capilla mayor, convirtiendo en sacristía la otra cámara que tenia
contigua á oriente, y que hemos minuciosamente descrito como tribuna de
la _alicama_. Existia sin duda tal como la habian dejado los amires de
Al-hakem. En el lado del norte tenia un grande arco de herradura,
correspondiente al muro de refuerzo de la prolongacion debida á aquel
Califa; en el lado de oriente tenia una gran ventana de arco angrelado,
y dos puertas pequeñas á los lados, que comunicaban á la tribuna
embellecida por Almanzor; en el lado de mediodia ostentaba, haciendo
gala del estilo bizantino del tiempo de Al-hakem, una combinacion de
arcos de segmentos que se cruzaban en el espacio y formaban aspas de
undosas cintas en los intercolumnios, en todo semejante á la decoracion
que desplegaba enfrente el vestíbulo del Mihrab. En el lado de poniente,
por donde esta cámara se unia con la del Cadí de la Aljama, que acababa
de derribarse, no sabemos qué decoracion tenia. Para convertirla en
capilla mayor no habia necesidad de desfigurarla completamente: bastaba
cegar el grande arco del norte, en tiempo de los califas cerrado por la
maksurah primitiva, cegar asímismo la gran ventana que comunicaba por
levante con la tribuna de la _alicama_, poniendo en su lugar el altar
mayor; dejar las dos puertecillas laterales abiertas para la
comunicacion del presbiterio con la sacristía; dar al presbiterio el
ensanche necesario y su correspondiente gradería; cerrar el lado de
mediodia con vidrios, y últimamente hacer su portada ó embocadura con el
cancel de costumbre. Así tal vez se haria; pero ¿quién es hoy capaz de
adivinar el grado de respeto de los arquitectos del rey D. Alfonso hácia
la obra arábigo-bizantina? Puede ser que la conservasen, como sin duda
alguna conservaron la tribuna de Almanzor convertida en sacristía; mas
habiendo sido despues dos veces reedificada, una bajo el imperio del
gusto tudesco[333] y otra bajo el funesto influjo del estilo de
Churriguera, no permite hoy este doble disfraz apreciar ninguno de los
lineamientos de la obra del rey sabio.
Al mismo tiempo que se terminaba la obra de la catedral (año de 1260),
fundaba D. Gonzalo Yañez, primer señor de Aguilar, arrimada al muro de
oriente, una capilla consagrada á S. Juan Bautista, donde dos años
despues dió sepultura al cadáver de su esposa D.ª Juana. Cinco años
despues fundó el obispo D. Fernando de Mesa en el ángulo S-E. de la
mezquita, y contigua por el oriente con la capilla de S. Clemente que
habia labrado el santo rey, la capilla de Santiago[334], cómoda y
espaciosa como la adyacente, en la cual tambien dejó subsistir las
arcadas árabes comprendidas en su area. De igual data es un rescripto
pontifical memorable por el rápido incremento que revela en las rentas
de la iglesia de Córdoba, mas próspera naturalmente á medida que iba
perdiendo mas tierra en la provincia la morisma. Concedia por este
rescripto el pontífice, á peticion del obispo y cabildo, que de las
veinte raciones que habia, cada una de las cuales se juzgaba ya ser
cóngrua competente para dos personas, se dividiesen diez en veinte
medias: de modo que ya los prebendados empezaban á vivir en la
abundancia, cuando solo veintiocho años antes (en 1237 á 27 de
setiembre) habia tenido Gregorio IX que escitar con indulgencias el celo
de los buenos cristianos en favor de la iglesia de Córdoba, que padecia
gran penuria por tenerla en cierto modo los islamitas sitiada por
hambre, reducidas sus rentas al casco de la ciudad[335]. No debia
espirar el siglo XIII sin que la restaurada catedral se engrandeciese
con nuevos privilegios y fundaciones. El mismo D. Alfonso X, que habia
labrado su capilla mayor y ayudado á costear el resto de la fábrica,
habia concedido al cabildo el dominio directo de todas las tiendas que
tenia la corona en el corral de la alhóndiga y en la alcaicería ó
mercado de la seda, que eran treinta y tres, sin otra condicion que la
de celebrar cada año dos aniversarios, uno por el alma de su padre el
rey D. Fernando, y otro por la de su madre la reina D.ª Beatriz, y hacer
ademas todos los años la fiesta de S. Clemente _muy honradamente_ y con
gran solemnidad[336]. Esta importante donacion tuvo efecto el año 1261;
