Dice que el obispo Sarmiento lleva contra él muchas cosas para

manifestar que es mal hombre, lo primero porque no quiso suplicar de la

cédula para que los indios de la isla no saquen oro; lo segundo porque

no le emprestó dineros, y otras causas tales. Pide licencia para ir

a la Corte y suplicar no se consienta salir de ella al Obispo hasta

su llegada, y que los oigan al uno delante del otro; que no es razon

lleve S. S. palma despues de tantos excesos como ha hecho en la isla.

Por lo que a él toca, dio cuenta con pago a Vadillo y a Ortiz y el

actual gobernador no halló cargo que ponelle en la residencia, como a

los demas oficiales. Que el obispo se va con lo de la iglesia y lo del

hospital; que deja indios y negros que le sacarán oro aun este año.

416.

(Año de 1544.—_Marzo 16, Santiago._)—Poder general dado por el

Concejo de Santiago al Obispo para suplicar de la cédula de libertad

de los indios.—(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 117 vto.)

417.

(Año de 1544.—_Marzo 22, Santiago._)—Carta de los Procuradores de las

villas dando gracias á S. M. por el buen Gobernador que ha enviado

y pidiendo no tengan ejecución las ordenanzas sobre libertad de los

indios.—(Colec. Muñoz, t. LXXXIII, fol. 216 vto., y _A. de I._, 54,

1, 32.)

«Sacra Cesárea Católica Magestad.=Los procuradores de la ysla

Fernandina bessamos los Reales pies y manos de vuestra Magestad, y

como fieles vasallos suyos le hazemos ssaber como a esta ysla por

mandado de vuestra Magestad es venido por su governador el licenciado

Joanes Davila y por la salud e remedio questa ysla a rescibido con su

venida, otras muchas veces bessamos los Reales pies y manos de vuestra

Magestad, por nos aver enbiado persona que tanto convenia a su Real

servicio y al bien y sustento desta tierra, el qual luego que llegó

hizo pregonar ciertos capítulos y ordenanças de vuestra Magestad que

hablan en razon de la libertad e buen tratamiento de los naturales

desta tierra, lo qual no a dexado de cabsar mucho alboroto y escándalo

en los dichos naturales y aun en los esclavos negros e yndios que

en ella ay, viendo la dicha libertad, la qual si no se Remediasse,

tenemos por cierto que vuestra Magestad perderá del todo esta tierra e

nosotros la vida, por que los naturales son de tal condicion e calidad

y engratitud que demas de no rreconoscer el bien y merced que vuestra

Magestad les hace, procurarian con el favor de los dichos esclavos

negros e yndios, que los hallaran muy aparejadoss para su yntencion por

ser como son ssus amigos y el gran aparejo que ay en la tierra para

ello, de hacersse del todo sseñores della, y a esto les yncitara el

gran aparejo que en ella ay, asi por ser muy despoblada y aber en toda

ella muchos bastimentos, como por veer que ay en ella poca resistencia

de españoles que se lo resistan, y tenemos por cierto que mediante esto

vuestra Magestad terna nescesidad de mandallo tornar a conquistar e

reduzir en su servicio, y esto no será sin grandes males e muertes de

los que en ella bivimos, como lo an yntentado otras veces de hazer, y

visto esto y otros muy grandes ynconvenientes que de lo susso dicho

resultan, pedimos e requerimoss al dicho su governador que teniendo

respeto a lo suso dicho, pues le era notorio, suspendiese el efecto e

cumplimiento de lo mandado por vuestra Magestad hasta tanto que fuese

ynformado de lo que convenia a su Real servicio e a la poblacion e

sustentacion desta tierra, lo que tenemos por cierto que suspenderá

como persona que lleva conoscimiento ya de las cosas de la ysla e por

esto pensamos que tenemos algun remedio, por tener esperança que ansi

lo hará hasta tanto que vuestra Magestad otra cosa provea, y por que

nuestro procurador va ynstructo en las cosas de aca, a vuestra Magestad

suplicamos le oya e le de entero crédito a todo lo que de nuestra parte

le suplicare. Nuestro señor la sacra cesárea católica Magestad guarde,

abmente e prospere con abmento de mayores Reynos e señorios. Desta ssu

cibdad de santiago de su ysla fernandina a 22 dias de março de 1544

años.

