estado: lo sé, y esa es nuestra debilidad. Pero con el pretexto de
la mala educación que se nos ha dado y de los hábitos fastidiosos
que se nos imponen, no se debe declararnos incapaces. Las Compañías
de ferrocarriles y de navegación han prosperado; las sociedades de
socorros mutuos están en plena actividad; jamás hemos faltado contra la
libertad cuando se nos ha dejado hacer. Bien se podría confiar más en
el país.
“El Estado--se agrega--no rehúsa autorizar lo que es bueno, honesto
y prudente; sea, pero es siempre la misma tutela, y una tutela
injustificable. Para ilustrar y servir á mis conciudadanos, para fundar
una escuela, un hospicio, una iglesia; para gastar mi fortuna de mi
cuenta y riesgo, tengo necesidad de solicitar la autorización de las
oficinas y de plegarme á sus preocupaciones. Muy afortunado si, después
de mil dilaciones y fastidios, se me concede como un favor lo que me
corresponde de derecho. La administración--se repite--está compuesta de
hombres de talento, animados de las mejores intenciones; que así sea,
pero además de que ellos no son infalibles y de que sus antepasados se
han equivocado más de una vez, hace ya más de veinte siglos que los
antiguos definían la libertad como un régimen en que se obedece, no al
hombre, sino á las leyes.
“_Libertad de enseñanza._--Los católicos han atacado el monopolio de la
universidad y han acabado por abrir brecha... Pero no tenemos la menor
idea de lo que debe ser la enseñanza superior en un pueblo civilizado;
no obstante de que en nuestras facultades es donde debería tomar ideas
vastas y sanas la generación que más tarde dirigirá nuestros negocios.
¿Hay, pues, algún peligro político en emancipar á los profesores y á
los estudiantes?; la Bélgica ha dejado al clero fundar una universidad
en Lovaina, los liberales han establecido otra en Bruselas: ¿se ve que
reina el espíritu del desorden á nuestras puertas?
“En Alemania el profesor es diez veces más independiente que en
Francia; se habla allí de todo con un atrevimiento que nos asombra.
¿Cuál es el resultado de esta pretendida licencia? Gracias á ella, la
Alemania engaña esa necesidad de libertad política que la agita desde
1815; la revolución es permanente en las universidades; pero lo que
allí se destrona son los sistemas de filosofía y no los gobiernos.
“Cuando pasa la primera furia de la juventud se entra en la vida real
con el gusto por la Ciencia y el amor de la Patria. ¿Es eso lo que
sacamos nosotros de nuestros establecimientos tan bien reglamentados?
“La _libertad de la prensa_ es una de las conquistas que debemos á
la Constitución de 1830. Ella es una de las grandes causas de la
influencia francesa en Europa... Pero la libertad de la prensa será
incompleta mientras no exista la entera libertad del diario... El
diario es el _forum_ de los pueblos modernos, la plaza pública donde
cada uno tiene derecho de proponer sus ideas y de hacer oir sus
quejas. Si él es otra cosa, la culpa la tienen las leyes celosas, que
desde hace treinta años no han concedido sino una libertad á medias.
Cuando con el timbre, la fianza, la autorización administrativa, la
amonestación, el privilegio del gerente y del impresor se ha reducido
el número de los periódicos, ¿qué otra cosa se ha hecho sino obligar á
los partidos á reunirse alrededor de un pequeño número de estandartes?
“Les ha sido preciso olvidar sus disensiones intestinas, borrar las
diferencias que los dividían, aceptar una dirección común, tomar una
cucarda, recibir una palabra de orden; en suma, obrar como un ejército.
Esta disciplina, esta unidad que espanta al Estado, es su propia obra.
Lo que le da ese horror contra el diario es la fuerza facticia que le
ha procurado...
“La _libertad individual_ era un objeto que apasionaba á nuestros
padres; hoy casi no hay más que los jurisconsultos que se ocupen en
ella. Nos hemos habituado á un régimen que frecuentemente se elogia
como una de las conquistas de la Revolución. El carácter honorable de
nuestros magistrados, su dulzura, la indulgencia y á veces la debilidad
del Jurado nos ocultan, afortunadamente, el defecto de nuestras leyes
criminales.
