_Por qué razon puede demandar licencia el que se confiesa á su confesor
para irse confesar con otro._
Perroquia tanto quiere decir como lugar santo o mora el padre que ha de
dar consejo et guardar espiritualmente el alma del pecador, asi como
el padre terrenal ha de guardar el cuerpo del fijo naturalmiente: et
por ende son llamados perroquianos aquellos que moran cabe la eglesia
en que oyen las horas et de que reciben los sacramentos, porque son
tenudos mas á aquel clérigo que gelos da que á otro: ca pues que
es asi como padre espiritual, derecho es de amarle, et de honrarle
et de guardarle. Et algunas tierras ha en España en que llaman á
estos perroquianos feligreses, et este nombre es otrosi derecho, ca
feligreses tanto quiere decir como fijos de la eglesia de que son
vecinos; et por eso la llaman feligresía, asi como por los perroquianos
es llamada perroquia. Onde estos que llaman asi desta guisa, et que
moran cabo destas eglesias, non pueden ir á confesarse de sus pecados
á clérigo dotra eglesia, si non mostrare razon derecha por que gelo
haya de otorgar, deciendol que fallará mayor et mejor consejo para
su alma en el otro á quien quiere irse á confesar que en él, segunt
el pecado que fizo ó en que estaba. Ca si tal razon como esta ó otra
semejante della nol mostrar, non es tenudo el clérigo de gelo otorgar.
Pero él mostrándogelo verdaderamiente con humildat, si el clérigo dar
non le quisiere la licencia, puédese dél querellar á su mayoral, asi
como al arcipreste, ó al arcediano, ó en cabo al obispo de aquel
obispado onde fuese aquel clérigo. Mas si tanta fuese la malicia destos
mayorales que dicho habemos, que gelo non quisiesen facer nin otorgar,
et él entendiese verdaderamente que mejor consejo fallaria en el otro
clérigo á quien quisiere ir á confesarse, bien lo puede estonce facer
sin otorgamiento dellos. Ca palabra es de nuestro señor Iesu Cristo,
que dixo que los físicos non convienen para melecinar los sanos, mas
los enfermos: et por ende el que es enfermo de pecado, quanto mejor
físico hobiere para le dar consejo al alma, tanto mas aina et mejor
puede guarescer de ella; ca non es bien que home dexe en sí envejecer
el pecado, ca bien asi como la enfermedat pequeña podria sanar aina
si tomasen á ella consejo luego, et si la alongasen cresceria el mal,
de guisa que muchas veces vernia por ello el enfermo á muerte; otrosi
el pecado que es pequeño, quando se endurece et non se manifiesta,
cresce de guisa que de venial fácese criminal, et de criminal viene
á mortal, asi que cae en muerte del alma por ende para siempre. Pero
si alguno demandase licencia maliciosamente, ó con engaño, ó habiendo
vergüenza de aquel clérigo, porque por aventura se tornó despues en
alguno de estos pecados de que habia ya tomado penitencia dél, ó por
malquerencia que hobiese contra él, non le habiendo merescido por que,
et despreciándolo deciendo que non habia poder de absolvello; por
qualquier destas razones si demandar licencia, maguer gela otorgue el
clérigo, faz engaño á sí mesmo, et yerra de manera que al clérigo quel
da la licencia non le tiene daño, nin á sí pro; et muéstrase por falso
et por atrevido en querer facer escarnio á Dios, en cuyo poder tiene
el cuerpo et el alma, et á quien no puede mentir nin asconder ninguna
cosa de su fecho, et busca su daño en tan mala manera, que por aquella
carrera que debe ganar salvacion, gana su confondimiento.