DE LAS RESTRICCIONES CONSTITUCIONALES QUE TIENEN LOS ESTADOS.

_RESUMEN.--Los Estados no pueden: I. Emitir billetes de crédito.

II. Sancionar leyes ex post facto. III. Dominar (CONTROL) á ninguna

autoridad de la federacion en el ejercicio de sus atribuciones. IV.

Sancionar leyes que desvirtúen la obligacion de los contratos. V.

Legislar sobre la naturalizacion de los extranjeros. VI. Imponer

contribuciones á los bancos nacionales y sus sucursales, ni á las

acciones del gobierno nacional. VII. Los gobiernos de los Estados

no tienen jurisdiccion sobre los lugares enagenados á la

federacion. VIII. De la facultad que tiene el Congreso para

reglamentar el comercio de Estado á Estado. IX. Del progreso de la

jurisprudencia nacional._

Pasamos á tratar del valor y efectos que tienen las restricciones

impuestas por la Constitucion federal á las autoridades de los Estados

en particular.

La constitucion fué sancionada por el pueblo para el gobierno de los

Estados Unidos como nacion, y no para el de los Estados en particular.

Las facultades que confiere y sus limitaciones solo tienen relacion con

el gobierno general, y las últimas no son aplicables á los gobiernos de

los Estados, sino únicamente cuando de una manera expresa lo dispone así

la misma Constitucion. Así, por ejemplo, la disposicion relativa á que

la propiedad particular no sea ocupada para el servicio público sin una

justa compensacion, tuvo por objeto restringir las facultades del

gobierno de la federacion; pero no es aplicable á los gobiernos de los

Estados.[163] Se dejó al pueblo de éstos en absoluta libertad para fijar

las restricciones que estimare convenientes á sus respectivos gobiernos

en el ejercicio de sus facultades, y la Constitucion solo marcó aquellas

que eran indispensables, y sin las cuales no habria podido conseguirse

los fines que se intentaban al investir á la Union con las facultades

que tiene.[164]

[163] _Barron v. The Mayor and City Council of Baltimore_, 7

_Peters U. S._ 243. Véase tambien «_In re Smith_,» 10 _Wendell_,

449.

[164] Los Estados no pueden establecer gobiernos militares

permanentes; pero esto no impide que puedan emplear la fuerza

armada para sofocar una rebelion, en caso de que no bastare al

efecto la autoridad civil. Véase el caso de «_Luther v. Borden_,» 7

_Howard_ U. S. 1. Este caso es de sumo interés pues en él se

discuten extensa y luminosamente los principios fundamentales de

gobierno.

La Constitucion (Art. 1 sec. 10) dice: "Los Estados no podrán celebrar

tratados, alianzas ó coaliciones: espedir patentes de corso ó

represalias, acuñar moneda ni emitir billetes de crédito; señalar como

de forzosa admision en pago de las deudas otras monedas que las de oro y

plata: aprobar ningun proyecto de ley que imponga la condenacion sin

formacion de causa: sancionar leyes retroactivas, ó que desvirtúen la

obligacion de los contratos, ni conceder títulos de nobleza. Sin el

consentimiento del Congreso los Estados no podrán: establecer impuestos

ó derechos sobre las importaciones ó exportaciones, salvo en cuanto sea

necesario para la ejecucion de sus leyes de inspeccion; imponer derechos

de tonelage, mantener tropas ó buques de guerra en tiempo de paz, entrar

en ningun convenio ó tratado con otro Estado ó con las potencias

extranjeras; ni comprometerse en una guerra, esceptuándose los casos de

invasion ó de peligro tan inminente que no admita demora."

La mayor parte de estas restricciones son tan claras, que no necesitan

de exposicion. Solo me ocuparé por lo mismo de aquellas cuya

interpretacion y extension han dado materia á las deliberaciones de los

tribunales.

Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América · 第 74 / 115 题