ARTÍCULO V.

Todos los fondos recaudados y recibidos por el Receptor General

serán aplicados, primero, al pago de los sueldos y asignaciones del

Receptor General, sus auxiliares y empleados, y gastos de la

Receptoría, inclusive el sueldo y los gastos del Consultor Fiscal,

sueldos que serán determinados por el previo acuerdo; segundo, a

los intereses y el fondo de amortización de la deuda de la

República de Haití; y tercero, al mantenimiento de la fuerza

militar de policía referida en el artículo X; y luego, el sobrante

se destinará a los gastos ordinarios del Gobierno haitiano.

El Receptor General pagará mensualmente los sueldos y asignaciones,

y los gastos según ocurran; y el 1º de cada mes pondrá aparte en un

fondo separado el quantum de la recaudación y recibos del mes

anterior.

La Política de los Estados Unidos en el Continente Americano · 第 60 / 76 题