“El espíritu de estas leyes es todavía el viejo espíritu de
inquisición; ellas buscan culpables más bien que inocentes. La prisión
presuntiva se prodiga, la instrucción secreta del sumario no deja al
acusado otra garantía que el honor y las luces del juez. En las Cortes,
el presidente sólo dirige el interrogatorio de los prevenidos y de los
testigos; él es el que, por su resumen, tiene de ordinario en sus manos
la suerte del acusado: todo eso es lo contrario de las leyes inglesas y
americanas. Estas favorecen la libertad bajo de fianza, dan publicidad
al proceso en todos sus grados y hacen del presidente de los asisas el
protector del acusado. No hay acusado en Inglaterra que pueda quejarse
de las instituciones ó de los hombres; si cae, es sólo bajo el peso de
su propia infamia.
“¿Hablaré de la _libertad industrial y comercial_? No es necesario,
es una causa ganada. De todas las libertades individuales, ésta es la
que el Estado comprende mejor. El interés de sus rentas le ha hecho
ver claro... Mas ¿qué de tiempo no ha sido necesario para llegar aquí?
¡Durante cuántos siglos la Administración, cegada por su sabiduría, no
ha considerado al individuo como incapaz de marchar sin andaderas!
“¡Qué de reglamentos, cuyo menor defecto era la inutilidad! Leyes de
cultivo, leyes de fabricación, leyes de navegación, nada ha cansado
el celo desdichado de nuestros reyes y de sus consejeros. El amor del
bien, acompañado de una perfecta buena fe, era el que perpetuaba la
ignorancia, la rutina, la miseria.
“En fin: la luz se ha hecho, nos ha venido de afuera. Se ha comprendido
que no hay ciencia ni habilidad administrativa que valiera lo que el
interés privado; aquel desorden aparente que aterrorizaba á nuestros
padres se ha mostrado más fecundo que la uniformidad estéril en que se
complacía la prudencia de los hombres de Estado. Gran lección, si se
tuviera el coraje de seguir hasta el fin un principio que no se aplica
solamente á la industria.
“La _libertad municipal_ hace largo tiempo que se reclama. La Francia
tiene gran necesidad de ella... Cargar al Estado con el cuidado de los
negocios locales, aglomerarle una multitud de cuestiones que no le
tocan y que no se pueden juzgar sino en el lugar donde se suscitan, es
debilitarlo y embarazarlo con una inútil responsabilidad.
“Hoy es una verdad trivial que la municipalidad es la escuela de la
libertad. Allí es donde se forman los espíritus prácticos, donde se
ve de cerca lo que son los negocios y se conocen sus condiciones y
dificultades. Allí se vive con los conciudadanos, se toma adhesión á
la pequeña patria para aprender á amar la grande y se puede satisfacer
honorablemente la ambición legítima...”.[16].
Es decir: que en rigor la Francia no ha conquistado en un siglo de
lucha otra libertad que la industrial, que más ó menos es también
la única ante la cual ha cedido en toda Europa el ominoso sistema
de la fuerza. Fuera de la libertad de enseñanza practicada en
Alemania de ciertos derechos políticos concedidos por el favor de los
monarcas á los pueblos en que se ha logrado establecer la monarquía
constitucional, la Inglaterra y la Bélgica forman una excepción entre
todos los Estados europeos por el goce incompleto de los derechos ó
libertades civiles. Todas las demás naciones están esclavizadas, y
en todas ellas están desacreditadas las instituciones políticas como
incapaces de salvarlas de la verdadera esclavitud en que yacen sumidas.
Se cree generalmente que en Suiza y en las otras tituladas Repúblicas
de Europa se encuentran instituciones y prácticas democráticas, y se
halla asegurada la libertad ó el goce de los derechos individuales;
pero este es un engaño que no resiste á la más ligera observación.
Prescindiendo de las constituciones más ó menos oligárquicas de
aquellas repúblicas, y de los inciertos y aun efímeros derechos
políticos que se conceden á algunos ciudadanos, basta conocer que en
los cantones suizos no hay ninguno de los derechos individuales que
garantizan las constituciones que no esté sujeto á limitaciones legales
ó arbitrarias, para convencerse de que la libertad en Suiza no pasa de
ser una ilusión.
