_En qué cosas se puede el padron aprovechar de la eglesia onde lo es._
Apremiado seyendo el padron de probredat asi que non hobiese de que
vevir, débenle dar los clérigos de las rentas de la eglesia onde es
padron de que viva, si hobiere tantas que puedan complir á todos
mesuradamente: ca como quier que la eglesia deba ayudar á todos los
pobres, mas tenuda es de lo facer á este, et mas abondadamente que á
otro: et este es un provecho que puede ende haber. Et sin este ha aun
otro pro, que puede haber cada año algunas rentas señaladas de aquella
eglesia, maguer non sea pobre, si quando comenzaba la eglesia á facer
pusiere con el obispo quanta renta deba ende levar.