1412. El diezmo del almojarifazgo concedido á la catedral habia sido

confirmado por varios reyes, y á este diezmo estaban anejas y juntas las

rentas del pontazgo, de los tres pesos, de las libras de la carne, de la

media fanega de la alhóndiga, y de la alcabala antigua de las bestias.

Hasta el año 1411 habia cobrado el cabildo el diezmo de estas rentas

percibiendo su importe en el arca de la Aduana de la ciudad. Teniasele

tambien por señor de la renta de la almotaglasia y de las alcaicerías y

tiendas del corral de la alhóndiga, por considerarse todas anejas al

almojarifazgo. Pero el rey D. Enrique III sin curarse de ello, queriendo

hacer merced á Ruy Mendez y á Alfon Mendez de Sotomayor, sus vasallos,

les habia dado las tiendas que tenia la corona en Córdoba, algunas de

las cuales, decia la donacion, _son en la alcaicería de la dicha cibdat

e otras son en el corral de la alfondiga_. Entonces el cabildo presentó

su querella contra los referidos vasallos del rey á fin de que fuesen

respetados sus antiguos privilegios, y sustanciado el pleito por todos

sus trámites, se dió sentencia declarando haber probado el cabildo su

intencion y pertenecerle por virtud del dicho su privilegio y escrituras

que habia presentado, los diezmos del almojarifazgo, de la almotaglasia

de dicha ciudad, de las tiendas de las alcaicerías y del corral de la

alhóndiga, y de las dos tiendas que los Mendez habian sacado de la

alcaicería. (Memorial del pleito del terreno solar de la alcaicería de

Córdoba entre el Excmo. Sr. duque de Medinaceli y el venerable dean y

cabildo de ella en el Juicio de propiedad intentado por su excelencia

por caso de corte en la Real Chancillería de Granada.--_Archivo_, Caj.

Z, leg. 2, núm. 38.)

1424. Murió el obispo D. Fernando Gonzalez Deza y fué enterrado con sus

padres en la capilla que habia erigido á S. Acacio. Su sobrino D.

Fernando Ruiz de Aguayo dotó en ella dos sacristías y seis capellanías

muy cuantiosas, y tambien fué sepultado allí.

1427. Habia por este tiempo gran facilidad de impetrar en la corte

romana los beneficios y prebendas, por lo cual se suscitaban frecuentes

litigios y se veían precisados muchos á componerse con los impetrantes

por cierta cantidad de dinero que les daban, ó recibian dejándoles los

beneficios. Para evitar estos daños y molestias, el dean D. Fernando y

el cabildo hicieron un Estatuto, determinando que el beneficiado que

hubiese gozado pacíficamente su prebenda por un año, pudiese ir á Roma ó

á cualquiera otra parte á seguir su derecho, teniéndole por presente

mientras durase el litigio; pero que si constase que alguno habia

cooperado maliciosamente en la impetra por gozar de este indulto, le

perdiese con el duplo de lo que habia de percibir, y fuese multado á

juicio del cabildo.

1431. Se instituyó en la catedral una fiesta muy solemne en accion de

gracias por la gran victoria de la _Higueruela_, en cuya jornada derrotó

el rey D. Juan á los moros granadinos matándoles treinta mil hombres.

1432. Habiendo el obispo D. Fernando Gonzalez Deza dejado en testamento

su librería al cabildo, su sucesor D. Gonzalo y el cabildo mandaron que

todos los años se hiciesen por su alma doce memorias y un aniversario.

Segun el _Indicador cordobés_ (página 240 y siguientes) la biblioteca

del cabildo empezó á formarse con los libros que en el año 1274 le donó

el obispo D. Fernando de Mesa, cuyo ejemplo imitaron despues el dean y

canónigo D. Pedro Ayllon en 1303; el citado obispo Gonzalez Deza en

1424; el obispo D. Martin Fernandez de Angulo en 1516; el chantre Anton

Ruiz de Morales, y el célebre Juan Ginés de Sepúlveda en 1564. La

biblioteca estuvo en un principio situada en la capilla de Santiago. En

1480 se decretó su traslacion á otro lugar. En 1578, siendo obispo D.

fray Martin de Córdoba y Mendoza, se mudó á las piezas que hoy ocupa,

comunicando con la iglesia por una puerta que hay entre las dos capillas

_antigua y nueva, ó primera y segunda de S. Bartolomé_.

