Creyendo el Almirante que el concierto hecho de las dos carabelas ó

navíos que les envió se efectuara, acordó de escribir ciertas cartas á

los Reyes de todo lo que habia pasado con Francisco Roldan y los demas,

y avisando á Sus Altezas como lo que habia firmado habia sido contra

su voluntad, y porque todas las personas principales que deseaban el

servicio de Sus Altezas se lo habian aconsejado, segun vian en peligro

esta isla de perderse, en indios y en cristianos, si aquellos no se

iban de la tierra ó no se reducian, y aquel fuego desvergonzado, que

cada dia se multiplicaba más, no se atajaba. Estas cartas habian de

ir en los dos navíos escondidas por alguna persona fiel, que no lo

sintiese Francisco Roldan ni alguno de su compañía: escribió que habia

quitado á todos los indios el tributo, con título que los indios

estaban para levantarse, para despues él haberlos por fuerza ó por

grado, ó por rescate, y que habian hecho, y agora hacen, más grandes

males en la tierra, porque roban y matan los indios, para los dejar

todos alzados é indignados contra los cristianos, para que, despues

de idos ellos, á los que quedasen matasen; y avisaba que era fama que

llevaban mucho oro, porque habian andado por toda la isla rescatándolo,

y no sólo ellos, pero que tenian ya indios amostrados que enviaban por

otras partes á rescatarlo. Item, avisaba que llevaban muchas mujeres,

hijas de señores Caciques, y que los que vinieron desterrados para

acá por sus delitos, que él llama homicianos, eran los más crueles

y desmandados, y decia que debian Sus Altezas de mandar estar sobre

aviso, para que lo más presto que pudiere hacerse, les prendiesen y

secuestrasen lo que llevaban, oro y esclavos, y lo demas que se les

hallase, hasta que diesen cuenta de lo que acá habian cometido, y

por qué causas; puesto que tenia, segun dicen, que no habian de osar

ir al puerto de Cáliz, sino que forzarian los marineros para que los

llevasen á otra parte, porque segun los crímenes que habian cometido,

habian de rehusar que no los tomasen cuenta. Que ha padecido grandes

angustias, enojos y trabajos despues que agora vino, por causa deste

Roldan, y que áun agora era por el mes de Mayo de 1499, y no lo via

comenzado. Llegado, pues, Carvajal á esta villa, donde estaba el

Almirante, dióle cuenta de todo lo que en Xaraguá, con Roldan y los

demas, habia pasado, y la última resolucion y secreta de Roldan. El

Almirante, como no viese la hora de ver el negocio acabado, luego

mandó hacer la patente real por D. Hernando y Doña Isabel, como se

acostumbraba, para lo cual le habian concedido los Reyes poder y

facultad, y sellada con el sello real, en que le daba el seguro muy

cumplidamente, como Roldan la demandaba; y allende la provision real,

que no se pone aquí por ser grande; ciertos caballeros de calidad,

de los que estaban con el Almirante, por su mandado, le enviaron el

presente seguro, que yo vide de sus propias firmas firmado: «Cognoscida

cosa sea á todos los que la presente vieren, como, porque cumple al

servicio del Rey y de la Reina, nuestros señores, que venga Francisco

Roldan á Sancto Domingo á hablar é tomar asiento é concierto con el

señor Almirante, el cual se teme del dicho señor Almirante y de su

justicia, y del señor Adelantado, y los que aquí firmamos nuestros

nombres, decimos que protestamos y damos nuestra fe, cada uno de nos

como quien es, de no hacer mal ni daño al dicho Francisco Roldan ni á

ninguno de los de su compañía, que con él vinieren, ni á sus bienes,

ni consentiremos, á toda nuestra posibilidad, que le sea hecho ningun

daño á las dichas sus personas y bienes, en todo el tiempo que él y

ellos vinieren y estuvieren en el dicho Sancto Domingo, con condicion

que él ni ninguno dellos no hagan cosa que sea deservicio de Sus

Altezas ni del dicho señor Almirante. Fecha en la villa de Sancto

