TITULO XI.

DE LOS PRIVILLEJOS ET DE LAS FRANQUEZAS QUE HAN LAS EGLESIAS ET SUS

CIMENTERIOS.

Privillejos et grandes franquezas han las eglesias de los emperadores,

et de los reyes et de los otros señores de las tierras: et esto fue muy

con razon, [1054] que las cosas de Dios hobiesen mayor honra que las

de los homes. Et por ende pues que en el título ante deste dixiemos

como deben ser fechas las eglesias, et en qué manera las deben refacer

quando menester fuere, et otrosi como las consagran; conviene de

decir en este de las franquezas et de los privillejos que han tambien

ellas [1055] como sus cementerios, et mostrar primeramente que quiere

decir privillejo: et en quáles cosas los han las eglesias: et á quáles

homes puede la eglesia amparar [1056] quando fueren á ella et á quáles

non: et qué pena deben haber los que quebrantaren tal privillejo como

este: et sobre todo diremos quáles homes manda el derecho de las leyes

antiguas sacar de la eglesia.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 429 / 709 题