_Qué quier decir padron, et qué cosa es padronadgo, et por qué cosas se
gana et qué derechos ha el padron en la eglesia._
Patronus en latin tanto quiere decir en romance como padre de carga; ca
asi como el padre [1146] es cargado de facienda de su fijo en crialle
et guardalle et buscalle todo el bien que pudiere, asi el que face la
eglesia es tenudo de sofrir la carga della, abondándola de todas las
cosas quel fueren menester quando la face, et amparándola despues que
fuere fecha. Et padronadgo es derecho ó poder que gana en la eglesia
por los bienes que hi face el que es padron de ella; et este derecho
gana home por tres cosas: la una por el suelo que da en que se faga la
eglesia: la segunda por facerla: la tercera por el heredamiento quel
da á que llaman dote, onde vivan los clérigos que la sirvieren et de
que puedan complir las otras cosas, segun dice en el título que fabla
de como deben facer las eglesias. Otrosi pertenescen al padron tres
cosas de su derecho por razon del padronadgo: la una es honra: la otra
provecho que debe haber ende: la tercera cuidado et trabaio que ha de
sofrir por ella. Et honra debe haber, que quando vagare la eglesia
debe presentar clérigo para ella; et esto se entiende si la eglesia
non fuere catedral ó conventual, ca en estas atales el cabildo ó el
convento ha de esleer su perlado, et despues desto deben presentar la
eslecion fecha al padron quel plega et la otorgue. Pero si el padron
quando quisiere facer eglesia que sea colegiada, que quier tanto
decir como conventual, dixiere que quiere haber este derecho en ella
que pueda él solo esleer el perlado, ó con los otros clérigos que hi
fueren et lo hobieren de esleer, si el apostóligo gelo otorgare bien
lo puede haber, et de otra guisa non: eso mismo serie si el apostóligo
diese previllegio que pudiese esto facer maguer non fuese padron. Mas
si costumbre fuese que el padron estudiese delante quando la eslecion
ficiesen los clérigos, ó quel rogasen que viniese hi, bien puede hi ser
maguer non lo mandase el apostóligo. Et aun ha honra en otra cosa, que
quando veniere á la eglesia quel deben poner en somo de la procesion
quando la ficieren, asi como mayoral: et que haya en la eglesia lugar
mas honrado que los otros para seer.