LEY XLIV.

_De como debe seer bendicho el olio del bálsamo et el de las olivas que

vuelven con él, á que llaman crismal._

Ordenadas estas cosas segunt que habemos dicho, ha el obispo de

bendecir el olio del bálsamo; et la bendicion es esta, en que ruega á

Dios que es obrador de las cosas celestiales et aparejador de todas

las virtudes, que oya las sus pregarias, asi que aquella suor que

lloró la corteza de aquel árbol bienaventurado, sea recebido por muy

buen engüento, para facer con él aquella obra que conviene, et que

santigüe et otorgue aquella bendicion por la su piadat. Et quando esto

hobiere dicho debe [397] ensaneldar tres veces, deciendo sobre el

ampolla del bálsamo esta oracion, en que ruega mucho homillosamente á

Dios que es criador de todas las criaturas, el qual á Moysen su siervo

por mezclamiento de yerbas et por [398] santificacion quiso que [399]

feciese ungüento de buen olor, que él envie largamiente la su gracia

espiritual sobre aquel engüento que aduxo la raiz del fuste, porque sea

fecho por manos de sacerdote engüento complido de crisma para dar á

nos alegría de fe, et que sea aquel obrador digno para facer con ella

la señal de la cruz que es señal celestial, asi que todos aquellos

que con él fueren untados en el santo bautismo, que acaben bendicion

complida para los cuerpos et para las almas, et que por este don sean

siempre [400] ensanchadas las sus voluntades en la fe. Et despues ha

de ensaneldar otras tres veces sobrel olio de la crisma, deciendo como

conjura aquella criatura de olio por Dios Padre poderoso, que fizo el

cielo, et la tierra, et el mar et todas las otras cosas que en ellas

son, porque tuelga todo el poder del diablo satanas et toda la hueste

de sus compañeros, et todo encuentro de fantasma sea desarraigada et

fuida antel, asi que todos los que con él fueren untados que sean

benditos fijos de Dios, por el Espíritu santo que decenda sobrellos en

el nombre de Dios Padre poderoso, et por el amor de nuestro señor Iesu

Cristo su Fijo, que en uno con él vive et regna por siempre jamas. Et

despues que esto hobiere dicho debe decir esta otra oracion, en que

ruega á Dios, que es muy alto Padre poderoso, que pare mientes al ruego

quel le face, como quier que sea pecador et mesquino, et quel enderece

su santo espíritu, con el qual untó á su Fijo sobre [401] todos sus

compañeros. Et esto quiere tanto decir como quel sagró et lo honró mas

que á todos los otros homes. Et otrosi que santigüe [402] aquel olor

santo aparejado de aquella crisma, et que lo confirme con la gracia

de los siete dones de Espíritu santo, con que los redimió lavándoles

espiritualmente. Et que asi les deñe ennoblecer, porque aquella crisma

bendita les sea uncion celestial et comienzo de cristiandat, porque la

hayan por vestidura, asi como paños honrados para boda, et alegramiento

perdurable, que se entiende por allegarse á Dios, et por haber remision

de sus pecados, de guisa que sean sus fijos escogidos, et por que

sean cerca de la su virtud, que es acabamiento complido de gracia

espiritual, asi que qualquier que con este engüento sagrado señalaren,

pueda recebir el sagramento del cuerpo et de la sangre del nuestro

señor Iesu Cristo, porque sea en su defendimiento et en su guarda, et

haya la vida perdurable. Et á este olio bendito llaman crismal, porque

con él se face la crisma, et con él apartadamiente ungen al papa et

á los perlados mayores, et á los sacerdotes que sagran el cuerpo de

nuestro señor Iesu Cristo, et á los emperadores, et á los reyes, et á

todas las otras cosas que santa eglesia escogió para seer sagradas, asi

como adelante diremos et oiredes de cada una do conviene.

_LEY XLIV._

Qué prendas face santa eglesia á los que facen duelos

desaguisados por los muertos.

[403] _Romper las caras por los muertos et desfigurarlas es cosa

que tovo santa eglesia por muy desaguisada, segunt dicho es en la

ley ante desta. Et por esta razon algunos santos padres pusieron

penas señaladas contra aquellos que lo ficiesen, defendiendo que

non les diesen los clérigos los sacramentos de santa eglesia,

nin los rescibiesen en ella quando dixiesen las horas fasta que

fuesen sanos de las señales que hobiesen fechas en sus caras,

et ficiesen penitencias dello, fueras ende si gelas hobiesen

á dar en grant erfermedat ó en otra cuita que estudiesen en

hora de muerte, ca en tal sazon non las deben vedar á ningunt

cristiano. Otrosi mandaron que si quando los clérigos aduxiesen

la cruz á la casa o estodiese el muerto, oyesen que facien roido

dando grandes gritos ó endechando, que se tornasen con ella, et

que non entrasen en la casa. Et sin todo esto establecieron que

quando toviesen el muerto en la eglesia que non diesen voces nin

ficiesen roido, por que dexasen de decir la misa, ca todos deben

alli callar et rogar á Dios, et escuchar las oraciones que dicen;

et esto es porque ninguno non debe embargar el oficio de Dios,

et mayormente quando dixieren la misa ó consagran el cuerpo et

la sangre de nuestro señor Iesu Cristo; ca tan santa cosa et tan

noble es esta, que todas las otras deben dexar por ella, et al

que contra esto ficiere puédenlo echar de la eglesia sin pena

ninguna, quier sea clérigo ó lego. Et aun mandaron que si en

levandol á la eglesia ó á la fuesa lo ficiesen, que los clérigos

dexasen de soterrarlo fasta que callasen, et aun tovieron por

bien que qualquier que besase al muerto ó se echase con él en

el lecho, que ayunase ocho dias á pan et agua, et que le non

recibiesen en la eglesia por un mes. Et defendieron otrosi que

quando toviesen los finados en la eglesia que les non toviesen

las caras descobiertas, et esto porque los homes [404] en

catándolos non se moviesen á haber piedat de guisa que hobiesen á

facer duelo por ellos._

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 149 / 709 题