_Qué quier decir privillejo, et en qué cosas es la eglesia
privillejada._
Privillejo tanto quiere decir como ley apartada que es fecha
señaladamente por honra et por pro de algunos homes ó lugares, et
non por todos comunalmente. Et por que la eglesia es casa de Dios,
segunt dice en la ley ante desta, por ende ha privillejos [1057] mas
que las otras cosas de los homes, et señaladamente en estas cosas;
que non debe ser apremiada de ningunt pecho nin de otro embargo, nin
deben en ella nin en sus cementerios iudgar los pleitos seglares et
mayormiente los que fuesen de justicia, porque serie contra razon et
cruel cosa de judgar los homes á muerte ó á lision en el lugar que es
establecido para servir á Dios et para facer obras de piadat. Et otrosi
non deben facer en ella mercadoria, nin soterrar los muertos dentro
en ella, segunt dice en el título de los soterramientos: nin deben
los legos estar con los clérigos en el coro quando dicen las horas et
mayormente quando dicen la misa, et esto es porque las puedan decir mas
sin embargo et con mayor devocion: nin deben estar los legos nin las
mugeres á derredor del altar quando dixieren la misa, mas pueden estar
por los otros lugares de la eglesia, los varones á una parte et las
mugeres á otra. Otrosi ninguna muger non se debe llegar al altar, nin
servir al clérigo mientra dixiere la misa en ninguna cosa, nin estar á
las horas de las gradas del altar adelante: pero quando [1058] quisiere
comulgar, ó facer oracion, ó ofrecer bien puede llegar fasta cerca del
altar. Otrosi ninguno non debe posar en las casas de la eglesia que
se tienen con ella, et son suyas quitamiente, en que guardan las sus
cosas. Et aun sin estas ha otra franqueza la eglesia, que las heredades
quel fueren dadas, ó vendidas, ó mandadas en testamento derechamente,
maguer non fuese apoderada dellas gana el derecho et el señorio que
en ellas habie aquel que gelas dió, ó vendió ó mandó, de manera que
las puede demandar por suyas á quien quier que las tenga: et este
privillegio non ha la eglesia tan solamente, mas aun los monesterios,
et los hospitales et los otros lugares religiosos que son fechos á
servicio de Dios.