licenciado e juez suso dicho, en presencia de mi el dicho Gomez de
Ribera, escrivano suso dicho, en faz del dicho procurador fiscal de su
Alteza, syendo presente el dicho Garcia Aguilar, lunes ora nona, veynte
e tres dias del mes de enero año suso dicho, Fernando de Carbajal,
procurador suso dicho, en nonbre del dicho señor Almirante presento por
su testigo á Bartolome Ruiz, vecino de la villa de Moguer, el qual juro
segund derecho, e preguntado por las preguntas del ynterrogatorio, dixo
lo siguiente:
A la primera pregunta dixo, que conosce e conoscio a los contenidos en
la dicha pregunta, e que sera honbre de hedad de veynte e ocho hasta
treinta años.
A la segunda pregunta dixo, que tiene noticia de la provincia de Paria
porque la a visto e fue alli con el Almirante viejo al tienpo que la
descubrio, e las otras provincias contenidas en la pregunta que lo oyo
dezir.
A la tercera pregunta dixo, que no lo sabe, salvo que por las cartas de
marear que paresce es toda una costa de la mar en tierra.
A la quarta pregunta dixo, que sabe lo contenido porque fue con el
dicho Almirante en el primer viaje que la descubrio, e que hasta
entonces ninguna otra persona avia descubrido aquella tierra, e quel
fue el primero que la descubrio.
A la quinta pregunta dixo, que lo oyo asy dezir, quel dicho Almirante
hizo aquel viaje a personas que fueron en su conpañia en el dicho
viaje; pero quel no lo vido, que fue un Juan de Quexo, vezino de Palos,
e a Juan Garcia, de que yva alli, e a otros que no se acuerda de sus
nonbres.
A la setima pregunta dixo, que lo que sabe es que segund el punto de la
carta de navegar, que la provincia de Paria esta en el Ocidente, y la
provincia de Veragua esta al Oriente, e quel Darien esta en medio de
lo uno y de lo otro, pero que no lo sabe ni lo demas contenido en la
pregunta.
A la otava pregunta dixo, que se remite a los privilegios que sus
Altezas firmaron al Almirante, pero que no lo sabe.
A la novena pregunta dixo, que cree que por ser el Almirante el primero
que descubrio la tierra de Paria, que fue el que dio cabsa que se
descubriese lo demas, e que por aquello descubrieron adelante los otros
que descubrieron, porquel primero que descubrio aquella tierra de Paria
fue el Almirante don Cristoval Colon, e que despues de descubierto, se
fue a Castilla, e alla se supo como avia tierra mas adelante e armaron
algunos armadores e vinieron e llegaron a la dicha tierra de Paria e
pasaron adelante, e que lo sabe porque Pedro Alonso Niño armo para allí
e lo vido bolver, e lo oyo asy dezir a el e a otros muchos.
A la un dezima pregunta dixo, que se afirma en lo que dicho tiene e que
asy es publica boz e fama a los que dello an noticia; fuele encargado
el secreto de su dicho hasta que se faga publicacion de testigos, so
cargo de juramento que fizo, e fuele leydo su dicho, e porque no sabia
escribir no lo firmo de su nonbre.—Juan Hortiz, licenciatus.—Garcia de
Aguilar.—Gomez de Ribera, escrivano.
[Nota al margen: Juan de Valencia, XXXV testigo.]
En miercoles veynte e cinco dias de enero de mill e quinientos e
catorce años, antel dicho señor licenciado Juan Hortiz de Matienço,
presento Fernando de Carbajal en nonbre del señor Almirante, por ante
nos Garcia de Aguilar e Juan Fernandez del Castillo, escrivano de sus
Altezas, nombrados por ambas las dichas partes en haz del fiscal de
su Alteza, á Juan de Valencia, vezino de la villa nueva de Yaquimo,
para las novena e dezena pregunta, aviendo jurado en forma de derecho e
seyendo preguntado por las dichas novena e dezena preguntas e por cada
una dellas.
A la primera pregunta dixo, que conosce a ambas las dichas partes e
conoscio al Almirante viejo, que es de hedad de quarenta e ocho años.
A la novena pregunta dixo, que lo que sabe es que cree que se descubrio
por su yndustria, porque este testigo fue a descubrir con Alonso de
Hojeda, despues quel almirante descubrio á Paria, e que al tiempo que
fizieron el viaje este testigo e los que en su compañia yvan fueron por
el punto que el dicho almirante avia ido quando descubrio a Paria, e
por la figura misma de la carta quel dicho almirante avia fecho, e que
fueron primeramente a Paria, donde el dicho almirante avia descubierto,
e de ay corrieron la costa hasta el cabo de la Vela, que podria aver
hasta trescientas leguas, poco mas ó menos, e que esto es lo que sabe
cerca desta pregunta.
