DEL DERECHO [1142] DEL PADRONADGO.

[1143] Natura et razon mueven á los homes para amar las cosas que facen

et para guardarlas quanto podieren que se meioren et non se menoscaben,

asi como el padre que ama su fijo et le puña de guardar porque viva et

dure en buen estado, et el que planta algunt árbol [1144] quel riega

et cria porque haya fruto dél, de que se sirva: et eso mismo acaesce

en todas las otras cosas que facen ó crian los homes, porque les son

asi como en manera de fijos: et por ende las criaturas que han en sí

entendimiento ó razon aman et deben amar, et servir et honrar á los

que las ficieron et las criaron, et de que recibieron bien fecho. Onde

por esta razon el que face la eglesia débela amar et honrar como cosa

que él fizo á servicio de Dios; et otrosi la eglesia debe amarle,

et honrarle et reconocerle por padron, [1145] que él es asi como

padre. Et pues que en el título ante deste fablamos de cómo deben ser

guardadas las cosas de las eglesias, et que non deben ser enagenadas

nin malmetidas sinon por razones ciertas, convien que se diga en este

título del derecho que han en las eglesias aquellos que las facen de

nuevo, que son dichos padrones: et mostrar primeramente que quiere

decir padron: et qué cosa es padronadgo: et por quáles cosas se gana:

et qué derecho ha el padron en la eglesia: et si otro alguno pusiere

clérigo en ella non lo presentando el padron, si la debe haber: et en

quántas maneras puede pasar el derecho del padronadgo de un home á

otro: et qué deben facer quando son muchos padrones en una eglesia, et

non se acuerdan en presentar clérigo: et fasta quanto tiempo pueden

presentar desque la eglesia vagare.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 474 / 709 题