Domingo á 3 de Agosto de 1499 años.—Alonso Sanchez de Carvajal.—Pero

Fernandez Coronel.—Pedro de Terreros.—Alonso Malaver.—Diego de

Alvarado.—Rafael Cataño.» Estos seguros, despachados á Francisco

Roldan, porque más presto Roldan al concierto viniese, y el negocio tan

deseado y necesario para la paz y sosiego desta isla se concluyese,

acordó el Almirante de que lo hallasen más cercano, como lo era en

el cuidado de verlo todo apaciguado, y así, metióse en un navío á 22

dias de Agosto; llevó tambien otro navío con él, en los cuales llevó

consigo algunas personas principales, como fué, Pero Hernandez Coronel,

Miguel Ballester, Alcaide, García de Barrantes, Alcaide, Juan Malaver,

Diego de Salamanca, Juan Dominguez, clérigo, Alonso Medel, piloto, y

Cristóbal Rodriguez, la lengua, y otros muchos, y vase la costa abajo,

hácia el Poniente, 20 ó 25 leguas desta villa, al puerto que se llama

Azua, todas las cuales fué acercárseles. Donde vino Roldan y entró con

algunos de los suyos en la carabela donde estaba el Almirante, y allí

platicaron en su reduccion y sosiego; y el Almirante, induciéndoles y

rogándoles á ellos que viniesen á servir á los Reyes como de ántes, y

que él les haria toda honra y ayudaria en todo lo que pudiese que fuese

servicio de los Reyes, como si ninguna cosa de las pasadas y presentes

hobiera pasado, respondieron que les placia, dando buena respuesta,

con que su señoría le concediese cuatro cosas, allende las otras que

primero le habian enviado á demandar, que sumariamente se pusieron

en el precedente capítulo. La primera, que en aquellos navíos queria

enviar y fuesen á Castilla algunas personas, que no pasarian de 15;

la segunda, que á todos los que quedasen, el Almirante les diese sus

vecindades y tierras para labrar, y á cada uno su labranza, para que

se les pagase el sueldo del Rey que se averiguase debérseles, como si

todo el tiempo que habian sido rebeldes y anduvieron robando hobieran

servido; la tercera, que el Almirante mandase apregonar públicamente,

que si el dicho Francisco Roldan y su compañía habian hecho lo que

hicieron, fué por falsos testimonios que les levantaron, personas que

mal los querian y que no amaban el servicio de Sus Altezas; la cuarta,

que el Almirante constituyese de nuevo, al dicho Francisco Roldan,

Alcalde mayor por provision real. Esto, así concertado en la carabela,

y el Almirante concedidas estas cosas por la necesidad en que se via,

y asentadas por escrito, salió Roldan de la carabela á tierra, donde

estaban aposentados él y su gente en el pueblo de los indios, donde

dió parte á sus secuaces de lo que traia concedido del Almirante. A

cabo de dos dias, usando de las industrias y reveses acostumbrados,

que dél, ó quizá de los que con él andaban, salian, los cuales no

querian paz, sino andar como andaban, por desbaratar lo concertado y

nunca venir de conformidad, enviaron un tenor de una provision real que

ellos ordenaron, llena de muchas cláusulas que añidieron, deshonestas

y absurdas, creyendo que en ninguna manera las otorgara el Almirante,

segun él siempre creyó y afirmó. Contenia todos los capítulos, arriba

en el capítulo precedente y estas otras susodichas cuatro, y las que

demas añidieron, intolerables; la postrera de las cuales, fué, que si

el Almirante no cumpliese lo concertado cumplidamente á su voluntad,

que les fuese lícito á él y á ellos juntarse y poner todas sus fuerzas

por cualquiera forma é guisa que mejor pudiesen, para constreñir al

Almirante para se las hacer por fuerza cumplir é guardar. De donde

parecia colegirse argumento claro, que no tenian gana de se reducir á

la obediencia del Almirante, por no tener superior que á la vida que

traian les estorbase, y así, el Almirante, con razon parece que lo

podia juzgar, pues tantas veces los asientos que se hacian, con nuevos

motivos ó colores, desbarataban.