A las diez preguntas dixo, que al tiempo que este testigo fue con
Alonso de Hojeda, no yva persona alguna en la dicha Armada que oviese
navegado con el almirante quando descubrio a Paria, e questo es lo
que sabe de la dezima pregunta so cargo del dicho juramento: fuele
apercibido que no descubra nada de su dicho, e no lo firmo de su nombre
porque dixo que no sabia firmar.—Juan Ortiz, licenciatus.—Garcia de
Aguilar.—Juan Fernandez del Castillo, escrivano de sus Altezas.
E despues de lo suso dicho en la dicha cibdad de Santo Domingo antel
dicho señor juez, por presencia de nos los dichos Gomez de Ribera e
Garcia de Aguilar, escrivanos susos dichos, seyendo presente el dicho
promotor fiscal de sus Altezas, sabado ora nona primero dia del mes de
Abril año suso dicho, el dicho Fernando de Carbajal procurador suso
dicho en el dicho nombre pidió al dicho señor juez que le mande dar
e de el traslado de la dicha provança sacada en linpio en manera que
haga fee para lo presentar antel Rey e la Reyna nuestros señores, e
ante los de su muy alto Consejo ó ante quien con derecho deva: testigo
el bachiller Sancho de Velazquez e Diego de Montenegro, vezinos desta
dicha cibdad.
E luego el dicho señor licenciado, juez suso dicho, dixo, que mandava
e mando a mi el dicho escrivano saque la dicha provança en limpio e la
de al dicho Fernando de Carbajal para guarda del derecho del dicho su
parte, la qual desde agora pone su decreto e abtoridad judicial tanto
quanto puede e derecho deve.
E luego yo el dicho escrivano fize sacar un traslado de la dicha
provança en limpio, e fue leydo e concertado e va cierto, juntamente
con el dicho Garcia de Aguilar, escrivano suso dicho, la qual va en
seys hojas de papel de pliego entero, bien escrita de una parte e de
otra, con esta en que va mi signo, firmada del dicho señor licenciado
juez suso dicho e del dicho Garcia de Aguilar, escrivano, e en fin de
cada plana una rubrica de mi firma e de parte de encima en el marjen
seys rasgos de dos en dos, e en fin de todo firmada e sygnada de mi
firma e sygno.—El licenciado Matieço.—Garcia de Aguilar, escrivano de
su Alteza.
E yo Gomez de Ribera, escrivano del Rey e de la Reyna, suso dicho en
las Indias e su notario publico, en uno fui presente con los dichos
testigos e por mi presencia paso, e de pedimento del dicho Fernando de
Carbajal en el dicho nonbre e de mandamiento del dicho señor licenciado
juez suso dicho, esta escritura fize escrevir, e por ende fiz aqui
este mio signo a tal en testimonio de verdad (hay un signo).—Gomez de
Ribera, escrivano de sus Altezas.
En la villa de Valladolid, a cinco dias del mes de dizienbre de mill e
quinientos e quinze años la presento en el Consejo de su Alteza Juan de
la Peña en nombre del Almirante.
46.
(Año 1513.)—Resumen de las probanzas presentadas por el Fiscal de Su
Alteza, hecho para conocimiento del Consejo.—(_A. de I._, 1-1-5/12.
Pza. 16).
47.
(Sin fecha.)—Breve y sumaria relacion de las probanzas presentadas
por parte del Fiscal de Su Majestad y por el Almirante de las Indias,
en el pleito que siguen ante el Consejo.—(_A. de I._, 1-1-5/12. R.
18.)
El fiscal quiere provar que quando fué el Almirante á descubrir el
primer viaje, un Martin Alonso Pinçon thenia ya noticia de las Indias
por cierta escritura que obo en Roma é queria yrlas á descubrir, é
que como vino el Almirante á fazer el Armada para el dicho primer
viaje, alli á Palos, donde el dicho Pinçon hera natural, le ayudo con
sus navios é parientes é consejo é yndustria, de forma que sino por
el dicho Pinçon, el Almirante no hiziera el Armada ny obiera quien
obiese querido yr con el á descobrir, lo qual prueba con algunos
testigos, como parece desde la undecima pregunta fasta en fin de su
ynterrogatorio, no enbargante que en contrario desto el almirante con
muchos testigos prueba que todos en aquel tienpo hazian burla de su
enpresa é la tenian por ynposible, é que los Reyes Catholicos no la
querian aceptar.
