LEY XXXVI.

_Que los perlados deben ser mesurados en comer et beber._

Mesurado debe seer aquel que esleyeren [620] para alguno de los

perlados mayores en comer et en beber [621], et en guardarse mucho

de comer demas et en beber de manera que se torne en beudez, porque

este es uno de los pecados mas extraños que pueden ser, ca por él

desconoce home á Dios, et á sí mesmo et á todas las otras cosas que

son mas aina que por otro: ca segunt dixieron los sabios, el vino

es carrera que aduce los homes á todos los pecados. Et por ende la

primera cosa que al perlado debe ser vedada es esta; ca derecho es que

el que ha de dar consejo á muchos que siempre haya su seso sano [622]

et complido. Onde si alguno dellos desquel monestaren deste yerro non

se quisiere castigar [623], debel vedar su mayoral de oficio et de

beneficio. Otrosi el comer demas es vedado á todo home et mayormiente

al perlado, porque castidat non se puede bien guardar con los muchos

comeres et grandes vicios: et por esta razon dixieron los santos que

non conviene á aquellos que han de pedricar la pobreza et la cuita que

sufrió nuestro señor Iesu Cristo por nos en este mundo que lo fagan con

las faces bermejas comiendo et bebiendo mucho: et aun sin todo esto

naturalmiente del mucho comer nacen muy grandes enfermedades de que

mueren los homes ante de su tiempo, ó fincan con alguna lision.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 242 / 709 题