Viéndose, pues, el Almirante, cercado de tantas angustias y de todas

partes, porque por una parte via perderse la isla con los daños que

aquellos hacian á los indios, por otra, cesar los provechos y tributos

de los Reyes, que él tenia en el ánima por hacer los gastos que acá

hacian con tanta dificultad y tan pesadamente; por otra, los disfavores

y émulos grandes que tenia; por otra, que la gente comun que estaba

con él, ó que no seguia actualmente á Roldan, andaba inquieta y en

corrillos, y fué avisado que estaban dos cuadrillas dellos para se

alzar é ir robando por la tierra, diciendo con despecho, que habiéndose

alzado Francisco Roldan y los demas, cometiendo tan grandes crímenes y

habiendo destruido esta isla, estaban ricos y se salian con todo ello,

tambien ellos querian hacer lo mismo, y no andar en la obediencia del

Almirante, perdidos, y via que no tenia gente de quien se fiase, sino

era de muy pocos para les ir á la mano, prenderlos ó resistirlos, y

queríanse ir á la provincia de Higuey, que está esta costa del Sur,

al Levante, al Cabo que llamó el Almirante, de Sant Rafael, hácia la

Saona, porque habian imaginado que allí serian ricos de oro. Item,

porque debia haber venido algun navío de Castilla en el cual debia

escribir el Obispo de Badajoz, don Juan Fonseca, al Almirante que

estuviese la cosa suspensa, porque los Reyes presto lo remediarian,

y esto debia ser por las nuevas que llevaron los cinco navíos, y

esta suspension via el Almirante que no podia sufrirse, pues tanto

los daños y escándalos crescian. Así que, considerando el Almirante

todos estos inconvenientes, en medio de los cuales se hallaba, como

entre las ondas de la mar, que algunas veces habia experimentado,

cuasi zambullido, acordó de escoger, como menor mal, conceder todas

las cosas, que contra toda razon y honestidad y justicia le pedian,

con esperanza que tenia que los Reyes ternian informaciones de todo

y cognoscerian las culpas dellos y la fuerza que á él se hacia, y á

la justicia real desacato, pidiéndole cosas, estando en tan extrema

necesidad, que toda razon aborrecian, y al fin, por concedérselas no

le culparian. Todavía puso una cláusula el Almirante, que todo aquello

que otorgaba, fuese con condicion que cumpliesen los mandamientos de

Sus Altezas, y suyos, y de sus justicias, y á este propósito, dice el

Almirante estas palabras: «Así que, por evitar este mal, con esperanza

que Sus Altezas remediarian todo, y que será bien visto y manifiesto

á quien leyere la dicha provision, que el tenor della ni lo que en

ella está no lleva razon, y es contra toda órden de justicia y fuera

della, y que forzosamente se les firmó y otorgó, así como la otra del

oficio de Alcaldia, sobre lo cual, despues de asentado todo y firmado

esta primera provision, porque él no queria que en ella fablase que

habia de tener el dicho Roldan superior, se alzó con toda la gente

dando voces, y que ahorcaria á mi gente que estaba en tierra, si luego

no se embarcasen, por lo cual, hobe de firmar la dicha provision, como

quiso, por el tiempo y causas susodichas.» Estas son sus palabras.

Ciertamente, manifiesta parece la ambicion y malos respetos que aquel

pobre Roldan pretendia, y la necesidad extrema en que el Almirante se

via, y, cuan contra su voluntad, lo que firmaba concedia.

CAPÍTULO CLX.