El art. 2.º de la Constitución federal declara que “el objeto de
la Confederación es proteger la libertad y los derechos de los
confederados y aumentar su prosperidad común”; el 45 garantiza la
libre manifestación del pensamiento por medio de la prensa, como el
46 la garantiza por la vía de la asociación, y el 47 por el derecho
de petición. Mas al mismo tiempo el primero de ellos reserva á los
cantones la facultad de dictar leyes contra los _abusos de la prensa_,
y la legislación federal puede reprimir los abusos del derecho de
asociación, según el art. 104 de la misma Constitución, y los 36, 38,
40 á 50 y otros del Código Penal federal lo limitan hasta anularlo
casi. Además, es doctrina inconcusa que al ejecutivo de los cantones
pertenece la policía de las reuniones ó asociaciones, como á la
autoridad judicial la aplicación de las penas legales contra los abusos.
En cuanto al derecho de petición, las autoridades practican la facultad
de desechar las opiniones que juzgan ofensivas; en cuanto al ejercicio
libre de la industria, además de infinitas trabas innecesarias,
sin contar las que son efecto de los impuestos, el art. 41 de la
Constitución federal declara que “nadie tiene derecho de establecer
una industria ó un comercio antes de haber obtenido un permiso de
establecimiento”, y en lo que toca á la libertad de conciencia,
las leyes no faltan, ni las ordenanzas de policía son raras. De
esta manera, todos los derechos individuales que las constituciones
garantizan están sujetos á prescripciones legales, ó administrativas, ó
de policía, que los limitan y desfiguran hasta el extremo de hacer que
la libertad sea allí menos positiva que en Inglaterra y en Bélgica[17].
El goce de los derechos individuales que constituye la libertad de
Bélgica se debe exclusivamente al elevado carácter y nobles miras
de su monarca, que ha fundado y sostenido, en su largo reinado, una
política, la cual ha difundido la vida en todos los intereses sociales
y asegurado su progreso, convirtiendo aquella pequeña sociedad en un
verdadero oasis en medio de la aridez política del Continente.
Á la Constitución no se debe nada de eso, por más que su comentador
crea que aun cuando la Bélgica no legara á la historia más que su
pacto fundamental, ella ocuparía uno de los primeros puestos entre las
naciones, porque mediante ese pacto posee “_todas_ las libertades que
razonablemente se pueden concebir y desear”.
Aquella Constitución no hace otra cosa que copiar todas las falaces
declaraciones de derechos con que las cartas francesas y otras europeas
han alucinado á los pueblos, remitiendo á las leyes la garantía y la
realización de esos derechos, y dejándolos por lo mismo al arbitrio de
la omnipotencia del poder legislador, de las oscilaciones y exigencias
de la política, y de los intereses egoístas de un partido ó de un
monarca, que puede llegar á gobernar despóticamente con ese mismo pacto
fundamental, como ha sucedido tantas veces en otras naciones de Europa,
que no han debido á las contigencias del nacimiento ó de la política la
fortuna de tener un monarca sabio y honrado.
El artículo 6.º de la Constitución declara que “No hay en el Estado
ninguna distinción de _órdenes_”, y que los belgas son iguales ante la
ley; en tanto que el 63 consagra la inviolabilidad de monarca, el 71
le da la facultad de disolver las Cámaras, y el 75 y 76 el derecho de
_conferir títulos de nobleza_ y las _órdenes militares_, habiendo una
ley de 1852 que ha creado también una orden de caballería _civil_, que
el monarca confiere. No obstante estas desigualdades tan efectivas como
contrarias á los intereses sociales, los belgas creen ser iguales ante
la ley.
La libertad individual está garantida por el artículo 7.º; pero quedan
en pie todas las facultades judiciales que en el sistema ordinario de
la Europa se usan para perseguir los delitos á costa de la libertad
personal; y aunque ninguna pena pueda ser establecida ni aplicada _sino
en virtud de una ley_, esto no quiere decir que sea necesario que una
ley haya caracterizado como delito un acto, pues basta que ella haya
autorizado á un poder para fijar la falta y aplicar una pena, como
sucede con la de 6 de marzo de 1818, que autoriza al rey para dictar
reglamentos en que aplique una prisión que no exceda de catorce
días, y con la de 1836, que autoriza á los consejos provinciales para
establecer multas y prisión que no exceda de ocho[18].
