LEY LI.

_Cómo el perlado non debe dexar de mostrar al pueblo las cosas quel

convienen por temor de escándalo._

Miedo face á los homes facer et decir muchas cosas sin guisa; mas esto

non conviene [666] al perlado que ha de pedricar et enseñar la palabra

de Dios, que por temor de escándalo mude su enseñamiento et diga falsa

razon quando pedricare. Pero si aquellos á quien pedrica ó enseña

fuesen malos ó endurescidos en su maldat, asi que non se quisiesen

emendar por su enseñamiento ó por su pedricacion, estonce puede callar,

asi como desuso es dicho en la ley que fabla en esta razon [667].

Mas esto se entiende de aquellos tan solamiente que se non quisieren

amparar por ninguna de las razones que dice en la ley ante desta. Ca

si se quisiesen escusar et defender deciendo que non quieren tomar su

enseñamiento, porque bien pueden facer aquello que les defiende por que

non es pecado, estonce puede et debe pasar contra ellos quanto podiere

como contra hereges; et maguer sean muchos, non lo debe dexar por miedo

de escándalo. Pero si aquellos á quien castiga el perlado fuesen pocos

et poderosos, et conosciesen aquel yerro en que estaban, et non se

quisieren ende quitar, esforzándose en sí mesmos ó en otra gente que

se toviese con ellos, quando tal cosa acaesciese manda santa eglesia

que el perlado les dé pasada por non meter escándalo de que nasciese

departimiento entre santa eglesia et ellos. Pero todavia débelos

castigar apartadamiente, et mostrarles como estan en perdimiento de sus

almas, mostrándogelo por las Escripturas, porque teman á Dios et se

vayan quitando del yerro en que estaban. Esto debe facer mayormiente

á los mayorales et á los mas entendudos, ca pues que estos fueren

emendados, mas de ligero puede traer á los otros á emienda et tollerlos

de aquel mal que facen.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 253 / 709 题