á los dos años (1263) ocúpase solícito el rey sabio en asegurar á la
iglesia el disfrute del agua que en soberbios acueductos vimos traer á
Córdoba los califas, estableciendo una contribucion para reparar los
antiguos caños[337]; doce años despues (1275) el infante D. Fernando,
que gobierna el reino por su padre, á la sazon ausente en persecucion
del sueño dorado de su vida[338], dá carta al cabildo en Peñafiel á 7 de
abril, autorizándole á tener en la obra y fábrica de la iglesia cuatro
moros para que trabajen en ella, los cuales esten libres de pechos,
segun lo habia ya concedido el rey D. Alfonso[339]; vuelve este á tomar
las riendas del Estado (en 1280), y habiendo perdido el cabildo la carta
de gracia en que por la primera vez se le concedia la de poder emplear
en las obras de la iglesia cuatro moros exentos de todo tributo, le
confirma este privilegio. Esta nueva carta nos esplica en qué clase de
obras se empleaban los cuatro moros, pues dos de ellos eran carpinteros
y los otros dos albañiles[340]: privilegio curioso en que descubrimos,
nó la falta de artífices inteligentes entre los cristianos, sino un
ilustrado celo por la conservacion del monumento árabe, y que nos sirve
de clave para descifrar un misterio artístico hasta ahora inesplicado, á
saber, cómo se ha perpetuado tan íntegro hasta la época de la nueva
catedral ese monumento de los siglos octavo y noveno, y quiénes fueron
los que trabajaron en las admirables restauraciones moriscas que mas
adelante tendremos que notar en la Capilla Real ó sacristía de la
antigua Capilla mayor. Bien se comprende por otra parte esa ilustrada
tolerancia artística, tan impropia de un siglo inflexible en toda Europa
con respecto á las formas de su fé, en el inmortal autor de las
Partidas, cuya prematura tolerancia literaria fué escándalo de los
mismos genios del gran siglo XV. Este privilegio recibió en los años
siguientes varias confirmaciones, y habiendo usurpado en vida de su
padre el gobierno del reino el impaciente y bravo D. Sancho, hallamos
una carta firmada en Córdoba á 25 de octubre de la era 1320 (año 1282),
por la cual vemos habia adquirido mayor estension, puesto que en ella se
confirma que todos los moros que viven en la ciudad, sean ó nó maestros
en los oficios de albañilería y carpintería, tengan obligacion de
trabajar dos dias en el año en la obra de la iglesia. Este singular
documento dice así: «El cavildo de la Eglesia de Sancta María me
mostraron una carta del rey en que mandava que todos los moros forros et
annaiares (_carpinteros_) et alvannís (_albañiles_) et serradores et
todos los otros que labrassen en la labor de la Eglesia sobredicha dos
dias en el anno. Et agora el cavildo de la Eglesia de Sancta María
querellóseme que los moros que non son maestros que non quieren y
labrar, porque dizen que lo non dizia en la otra carta que les el rey
dió primeramient, et despues que ge lo mostraron et que les mando dar su
carta con su sello colgado, et mando que tambien los moros maestros como
todos los otros de la villa fuessen labrar dos dias en el anno en la
lavor de la Eglesia, et que me pidiese merced que mandasse y lo que
toviesse por bien. Onde vos mando vista esta mi carta que veades la
carta que el cavildo tiene del rey con su sello colgado en esta razon,
et conplídgela en todo segund que en ella dize, etc. Dada en Córdova XXV
de octubre, era de mill et CCC et veinte annos. Yo Roi Diaz la fiz
escrevir por mandado del Infante, etc. (A. D. 1282)[341]» Esta medida no
parece ya dictada esclusivamente por un respeto ilustrado al monumento
sarraceno, sino mas bien como contribucion de sangre en desagravio de
las pasadas injurias hechas por los mahometanos á los cristianos en la
misma mezquita. No eran en efecto todos los muzlimes que habian quedado
en la villa útiles como artífices, cual podian serlo los albañiles,
carpinteros y aserradores; pero, ¿cómo no disculpar en cierto modo
pasiones por otra parte fecundas en gloriosas hazañas, en una época en
que el celo religioso era tan activo, y en que aun vivia el recuerdo de
los dias de llanto y luto, durante los cuales el mas altivo burlador de
la humanidad y del cristianismo habia dado por cimiento al ensanche de