Yten quiere provar el fiscal quel dicho Pinçon fue cabsa quel Almirante
no se bolviese del camino sin haver tierra, pero esto no lo prueva con
testigos de vista, y puesto que aya algunos de oyda, no deponen en
manera que sobreste paso hagan provança, antes de los mesmos testigos
del fiscal se colige y verifica quel Almirante daba gracias á Pinçon
porque hera de pareçer que prosiguiesen el viaje hasta hallar tierra,
é que esforçava é ponia coraçon asi á él como á los otros para yr
adelante.
Quiere asy mesmo provar el fiscal que yendo el dicho Pinçon é sus
hermanos por capitanes de sendos navios debaxo del Almirante en aquel
dicho primer viaje, fue vista primero la tierra desde el navio del
dicho Pinçon, y que despues que llegaron á ella, aquella noche por
tormenta se apartaron de en uno, y el dicho Pinçon fué á la Española é
la descubrio muchos dias antes quel Almirante á ella llegase, y que aun
él no viniera á ella syno le enbiara á llamar con cartas é canoas, lo
qual prueva con algunos testigos de oyda é con uno ó dos de vista, pero
el Almirante en contrario desto prueva con mas numero de testigos asy
de oydas como de vista que él descubrio á la dicha Española é á Sant
Joan é á Jamaica é Cuba con otras muchas yslas.
Quiere asy mismo el fiscal probar que el Almirante en la tierra firme
no descubrió nada ecepto en la boca del Drago, y despues la provincia
de Veragua, é que todo lo demas fué descubierto por otras personas que
lo descubrieron por su buena yndustria é saber, y en contrario desto
prueba el Almirante que todo lo que otros an descubierto en tierra
firme es una mesma tierra é costa que confina é conjunta con Paria, é
que el antes que ninguno obiese ydo á la tierra firme, descubrio á la
dicha Paria, é que por razon de abrir el la puerta en descubrir aquel
principio, todos los otros se syguieron por ally á su ymytacion é por
su yndustria, lo qual en lo tocante á descubrir el Almirante á Paria
antes que otro cristiano oviese ydo á la dicha tierra firme, aun se
verifica é conprueba por muchos testigos por parte del dicho fiscal
presentados.
Prueva asy mismo el fiscal que los que fueron á descubrir á tierra
firme yvan por su buena yndustria é saber, en qontrario de lo qual el
Almirante presentó muchos testigos que dizen que creen é tienen por
cierto que todo lo que está descubierto es por yndustria del dicho
Almirante, é que si él no hiziera el principio en descubrir las yslas
en el primer viaje, é despues á Paria, que todas las dichas tierras
se estuvieran hasta agora por descubrir, é que saben que todos los
descubridores ó algunos de los que fueron en su conpañia avian navegado
con el dicho Almirante é aprendido del.
Todo lo qual particularmente procediendo por las preguntas hechas por
las partes, y acotando los testigos con que se conprueva, se pone
aqui en la siguiente relacion, llevando tal orden que quando se pone
una pregunta del primer ynterrogatorio se pone luego á par della las
preguntas de los otros ynterrogatorios que conforman con ella, y que
hablan de la mesma materia, por que no se divierta y trate en diversos
lugares una mesma cosa, y para que mejor se pueda colegir con quantos
testigos se prueba cada materia ó articulo.
(Sigue la tabla.)
48.
(Año 1514.—_Enero 3, Sevilla._)—Probanza hecha, á petición del
almirante D. Diego Colón, acerca de los descubrimientos de su padre
D. Cristóbal en tierra firme.—(_A. de I._, 1-1-5/12. Pza. 1, fol. 47.)
En la muy noble e muy leal cibdad de Sevilla, martes á la nona,
tres dias del mes de henero año del nacimiento de nuestro salvador
Jesucristo de mill e quinientos e catorze años, antel noble e muy
virtuoso señor bachiller Pero Martinez de Peñalver, teniente de
asistente en esta dicha cibdad e su tierra por el muy magnifico señor
don Juan de Silva de Ribera, señor de las villas de Montemayor e Villa
Luenga, del Consejo de la Reyna nuestra señora, e su asystente en
esta dicha cibdad e su tierra, parescio Luys de Soria, canonigo en
la santa iglesia de Sevilla en nombre del magnifico señor don Diego
Colon, almirante de las Indias, e presento al dicho señor teniente una
carta de la Reyna nuestra señora librada de los señores de su muy alto
Consejo, segund que por ella presenta, e un poder que del dicho señor
almirante tiene, todo lo qual dize en esta guisa.=(Siguen el poder dado
por don Diego Colon fecho en Sevilla en 21 de Abril de 1509, y la Real
Cedula Receptoria dada por la Reyna doña Juana en 30 de Junio de 1513.)