1442. Hizo el cabildo diferentes rogativas y procesiones á las ermitas

de Sta. María de las Huertas, Sta. Ana y S. Benito, y dentro de la

iglesia, para aplacar la cólera divina manifiesta en la terrible peste

que padecia la ciudad.

1443 y siguientes. El infante D. Enrique de Aragon, que era uno de los

que acaudillaban al partido opuesto al condestable D. Alvaro de Luna,

pretendia conciliarse la benevolencia del pueblo cordobés asistiendo con

mucha frecuencia en la catedral á los divinos oficios y ofreciendo

preciosos dones en misas nuevas y otras fiestas principales. Muchos

prebendados y caballeros sin embargo, conociendo que el infante atendia

mas á sus intereses que al bien del reino, y que solo habia separado á

los que ejercian oficios municipales para poner en su lugar á otros que

le eran devotos, no queriendo ceder á su tiranía, ni pudiendo

contrastarla, se salieron de la ciudad, y el cabildo determinó que los

tales prebendados se tuviesen por presentes. El obispo D. Sancho de

Rojas, que era de la parcialidad del infante, vino enojado al cabildo y

contradijo esta determinacion, y la declaró por nula prohibiendo

practicarla so pena de excomunion mayor. Obedeció el cabildo y la mandó

borrar del libro de las constituciones. Despues, cuando triunfó el

partido del condestable alejándose de Andalucía el infante, el obispo

quiso poner entredicho en la ciudad y su obispado; mas apeló el cabildo

al arzobispo de Toledo, y como este era hermano de D. Alvaro de Luna,

tuvo que suspender el obispo su determinacion. Retiróse entonces el

prelado á Baena, y allí celebró órdenes generales. Para ordenar al dean

D. Juan de Contreras fué menester que el cabildo le mandase entregar _el

báculo de plata dorado, e la mitra mayor, con lo que necesario es del

Pontifical mayor, para levar á nuestro Sr. el obispo D. Sancho de Roxas

á Baena_. El rey, irritado contra el obispo D. Sancho, hizo secuestrar

por el cabildo todas las rentas: hízose así á 5 de febrero de 1445,

dándose su administracion al arcediano de Castro D. Pedro de Córdoba y

Solier. Este secuestro duró bastante tiempo, y algunas veces se vió

precisado el obispo á pedir al cabildo le socorriese con dinero para

atender á sus necesidades mas urgentes.

1455. El rey D. Enrique IV fué á Córdoba, adonde llegó á 20 de mayo la

reina D.ª Juana, y allí ratificaron el matrimonio que habian contraido

por poderes. Recibieron las bendiciones en la catedral el dia 25, Pascua

del Espíritu Santo, y por no estar consagrado el obispo D. Gonzalo de

Illescas, hizo el oficio el arzobispo de Tours, embajador del rey de

Francia.

1456. El obispo D. fray Gonzalo de Illescas, dice Bravo, dió en el año

de cincuenta y seis una singular muestra de su ánimo verdaderamente

religioso y pacífico; pues teniendo algunas diferencias con el cabildo

sobre el derecho de elegir pertiguero, y sobre algunos bienes de D.

Sancho de Rojas, y reparo del palacio episcopal, que se habia quemado,

vino á cabildo viernes 23 de julio, y dijo: que para evitar los pleitos,

debates é contiendas, nombraba su compromisario al arcediano de Castro y

al Dr. fray Alonso Alvarez, prior de S. Gerónimo. El cabildo admitió

gustoso el compromiso, y para el caso de discordia nombró á otros tres

individuos; con lo que todo se fué componiendo amigablemente.

1458. El papa Calixto III habia pedido al estado eclesiástico de

Castilla y Leon un caritativo subsidio para la guerra contra el turco.

