_Quántas cosas son et quáles por que no son descomulgados los que meten
manos iradas en clérigo._
Manos iradas metiendo alguno en clérigo ó en home ó en muger de
religion para ferirlo, ó para matarlo ó para prenderlo, cae en dos
penas: la una de descomunion, et la otra que ha de ir á Roma quel
absuelvan. Et como quier que desuso es dicho que todo home que metiere
manos iradas en clérigo ó en religioso, que es descomulgado por ello,
catorce razones hi ha por que non lo serie el que lo feciese: et otrosi
trece cosas son por que non haberie de ir á Roma. Et las por que non
serie descomulgado son estas: la primera si algunt clérigo dexase la
corona et andodiese como lego, ca el que lo feriese non sabiendo que
era clérigo non serie descomulgado: la segunda si alguno dexa el hábito
de clerecia et anda con armas como lego metiéndose á facer con ellas
cosas desaguisadas, ca este atal despues quel amonestare su perlado
si se non quisiere ende quitar et despues lo feriere alguno, maguer
sepa que es clérigo non es por eso descomulgado: la tercera [948] es
si algunt clérigo es mayordomo ó despensero de lego et le amonestare
su perlado que lo non sea, si lo non quisiere dexar et fallare que
fizo engaño en aquello que hobo en poder, sil prisiere su señor non
es descomulgado por ello, como quier que algunos doctores digan el
contrario: la quarta razon es si alguno feriere clérigo en trebejo et
non con saña: la quinta es si el maestro fiere á su decípulo por razon
de castigo ó de enseñamiento: la sexta es si el clérigo quiere ferir
á alguno, et el otro fiere luego á él por ampararse: la séptima es si
falla alguno al clérigo con su muger, ó con su fija, ó con su madre ó
con su hermana, que sil feriere non es descomulgado por ello: la octava
es quando [949] el capiscol, ó el tesorero ó el vicario fiere á alguno
de los clérigos del coro por razon de su oficio, ca por tal ferida
non serie descomulgado. Eso mesmo serie del obispo, ó del abad, ó del
prior, et aun de aquellos que lo feciesen por mandado destos [950]por
alguna razon aguisada, como si algunt clérigo fuese fallado en yerro et
mandase alguno destos sobredichos á otro clérigo quel diese deceplinas,
ó si hobiese fecho malfetrias et mandase á algunt lego que toviese la
justicia por el rey que gelo prisiese: la nona es si los mayorales de
la eglesia ó los mas ancianos veen á algunt mozo de los del coro que
non sea subdiácono embargar las horas et lo feriesen livianamiente
por castigarle que lo non faga: [951] la décima es si es su señor, et
non es otrosi ordenado de órden sagrada et gelo facen por castigo: la
undécima es si el padre fiere á su fijo, ó otro qualquier que fiera
á su criado ó que sea de su compaña: la duodécima es si alguno fiere
á su pariente por castigarle, que sea otrosi de menores órdenes: la
decimatercia es si alguno fiere [952] ó mete manos iradas en clérigo
degradado et dado al fuero de los legos: la decimaquarta es si el
clérigo se face caballero [953] ó juglar, ó si casa con muger viuda, ó
con dos vírgenes, ó con otra que non fuese virgen.