E asy presentada la dicha cedula de su Alteza en la manera que dicha
es, el dicho señor teniente la tomo en sus manos e la beso e puso sobre
su cabeza e dixo que la obedecia e obedecio como cedula e mandado de su
Reyna e señora natural a quien Dios nuestro señor dexe bivir e Reynar
por luengos tienpos a su servicio e en quanto al conplimiento dixo
que trayga e presente los testigos que quisiere la parte del dicho
almirante, e que está presto de los rescebir e que se aperciba al
procurador del fiscal de su Alteza sy quisiere verlos jurar e conoscer
o poner recebtor ó escrivano en tercero dia primero siguiente, que lo
faze con apercebimiento.
E luego el dicho canonigo Luis de Soria en el dicho nombre dixo, que
daba e dio todo su poder conplido segund que lo el tiene del dicho
almirante e de derecho deve valer, a Diego Matute e á Juan Albitez,
vecinos desta dicha cibdad, ausentes, para que ellos e cada uno dellos
por sy, _ynsolidum_, puedan presentar qualesquier testigo e provançcas
que á su derecho convenga en este caso e los fazer tomar e rescebir e
lo pedir por testimonio e sobre ello hazer qualesquier rescebimientos
que él haria, presente seyendo, e los relebo segund que es relebado e
para pagar lo juzgado obligo los bienes del dicho almirante segund que
los el obligo.
E despues de lo suso dicho en la dicha cibdad de Sevilla, syete dias
del mes de henero del dicho año de mill e quinientos e catorze años,
por Cristobal de Matute, escrivano de su Alteza, fue notificado el
dicho abto e mandado del dicho señor teniente e el dicho percebimiento
al comendador Ochoa de Ysasaga, e al contador Jhoan Lopez de Recalde,
oficiales de la casa de la Contratacion en esta cibdad de Sevilla, en
nonbre del fiscal de su Alteza, en persona, sy querian poner recebtor
o aconpañado aver jurar e conoscer los testigos que se presentaren por
parte del dicho almirante, los quales dixeron que daran su respuesta,
testigo Fernando de Caçalla, procurador vecino de Sevilla.
E despues de lo suso dicho, en la dicha cibdad de Sevilla, veynte e
quatro dias del dicho mes de henero del dicho año, parescio el dicho
canonigo Luis de Soria, e dixo que dava e dio todo su poder á Alonso
de Mora, vecino de Sevilla, para que en nonbre del dicho almirante
don Diego Colon pueda presentar qualquier testigos, quel presentaria
presente seyendo.
E despues de lo suso dicho, en la dicha cibdad de Sevilla paresció
el dicho Alonso de Mora e presentó por testigos (se omite la fórmula
repetida en cada uno): á Gonzalo Camacho; Baltasar Calvo, sastre; Juan
de Noya, tonelero; Martin de Ribera, tonelero; Diego Martin Barranco;
Juan Quintero, piloto; Diego Fernandez Cabezudo; a los cuales fue
recibido juramento en forma de derecho por Dios e por Santa Maria,
sobre la señal de la Cruz e por las palabras de los Santos Evangelios,
so virtud del cual prometieron de decir verdad en lo que supieren
e fueren preguntados, e lo que dijeron e depusieron, conforme al
interrogatorio es de esta guisa.
(El interrogatorio es el mismo del documento número 32.)
[Nota al margen: Gonzalo Camacho, XXXVI testigo.]
Gonzalo Camacho, escudero, vecino de Sevilla en la collacion de Sant
Nicolas, testigo presentado en la dicha razon aviendo jurado en forma
de derecho e seyendo preguntado dixo lo syguiente:
A la primera pregunta dixo, que conosce a don Diego Colon almirante de
las Indias de diez e ocho años o veinte a esta parte, e que no conosce
al fiscal de su Alteza ni es pariente de ninguna de las partes ni los
quiere mal ni es rogado ni dadivado e que vença el pleyto quien tuviere
justicia e que a veynte e siete ó veynte e ocho años.