De vuestra sacra cesárea católica Magestad=muy humilldes vasallos

de vuestra magestad que sus Reales pies y manos bessan=Martin de

Maluenda=Juan Rodrigo de Uzeda=Juan de Vergara=Alonso de Aguilar=Pasó

ante mi Cristoval de Torres, escrivano público e de cabildo.»

418.

(Año de 1544.—_Marzo 31, Santiago._)—Carta del Justicia y Regimiento

en representación contra las ordenanzas de libertad de los

indios.—(Colec. Muñoz, t. LXXXIII, fol. 217, y _A. de I._, 54, 1,

32.)

«Sacra Cesárea Católica Magestad=A esta cibdad de Santiago desta ysla

Fernandina llegó el licenciado Juanes Davila, governador y juez de

rresidencia de vuestra Magestad, a quatro de hebrero de este año, y

no con pequeño trabajo, por que en estos tiempos en esta costa del

sur corren muchos nortes, y tambien por que el piloto que traya no

hera platico, anduvo muchos dias junto a tierra syn poder tomar

puerto, y con temor que no le pasasen a la Nueva España, se metió en

el batel de la nao con algunos de sus criados, lexos de tierra, con

mucho peligro de su persona, y salió en los montes quatro leguas deste

pueblo, de donde sabida su llegada, salimos a recibille con aquel gozo

y alegria que hera razon, viniendo proveydo por vuestra Magestad, y

a donde avia gran necesidad, estando como estábamos desconfiados de

semejante socorro, creyendo que ya vuestra Magestad tenia olvidada

esta su ysla, y asy con ver la gran merced que vuestra Magestad nos ha

hecho, y su persona, y la fama de sus letras y bondad, avemos sido muy

consolados, por que muchas vezes besamos los pies y manos de vuestra

Magestad. Luego como llegó fue rescebido en este cabildo por nuestro

governador e juez de resydencia, como vuestra Magestad por sus Reales

provisiones lo manda, que fueron obedecidas y conplidas con aquella

reverencia y acatamiento que como sus leales vasallos devemos, y con

su presencia, governacion y administracion de justicia, creymos ser

ayudados y relevados de todo trabajo, por que como en esta ysla no

aya yngenios ni otras grangerias, sustentávamonos con sacar algun oro

con los yndios naturales y con yndios esclavos y negros, que aunque

es poco, a sydo mucha parte para que no se aya acabado de despoblar,

por que a esta causa vienen algunos navios de España con provision y

las cosas nescesarias, y quitado, como paresce que se quiere quitar,

haciendo libres los naturales y poniéndonos en condicion los yndios

esclavos que nos costaron nuestro sudor, a nos puesto en gran fatiga y

congoxa, por que sin duda viniendo a efecto, esta ysla se despoblara, y

donde Dios hera servido y alabado su santo nombre, podrá ser ydolatrado

y su santa fee despreciada y vituperada, y que ellos y los negros se

alcen y maten los españoles y se queden señores de la tierra. A vuestra

Magestad suplicamos lo mande ver y remediar por que no acaezca cosa que

despues no tenga remedio. Desde a pocos dias que llegó el licenciado,

mandó pregonar los capítulos que sobre la libertad de los yndios

naborias hablan, y sobre los esclavos. syn querernos oyr ni ynformarse

que de pregonallo se avia de alborotar la tierra y destruirnos, por

manera que de do esperábamos el remedio, salió el daño y perdicion de

todos, y a sido causa que asy los naturales como los esclavos andan tan

alterados, haciendo juntas entre ellos, que apenas quieren hazer lo que

les mandamos ni rogamos, por que no ay en ellos tanta virtud, y pues

los que ynforman a vuestra Magestad que estos son capaces para gozar

de libertad yerran a vuestra Magestad, suplicamos sea servido tener

respecto a que somos sus vasallos y antiguos en estas partes, donde le

avemos servido con muchos trabajos y necesidades, y no es justo que

lo que gastamos en poblar esta ysla, comprando estos esclavos y en

sustentar los naturales della y en hazer hedificios para perpetuarnos,

seamos depojados de nuestros bienes ni disfavorecidos de vuestra

Magestad, por que de lo contrario se seguirán ynconvenientes y será

libertar a ellos y hazer a nosotros sus esclavos como comiença ya a

representarse.

