_Qué quiere decir padrino, et por qué ha así nombre._
Padrinos ementamos en las razones que de suso deximos segunt que ya
habedes oido; mas porque los homes sepan et entiendan por qué han asi
nombre querémoslo aqui mostrar. Onde decimos que bien asi como el home
es padre de su fijo por nacimiento natural, asi el padrino es padre de
su afijado por nacimiento espiritual. Et eso mesmo es de las madrinas
segunt las madres, ca nascer tanto es como seer fecho nuevamiente lo
que ante non era, et aparescer lo que ante non aparescia. Et por ende
la nacencia deste mundo es natural, et la del bautismo espiritual. Et
tanto es el padrino que aduce al afijado al nacimiento del bautismo
para haber la vida perdurable, como el padre que engendra al fijo en
este mundo para haber la vida que non dura. Et otrosi como el padre
cria á su fijo, et le muestra como viva [311] temporalmiente en este
mundo, asi el padrino muestra al afixado como viva espiritualmiente en
el otro. Et bien asi como llaman padre al que faz la forma del cuerpo
del home naturalmente, asi al que faz la forma del alma espiritualmente
llaman padrino. Onde por todas estas razones que dichas habemos tomaron
este nombre padrinos los que ayudan al home á recebir el bautismo.
_LEY XIX._
Quién puede dar la penitencia solepne, et por quáles pecados.
_Osado non debe ser ningunt clérigo de dar penitencia solepne en
la manera que dixiemos en la ley ante desta, ca non pertenece
de facer esto á otro sinon al obispo, ó á quien él mandare
señaladamente. Et otrosi non la deben dar sinon por pecado mortal
que fuese muy grande et muy desaguisado que hobiese alguno
fecho, et que fuese tan sabido que todos los de aquella villa
o acaesciese fablasen dello, et lo toviesen por mal; nin deben
poner tal penitencia á ninguno mas de una vez. Et aun tovo por
bien santa eglesia que tal penitencia como esta non fuese dada
á ningunt clérigo, fueras ende si lo desgradasen primeramiente;
et esto ficieron por honra del sacramento de las órdenes. Et
qualquier home que tal penitencia ficiese non debe de alli
adelante ser clérigo, nin caballero, nin vestir paño de color nin
casar; pero si casase valdrie el casamiento._