LEY XXXIV.

_Cómo los clérigos deben decir las horas et facer las cosas que son

buenas et convenientes, et guardarse de las otras._

Apartadamiente son escogidos los clérigos para servicio de Dios: et

por ende se deben trabajar quanto pudieren en servirle, segunt dice

en la primera ley deste título, ca ellos han de decir las horas en la

eglesia, et los que non podieren hi venir non deben dexar de decirlas

por los otros lugares do fueren. Onde pues que puestos son para ello,

et han órden sagrada et eglesia, por cada una dellas son tenudos de lo

facer. Otrosi deben ser hospedadores et largos en dar sus cosas á los

que las hobieren menester, et guardarse de cobdicia mala, segunt que

desuso es dicho en el título de los perlados, et non deben jugar tablas

nin dados, nin volverse con tafures nin [775] atenerse á ellos, nin

aun entrar en tabernas á beber, fueras ende si lo feciesen por premia

andando caminos, nin deben ser facedores [776] de juegos por escarnio

porque los vengan á ver las gentes como los facen, et si otros homes

los fecieren non deben los clérigos hi venir porque se facen hi muchas

villanias et desaposturas, nin deben otrosi estas cosas facer en las

eglesias, ante decimos que los deben ende echar deshonradamientre sin

pena ninguna á los que los fecieren; ca la eglesia de Dios fue fecha

para orar et non para facer escarnios en ella: et asi lo dixo nuestro

señor Iesu Cristo en el Evangelio, que la su casa era llamada casa de

oracion, et non debe ser fecha cueva de ladrones. Pero representaciones

hi ha que pueden los clérigos facer, asi como de la nascencia de

nuestro señor Iesu Cristo que demuestra como el ángel vino á los

pastores et díxoles como era nacido, et otrosi de su aparecimiento como

le venieron los tres reyes adorar, et de la resurreccion que demuestra

como fue crucificado et resurgió al tercer dia. Tales cosas como estas

que mueven á los homes á facer bien et haber devocion en la fe facerlas

pueden: et demas porque los homes hayan remembranza [777] que segunt

aquello fueron fechas de verdat; mas esto deben facer apuestamiente et

con grant devocion et en las cibdades grandes do hobiere arzobispos

ó obispos, et con su mandado dellos ó de los otros que tovieren sus

veces, et non lo deben facer en las aldeas, nin en los lugares viles,

nin por ganar dineros con ello.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 294 / 709 题