Tambien hazemos saber a vuestra Magestad que en esta ysla ay copia de

negros y pocos españoles y de oyr dezir que los yndios naturales an de

ser libres y ellos esclavos se an alterado tanto, que casy andan tan

levantados como los otros, de manera que no sirviendo los naturales

ni sacando oro en las minas, no abrá español que con ellos solos ose

andar, por que son honbres, y queriendose alçar, lo harán como lo

saben y acostumbran hazer. A vuestra Magestad suplicamos sea servido

remediarnos, mandando a su governador que no lo haga sin que primero

vea por esperiencia lo que dezimos y averigue la verdad de todo ello,

y de lo contrario tenga vuestra magestad por muy cierto que ellos

quedarán señores de todo y nosotros huydos y desterrados de nuestras

casas y haziendas, por que somos pocos y ellos muchos y para mucho,

y la ysla muy larga y montosa y aparejada para salirse con lo que

quisieren.

Ya vuestra Magestad sabe que en esta ysla se pusieron copia de yndios

en libertad para hacer esperiencia y ver como aprobavan y aprovechavan

asy en su abmento como en las cosas de la fee, y el fructo que desto

se sacó, ques averse muerto antes que los que están encomendados, y

que por mucho que an sydo dotrinados, ninguno dellos a salido que se

pudiese decir abil o capaz, sino mas dados á sus ritos y cerimonias y

vicios sucios, y pues es asy verdad, vuestra Magestad aya misericordia

de muchos honbres pobres y viudas cargados de hijos y hijas donzellas,

que no tienen otros vienes sino diez o doce indios naborias, o

quince, que les hacen su comida y les van a montear carne, y sy estos

les quitasen, moririan de hambre y seria causa de ser malos de sus

personas, por que como dezimos no ay otra grangeria para ganallo.

Asy mesmo por conplir las provisyones de vuestra Magestad y por tener

seguros algunos yndios, se an casado y hecho casas de piedra y otros

edificios muchas personas, en que an gastado lo que tenian; viendo

agora esto que vuestra Magestad manda que se guarde, quedan perdidos y

sin hazienda, de que se agravian, por que si todavia vuestra Magestad

manda que se guarde, es forçado que las desmanparen y dexen para

criaderos de aves, y no a de aver como no avra, iglesia, ni obispo,

ni clerigos, ni oficiales de vuestra Magestad, porque no avrá de que

se mantengan, ni rentas de vuestra Magestad con que hacello, como lo

a proveydo y mandado, ni avrá navio, pues no va donde no ay oro, y

asy se yran todos los españoles aunque no quieran. A vuestra Magestad

suplicamos no permita que se acabe todo y principalmente el servicio

del culto divino, y mande ver y proveer como esta ysla sea remediada,

pues por sólo el respeto del servicio de Dios, aunque en ellos oviera

capacidad, que no la ay, hera justo que estuviesen como an estado en

encomienda, y quanto a esto, debaxo de la misericordia de vuestra

Magestad pedimos justicia y lo remitimos a su Real conciencia.

En pregonándose los capítulos, entendio el licenciado en tomar las

cuentas de los depósitos y en hazer justicia a muchos, y en las penas

de camara de vuestra Magestad con tanta liberalidad y presteza, que

todos estan contentos de su governacion, y como va conociendo la tierra

e tomando el tiento della, esperamos que en todo mirará lo que conviene

al servicio de Dios y de vuestra Magestad e al bien desta ysla, y

creemos suspenderá la execucion desto de los yndios hasta en tanto

que vuestra Magestad otra cosa mande. Suplicamos a vuestra Magestad

le enbie a mandar lo haga, favoresciendo a los antiguos y casados y

pobladores della.

Y porque a vuestra Magestad avisamos de algunas cosas necesarias para

el remedio desta ysla y sobrello enbiamos nuestro poder y la memoria de

lo que pedimos a vuestra Magestad, suplicamos lo mande ver y proveer.

Sacra cesárea católica Magestad; Dios nuestro Señor la Real persona

de vuestra Magestad guarde y acreciente su ynperio. Desta cibdad de

Santiago ysla Fernandina en fin de março de 1544.

