II.--DEL CONSEJO FEDERAL.

Ejerce el Poder Ejecutivo de la Confederacion un Consejo federal

compuesto de _siete miembros_. Estos son nombrados por las dos

Cámaras reunidas y duran _tres años_ en su encargo. El Concejo

federal se renueva íntegramente cada vez que se renueva el

Consejo nacional. El Presidente del Consejo es Presidente de la

Confederacion Suiza, y tanto este funcionario como el

Vice-presidente son nombrados por la Asamblea federal de entre

los siete miembros que forman el Consejo federal, durando en sus

respectivos encargos _un año_, sin poder ser reelectos en el año

inmediato. El _quorum_ para las deliberaciones del Consejo

federal se compone de cuatro miembros. Los miembros del Consejo

federal tienen voz consultiva en las dos Cámaras, pudiendo

presentar proposiciones en los asuntos que estén á discusion.

Las atribuciones del Consejo federal son: 1. Dirigir los asuntos

federales conforme á las leyes de la Confederacion. 2. Velar

sobre la observancia de la Constitucion, leyes y concordatos

federales. 3. Cuidar de que se observen las garantías que

otorgan las constituciones cantonales. 4. Iniciar leyes á la

Asamblea federal y dictaminar sobre las proposiciones que le

sometieren los Consejos ó los Cantones. 5. Cuidar de la

ejecucion de las leyes y de las decisiones del Tribunal, lo

mismo que de las transacciones ó sentencias arbitrales sobre

diferencias entre los Cantones. 6. Hacer los nombramientos de

los funcionarios públicos que no estén sometidos á la Asamblea,

al Tribunal ó á otras autoridades. 7. Examinar los tratados de

los Cantones entre sí ó con las potencias extranjeras, y

aprobarlas cuando esto sea de su resorte. 8. Cuidar de los

intereses de la Confederacion en el exterior, especialmente de

sus relaciones internacionales. 9. Cuidar de la independencia y

neutralidad de la Suiza. 10. Cuidar asimismo de la seguridad

interior de la Confederacion y de la conservacion de la

tranquilidad y del órden. 11. En caso de urgencia y cuando no

esté reunida la Asamblea federal, el Consejo está autorizado

para levantar las tropas necesarias y disponer de ellas, á

reserva de convocar inmediatamente á los Consejos, si el número

de tropas que se levanten pasare de dos mil hombres ó deban

permanecer más de tres semanas sobre las armas. 12. Está

asimismo encargado de todo lo concerniente al ejército federal;

lo mismo que de todos los ramos de la administracion. 13.

Examinar las leyes y disposiciones de los Cantones que deban

someterse á su aprobacion, y ejercer la vigilancia en los

diversos ramos de la administracion cantonal en que deba tener

intervencion. (Contrôle.) 14. Administrar la hacienda de la

Confederacion, proponer y presentar á las Cámaras la cuenta de

las entradas y gastos del tesoro. 15. Vigilar los actos de todos

los funcionarios y empleados de la administracion federal. 16.

Dar cuenta de sus actos á la Asamblea federal en cada sesion

ordinaria; someterle una relacion sobre la situacion de la

Confederacion, tanto en el interior como en el exterior; y

recomendar á su atencion las medidas que creyere útiles para

fomentar la prosperidad comun. Debe tambien rendir los informes

especiales que le pidan la Asamblea ó cualquiera de sus

secciones.

Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América · 第 14 / 115 题