LEY XV.

_Quáles sacramentos deben dar en los lugares entredichos et quáles non._

Vedar et entredecir pueden los perlados las eglesias et los lugares

por las razones que dice en la ley ante desta. Et tovo por bien santa

eglesia de mostrar qué daño se sigue á los homes por ser las eglesias

entredichas ó los lugares: et son estos; que en ninguna eglesia que

sea vedada non deben tañer campanas, nin decir las horas, nin soterrar

los muertos, nin dar los sacramentos á ninguno de los parroquianos

della, fueras ende el bautismo que non deben toller á ninguno, et la

penitencia, et la comunion que deben dar á los enfermos, et aun á los

que fueren sanos pueden confesar quando tomasen la cruz por ir contra

los enemigos de la fe, quier fuesen de aquellos mismos lugares quier de

otros. Eso mismo pueden facer á todos los pelegrinos que pasasen por

aquellas tierras: et esto les otorga santa eglesia [976] por amor de

nuestro señor Iesu Cristo que fue puesto [977] en ella.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 383 / 709 题