Sacra cesárea católica Magestad=Sus muy umildes vasallos que sus Reales

pies y manos besamos=Francisco Perez, alcalde=Gonzalo Fernandez,

alcalde=Hernando de Castro=Lope Hurtado=Alonso Hurtado=Juan de

Agramonte=Por mandado de la justicia e Regidores=Cristoval de Torres

escribano de cabildo.»

419.

(Año de 1544.—_Abril 7, Santiago._)—El factor y veedor Hernando de

Castro pide á S. M. le sean devueltos los cincuenta indios que por

virtud de las nuevas ordenanzas se le han quitado, pues no puede

subsistir sin ellos.—(_Acad. de la Hist._, colec. Muñoz, t. LXXXIII,

fol. 217, y _A. de I._, 54, 1, 34.)

Sacra Cesárea Católica Magestad=Por el mes de ebrero deste año vino

aqui el licenciado Johanis de Avila por vuestro governador y luego le

di la cuenta del deposito de la nao perdida en esta ysla,—y montó el

alcance DCCCCXLV pesos de oro, los quales luego pagué y se pusieron en

el arca de tres llaves,—e sy antes no se avia fecho, fue la cavsa que

no oviese persona que me tomase la quenta desto.

Luego el mesmo mes de ebrero, mando pregonar las ordenanças de

molde,—por las quales vuestra Magestad manda que ningund oficial de su

hacienda pueda tener yndios en estas partes, e yo dentro de una hora

del pregon le dixe públicamente que yo dexava cinquenta personas de

yndios e yndias que yo tenia en la corona real de vuestra magestad,—e

asi no me sirvo dellos,—y por que desto me tengo por muy agraviado,

suplico muy humildemente sea oydo. Quando vuestra Magestad me hizo

merced que veniese a esta ysla a le servir en oficio de fator, mandó

que se me diesen los yndios de mi antecesor, por que con LXU de salario

cada año no me podia sustentar, autento que la tierra es costosa.

Despues, vuestra Magestad me mandó que sirviese el oficio de veedor de

fundicion sin los LXXU de salario de veedor,—por manera que yo sirvo

en dos oficios a vuestra Magestad y con LXU menos de salario que los

otros oficiales desta ysla,—y sobre esto agora quítanme L personas de

yndios, aviéndolos yo e mi muger criado como a hijos, sobrellevándolos

y apartándoles del trabajo con XXX negros que tengo, que esta ha seydo

la cabsa principal por que estan vivos,—y tambien con mis pocas fuerças

procedia en sacar cobre desta ysla, por que se esperaba ser negociacion

de provecho, que hasta agora he fecho sacar con los negros CCL

quintales de cobre, e pues se me quitan los yndios, no puedo proceder

en ello, por que las labranças e ganados no se me pierdan, e bayan al

monte, e tambien ha que estoy en esta ysla XX años, serviendo a vuestra

Magestad con mis cargas e oficios, y estoy muy viejo, y casado y con

quatro hijitos y no me puedo sustentar. A vuestra Magestad suplico que

si oviese lugar se me buelvan los dichos yndios con que con ellos no

saque oro ni plata ni cobre, mas de que guarden los ganados e limpien

la labrança,—o mande que mi salario sea otro tanto como lo de los otros

oficiales, pues sirvo en dos oficios, y asta aqui tenia escrito de mi

mano esto, y a quince dias que cay muy malo de grave enfermedad y por

esto no puedo dezir mas de suplicar a vuestra Magestad sea servido

de mandarme responder a estos pocos renglones, y con tanto prospere

nuestro Señor la cesárea Magestad e imperial estado por mucho tiempo.

De Santiago de Cuba a siete de abril de IUDXLIIII años.

De vuestra cesárea Magestad=El mas umillde criado e vasallo que sus

ynperiales pies vesa=Hernando de Castro.

420.

(Año de 1544.—_Julio 25, Habana._)—Respuesta dada por el Obispo de

Cuba á las adiciones que D.ª Guiomar de Guzmán puso á las cuentas que

había dado[20].—(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 114 vto.)

