_Por qué razones non deben en ningunt lugar dexar morar un religioso
solo nin servir eglesia perroquial._
Solo non deben dexar morar á ningunt religioso en villa nin en
castiello, nin ponello en eglesia perroquial, mas debe estar en
convento mayor; pero si acaesciese que lo hobiesen á poner en otro
lugar, han de estar con él otros frayles: et esto mandó santa eglesia
por [899] confortarle, et por darle esfuerzo que pueda lidiar con los
diablos, et con el mundo et con su carne, que son enemigos del alma:
ca segunt dixo Salomon, en cuita está el que vive señero [900], porque
si cae en pecado non ha quien lo ayude á levantar porque salga dél. Et
lo que en esta ley dice de los monges entiéndese otrosi de todos los
religiosos, que asi lo deben guardar et tener. Et el abat ó el perlado
mayor que estas cosas non guardase con grant femencia débenle toller el
abadia.