LEY XX.

_En qué cosas otorga santa eglesia á los obispos que puedan despensar

con los simoniacos._

Otorga santa eglesia á los obispos que puedan despensar en todas

aquellas cosas que les non son defendidas. Et por ende pues que les

non defendió que despensasen en la simonia que se face en las menores

cosas en que non ha tan gran peligro, entiéndese que gelo otorga, asi

como en aquella que facen tomando algo por soterrar, ó por facer el

oficio de los muertos, ó por bendecir los novios, ó por vender fuesa en

el cementerio, ó tomando algo los arciprestes de los clérigos quando

les dan la crisma para las eglesias, ó por bendecir los obispos, ó

por consagrar las cosas de la eglesia, asi como los cálices ó las

vestimentas, ó por otras cosas semeiantes destas. Otrosi pueden

despensar con los clérigos que ficiesen simonia tomando algo de sus

parroquianos por facer aquellas cosas que son tenudos de facer de su

oficio et de complir, asi como decir las horas ó dar los sacramentos.

Et aun simonia facen algunos homes en su voluntad, et esto es quando

algunt clérigo da todo lo que ha á alguna eglesia sin pleito [1187] et

sin condicion ninguna; mas él en su voluntat gelo da con entencion quel

reciban por canónigo ó por compañero, ca por esta razon cae en pecado

de simonia: et otrosi aquellos que lo reciben si lo facen con entencion

de ganar dél lo que ha, et que non le recibrien por aventura sinon

por esta razon, nil darien aquel beneficio, caen otrosi en simonia;

pero tambien él como ellos non han menester despensacion del papa nin

de su obispo: ca tal simonia como esta quítase tan solamente por la

penitencia que debe cada uno dellos facer con su clérigo misacantano á

quien confiesa los otros pecados que face: nin es tenudo de dexar el

beneficio que ganare desta manera.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 531 / 709 题