[20] Extractando el documento como de ordinario, escribió el

compilador: «Doña Guiomar fue mujer del Contador Pedro de Paz,

con cuyos indios y bienes, en Santiago y el Bayamo, sucedió

por sus hijos de ambos. Viuda, se volvió a España (quizá por

confirmar su herencia) dejando sus estancias, indios de minas,

etc., a cargo del obispo. Duró esta administracion como dos años.

Restituida a la isla, hubo del obispo sus haciendas y frutos con

cuenta exacta ante mayordomos, criados, etc., y ella le dió su

carta de pago y finiquito en 1540, sin ser requerida, sino de

grado y a todo contentamiento. Fue a gobernar la isla el Lic.

Juanes de Avila, hospedado en casa de D.ª Guiomar, con la cual

dió que decir y motivo para que los tuvieran por amancebados,

y al cabo se casaron. Contra estos excesos se mostro agrio el

obispo y escribió a S. M. sobre ello, y a esta causa y quizá

otras de los pleitos con oficiales y Licenciado, se turbó la

armonía que tenia con doña Guiomar, aquien nota de disoluciones,

hechicerias y otros pecados públicos, y al Licenciado de injusto

y ladron y enteramente malo en su persona y oficio. Siguió la

contienda, y ya el obispo en la Habana, a punto de venir a

España, le fue puesta demanda ante el nuevo gobernador, por parte

de D.ª Guiomar, y notificó sobre ello cédula de S. M. pidiéndole

muchas cosas sobre aquellas cuentas: que habia empleado los

indios de ella en las haciendas y minas propias, y otras. El

obispo satisface bien; intenta probar que es válido el finiquito,

y ademas le pide salario por el tiempo que tuvo a cargo sus

haciendas, restitucion de varias cosas prestadas, etc., y se

remite a la justicia del gobernador.

»Refiere que cuando fue a la isla tenian preso en el Bayamo al

cacique Brizuela por haber sido con otros indios en la muerte

de ciertos españoles. Sentenciado a horca con sus cómplices,

temiendo, si se hacia justicia del cacique que se ahorcarian

muchos indios, trabajó en libertarle y logró se le diese por

esclavo, y le desterraron. Tambien el destierro le hizo alzar el

obispo y volver a su asiento de Camanien.»

421.

(Año de 1544.—_Julio 25, Santiago._)—Carta del Obispo al Emperador

dando cuenta de la visita hecha á las villas é iglesias, y del estado

en que se hallan.—(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 111.)

En 5 de Febrero del presente recibi en esta ciudad de Santiago un

pliego con varias provisiones, entrellas dos cédulas del Príncipe, una

de Valladolid de 37 de Setiembre de 1543, en que constando al Consejo

por las informaciones del Lic. Bartolome Ortiz, alcalde mayor de Cuba,

que yo no habia visitado los pueblos de mi diócesi, me manda visitar

personalmente las villas de Bayamo, Puerto del Príncipe, Habana y

Trinidad en este año, y que los oficiales no me paguen mi cuarta hasta

las 500,000, sin testimonio de haber cumplido. Otra de Valladolid de

16 de Junio de 1543 para que informe del estado de la isla e indios y

españoles, asi en lo temporal como en lo espiritual.

Lo primero siempre he deseado hacerlo, segun mi obligacion, ni lo he

omitido por redimir el trabajo y los peligros de viajes por despoblados

y costas bravas en canoas. Al segundo año de mi venida fui al Bayamo,

treinta leguas de aquí, con propósito de pasar a las otras villas y

hube de volverme a proveer en un alzamiento de ciertos indios y negros

con ellos, que habian robado y muerto á otros, llevado sus mujeres y

quemado el pueblo. Andubo gente en su seguimiento cerca de un año,

hasta que los toparon, mataron y prendieron. Unos murieron en batalla,

de que se trajeron las manos derechas; de los traidos vivos se hizo

justicia aqui. Ahora con haber gobernador en esta no era menester mi

presencia y resolvi cumplir al punto lo que se me manda, y comencé por

esta iglesia.