Congregáronse las iglesias en Medina del Campo y se obligaron á

contribuir con 35000 florines. Pero como en este mismo año habia

padecido Córdoba esterilidad y peste, y el cabildo y el obispo habian

tenido que hacer cuantiosas limosnas, la iglesia de Córdoba resistió la

referida contribucion. Obligóse sin embargo á contribuir con algo, mas

en el año de 1474 todavía no habia acabado de satisfacer su contingente.

1465 y siguientes. Las memorias de estos años son del mayor interés, no

solo por lo tocante á la iglesia de Córdoba, su clero y obispo, sino

tambien por la viva pintura que con ellas se hace del infeliz estado de

Castilla en tiempo de D. Enrique el Impotente, bajo cuyo infausto

reinado, y mediante el escandaloso suceso de Avila, se encendió tanto

fuego en la monarquía, que no hubo ciudad que no ardiese en guerras

civiles, muertes, robos y sacrilegios. Procuraremos delinear lo mas

brevemente posible el cuadro general de estos sucesos, intercalando en

la compendiada narracion de los historiadores de mas crédito, las

noticias no publicadas que hemos podido proporcionarnos merced á la

obsequiosa venia obtenida del ilustrado cabildo de Córdoba. Depuesto en

Avila el rey D. Enrique IV y elevado al trono en su lugar su hermano el

infante D. Alonso, declaráronse en Córdoba por el intruso el inquieto D.

Alonso de Aguilar y otros grandes caballeros con D. Martin Fernandez,

alcaide de los Donceles; y por el rey legítimo el obispo, el conde de

Cabra y otros caballeros principales: con lo que quedó la ciudad

dividida en dos poderosos bandos que se hicieron sangrienta guerra. D.

Alonso de Aguilar se habia hecho tan dueño de Córdoba, que echó fuera al

corregidor y ministros del rey, y usurpando la jurisdiccion antigua de

alcalde mayor, prendia y desterraba, cargaba pechos á eclesiásticos y

seculares, y no habia quien pudiese contenerle. El obispo D. Pedro de

Córdoba y Solier, hasta entonces amigo suyo, habia procurado en vano

refrenar sus arrebatados ímpetus hasta que viendo que nada obtenia, y no

teniendo fuerzas para contrastarle, se salió de la ciudad y se refugió

en su castillo de Toledillo, donde publicó entredicho y anatema contra

D. Alonso de Aguilar por haberle quemado y saqueado su palacio

episcopal, cometiendo otras injurias y violencias contra sus familiares.

Murió en 1468 el infante D. Alonso, causa principal de la division del

reino; sus partidarios se acobardaron, y los fieles al rey se llenaron

de júbilo. La repulsa de la prudente D.ª Isabel (despues reina

católica), á quien quisieron los primeros declarar por reina, acabó de

desarmarlos, y así todos por necesidad volvieron á la obediencia del rey

jurando á la infanta por sucesora en el reino. Entregado ciegamente D.

Enrique al marqués de Villena, que solo atendia al logro de sus

intereses con la discordia de los demas, al pasar á Córdoba con objeto

de acabar la pacificacion de los ánimos, solo consiguió enconarlos de

nuevo, porque con las providencias que dictó aconsejándole su valido,

dejó á todos descontentos. D. Alonso de Aguilar, resentido de que le

hubiesen hecho entregar á su enemigo el conde de Cabra los alcázares y

fortalezas de la ciudad, y al conde de Alcaudete la Carrahola, sin cuyas

defensas era poco seguro su predominio en Córdoba, ideó el modo de

recuperarlas, y le salió bien, porque habiéndose apoderado traidoramente

de la persona del mariscal D. Diego Fernandez de Córdoba, el conde de

Cabra y sus parciales, amigos de este, se vieron precisados á

abandonárselas como precio de su rescate. La preponderancia de Aguilar

en la ciudad alejaba de ella al obispo; sin embargo contribuía cuando

era necesario con su presencia á remediar los males de su Iglesia,

porque á la general turbacion introducida por los desmanes de los

grandes, se agregaba una gran relajacion en la disciplina eclesiástica,

y hubo casos en que, arrostrando la tirania ejercida por el de Aguilar,

tuvo el prelado que acudir como buen pastor, ya á reprimir la insolencia

de algunos malos canónigos á quienes aquel favorecia, ya á contener al

prepotente magnate en sus injustos procedimientos con otros prebendados.