El artículo 14 proclama que “la libertad de cultos, la de su ejercicio
público, así como la libertad de manifestar las opiniones en toda
materia, son garantidas, _salvo la represión de los delitos_ cometidos
con ocasión del uso de estas libertades”; el 10, que “la enseñanza es
libre, que toda medida preventiva es prohibida; y que la _represión
de los delitos estará reglada por la ley_”; el 18 asegura la libertad
de la prensa, sin censura y sin caución de los escritores, editores
ó impresores; y el 19, declara que “los belgas tienen el derecho
de _reunirse_ pacíficamente sin armas, _conformándose á las leyes
que pueden reglar el ejercicio_ de este derecho; pero sin que esta
disposición pueda aplicarse á las reuniones al aire libre, que quedan
enteramente _sometidas á las leyes de policía_”.
El 20 trae además que tienen el derecho de _asociarse_, sin estar
sometidos á ninguna medida preventiva, lo cual se refiere á las
asociaciones de todas las industrias; pero sin derogar los requisitos
que éstas necesitan, por las leyes generales, para ser autorizados por
el gobierno, según declaración de la Corte de Casación en julio de 1836.
De consiguiente, la garantía de todos estos derechos no está en la
Constitución, sino en las leyes particulares á que ella se refiere, y
en las ordenanzas reales ó consejales, es decir, en el arbitrio de las
autoridades constituidas, que según los tiempos y las circunstancias,
según los principios y los intereses reinantes, pueden modificarlos,
alterarlos ó reducirlos á una completa nulidad.
La Constitución belga sanciona, pues, la doctrina europea de poner
limitaciones á la iniciativa y actividad del hombre en el orden
intelectual y moral. En Europa se cree que así como es necesario
limitar la actividad en el orden material para defender la propiedad
y la persona, se puede también limitar la acción intelectual y moral,
como si el dominio del pensamiento estuviera limitado, á la manera del
mundo material, y como si toda traba impuesta á la manifestación del
pensamiento no fuera dañosa y arbitraria, y directamente perjudicial á
la manifestación de la verdad.
Allí no se comprende que la Constitución anglo-americana haya prohibido
al Poder toda injerencia en los dominios del pensamiento, de la
conciencia y de la libertad de asociación, y sin embargo de que la
Constitución belga no hace más que enunciar aquellos derechos, dejando
su uso, es decir, la libertad, al arbitrio de las leyes y de las
autoridades, se glorian los belgas de poseer todas las libertades que
razonablemente se pueden concebir y desear.
Las poseen, si acaso, merced á la bondad de su monarca; pero, ¿podrán
gloriarse de lo mismo cuando tengan otro rey que quiera hacer uso de su
inviolabilidad y de su poder en sentido contrario? La libertad belga
está menos segura que la inglesa, porque ni siquiera cuenta con las
instituciones, los hábitos, las ideas y costumbres, los intereses que
en la Gran Bretaña han hecho prácticos los derechos individuales que no
se oponen á la desigualdad y al organismo oligárquico de esta monarquía.
No exageramos: esa es la verdad que nos revelan todos los escritores
que miran con ojos imparciales la actual situación política de la
Europa. “Echemos una ojeada sobre la situación general de los espíritus
y verifiquemos las causas de nuestro malestar--dice Bernard--. En la
impotencia de los gobiernos para remediarlos, los pueblos y los reyes
viven en un estado de sospechas recíprocas muy poco lisonjero.
“Los pueblos piden reformas que creen necesarias, y los legisladores
se obstinan en rehusárselas: de allí el descrédito de los gobiernos
y el odio con que arrastran; de allí esas sangrientas represiones de
la opinión pública; de allí esa lucha incesante y terrible que ha
trastornado tantos tronos, que amenaza á los que subsisten y que se
lleva hasta el aflictivo extremo de que los súbditos combatan al Poder
como combatirían á un enemigo...
“La Constitución de un Estado, como la del individuo, ejerce la mayor
influencia en su porvenir. Ella es la que decide si la razón individual
prevalecerá sobre las inclinaciones groseras y la razón pública sobre
el egoísmo de los intereses privados. La Constitución política declara
á quién pertenece la autoridad, es decir, cuál es la razón que debe
gobernar al Estado, si la de un solo individuo, la de algunos ó la de
todos. Por consiguiente, las leyes fundamentales presiden los destinos
del Estado y deberían ser objeto de predilección de los estudios de un
pueblo previsor.
