LEY XXVI.

_Como las mugeres non pueden rescebir órden de clericia._

Muger ninguna non puede recebir órden de clerecia, et si por aventura

veniese tomarla quando el obispo face las órdenes, débela desechar;

et esto es porque la muger non puede predicar aunque fuese abadesa,

nin bendecir, nin descomulgar, nin absolver, nin dar penitencia, nin

judgar, [764] nin debe usar de ninguna órden de clérigo, maguer sea

buena et santa. Ca como quier que santa María madre de nuestro señor

Iesu Cristo fue [765] mejor et mas alta que todos los apóstoles; empero

nol quiso dar el poder de ligar et de absolver; mas diólo á ellos

porque eran varones.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 286 / 709 题