Firmadas á su voluntad las provisiones en que se contenian los

susodichos capítulos, y el Roldan Alcalde mayor constituido, aunque

ninguna jurisdiccion tenia, y siempre fué persona privada y no pública,

y tirano en todo cuanto hacia, porque determinacion es universal de

todos los juristas, que para dar ó transferir ó prorogar jurisdiccion,

ha de haber en el que la confiera, da ó proroga, consentimiento puro y

totalmente libre, porque de otra manera, mezclándose cualquiera fuerza

ó miedo, por chica que sea, es ninguna, y de ningun valor cosa que

con ella se haga y _nihil_; pero no curó Roldan destos escrúpulos de

juristas, ni de mirar ó tener dello escrúpulo fué digno, todo lo cual

le trajo al fin que despues hizo. Así que, alcanzado del Almirante

todo lo que Roldan y los demas que se alzaron querian, luego comenzó

Francisco Roldan á usar el oficio de Alcalde mayor, y venido aquí

á Sancto Domingo, y con las gentes que trujo consigo, allegó mucha

otra de la que aquí estaba de su compañía, cuasi mostrando no estar

descuidado, sino sobre aviso cada y cuando se le ofreciese, y con esta

presuncion y soberbia, por que el Almirante tenia aquí un Teniente

que se llamaba Rodrigo Perez, no lo consintió Roldan, diciendo al

Almirante que no habia de haber Teniente ni tener vara ninguno en toda

la isla sino los que el pusiese. El Almirante calló y sufrió, y y

mandó al dicho su Teniente, Rodrigo Perez, que no trujese más la vara;

por aquí se podrá ver la protervia y maldad de aquel, y la paciencia

ó sufrimiento y angustias del Almirante. Miéntras estuvieron aquí,

nunca se juntaban ni conversaban sino con los de su compañía, para

con los otros siempre se mostraban zahareños, no se fiando de nadie,

y velándose de noche, y no dejaban de hacer fieros y decir palabras

temerarias y de alboroto, por lo cual mostraban bien claro no estar

arrepentidos de sus maldades; y habiendo de enviar el Almirante cierta

gente fuera á ver ciertas labranzas y traer pan, ninguno dellos quiso

ir ni hacer lo que el Almirante enviaba á mandar; bien parece la vida

quel Almirante podia entónces tener, y lo que sufria, y por esto aunque

mataban y hacian fuerzas y robos á los indios, no osaba á ninguno

castigar ni áun reprender. En 28 dias de Setiembre de aquel año de

1499, se pregonó la provision del asiento que el Almirante habia tomado

con Roldan y con ellos; díjose que Francisco Roldan habia repartido

mucha cantidad de oro entre los que habian sido de su compañía.

Despachó el Almirante navíos á Castilla, no supe cuantos, para cumplir

con lo capitulado, y á los que Francisco Roldan envió, y se quisieron

ir de su voluntad, repartió el Almirante, á tres esclavos á algunos,

y á otros á uno, segun le pareció. En estos estuvo determinado el

Almirante de se ir á Castilla y llevar consigo el Adelantado, segun

entendí, para informar á los Reyes de todo lo que habia pasado con

este Roldan, temiendo lo que no sabia que le estaba aparejado, y en

gran manera lo acertara, como abajo se verá; pero porque sintió que

una provincia desta isla, que era la de los Ciguayos, de que arriba

se ha hecho mencion, á la cual el Adelantado habia hecho cruel guerra

é injusta, y prendido al Rey della como se vido en el cap. 121, vino

sobre los cristianos que estaban esparcidos por la Vega, dice el

Almirante, que se quedó, y por su quedada, deliberó de enviar á Miguel

Ballester, Alcaide de la Concepcion, y á García de Barrantes, Alcaide

de Santiago, por procuradores é informadores de las cosas pasadas y

presentes, como personas que habian sido testigos oculares de todo;

con estos envió los procesos y testimonios que se habian hecho contra

Roldan y los secuaces suyos, y escribió largo á los Reyes con ellos.