SANTIAGO.—En esta catedral falta por acabar el cuarto postrero, que

costará 1.500 pesos. De los 400 ducados de limosna de V. M. y 200 que

estaban allegados de la parte de tercias correspondiente a la fábrica

por merced de V. M., se hizo la sacristia de cal y canto, muy mejor

obra que la iglesia. De ornamentos de brócado y seda, cálices de plata

y dorados, vinageras de plata, etc., tiene para muchos años, por

diligencia mia, que antes era una miseria. Para su servicio hay tres

curas, uno predicador, otro bachiller y un mestizo, natural desta,

que estudió en Sevilla y Alcalá de Henares; sabe el canto llano; tañe

los órganos, enseña gramática, y es de vida ejemplarísima, y le llevo

siempre conmigo. Un sacristan y dos mozos de coro. Páganse de la mesa

capitular y del beneficio curazgo y simple, y lo que falta, que serán

150 pesos al año, suple V. M. Misas y visperas en dias festivos se

celebran como en catedral.

CONVENTO DE FRANCISCOS.—Se ha comenzado aqui un monasterio de

Franciscos dos ó tres veces, y ultimamente, habra diez años que

se volvieron. Ahora se hace y ya hay parte de la iglesia. Residen

siempre tres o cuatro religiosos. Cuando vine hallé un guardian menos

honesto, aquien imitaban los súbditos: era francés y se fue robando

al monasterio y parte de lo que V. M. le mandó dar para la obra. El

que ahora hay, está, va para tres años, muy enfermo, y en servirle

y buscarle de comer se ocupan mucho los dos religiosos que tiene

sacerdotes, que saben poca ó ninguna gramática. Algunas veces, de

acuerdo Guardian y yo, hemos enviado uno destos a visitar algunos

lugares por la tierra adentro, y no han dado buen ejemplo y fueron

fugitivos con lo que pudieron cojer. Nuevamente embiamos otro que

volvió habiendo visitado el Bayamo y Puerto del Príncipe con los

indios comarcanos; es bueno y celoso de la conversion de los indios.

A estos se procura que los encomenderos enseñen la doctrina, pero les

hace poca impresion. Todos los dias de fiesta hacemos junta en el

monasterio de San Francisco todos los indios y negros, donde se les

platica de doctrina cristiana hora y media: los negros son muy mejor

inclinados a las cosas de la fee que los indios.

TRATAMIENTO DE INDIOS.—Cuanto a su tratamiento, fue muy malo en tiempos

pasados; ahora, con la necesidad que tienen dellos, pues se sustentan

de su servicio, y si se les trata asperamente se ahorcan o dejan morir,

es poco su trabajo y nunca menos que cuando cojen oro, por dárseles

buen mantenimiento y un real cada dia. Como sean libres no harán sino

holgar y hacer arreitos; con ellos perderán vidas y ánimos, y los

vecinos sus haciendas y V. M. la isla, que aunque no renta nada al

presente, importa mucho la conservacion della, y puestos los indios en

libertad, antes de dos años se despoblarán las villas del Puerto del

Príncipe y Sanctispiritus, y la Trinidad y la de Baracoa, y aun en el

Bayamo creo quedarán pocos. No habrá mas sino esta y la Havana, y la

isla intransitable por la espesura de los montes, que cerrarán los

caminos. V. M. no tendrá de que pagar gobernador, obispo, clérigos y

oficiales, y todos habriamos de desamparalla.

Los eclesiásticos que aqui hay se sustentan con gran trabajo y hasta

hoy 20 de Febrero no les han pagado aun los oficiales maravedí del

año pasado, ni á mi la cuarta, porque está a su cargo la cobranza de

diezmos y descuidan. Solo entienden en sus pasiones y hacer molestias

a mi y a todos. Sino porque yo socorro, no habria quien sirviera la

iglesia, y algunos se me han despedido. Al gobernador recienvenido he

dado cuenta y creo lo remediará, asegurando primero sus mil ducados de

salario.

Si todavia es servido V. M. que los Yndios sean libres, si han de

ser dotrinados, es menester un religioso en cada pueblo do tienen su

asiento, porque si de allí los sacan, luego son perdidos y ahorcados o

alzados. ¿Y qué eclesiástico se hallará que quiera estar entre ellos?

Colección de Documentos Inéditos Relativos al Descubrimiento, Conquista y Organización de las Antiguas Posesiones Españolas de Ultramar. Tomo 6, De La Isla De Cuba, III · 第 12 / 27 段