A la segunda pregunta dixo, que sabe e a visto la provincia que dizen
de Veragua, que es en las yndias, e que a esta pregunta tiene dicho
su dicho en las Indias á pedimiento del almirante, que a lo que tiene
dicho se remite e que en ello se retifica.
A la tercera e quarta e quinta e sexta e setima e otava e novena e
decima e honze preguntas dixo, que sobre razon de lo contenido en estas
preguntas a dicho su dicho que a ello se remite e retifica, e que esta
es la verdad por el juramento que fizo e lo firmo, e dixo que sy le
fuere mostrado su dicho e algo mas se acordare, lo dira.—Christobal de
Matute.
[Nota al margen: Baltasar Calvo, XXXVII testigo.]
Baltasar Calvo, sastre, vecino de Sevilla en la collacion de Sant
Miguel, testigo presentado dixo lo syguiente:
A la primera pregunta dixo, que conosce á don Diego Colon almirante que
oy es en las Indias e que conoscio a don Cristobal Colon, su padre,
de honze años a esta parte, e dixo que no conosce al fiscal, e que a
quarenta años.
A la segunda pregunta dixo, que sabe la provincia de Veragua e la
provincia nombrada Paria, e que a visto la provincia que dicen del
Darien, e que lo sabe de honze años a esta parte que hace fue este
testigo con el dicho don Cristobal Colon á descubrir las Yndias, e que
lo demas contenido en esta pregunta que lo no save.
A la tercera pregunta dixo, que estas provincias que este testigo a
dicho en la pregunta antes que sabe e a vysto este testigo que estan en
una costa a la larga fazia la una vanda de la mar despues de pasada la
ysla Española e la ysla que dizen de Haheti.
A la quarta pregunta dixo, que al tienpo que este testigo fue con el
dicho don Cristobal Colon a descobrir las Yndias, vido este testigo que
el dicho don Cristobal Colon e la gente que con el yva yvan a descubrir
provincias de yndios, e llegó el dicho almirante a una tierra que se
dize Maya, que es en la tierra firme, e luego adelante en la misma
costa llegaron a otra provincia de yndios que se dize Cariay, e de allí
fueron a otra provincia que se dize Cerabaro, e de allí fueron costa a
costa por la mar adelante dexando provincias que no sabe este testigo
nonbrarlas, e llegaron a la provincia de Paria, e alguna gente salto
en tierra, e luego dixo este testigo que no sabe donde es la que dizen
Paria ni estuvo en esta provincia, porque este testigo a oydo dezir que
esta provincia que se dize Paria, es donde están las perlas.
A la quinta pregunta dixo, que fué con el dicho Almirante al tiempo
que fue el viaje contenido en esta pregunta e vido que el dicho don
Cristoval Colon al tienpo que fue a descubrir fue desde la ysla de
Santo Domingo a unas que dizen de Maya, que es la provincia de yndios
que esta en tierra firme e de alli fue a la ysla de Guana e de allí
fue bolviendo costa a costa por la mar hasta que llegaron á Veragua, e
de allí se bolvio el dicho Almirante a la dicha ysla Española, no por
donde fue, salvo que vinieron a dar a la ysla que dizen Cuba.
A la sesta pregunta dixo, que quando el dicho don Cristoval Colon llego
á Veragua, paso adelante costa a costa cierta parte de tierra, pero
que no sabe este testigo que tanto, e que quando el dicho Almirante se
bolvia, a esta sazon pensava la gente que tornaba a Cerabaro, que es
camino despaña á rescatar, e que se venian á Castilla, segund pensavan
que estaba alli al Oriente.
A la novena pregunta dixo, que dize lo que dicho a, e que lo demas
que lo no sabe e que cree este testigo que por lo que el dicho don
Cristoval Colon descubrio por esta cabsa se a descubierto lo demas.
A la diez pregunta dixo, que en el viaje que fue este testigo con el
dicho don Cristoval Colon fue por su piloto Ledesma, piloto, e otras
personas que no a memoria este testigo.
A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho a, e en ello se afirma
e dixo que no sabia escrebir.—Cristoval de Matute, escrivano de su
Alteza.
[Nota al margen: Juan de Noya, XXXVIII testigo.]
