_En quántas maneras pasan los perlados de santa eglesia á mas de lo que
les conviene._
Agravian los perlados á sus menores en muchas maneras, et pasan en
otras cosas muchas á mas de lo que les conviene contra defendimiento
de santa eglesia: et esto facen echándoles pechos et faciéndoles otras
cosas como non deben sin razon et sin derecho, asi como quando acaesce
que envia el papa quel den ayuda, ó envia legados ó mensageros para
recabdar algunas cosas, et les han á dar despensas. Et quando echan los
perlados estos pechos, facen coger de los clérigos et de las eglesias
mas de lo que monta aquella ayuda que les demanda el papa, ó de las
despensas que han á dar á los legados: et en lugar de les facer ayuda
por que lo puedan complir, préndanles lo que han: et por este yerro que
facen en non temer á Dios veniendo contra la ley que les defiende que
non fagan mal, et otrosi porque non guardan al apostóligo su derecho,
púsoles por pena santa eglesia que aquello que tomaron demas que lo
tornen todo á aquellos á qui lo tomaron, et que den de lo suyo demas
desto otro tanto á pobres. Eso mismo decimos que deben guardar los
obispos, et los abades et los otros perlados quando acaesciere que
el rey hobiere menester ayuda dellos, et de los clérigos et de las
eglesias, asi como quando hobiese guerra contra los enemigos de la fe
ó por otra cosa guisada: ca estonce non deben los perlados echar mayor
pecho á las eglesias nin á los clérigos sobre que han poder por razon
de aquella ayuda que quieren dar al rey: ca si contra esto ficiesen,
errarien en dos maneras; la una tomándolo en nombre del rey et non gelo
dando á él; la otra agraviando los clérigos de guisa que habrien á
haber querella del rey, cuidando que aquel agraviamiento que les venie
dél.