la Aljama argamasa remojada con lágrimas, sudor y sangre, de cautivos
gallegos y leoneses[342]? Cuéntase que el mismo S. Fernando, recien
purificada la mezquita, hizo restituir á la catedral de Santiago, en
hombros de infieles, las campanas que Almanzor habia hecho llevar á
Córdoba en hombros de cristianos. Estas represalias eran entonces
admitidas como justas, y no se consideraba en ellas mas que el
desagravio de la religion ofendida. Pero conviene no olvidar que los
enemigos del nombre de Cristo, así moros como judíos, daban con su
conducta en Córdoba harto motivo para ser tratados con dureza. Con los
judíos habia menos rigor, y sin embargo, ¿qué desmanes no cometian unos
y otros? Favorecidos por la semejanza del trage, pues debe suponerse que
todos, cristianos, muzlimes y judíos, vestían casi lo mismo, robaban los
hijos á los cristianos que se ausentaban de sus casas para proseguir la
guerra contra los infieles; los muzlimes para sí ó para mandarlos á sus
correligionarios de la frontera, y los judíos para vendérselos á los
muzlimes. Este nefando tráfico no era nuevo entre los pérfidos judíos;
en el primer tercio del siglo IX los israelitas de Francia, codiciosos
como todos los de su raza, alentados por los escesivos privilegios de
que gozaban, lo habian introducido en España vendiendo en la corte de
Al-hakem I muchos párvulos robados allende el Pirineo, despues de
ejecutar en ellos todo género de maldades y torpezas[343]. Habiendo
estos crímenes retoñado despues de la conquista, con ocasion de vivir
juntas dentro de Córdoba gentes de tan opuestas religiones, tuvo que
mandar severamente el pontífice Gregorio IX al obispo en el año 1239,
que obligase á los judíos á traer siempre una señal pública para que en
el trage se distinguiesen y fuesen conocidos de los cristianos, segun lo
habia dispuesto el Concilio Lateranense. El Código de las Partidas, fiel
espejo de las costumbres y de las ideas de aquella época, y mas útil
para ser consultado bajo este concepto que como norma de la vida pública
y privada de los hombres del décimotercio siglo, cuya aquiescencia no
obtuvo, nos esplica por qué era tolerada la maligna gente judáica á
pesar de estos atentados. «La razon porque la Eglesia, et los
emperadores, et los reyes et los otros príncipes sufrieron á los judíos
vivir entre los cristianos es esta: porque ellos viviesen como en
cautiverio para siempre, et fuese remembranza á los homes que ellos
vienen del linage de aquellos que crucificaron á nuestro Señor
Jesucristo.» Solo para que se cumpliese la divina promesa de su
dispersion y cautiverio se les consentia morar entre cristianos; pero
para que de su trato y comunicacion no se originasen males semejantes á
los que ahora se padecian, tenian asignado para sus viviendas un barrio
separado, con el nombre de _judería_, y se les obligaba á llevar un
distintivo especial. Eludian no obstante el precepto, y fué preciso que
renovára el mismo mandato Inocencio IV, en 1250, de resultas sin duda de
nuevas quejas de los cristianos[344]; y debieron los muzlimes ser
acusados de iguales delitos, puesto que se hizo estensiva á ellos la
obligacion de llevar en el vestido una señal para ser reconocidos y
diferenciados de los cristianos y de los israelitas[345]. Ademas de
estos robos y torpezas cometian otras infracciones, pues se negaban á
cumplir los privilegios otorgados á la iglesia catedral de Córdoba por
D. Fernando III y su hijo D. Alfonso, en los cuales se mandaba que los
judíos y moros que comprasen heredades de cristianos en todo el
obispado, pagasen cumplidamente el diezmo como si los cristianos las
poseyeran, y lo mismo de las heredades que arrendasen[346]. Resistieron
muzlimes y judíos esta prestacion forzosa; querian los vencidos ser de
mejor condicion que los vencedores; y eran contínuas las quejas del
obispo y del cabildo por la obstinacion de ambas sectas. No era solo el
diezmo lo que repugnaban: negábanse tambien á pagar todos los demas
tributos que satisfacian los cristianos. Consta de un privilegio que
estos contribuían á la Iglesia con cierto derecho por razon de las
fincas urbanas en que habitaban; y el mismo instrumento nos informa de
que los judios y moros no querian pagarlo[347].
