LEY XLVI.

_Que los perlados non deben pedricar las poridades de la fe á los

hereges nin á los homes desentendidos._

Poridades ha en la fe de los cristianos que non las deben mostrar los

perlados á los hereges, como quier que les deben pedricar, fueras ende

si entendiesen en ellos señales que se quieren convertir por ellas del

yerro en que estaban. Et aun estonce non gelas deben enseñar sinon con

grant cordura, ca segunt dice en el evangelio non han de poner las

piedras preciosas ante los puercos, que quier tanto decir como enseñar

las nobles poridades de la nuestra fe á los hereges nin á los homes

desentendudos, porque estan aparejados mas para reprehenderlas que para

creerlas. Pero si tanto fecieren por que hayan á venir á desputacion

con ellos, débenles mostrar el yerro en que estan, reprehendiéndolos

cuerdamiente, camiándoles las razones, ó deciéndoles otras palabras

por que los saquen de aquella materia, de guisa que non contiendan con

ellos sobre las poridades de nuestra fe santa; ca en non responder

ninguna cosa á lo que dixiesen los hereges semejaria que porque

non habian razones con que se amparar lo dexaban de facer: et por

aventura los otros cristianos que hi estudiesen dubdarien por ende, non

entendiendo la razon por que lo facien. Et por eso non deben disputar

con ellos concejeramiente delante el pueblo, ca podria ser que caerian

en yerro los homes desentendudos oyendo las sus disputaciones, porque

los hereges non paran mientes á otra cosa, fueras á reprehender nuestra

creencia et á dañarla quanto podieren falsamiente, deciendo [656]

palabras sotiles et agudas para engañar los desentendudos.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 251 / 709 题