LEY XXX.

_Quántas cosas deben haber en sí señaladamente los que han de ser

esleidos para obispos._

Regla de ordenamiento fizo el apóstol sant Pablo, en que demostró qué

costumbres et qué maneras debe haber el que ha de ser esleido para

alguno de los perlados mayores: et tovo por bien que pues escogido

habia de ser para la suerte de Dios, tal habia menester que fuese en

bondat, que mejoria hobiese sobre todos los homes. Et aquella regla que

él fizo mandó que sea sin pecado mortal, et non haya ningunt embargo

por razon de casamiento: et que sea mesurado en comer et en beber, et

sabidor, et casto, et apuesto, [599] et hospedador, et demostrador de

la ley, et non barajador, nin feridor, nin cobdicioso, et que sepa bien

ordenar su [600] eglesia.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 236 / 709 题