Suplicaba á los Reyes que viesen aquellos procesos y mandasen inquirir

y examinar de todo la verdad, y cognosciesen sus penas y trabajos, y

hiciesen en ello lo que fuese su servicio; escribióles las razones por

las cuales no debian de ser guardadas á Francisco Roldan, y demas

que le siguieron en aquella tan escandalosa y dañosa rebelion, las

condiciones y asiento que con ellos hizo el Almirante, y para esto

daba nueve razones. La primera, porque si las concedió, no las hizo ni

concedió de su propio motu y voluntad, sino, hechas y dictadas por él

y por ellos, se las envió hechas, y le constriñó la necesidad en que

se vido extrema, como ha parecido, á las firmar. La segunda, porque se

firmaron en la carabela, y así en la mar, donde no se usa el oficio de

Visorey, sino de Almirante. La tercera, porque sobre este alzamiento y

rebelion estaban hecho dos procesos y dada una sentencia contra Roldan

y los de su compañía, condenándoles por traidores, en lo cual no pudo

el Almirante dispensar ni quitarles la infamia. Cuarta, porque en la

provision trata sobre cosas de la hacienda de Sus Altezas, lo cual no

se pudo hacer sin los oficiales de los Contadores mayores, como estaba

por los Reyes ordenado y mandado. La quinta, porque pidieron que se

diese pasaje á todos para Castilla y no se exceptuaron ni sacaron los

delincuentes que habia enviado de Castilla y homicianos. La sexta,

porque querian ser pagados del sueldo del Rey todos, y de todo el

tiempo que anduvieron alzados y en deservicio de Sus Altezas, siendo

como son obligados á pagar todos los daños y menoscabos que han hecho á

los indios y á los cristianos, y á toda la isla, y á la hacienda real,

y el cesar de los tributos que habian de pagar los indios, y la pérdida

de las dos carabelas que fueron por ellos, por el primer asiento

que ellos quebrantaron, á Xaraguá, y el sueldo y bastimento de los

marineros, lo cual todo por su causa se perdió, y en ello ni en parte

dello el Almirante no pudo dispensar. La sétima, porque son obligados

á pagar, mayormente Roldan, los gastos que se hicieron en Castilla con

pagar el sueldo de seis meses á los 40 hombres que tomó en los tres

navíos, y los que despues se pasaron á él, venido el Almirante, los

cuales venian cogidos y á sueldo de los Reyes para servir ó trabajar en

las minas, y en otras cosas que se les mandasen para servicio de los

Reyes, y más los bastimentos que comieron y los fletes de los navíos,

trayéndolos acá, y fué causa que se engrosase con ellos y que no

viniesen á obedecer muchos de los de su compañía, como habian escrito

sobre ello cartas, y el mismo Roldan, y los primeros por quien negocia

y pide partido é impunidad son aquellos, y con ellos los homicianos. La

octava, por que el Roldan no mostró, ni señaló, ni nombró las personas

de su compañía, porque, para que la provision que sobre este asiento el

Almirante les dió, tuviese valor y alcanzase efecto, requeríase, segun

dice el Almirante, que mostrase, por escritura firmada por ellos, como

se ayuntaban y por qué fin hacian su ayuntamiento, y en qué tiempo, y

las condiciones que todos pedian, los cuales se entenderian ser de la

compañía de Roldan y no otros. La novena, porque el dicho Francisco

Roldan, al tiempo que partió de Castilla él y los otros que entónces

en el segundo viaje á estas Indias vinieron, hicieron juramento sobre

un crucifijo y un misal, y dió la fe y hizo pleito homenaje de ser

leal á Sus Altezas y guardar el bien y pró de su hacienda, por ante

el Obispo de Badajoz, é yo y otros muchos (dice aquí el Almirante),

que allí estaban, como más largo parecerá por el dicho juramento, el

cual está escrito en el libro de los señores Contadores mayores; de

lo cual, toda ha incurrido en el contrario, porque no han sido leal

ni leales, y ha echado á perder la hacienda y sido causa que se haya

perdido el tributo, y no solamente este, más el algodon de Sus Altezas,

que estaba en Xaraguá, le han tomado, y quemado el brasil que estaba

cogido y tomadas las velas y aparejos de los navíos y el ganado: estas

son palabras del Almirante. Pone tambien á lo que Roldan y los que se

alzaron eran obligados á guardar por virtud de la provision que del