Johan de Noya, tonelero, vecino de Sevilla, a la carreteria, testigo
presentado en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e
seyendo preguntado por las preguntas del dicho ynterrogatorio, dixo lo
siguiente:
A la primera pregunta dixo, que conosce a don Diego Colon de vista, e
que conoscio a don Cristoval Colon de catorze años a esta parte, e que
no conosce al fiscal de su Alteza, e que a mas de quarenta años.
A la segunda pregunta dixo, que sabe a Veragua e a Paria e Urabá,
contenidas en esta pregunta, de doze o treze años a esta parte.
A la tercera e quarta e quinta e sesta e setima e otava e novena e
decima e honze preguntas dixo, que sobre este caso tiene dicho su
dicho por parte de su Alteza, e dixo que a lo que dicho tiene en su
dicho se afirma e ratifica e es verdad para el juramento que hizo e lo
firmó.—Juan de Noya.—Cristoval de Matute, escrivano de su Alteza.
[Nota al margen: Martín de Arriera, XXXIX testigo.]
Martin de Arriera[19], tonelero, vecino de Sevilla, en la colacion de
Santa Maria, testigo presentado en la dicha razon aviendo jurado en
forma de derecho e seyendo preguntado, dixo lo siguiente:
[19] En la presentación se le llama Martín de Ribera.
A la primera pregunta dixo, que conosce á don Diego Colon, Almirante de
las Yndias, e que conoscio a don Cristoval su padre, de quinze años a
esta parte, e que no conosce al fiscal de su Alteza e que a cinquenta
años.
A la segunda pregunta dixo, que porque este testigo a estado enfermo e
no se acuerda al presente desto, que se remite a lo que tiene dicho en
su dicho sobre este caso por parte del fiscal de su Alteza.
A la tercera e quarta e quinta e sexta e setima e otava e novena e
decima e honze preguntas dixo, que en razon de lo contenido en estas
preguntas este testigo a dicho su dicho por parte del fiscal de su
Alteza e que aquello que dixo que es verdad e en ello se afirma e
ratifica, e que no sabe otra cosa, e que esta es la verdad por el
juramento que hizo, e dixo que no sabia escrevir.—Christoval de Matute,
escrivano de su Alteza.
[Nota al margen: Juan Quintero, XL testigo.]
Jhoan Quintero, piloto, vecino de la villa de Palos, testigo presentado
en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e seyendo
preguntado, dixo lo siguiente.
A la primera pregunta dixo, que conoscio á don Cristoval Colon e a
don Diego Colon su hijo, Almirante de las Yndias, e que no conosce al
fiscal de su Alteza, e que los conosce de veynte e dos años a esta
parte, que fue criado del dicho Almirante don Cristoval Colon e que ha
quarenta e ocho años.
A la segunda pregunta dixo, que sabe las provincias de Veragua e Paria
e Urabá e el Darien, porque a estado este testigo en Veragua e a visto
esta e otras provincias.
A la tercera pregunta dixo, que sabe e a visto que todas las provincias
de Paria e Urabá e el Darien e Veragua, que son todas en una costa a la
orilla de la mar, lo qual sabe porque lo a visto como dicho ha.
A la quarta e quinta e sesta e setima e otava preguntas dixo, que sobre
lo contenido en estas preguntas este testigo a dicho su dicho por parte
de su Alteza e del dicho Almirante, que a lo que tiene dicho e a esto
que aqui dize se remite y es verdad para el juramento que hizo.
A la nobena pregunta dixo, que al parescer deste testigo, que podrá
aver sido el dicho don Cristoval Colon el primero que descubrio e supo
aquella tierra de las Yndias le paresce a este testigo que el dicho
don Cristoval a seydo e es cabsa de se ganar todas las Yndias e tierra
firme que esta descubierta, porque este testigo fue con el dicho don
Cristoval Colon quando descubrio a Paria e a todas las tierras que
descubrio, e porque la dicha Paria es la entrada de la tierra firme, e
que esto sabe demas de lo que dicho tiene en su dicho.
A la diez pregunta dixo, que sobre lo contenido en esta pregunta este
testigo a dicho su dicho segund tiene dicho de suso e que en lo que
tiene dicho se afirma e ratifica.
A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho a, e en ello se afirma
e questa es la verdad para el juramento que hizo e dixo que no sabia
escribir.—Cristoval de Matute, escrivano de su Alteza.
[Nota al margen: Diego Martín Barranco, XLI testigo.]
Diego Martin Barranco, marinero, vecino de la villa de Palos, testigo
presentado en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e
seyendo preguntado, dixo lo syguiente: