LEY XIV.

_En quántas maneras pasan los perlados de santa eglesia á mas de lo que

les conviene._

Agravian los perlados á sus menores en muchas maneras, et pasan en

otras cosas muchas á mas de lo que les conviene contra defendimiento

de santa eglesia: et esto facen echándoles pechos et faciéndoles otras

cosas como non deben sin razon et sin derecho, asi como quando acaesce

que envia el papa quel den ayuda, ó envia legados ó mensageros para

recabdar algunas cosas, et les han á dar despensas. Et quando echan los

perlados estos pechos, facen coger de los clérigos et de las eglesias

mas de lo que monta aquella ayuda que les demanda el papa, ó de las

despensas que han á dar á los legados: et en lugar de les facer ayuda

por que lo puedan complir, préndanles lo que han: et por este yerro que

facen en non temer á Dios veniendo contra la ley que les defiende que

non fagan mal, et otrosi porque non guardan al apostóligo su derecho,

púsoles por pena santa eglesia que aquello que tomaron demas que lo

tornen todo á aquellos á qui lo tomaron, et que den de lo suyo demas

desto otro tanto á pobres. Eso mismo decimos que deben guardar los

obispos, et los abades et los otros perlados quando acaesciere que

el rey hobiere menester ayuda dellos, et de los clérigos et de las

eglesias, asi como quando hobiese guerra contra los enemigos de la fe

ó por otra cosa guisada: ca estonce non deben los perlados echar mayor

pecho á las eglesias nin á los clérigos sobre que han poder por razon

de aquella ayuda que quieren dar al rey: ca si contra esto ficiesen,

errarien en dos maneras; la una tomándolo en nombre del rey et non gelo

dando á él; la otra agraviando los clérigos de guisa que habrien á

haber querella del rey, cuidando que aquel agraviamiento que les venie

dél.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 611 / 709 题