asiento dicho les dió: lo primero, á pagar todos los daños y menoscabos

que se han recibido en la hacienda de Sus Altezas y las dos carabelas,

por una cláusula que está, en ella, que dice que sean obligados á pagar

todo lo que por derecho se hallare que deben; por otra cláusula son

obligados á nunca jamás decir que fué bien hecho se alzar; por otra

cláusula son obligados á cumplir los mandamientos de Sus Altezas y

del Almirante, y si no lo cumpliesen no era nada el asiento ni seguro,

y podiase proceder contra ellos, y por todos los delitos y alzamiento

pasados, é incurrian en las penas que contenia la provision, y estas

eran, perdimiento de la vida, de los bienes, de los oficios. Por manera

que, por el primer mandamiento que no obedeciesen, dice el Almirante,

que incurrian en todas las dichas penas, en perder las vidas, y todo

lo que en su favor les fué concedido por la provision no les vale

nada, y el Roldan pierde el Alcaldia. Puesto que por aquello no la

perdiese, dice el Almirante, no podia usar della, porque se le dió por

fuerza, lo cual es contra derecho, y tambien porque no habia de mandar

en casos de justicia á la gente que estaba y habia siempre seguido al

Adelantado y al Almirante, y estado en su obediencia y en servicio de

los Reyes contra Roldan y sus secuaces, de los cuales habian recibido

muchos agravios. Suplicaba en estas cartas muy afectuosamente á los

Reyes que le enviasen un letrado, persona experimentada para ejercer

el oficio de la justicia, porque la gente que en esta isla estaba,

dice el Almirante, era muy desmandada, y como cognoscian quél no osaba

irles á la mano ni castigarlos, por los testimonios que en Castilla

injustamente le habian levantado, y fueron creidos (dice él), por

tanto les suplicaba que tuviesen por bien de se lo enviar, y que él

queria pagarle el salario, y que tambien con él juntamente proveyesen

de dos personas virtuosas para Consejo, y que pluguiese á Sus Altezas

de no darles sus preeminencias. Tambien avisaba que convenia enviar

con ellos un Teniente de Contadores mayores y otro del Tesorero, que

fuesen personas cuales conviniese, con quien se negociasen las cosas

de la Hacienda real; por manera, que en aquel tiempo no habia en esta

isla oficiales del Rey principales ó propios, sino tenientes de los de

Castilla. Torna otra vez á decir en estas cartas, que muy necesaria

era la justicia en esta isla, y, para administrarla, la persona que

habia dicho, y con ella, dice, que suplicaba á Sus Altezas que mandasen

mirar por su honra y guardar sus preeminencias: «yo no sé (dice

él), si yerro, mas mi parecer es que los Príncipes deben hacer mucho

favor á sus gobernadores en cuanto los tienen en el cargo, porque con

disfavor todo se pierde.» Por estas palabras parecen dos cosas: la

una, que, cierto, el Almirante deseaba tener ayuda en la gobernacion,

mayormente cuanto á la administracion de la justicia, porque no

tuviesen los españoles que decir mal dél, y porque via que, como

extranjero, era dellos en ménos de lo que debieran tenido; porque esta

es, creo que, peculiar condicion ó soberbia de España. La otra era,

que él temia que los Reyes no le limitasen su oficio y preeminencia

que le habian concedido, que resultase en agravio suyo y violencia de

sus privilegios, que con tantos sudores y aflicciones habia ganado,

como al fin aquello que temia, y mucho más que aquello adverso, fué lo

que le vino. Estando en esto, vinieron nuevas al Almirante como habia

llegado Alonso de Hojeda con ciertos navíos al puerto de Yaquimo, que

está, la costa abajo, 80 leguas deste puerto de Sancto Domingo, donde

hay ó habia brasil, y que habia llegado allí á 5 de Setiembre, y así

lo escribió el Almirante á los Reyes en estas cartas. Desta venida de

Hojeda tratará la historia en el cap. 164 y en el siguiente. Suplicó

asimismo á los Reyes, que porque él estaba ya muy quebrantado y pasaba

la peor vida que hombre del mundo, por lo cual iba descreciendo, y

su hijo D. Diego Colon, que está en la corte, crescia en fuerza,

haciéndose hombre para poder acá servirles, que le hiciesen merced le

mandar que viniese acá á ayudarle, para que él descansase algo y Sus

Altezas fuesen mejor servidos.

CAPÍTULO CLXI.

Historia de las Indias (vol. 2 de 5) · 第 28 / 40 段