LEY V.

_Quáles pueden sacar de la órden al que hi entrare non habiendo edat

complida._

Mozo ó moza que fuese sin edat si entrase en órden sin placer de su

padre ó de su madre, bien lo pueden sacar ende fasta un año desque lo

sopieren, et si non hobiere padre puedel sacar aquel que lo hobier en

guarda fasta aquel tiempo: et si non hobiere guardador, puedel sacar

su madre, maguer él non quiera, si lo hobiese ella en su poder quando

entró en la órden: mas si de edat fuese nol podrie ende sacar ninguno

de estos: et si el monesterio en que él entrase fuese tan lejos que en

este tiempo sobredicho non podiese allá llegar el padre ó el otro que

lo hobiese en guarda, debe haber mayor plazo para poderlo sacar, segunt

que aquel lugar fuere lueñe.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 329 / 709 题