“Al contrario, no hay error más acreditado que el que pretende que las
leyes fundamentales y las cuestiones de política deben ser indiferentes
á los ciudadanos, porque las sociedades, como los individuos, viven con
toda especie de constitución.
“¿Acaso las sociedades y los individuos no están en este mundo más que
para vivir, cualquiera que sea la atmósfera que respiren? ¿Viven de la
misma manera el hombre moral y el libertino, el criminal y el justo,
el rico y el indigente, el cuerdo y el insensato? ¿Las naciones libres
y poderosas arrastran la misma existencia vegetativa que las tribus
bárbaras y los pueblos oprimidos?
“Las naciones pueden subsistir bajo todo régimen, como los piratas
y los cretinos, con todas las imperfecciones físicas y los vicios
imaginables; pero el hombre, y con más razón el cuerpo social, es más
dichoso á medida que posee mayor suma de elementos de felicidad, y
sobre todo inteligencia más perfecta. El gobierno es el alma de las
sociedades: la Constitución es su evangelio político. ¡Oh! ¿Cómo podría
ser extraña á la felicidad de los súbditos la ciencia de las leyes
orgánicas?...
“La opinión universal no se ha pronunciado todavía sobre las causas
de nuestro malestar. Lo único en que está positivamente de acuerdo es
en que la situación política de la Europa, en general, _no es buena_,
que no hemos llegado al grado de perfección gubernamental que podemos
alcanzar haciendo todos nuestros esfuerzos.
“En odio de la democracia se retrograda hasta el derecho divino, y
por aversión al derecho divino se va hasta soñar en el aniquilamiento
de toda autoridad. Para comprimir la voluntad nacional la usurpación
recurre á la obediencia ciega y pasiva del soldado, mientras que el
pueblo, para refrenar al usurpador, se hace matar en las barricadas.
Así: ‘abolición de la autoridad, resistencia al Poder’ es el reverso
de la medalla en que está escrito: ‘derecho divino, desprecio de
los gobiernos para la opinión pública’. El exceso de los unos es
la consecuencia natural del exceso de los otros. Si el poder no
transgrediera sus atribuciones, nadie pensaría en abolirlo...
“¡La incertidumbre! ¡He ahí el mayor de nuestros males! Los gobiernos
no saben qué reprimir y provocan sin cesar las represalias. Si
triunfan, recurren á las precedentes vejaciones, que producen nuevos
levantamientos; mientras que las revoluciones victoriosas se contentan
con demoler. Pero demoler y perseguir no es gobernar; gobernar es
mejorar; y si se sabe lo que se debe destruir, porque el malestar
general lo repite diariamente, no se sabe lo que se debe reconstruir.
“Y cuando en tan aflictiva situación se divisa en el horizonte un
faro en que aparece escrito: _democracia_, y cuya inscripción secular
indica el verdadero camino de la prosperidad de los pueblos, nuestros
estadistas, en vez de acercarse con prudencia, juiciosamente, á
examinar lo que alumbra ese fuego lejano, se precipitan locamente á
extinguirlo y persiguen á sus guardianes, como para favorecer con las
tinieblas de la ignorancia esas luchas estériles y sangrientas que
desgarran nuestro seno, y en cuyo espectáculo parece que se complacen.
“¿Saben esos gobiernos adónde marchan?...
“¿Cuál es el gobierno que cree haber dotado á sus pueblos de
instituciones convenientes? ¿Cuáles son, cómo se han hecho las
constituciones que hoy presiden los destinos de la Europa? ¿Son la obra
de los mejores espíritus? ¿Han sido concebidas con independencia, en la
calma de una situación tranquila? ¿Son ellas el fruto de la reflexión
y de la experiencia? ¿No han sido, por el contrario, redactadas todas
ellas bajo el pánico de las revoluciones, bajo la compresión de los
partidos?
