LEY LXV.

_Qué pena meresce el que face pecado mortal, et por quál emienda que

faga será quito._

Mortal tanto quiere decir como cosa que face al home morir, ó lo llegar

fasta la muerte; onde pecados facen los homes que han asi nombre por

dos razones: la una porque mata en este mundo al cuerpo del home ó

de la muger tolliendol buena fama; la otra porquel faz morir muerte

doblada despues en cuerpo et en alma: ca en este son estas tres

maneras de pecados; la una que se faz primero por pensamiento malo;

la otra por buscar carrera trabajándose de lo complir; la otra quando

lo acaba por obra. Ca estos pecados son mortales en sí, et allegan

el cuerpo et el alma á la perdurable muerte; onde los que lo facen

quando se conoscieren et quisieren haber perdon dellos, débense primero

arrepentir con grant quebranto de corazon et con humildosa voluntad,

extrañando mucho tales pecados et llorándolos, et habiendo duelo de

sí mesmos, porque por su mala ventura sopieron caer en ellos, por que

merescieron haber pena doble; la una por siempre en el otro sieglo

[426], do la han aquellos que se non confiesan en este mundo podiéndolo

facer, ó habiendo á quien: la otra temporal en este mundo, quel pone

aquel quel da la penitencia. Pero razones hi ha por que non habrá las

penas del infierno, nin irá á él: et esto es si en este mundo compliere

las penas quel dieren et le ponen: ca maguer vaya á purgatorio, seguro

es ya que derechamiente irá á paraiso. Ca ninguna alma non puede

entrar en la gloria de Dios nin veer la su faz, si primeramiente non

es purgada, segunt él mesmo dixo á Moysen: que ninguno non lo podria

veer temporalmiente quanto en sise que es espiritual; pero bien lo

podria ver otro espíritu seyendo limpio: porque conviene que el alma

que quisiere llegar á la limpia gloria de Dios, que se alimpie ella

primero, et de otra guisa non lo puede ella veer. Mas si el niño que

batean [427] ante que hubie pecar muere, este va derechamiente á

paraiso, sin haber pena ninguna en purgatorio: et esto mesmo decimos

del home grande que dexase su ley et se tornase á la fe de nuestro

señor Iesu Cristo, et bautizándole moriese ante que feciese pecado.

Otro tal serie de aquel que sofriese muerte, ó martirio ó tormento por

amor de nuestro señor Iesu Cristo: ó del que tomase la cruz en remision

de sus pecados yendo contra los enemigos de la fe, ó ayudando de su

haber á los que hi fuesen, ó enviando otro por sí en su lugar, segunt

lo mandase aquel que lo hobiese cruzado: ca este atal por la confesion

sola et por la fuerza de la cruz va derechamente á paraiso, et non ha

otra pena en purgatorio. Et por ende non debe ninguno entender nin

creer que otro perdon puede ser dado que tan grant virtud haya como

el de la cruz. Et esto es con grant razon: ca asi como nuestro señor

Iesu Cristo moriendo en ella nos perdonó de nuestros pecados, et fue

despues de su muerte á quebrantar los infiernos et á destroir el poder

del diablo, asi á los que la toman, segunt dicho habemos, dales Dios

perdon de manera que non tomen muerte en el infierno nin pena de

purgatorio. Et desto sant Pedro, que es cabdiello de los Apóstoles,

nos dió ende grant enxiemplo, que alli do lo llevaban á matar entre

todas las otras muertes escogió la de la cruz; et quiso ser muerto en

ella tan homildosamente, como que tovo la cabeza do nuestro señor Iesu

Cristo toviera los pies. Et esto fizo entendiendo que asi como las

puertas del infierno fueron quebrantadas por la cruz para non entrar hi

ninguno si por su grant culpa non fuere, asi se abrirán las del paraiso

para entrar en él quien lo bien sopiere demandar. Ca la cruz face dos

cosas que non puede otra cosa facer que han menester mucho los homes;

la una es perdonar, la otra salvar: ca por el perdonamiento se purgan

et se alimpian de los pecados, porque non hi ha menester otro [428]

purgamiento ninguno: et por la salvacion van desembargadamiente á la

gloria de paraiso.

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 170 / 709 题