_Quién puede despensar con los que caen en pecado de simonia._
Despensacion ha menester que ganen los que cayeren en pecado de
simonia; ca los clérigos que desta guisa ganaren beneficios ó órdenes,
non pueden usar de la órden nin haber el beneficio si non despensaren
con ellos. Et por ende tovo por bien santa eglesia de mostrar quien
puede despensar con estos atales, et mandó que todos aquellos que
diesen alguna cosa á sus obispos porque los ordenasen, que con estos
non pudiese otro ninguno despensar sinon el papa, segunt dice en el
título de los perlados en la ley [1185] que comienza Palio puede tener
el papa. Mas si la simonia non fuese fecha de parte del obispo nin de
aquel que recibiese la órden segunt diz en la ley ante desta; en tal
manera bien puede despensar su obispo con aquel clérigo segunt diz en
el título sobredicho en la ley que comienza [1186] Simonia faciendo:
et si la simonia fuese fecha en dignidat ó en personage ó en otro
beneficio que haya cura de almas, débelo dexar el que lo asi ganare,
et non puede otro ninguno despensar con él para haberlo sinon el papa.
Eso mismo serie en el beneficio simple que alguno ganase por simonia
que él mismo ficiese, ó si la ficiese otri por él et fuese él sabidor
dello: pero si otro la ficiese non lo sabiendo él, bien puede su
obispo despensar con este atal que lo haya dexando él primeramente el
beneficio.