“En general no se ha hecho más que calcar á toda prisa las
constituciones impotentes de los Estados vecinos, derivadas, la
mayor parte, de la Carta inglesa, la cual no es otra cosa que una
olla podrida de diversos sistemas, formada al azar, en diversas
épocas calamitosas, amalgama informe de monarquía, de feudalismo y
de democracia, sin otro resorte que el de la corrupción, sin otro
resultado que la miseria del mayor número, sin otro porvenir que la
insurrección. Todas estas constituciones indistintamente no pueden
finalizar sino por catástrofes, y, sin embargo, á cada trono que se
desmorona nos mostramos más incorregibles, y recurrimos á los mismos
antídotos. ¡No se sabe más!”...[19].
Tal es la pintura más exacta que podemos tener de la situación política
de esa Europa que nos acusa á nosotros de vivir en la anarquía. Al
fin los americanos sabemos á qué atenernos; nuestras revoluciones no
destruyen, sino para reconstruir la autoridad sobre el derecho, para
afianzar la democracia, que se desdeña y se teme en Europa; nuestros
despotismos no se mantienen en su efímera existencia sino á trueque de
transigir con algún derecho, ó á nombre de algún interés social, nunca
de una dinastía ó de un individuo, jamás á nombre de un absurdo ó de
algún fantasma político de esos que avergonzarían á la Europa, si fuera
capaz de conocer su deformidad.
Laboulaye nos da también testimonio de aquella situación desgraciada,
y hablando del descrédito de las instituciones políticas, revela una
causa más profunda del mal; tal es el abandono, la abyección en que han
caído los pueblos.
“Es notable--dice--que hoy no se hable ya de libertades políticas.
Hace treinta años que no había un hombre bien educado que no hubiera
hecho una Constitución política. Las cuestiones á la orden del día
eran la naturaleza del poder real, el derecho de paz y de guerra, la
iniciativa de las cámaras, la responsabilidad de los ministros y de
los agentes del poder, la jurisdicción administrativa; hoy no tienen
ya eco semejantes discusiones. De esta diferencia se podría dar más de
una razón; pero hay una que me hiere entre todas, y es que nosotros
hemos tenido tales decepciones, que ya no atribuimos más que un valor
mediocre á las teorías políticas. Sentimos por instinto que con dos
cámaras, la tribuna y la prensa, un pueblo será libre si el espíritu
público está vivo, si la opinión es activa; pero sentimos también que
los diputados y los diarios no servirán de nada á un pueblo que se
abandona y que no tiene el gusto de la libertad”.
Esto dice uno de los escritores liberales más irreprochables de Europa.
Pero ¿qué significa ese abandono de las garantías políticas y esa
pasión por las libertades civiles, sino un lamentable retroceso? Los
grandes escritores europeos, así como los pueblos, que en otro tiempo
buscaron los derechos de que están despojados en la forma de gobierno,
creen hoy que pueden obtenerlos de cualquiera, de la monarquía absoluta
misma, si hay una ley que se los conceda por favor.
No ven más que la fuerza, demasiado grande, del Estado absoluto,
“fuerza que no existe sino á expensas de la dignidad y de la libertad
del hombre”, y desde el protestante Eœtvœs hasta el católico
Montalembert, desde el filósofo Humboldt hasta el publicista Laboulaye,
reclaman la emancipación del individuo y de la sociedad, y la buscan,
no ya en las formas representativas ni en las garantías que dan los
derechos políticos, sino en un Estado que sea bastante fuerte y
poderoso para concederles la paz, con tal que deje á la sociedad sus
derechos y libertades civiles.
Es decir: buscan la solución del problema en la coexistencia de la
monarquía actual, de la monarquía latina, que es la causa de los
males que lamentan, con las libertades individuales; como si pudieran
coexistir el asesino con su víctima, el vampiro con la indefensa res
cuya sangre chupa. Porque la _Declaración de los derechos del hombre_
no pasó de ser un programa brillante de 1789, que la soberanía absoluta
del pueblo borró con sangre, creen que la soberanía que piensan limitar
en manos de los monarcas no sería también capaz de ahogar las leyes
que otorgaran esos derechos. Porque todas las constituciones que
han prometido esos derechos no han alcanzado á darlos creen que los
darían los reyes gobernando sin la representación del pueblo que esas
constituciones les obligaban á respetar. Porque las revoluciones de
la libertad han fracasado en la inexperiencia y en la ignorancia de
los esclavos que rompían sus cadenas para sublevarse, creen que las
garantías políticas y civiles dejarían de ser una fórmula vana en manos
de un poder enérgico y centralizado que tuviera hoy la condescendencia
de otorgarlas, para arrepentirse mañana y revocar su concesión; creen
aún que el imperio del golpe de Estado, que su Constitución de 852 es
bastante elástica, como dice Laboulaye, para que se preste sin trabajo
á todo lo que la opinión exige.