Puesto que hemos hecho mencion de las cartas y privilegios relativos á
los tributos y prestaciones especiales impuestos á los muzlimes que
permanecian en Córdoba con los cristianos despues de la reconquista, no
sería ahora fuera de propósito echar una rápida ojeada sobre el estado y
condicion de las personas de la secta vencida, si tuviéramos los datos
suficientes para hacerlo. Pero son tan escasos en esta materia las
crónicas y los antiguos documentos legislativos por lo que respecta á
Córdoba, que casi nos atrevemos á asegurar no hay para semejante tarea
mas nociones que las que de sí arrojan los pocos instrumentos que hemos
citado. ¿Hallábanse los mahometanos de las provincias reconquistadas en
situacion análoga á la en que habian vivido los cristianos que por no
poder desamparar sus casas quedaron cuando la invasion agarena sujetos á
los muzlimes? En unas ciudades sí, en otras nó. Vasallos y tributarios
de sus dominadores por regla general, habian los mozárabes disfrutado de
cierta libertad profesando públicamente su religion, y gobernándose en
todo lo relativo al régimen civil segun las estipulaciones concertadas
al admitir el yugo sarraceno. Nunca habian quedado enteramente á merced
de los invasores, ni aun en aquellas pocas poblaciones que habian hecho
tenaz resistencia y que habian sido tomadas á viva fuerza, porque no
eran asaz numerosas las huestes agarenas para poblar y conquistar á un
tiempo, y no les convenia ahuyentar á los naturales con la servidumbre.
Eran, sí, en las mismas ciudades ganadas por capitulacion frecuentes las
persecuciones contra los mozárabes cuando la tiranía ó la razon de
Estado arrollaban la barrera de los convenios, y entonces la suerte de
los vencidos seguia todas las alternativas del capricho ó del temor, y
los infelices sojuzgados no tenian mas arbitrios que la fuga, ó el
martirio, ó la rebelion, ó la abjuracion de su fé. Pero estas eran
épocas escepcionales, y ya hemos visto trascurrir largos reinados sin
que los mozárabes se lamentasen de la tiranía de los califas,
mostrándose por el contrario demasiado avenidos y contentos tal vez con
el yugo de oro de los muzlimes. En muy semejante estado quedarian
probablemente los mahometanos bajo el dominio de Leon y Castilla. En las
ciudades como Toledo[348], Valencia[349], Sevilla[350] y otras, tomadas
por capitulacion, se observarian con los muzlimes los tratos y convenios
celebrados; cuando la poblacion habia sido entrada á viva fuerza, ó sin
mas concesion, como en Córdoba, que la vida y la libertad de
espatriarse[351], es evidente que los que no pudieron usar de este
beneficio y permanecieron en sus casas, quedaron entregados á merced de
los conquistadores. En ambos casos se hacian tributarios de los
cristianos; pero con esta notable diferencia, que los entregados por
capitulacion conservaban derechos de que no podian ser legalmente
despojados, y los rendidos á la fuerza, no pudiendo alegar ningun pacto
escrito, solo por humanidad y equidad no eran tratados como cautivos y
no se veían reducidos á ese tristísimo estado que el sabio rey D.
Alfonso reconocia como _la mayor malandancia que los homes pueden haber
en este mundo_[352].
Unos y otros sin embargo llevaban indistintamente el nombre de
_mudéjares_[353], porque nunca los piadosos reyes cristianos
permitieron que los muzlimes que se habian entregado á la clemencia
fuesen tratados como siervos, y en rigor estos no eran cautivos. No
habian sido hechos prisioneros con las armas en la mano y en la guerra
misma, sino que se habian rendido y entregado á merced del vencedor en
medio de su triunfo, y como acogiéndose á los sagrados derechos de la
naturaleza. Pero ¿podremos afirmar que los mudéjares de Córdoba gozasen
en la ciudad reconquistada del libre uso de su culto público, como los
judíos que tenian su sinagoga? No porque esta tolerancia estuviese en
contradiccion manifiesta con el motivo religioso que declaraba santa la
guerra contra los infieles, y hacia aplicables á ella las gracias
espirituales concedidas por la Iglesia á las cruzadas en Oriente, hemos
de concluir que no la disfrutaron los mudéjares cordobeses, pues los de
Toledo, Valencia y otras ciudades, la disfrutaron. Si así lo creemos, es
solo por no haber mediado estipulacion espresa acerca de la conservacion
del culto islamita en Córdoba, y porque no hallamos un solo documento
que nos autorice á creer que á los muzlimes que permanecieron en esta
ciudad y tierras circunvecinas con los cristianos conquistadores, se les
hubiese reservado una sola mezquita en que congregarse para hacer sus
azalas. Así pues, si estos mudéjares no vivian en la tristísima y dura
condicion de los siervos, tampoco disfrutaban la libertad religiosa y
demas derechos que en aquella misma época aseguraban el fuero de
Valencia á los muzlimes vasallos de D. Jaime el Conquistador, y á otros
vasallos mas felices de Fernando, Alfonso y Sancho, las capitulaciones
de Toledo y Sevilla. Tal vez se observarian con ellos aquellos mismos
principios de equidad natural ya consignados en el sabio Código de las
_Partidas_, y á la sazon aun no observados como legislacion general del
reino.[354] No podria obligárseles á que abrazáran el cristianismo, pero
serían entre ellos frecuentes las conversiones, porque abjurando la fé
de sus mayores, se habilitaban para gozar de todos los privilegios
concedidos á los cristianos de sangre pura. Tendrian sus tribunales
particulares donde todas sus contiendas se decidirian por el Koran y la
Sunnah; pero en los litigios con los cristianos estarian sujetos á los
tribunales ordinarios. Podrian santificar privadamente el dia _juma_
(viernes) como santificaban los judíos el sábado; pero no podrian
trabajar en público los domingos y demas festividades de la iglesia
cristiana. En cuanto á tributos, vemos que los que se les imponian eran
realmente arbitrarios. Ademas del diezmo que pagaban como los
cristianos, contribuían á la iglesia catedral con su trabajo corporal en
determinados dias, y en esto verdaderamente mas bien eran siervos que
hombres de condicion libre.
