LEY XIII.

_Por qué razon non deben meter ornamientos preciados á los muertos._

Ricas vestiduras nin otros ornamientos preciados asi como oro ó plata

non deben meter á los muertos sinon á personas ciertas, asi como á

rey ó á reyna, ó á alguno de los sus fiios, ó á otro home honrado

ó caballero á quien soterrasen segunt la costumbre de la tierra, ó

obispo ó clérigo, á quien deben soterrar con las vestimentas que les

pertenesce segunt la órden que han. Et esto defendió santa eglesia por

tres razones: la primera porque non tiene pro á los muertos en este

mundo nin en el otro: la segunda que tiene daño á los vivos, ca las

pierden metiéndolas en lugar onde non las pueden tomar: la tercera

porque los homes malos por cobdicia de tomar aquellos ornamentos que

les meten, quebrantan los luziellos et desotierran los muertos.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 456 / 709 题