_Que los maestros non deben vender la sciencia, nin los que han á dar
la licencia á los escolares para ser maestros, que lo non deben facer
por precio; porque estas cosas son como manera de simonia._
Ciencia es don de Dios et por ende non debe ser vendida; ca asi como
aquellos que la han la hobieron sin precio et por gracia de Dios, asi
la deben ellos dar á los otros de grado [1181] non les tomando por ende
ninguna cosa. Onde quando algunt maestro recibiese beneficio de alguna
eglesia por que toviese escuela, non debe despues demandar ninguna cosa
á los clérigos de aquella eglesia nin á los otros escolares pobres; ca
si lo demandase et lo tomase farie como simonia. Mas los maestros que
non recibiesen beneficios de las eglesias, bien pueden tomar soldada de
los escolares á qui mostraren, si las rentas que hobieren de otra parte
non les cumplieren para vevir honestamente; et si les cumplen non deben
demandar ninguna cosa, mas débenlos mostrar de buena voluntad. Pero si
los escolares les dieren algo de su grado non lo demandando ellos, bien
lo pueden tomar sin mal estanza: et esto se entiende de los maestros
que son sabidores et entendudos para demostrar: mas si tales non
fuesen, maguer las sus rentas non les compliese, non son tenudos como
por debdo de les dar ninguna cosa, porque semeia que mas lo facen por
su pro et por que ellos aprendan, que non por demostrar á los otros.
Otrosi aquellos que han poder de dar licencia á los escolares para seer
maestros non lo deben facer por precio: et si lo ficiesen, como quier
que non farien simonia, caerien por ende en un grant pecado que es
llamado en latin crimen concusionis, que quier tanto decir como manera
de movimiento de amenaza que facen los homes poderosos engañosamente
por levar algo de los homes achacándose contra ellos: onde qualquier
que esto ficiese, desquel fuese probado que lo habie fecho debe perder
la dignidat, et el oficio et el beneficio que hobier de santa eglesia.