LEY XV.

[124] _Cómo deben obedecer las leyes et judgarse por ellas._

[125] Todos aquellos que son del señorio del facedor de las leyes sobre

quien las él pone son tenudos de las obedecer et guardar, et judgarse

por ellas [126], et non por otro escripto ninguno de otra manera fecho.

Et el que la ley face es tenudo de la facer cumplir: et eso mesmo

decimos de los que fuesen de otro señorio que feciesen hi pleyto, ó

postura ó yerro en la tierra onde se judgase por estas dichas leyes.

Ca maguer sean de otro [127] señorio, non se pueden escusar de estar á

mandamiento dellas; pues el yerro ó el pleyto ó la postura fecieron do

ellos han poder. Et los que esto non quisieren facer tambien deben ser

apremiados como los otros de la tierra sobre quien las ponen.

_LEY XV._

Por mostrar á los hombres razones derechas, por qué el sobredicho

rey Don Alfonso hobo poder de facer estas leyes.

_Por facer entender á los hombres desentendidos que nos el

sobredicho rey Don Alfonso habemos poder de facer estas leyes

tambien como los otros que las ficieron ante de nos, ó mas,

queremoslo mostrar por todas estas maneras por razon, et por

fazanya et por derecho. Por razon, que si los emperadores et los

reyes, que los emperios et los regnos hobieron por eleccion,

podieron facer leyes en aquello que tovieron como en comienda,

quanto mas nos que habemos el regno por derecho heredamiento.

Por fazanya, que non tan solamientre los reyes de Espania que

fueron antigamientre, mas cuendes, et iuizes et adelantados que

eran de menor guisa, et fueron guardadas fasta en este tiempo; et

pues que estos las ficieron que habian mayorales sobre sí, mucho

mas las podemos nos facer que por la merced de Dios non habemos

mayor sobre nos en el temporal. Por derecho, ca lo podemos probar

por las leyes romanas, et por el derecho de sancta eglesia, et

por las leyes de Espanya que ficieron los godos, en que dice en

cada una destas que los emperadores et los reyes han poder de

facer leyes, et de enader en ellas, et de menguar en ellas et de

camiarlas cada que menester fuere. Onde por todas estas razones

habemos complidamiente poder de facer leyes. Et por ende queremos

comenzar en el nombre de Dios._

Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3) · 第 79 / 709 题