_Cómo debe ser fecho el fuero._
Fecho debe ser el fuero bien et complidamente, guardando en todas
cosas razon et derecho, et egualdat et justicia; et debese facer con
consejo de homes buenos et sesudos, et con voluntad del señor, et con
placenteria de aquellos sobre que lo ponen. Et esto se entiende de los
homes de buen entendimiento que catan mas la pro comunal de todos,
et de la tierra en que han á morar que non la suya: et que no sean
cobdiciosos, nin soberbios, nin de mala voluntad, nin hayan desamor
unos con otros mientra lo fecieren. Et quando asi fuere fecho puedenlo
otorgar, et mandar por todos los otros lugares do se feciere que se
tenga; et desta guisa será asi como ley.