Esto es revolverse sin cesar en un círculo vicioso de errores, esto
es desatentarse, perturbarse como el ave de los bosques que se siente
atraída por la irresistible aspiración del boa que la domina desde
su espantosa guarida; la monarquía los perturba y los envuelve en
su pestilente aliento, sin que tan siquiera la inteligencia pueda
desplegar sus poderosas alas para tomar el vuelo y escaparse.
Y ¿esa es la Europa que puede ser la maestra política de la América?
¿Sus pueblos esclavos, sus instituciones caducas, dictadas por el
espíritu infernal de la fuerza, que sólo cede y transige cuando
la fuerza bruta de los esclavos le inspira miedo; sus publicistas
preocupados, sus políticos dominados pueden presentarnos modelos que
imitar, lecciones que aprender, máximas que reverenciar? ¡Mil veces no!
¡Ay de los americanos que así se engañen! Bastante cara hemos pagado
ya la inocente aspiración de buscar la luz de la política y de la moral
en las tinieblas del Viejo Mundo!
¡Qué de males no nos han causado las teorías y los fascinadores errores
que hemos aprendido de la Europa, creyendo que en nuestras repúblicas
podían ensayarse los arbitrios á que apelaba la monarquía europea
para conservarse, y los expedientes á que recurrían sus enemigos para
salvarse de ella!
¡Mucho hemos padecido en cincuenta años de lucha pertinaz y sangrienta
para consolidar la república democrática! Pero, ¿qué nuevo sistema se
ha hecho paso jamás sin dolor? El gobierno federal y casi individual
de los bárbaros no se hospedó en los dominios de Roma sino después de
haber destruido á sangre y fuego la monarquía latina.
Ésta no reapareció triunfante con los reyes cristianos, sino después
de una guerra atroz contra los señores feudales, y no principió á
modificarse en el presente siglo, sino después de las revoluciones
sangrientas que espantaron á la Europa al mismo tiempo que la América
se emancipaba.
Los contemporáneos europeos que cierran la historia de sus antepasados
y que enmudecen su memoria para imaginarse que no les ha costado una
gota de sangre llegar á la situación en que se hallan, que aunque
todavía degradante y vergonzosa es, sin embargo, mejor que la que
sufrieron sus padres, vociferan contra nuestras revoluciones y nos
suponen sumergidos en la barbarie y la anarquía, sin darse por
entendidos de que nosotros elaboramos su porvenir y de que de nuestros
sacrificios ha de resultar el triunfo del nuevo dogma político que los
ha de sacar á ellos de la esclavitud. Esa injusticia nos honra.
La humanidad es constitucionalmente ingrata y desconocida. No importa.
Lo que hay de cierto en el fondo de nuestra situación, que de ninguna
manera es anárquica, sino convulsiva y agitada, como la de todo
período de formación y de nacimiento, es que no hay día en que no
conquistemos ó que no consolidemos un derecho, de esos que hoy sólo
divisan en lontananza los sabios europeos, y que todavía son ignorados
de sus pueblos. Las convulsiones pasan en pocos días, los despotismos
á la europea que se levantan no alcanzan á respirar, y entre tanto,
la libertad religiosa, la del pensamiento, la de asociación, la de
enseñanza, los derechos individuales prenden aquí y allá, se hacen una
realidad, sin violencia, sin causar novedad, sin que haya reyes que se
espanten, y sin que las preocupaciones que nos legó la vieja Europa y
que nos inspira todavía tengan aquí bastante fuerza para reaccionar con
buen resultado, ni aun para atajar al derecho en su marcha triunfal, ni
eclipsar la verdad, que se irradia hasta en los más recónditos pliegues
de la sociedad.
Pero ya nos llegará el tiempo de estudiar esas revoluciones y nuestra
situación, en la segunda parte y en la tercera de nuestro libro.
Entretanto repetiremos que el Nuevo Mundo es el mundo de la luz y que
es la Europa la que tiene que aprender de la ignorada y calumniada
América.