_Quáles pueden sacar de la órden al que hi entrare non habiendo edat
complida._
Mozo ó moza que fuese sin edat si entrase en órden sin placer de su
padre ó de su madre, bien lo pueden sacar ende fasta un año desque lo
sopieren, et si non hobiere padre puedel sacar aquel que lo hobier en
guarda fasta aquel tiempo: et si non hobiere guardador, puedel sacar
su madre, maguer él non quiera, si lo hobiese ella en su poder quando
entró en la órden: mas si de edat fuese nol podrie ende sacar ninguno
de estos: et si el monesterio en que él entrase fuese tan lejos que en
este tiempo sobredicho non podiese allá llegar el padre ó el otro que
lo hobiese en guarda, debe haber mayor plazo para poderlo sacar, segunt
que aquel lugar fuere lueñe.