En una ocasion el chantre D. Lope de Sandoval, que por lo visto era

mejor para campeador ó bandolero que para sacerdote, se atrevió á tomar

posesion de una canongía contra la voluntad del obispo y cabildo de

canónigos, á quienes tocaba darla, asaltando la iglesia con gente armada

reunida por su propia autoridad. Otro dia, por haber defendido con calor

en el cabildo á varios prebendados atropellados y desterrados por D.

Alonso, y contribuido á que se tomase un acuerdo en cuya virtud debian

los desterrados tenerse por presentes todo el tiempo que durase su

ausencia, el poderoso árbitro de Córdoba fraguó su ruina: tan buena

traza se dió, que logró del mismo rey enviase carta firmada al obispo

rogándole saliese de la ciudad y se retirase á un lugar del obispado; no

quiso obedecer D. Pedro Solier, y D. Alonso sorprendiéndole con gente

armada se apoderó de él, le montó en una mula, y tomando las riendas, le

sacó violentamente de la ciudad, mandando se le cerrasen las puertas. D.

Pedro se fué al convento de S. Gerónimo, y de allí á Montemayor, donde a

1.º de julio de 1472 mandó publicar por excomulgado á D. Alonso y poner

entredicho en la ciudad. Las causas espresadas en la carta de anatema

fueron once, y merecen publicarse literalmente (Gomez Bravo solo lo hace

en estracto muy diminuto) por la luz que derraman sobre esta época de

turbulencias tan digna de estudio. Hace saber el obispo en su

carta-excomunion, á los Sres. dean y cabildo, capellanes mayores de la

capilla de S. Pedro, y á los demas rectores y clérigos de todas las

iglesias de la ciudad de Córdoba y su obispado, que habia seguido

algunos procesos contra D. Alfon, señor de la casa de Aguilar, así de

oficio como á peticion fiscal y del cabildo, sobre la quema de las casas

obispales y fraccion de la santa iglesia, como tambien por haberse

apoderado de las rentas de los diezmos de Cañete por su propia autoridad

muchos años, por lo cual habia incurrido en excomunion mayor; y

debiéndose guardar entredicho, lo declaraba y mandaba se tuviese por tal

por las causas siguientes:==«1.ª Porque habia D. Alfon dado muchas armas

y caballos á los moros; 2.ª porque prendió seis canónigos de esta santa

iglesia porque obedecieron los mandamientos apostólicos, y los tuvo

presos mas de seis meses siendo presbíteros, diáconos y subdiáconos; 3.ª

por haber tenido como tenia la torre de la iglesia y obra de ella

encastillada; 4.ª por el quebrantamiento de las casas obispales y quema

de ellas, y por la fraccion de la iglesia; 5.ª porque habia muchos años

que tenian impuesta imposicion en esta ciudad llevando de dicho Sr. y de

su clerecía y religiosos y conventos de ella la dicha imposicion,

debiendo ser por lo mismo excomulgados con el referido D. Alfon los

siguientes: García Mendez de Sotomayor, comendador de la órden de

Santiago, Alfon del Castillo, Ferran Cabrera, Pedro Mendez el mozo,

Alfon Mendez, Pedro de Cárdenas, Gonzalo de Mesa, Alfon de Angulo, Juan

de Angulo, Juan de Sosa, Ferrando de las Infantas, Ferrando de Luna,

Juan de Cárdenas, Pedro Gonzalez de Mesa, Pedro de Hoces, Pedro Cabrera,

Pedro de Aguayo, Anton Cabrera, Pedro de Córdoba, Gonzalo de Cárdenas,

el bachiller Gonzalo de Zea, Martin de la Cuerda, Pedro de Torreblanca,

Diego de Ferrera, Sancho de Córdoba, Diego de Córdoba, su hijo, Juan de

Valenzuela, el bachiller Alfon Rodriguez, Juan de Baeza y Ferrando de

Baeza, veinticuatros de Córdoba, los cuales habian concurrido con D.

