_Qué pena meresce para haber perdon el que faz pecado criminal._
Crimen en latin tanto quiere decir como pecado de yerro, que los homes
facen errando la carrera por do deben ir para ganar amor de Dios, et
faciendo las cosas que á él pesan. Onde los que desta guisa fueren
pecadores la emienda que deben facer por haber perdon de Dios es esta:
primeramiente que se confiesen, repintiéndose muy doloridamiente de
sus pecados desque los pensó et buscó despues carrera para meterlos en
obra, confesándolos por palabra á aquel su confesador, et poniendo en
su corazon que nunca tornará á ellos. Et faciendo aquesto, el pecado
criminal tórnase en venial; pero non que se perdone tan ligeramente
como el otro que deximos, porque lo sacó del pensamiento et se trabajó
de lo meter en obra. Et por ende conviene que sienta alguna pena
segunt aquello, ó de ayuno, ó de romería, ó de facer alimosnas de
lo suyo, dándolo en aquellos lugares do le mandare el que diere la
penitencia, ca aquel ha poder de catar que se dé en lugar conveniente
segunt el pecado que fizo. Et compliendo estas emiendas en este
mundo, non haberá pena ninguna en el purgatorio, que es lugar do se
alimpian las almas ante que vayan á paraiso, de los pecados en que se
ensuciaron; ca asi como fizo el pecado obrando, asi quiere Dios recebir
por obra derecho dél. Et quanto menguase de complir el pecador de su
emienda en su vida, tanto haberá de emendar recebiendo por ende pena su
alma en el otro mundo despues que moriese.