No sabemos á punto fijo cuándo caducó el privilegio de obligar á todos
los mudéjares sin distincion á trabajar en las obras de la catedral;
pero nos inclinamos á creer que duraria cuanto duró en Córdoba aquella
clase de gente, es decir, hasta el tiempo de los reyes católicos D.
Fernando y D.ª Isabel. Si el islamismo, como nacionalidad y Estado,
quedaba al espirar el siglo XIII arrinconado en Granada como en su
último refugio, acosado por las victorias de las tres grandes monarquías
castellana, aragonesa y portuguesa; como reliquia y fermento duraba en
todas las poblaciones reconquistadas. Aún habian de dar las funestas
discordias de los príncipes cristianos de la Península dos siglos de
aliento y de esperanzas á la morisma, antes que despuntasen para Granada
auroras de fuego y sangre de la parte de Castilla y Aragon unidos. En
tan largo período, los mudéjares cordobeses, privados de culto público,
sin mezquitas, sin escuelas, sin academias, irian gradualmente olvidando
la ley y la tradicion, se entibiaria su celo, muchos cederian á las
amonestaciones y á la intimidacion y se harian cristianos, otros se
convertirian al judaismo; otros finalmente acabarian por vivir sin
religion alguna. La arquitectura, sin empleo, decaeria entre estos
degenerados muzlimes como todos los otros ramos del saber. No hallamos
en la mezquita rastro alguno del arte musulman en todo el tiempo
trascurrido desde D. Sancho hasta Enrique II. Los artífices de la secta
vencida se emplean solo en trabajos de mera conservacion, y si toman
alguna parte en la construccion de las capillas que van paulatinamente
cubriendo por el interior los cuatro muros de esta famosa ciudadela del
Islam, debe creerse que lo hacen mas como obreros subordinados á los
arquitectos cristianos, que como artistas dueños de su pensamiento.
Convertida Córdoba por otra parte en plaza de armas permanente contra
los infieles y trabajada ademas por las guerras de partidos, mal podia
sobresalir en obras artísticas. Los ricos hombres y caballeros ocupados
en funestas parcialidades ó en correrías por las fronteras de los
enemigos de la fé, gastaban sus rentas en las cabalgadas, y solo cuando
era preciso dar honrosa sepultura á los amados restos del padre, del
hijo ó de la esposa, y asegurar á sus almas los sufragios de la iglesia
y de los fieles, se acordaban de construir capillas y de fundar en ellas
capellanías; lo que se verificaba casi siempre con la economía que
reclamaba su capital ocupacion, la guerra. No merecen mencionarse por su
arquitectura las obras de esta especie; solo los grandes recuerdos que
despiertan en la mente por los héroes que en ellas estan ó estuvieron
enterrados, hacen preciosa su antigüedad, y deplorables las
trasformaciones que la mayor parte han sufrido. Si de ellas hacemos
mérito es únicamente por esta circunstancia, y para que el lector, al
desfilar por ante sus ojos las sombras de los ilustres varones
cordobeses que mas adelante vamos á evocar, sepa en qué capillas oraron
prosternados, y en cuáles se hicieron enterrar humildes tantos y tantos
vástagos de los mas gloriosos linages de la Bética.