Alfon, señor de Aguilar, en la referida imposicion. Gonzalo y Alfon de

Baeza, escribanos; y se debia guardar entredicho hasta tanto que

restituyesen todo lo quitado al obispo y su clerecía, y levantasen la

referida imposicion; 6.ª (que comprendia juntamente con D. Alfon á

Gonzalo de Godoy) porque cuando fueron declarados por públicos

excomulgados el dicho D. Alfon y los que le ayudaron á quemar y robar

las casas de su ilustrísima, y á quebrantar las puertas de la iglesia,

el referido D. Alfon mandó á Gonzalo de Godoy, alguacil que entonces

era, que prendiese, como prendió, á muchos escuderos del Sr. obispo, y

les quitó mucho de lo que tenian y los puso en mazmorras así en Cañete

como en Montilla y Bujalance; 7.ª porque estando su ilustrísima en S.

Gerónimo, dicho D. Alfon y la ciudad de Córdoba enviaron á Juan de

Angulo y á Pedro de Cárdenas para desterrar á su ilustrísima, lo que en

efecto hicieron y pasó en 2 de mayo del año 69. Despues á 24 de marzo

del presente año, el dicho D. Alfon desterró á su ilustrísima echándolo

por fuerza de la ciudad, sacándolo por las riendas de su mula; 8.ª por

haber sacado por fuerza á muchos de los retraidos en la iglesia; 9.ª

porque viviendo Alfon de Jaen y Diego Rodriguez, racioneros de esta

iglesia, cerca de Castro, los mandó prender, quitándoles dos acémilas de

su ilustrísima con muchas cosas que llevaban, lo que no habia pagado

todavia, teniendo presos á dichos racioneros; 10.ª porque siendo electo

su ilustrísima de esta iglesia, D. Alfon y los suyos entraron de noche

en las casas obispales y robaron mucho dinero en especie, en vino, pan,

trigo, cebada y preseas de casa, y despues, siendo su ilustrísima ya

obispo, excomulgó á los robadores y muy poco restituyeron; 11.ª por

tener, como tiene, por fuerza tomadas las casas obispales y embargado

cuanto en ellas habia.»

Publicada esta carta, acudió D. Alonso de Aguilar, legalmente

representado por el bachiller Diego Rodriguez de Jaen, apoderado tambien

y procurador de los consortes en la causa de Aguilar, y apeló ante su

ilustrísima pidiendo se declarase lo hecho nulo y de ningun valor y

efecto por varias razones que alegó, entre las cuales figuran como

principales: Que el D. Alonso no se habia apoderado de los diezmos como

se suponia; que el obispo no podia ser juez de la causa por ser

notoriamente sospechoso y capital enemigo del Sr. de Aguilar y de

algunos de los otros excomulgados, y confederado, aliado y amigo del

conde de Cabra y sus hijos, y de su valía y opinion, por lo que, como su

contrario y enemigo declarado, habia sido echado de la ciudad por órden

del rey; que mediante la referida sospecha no podia tener jurisdiccion,

ni podia haber citado á D. Alfon y consortes á que compareciesen ante su

ilustrísima en la villa de Montemayor, por cuanto esta era del Sr.

Martin Alfon que estaba en la misma parcialidad, confederacion y

adversidad que su ilustrísima contra el citado Aguilar y consortes; y

aunque decia que habia seguido los dichos procesos á peticion del

cabildo, no era así, ni pasó tal cosa. Que aunque la carta decia que D.

Alfon estaba excomulgado por haber dado armas, caballos y otras cosas á

los moros, la causa no era verdadera, y caso de haberlo hecho sería con

justa razon para defensa y conservacion del reino de Castilla, en

especial de Andalucía, por mandado y con poder del rey, en lo cual Dios

no habia sido ofendido; que D. Alfon no prendió los canónigos, porque

cuando esto ocurrió no se hallaba en Córdoba. Que tampoco habia

incurrido en excomunion por lo que su ilustrisíma llamaba

quebrantamiento y quema de las casas obispales y fraccion de la iglesia,

porque esta no la habia habido ni se podia probar, y si en el palacio

hubo alguna quema sería por culpa del señor obispo y de sus familiares,

pues era notorio en la ciudad y sus comarcas que todo habia sucedido por

autoridad de derecho y por justas y legítimas causas en defensa y amparo

de la república. Que estando en Córdoba el dicho D. Alfon con la

gobernacion de ella, como al presente la tenia, en paz y sosiego,

ciertos caballeros y escuderos, todos familiares, criados y paniaguados

del señor obispo, y por su mandado, entraron, se apoderaron y

encastillaron en las casas obispales y torres de la ciudad juntas á

ellas, y se fortalecieron dentro, haciendo muchos edificios de tapias y

canterías (lo que hoy llamamos _barricadas_) con empalizadas, y

fortalecieron las dichas torres por dentro y fuera con muchos

almadraques, colchones, tapiales, puertas, mucha ropa y maderas,

abasteciéndose asímismo de muchas viandas, pan, vino y pescado, de los

propios bienes del señor obispo. Y asímismo se guarnecieron y

abastecieron de muchas armas, lombardas, truenos, espingardas,

culebrinas, serpentines y ballestas fuertes y comunes, así de palo como

de acero, y otros muchos tiros de pólvora, con ánimo malévolo é

intencion depravada, para desde allí tirar y ofender con sugestion

diabólica á los alcázares del rey por tomarlos y ocuparlos, y por tirar

contra los vecinos y moradores de Córdoba, turbándolos y damnificándolos

y el pacífico sosiego en que estaban, levantándolos contra el D.

Alfonso, para entregar la ciudad á sus adversarios. Que el plan de los

parciales del obispo era traerle á la ciudad, entregársela, prender á D.

Alfon y matarle, robando luego y destruyendo la poblacion en daño de la

república. Que era notorio que su ilustrísima llevaba gente de armas de

á caballo y de á pié apercibiéndose para llevar á cabo su propósito

contra el juramento apostólico, homenage y fidelidad que habia prestado.

Que el consejo de la ciudad, viendo los escandalosos movimientos, y no

queriendo usar de rigor, llana y pacíficamente habia hecho requerir á

los familiares y gente del obispo, intimándoles se desarmasen y

desencastillasen, dejando libres las torres y castillos; á lo que no

quisieron ellos condescender, antes por el contrario, obedeciendo á las

sugestiones del obispo, siguieron haciéndose fuertes, esperando su

socorro, invocando en las torres á su ilustrísima y á la demas gente que

en su ayuda venia, á cuyas señales dicho señor y los de su concierto

respondieron, con lo cual, creciendo el endurecimiento y obstinacion de

sus familiares, empezaron á tirar contra la ciudad y contra los que

estaban ocupando la fábrica y obra de la iglesia, donde mataron é

hirieron muchos hombres. Que continuando en ello y viendo la ciudad el

peligro y daño, por mandamiento de ciertos jueces hizo prender á dichos

familiares, y si en tal acto hubo algun daño ó toma de bienes, seria

culpa de dicho señor, fuera de que ya la ciudad le habia satisfecho y su

ilustrísima se habia dado por contento. Que no era cierto se hubiesen

impuesto contribuciones ó tributos á dicho señor obispo, clérigos y

religiosos de Córdoba y su tierra, y si algunas se habian decretado, no

habia sido señaladamente contra dichos clérigos y religiosos, ni esto se

habia hecho sin mandado del rey, ni para objeto ageno al bien comun,

redundando por consiguiente en beneficio del mismo estado eclesiástico.

Que dichas imposiciones habian tenido por objeto la defensa contra los

moros, que otras veces habian hecho entradas con ayuda de los parciales

del obispo. Que tampoco eran reos de excomunion por haber prendido á los

familiares de su ilustrísima, puesto que eran personas legas. Que cuando

Pedro de Cárdenas y Juan de Angulo habian hecho salir al señor obispo de

la ciudad y de S. Gerónimo, habian procedido por mandado del rey, por

ser su ilustrísima escandaloso y parcial con el conde de Cabra y sus

hijos, y porque procuraba con algunos grandes del reino adversarios del

rey, entrar en Córdoba por fuerza y con escándalo en deservicio de S. M.

para alzarse con la ciudad y su tierra.

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