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LA FEE TRIUNFANTE
EN QVATRO
AVTOS
CELEBRADOS EN MALLORCA POR EL
SANTO OFICIO DE LA INQVISICION
EN QVE AN SALIDO OCHENTA,
I OCHO REOS, I DE TREINTA,
I SIETE RELAIADOS
SOLO VVO TRES
PERTINACES.
_EXPRESSADA POR EL R. P. FRANCISCO GARAV_
_de la Compañía de Iesus, Calificador del Santo_
_Oficio, Examinador Sinodal de este Obispado,_
_Excatedratico de Prima de Teologia_
_en el Colegio de Barcelona,_
_i oi Retor del Colegio_
_de Montesion de la misma_
_Compañia._
I LA DEDICA A LOS MVI ILLUSTRES MAGNIFICOS
Señores Iurados de la Ciudad, i Reino
de Mallorca.
Con licencia en Mallorca en la Emprenta de la
Viuda Guasp. Año 1691.
CENSURA DEL REVERENDISIMO
P. F. Sebastián Guaite Calificador del Santo
Oficio más antiguo, Examinador Sinodal
de este Obispado, Lector Jubilado
y Exprovincial una y otra
vez de su Religión de S. Francisco
de Paula en esta Provincia
de Mallorca.
Hasta entre las glorias de los triunfos, dieron lugar los Romanos
Césares a las censuras, y apodos, de los que habían concurrido, a la
felicidad de sus victorias: _Festa coronatus ludet convicia miles.
Materiam dictis non pudet esse ducem._[A] Dióle también este tan
repetido triunfo de nuestra Santa Fe Católica, a las blasfemas censuras,
que, o se vieron pronunciadas por la terquedad de los protervos
judaizantes, o se oyeron relatadas en las sentencias de los pertinaces y
reducidos. Mas unas y otras engrandecieron el triunfo, o con el
desagravio tomado en el horroroso castigo de los unos, o con la
felicidad lograda en la dichosa reducción de los otros. Para que a la
descripción de este triunfo no faltara la gloria de sufrir censura, y
fuera parecido aun en esto a los más celebrados triunfos que aplaudió el
orbe, tuve yo la dicha de haber de pronunciar sobre ella mi censura,
por comisión del Muy Ilustre Señor Dr. Cristóbal Fiol, Chantre de la
Iglesia Catedral de esta Ciudad y Vicario General y Oficial de esta
Diócesis por el Ilustrísimo Señor D. Pedro de Alagón, Arzobispo Obispo
de Mallorca. Digo pues, que hallo una sola falta; y está ya en el título
de la obra, que había de ser: _La Fe Triunfante, y Corona de su Autor_.
Púsose cuerdamente lo primero, y omitióse modestamente lo segundo: mas
yo no puedo dejar de pronunciar que leído el papel hallé que con menos
que con esto no adecuaba el título lo que en él se contiene. El pondrá
delante de los ojos de quien lo leyere, con más fidelidad y adecuación
que si hubiera intervenido en los triunfos que refiere; mas a mí me toca
decir como pueda tan pequeña obra coronar la grandeza de su autor.
Coronáronle repetidas veces los trabajos de su pluma, coronas tanto más
lucidas cuanto más tuvieron de su mano: _Corona de manu claruit_[B].
Coronáronle, digo, los trabajos de sus manos e ingeniosa pluma ya en la
enseñanza de los mismos sabios ya en la ilustración de las luces de la
puridad y glorias de MARIA, ya en su gloriosamente ideada forma deformar
ingeniosos maestros de las buenas costumbres, sin otros escritos a que
negó su nombre habiéndoles dado su trabajo; mas éste que ahora es, y
esperamos que presto no será su última obra, logra con más propiedad la
dicha de asentar como corona sobre los méritos y obras que coronaron su
autor. Fueron los demás trabajos elección de su ingenio, mas éste ha
sido corona de su elección. Pudo elegir para la obra este Muy Ilustre y
Magnífico Reino y Ciudad que la ha solicitado, cualquiera de las
personas de mayor graduación de este Reino que asistieron con su
presencia, trabajos y desvelos a cuanto precedió y sucedió a los autos.
Mas la opinión concebida por las obras, de su autor, y acreditada con la
experiencia de su grande doctrina, fructuosos trabajos y utilísimo
trato, mereció que solo su persona y obras quedaran coronadas con la
corona de esta elección, que naturalmente se hubiera ido a buscar las
sienes acostumbradas a ceñirse con semejantes coronas: _Ipsa potest
solitum nosce corona Caput_[C]. Entre los trabajos con que infatigable
asistió a la confirmación de los reducidos y reducción de los
pertinaces, a quienes repetidas veces convenció con su fervoroso celo,
relevante ingenio y extraordinaria erudición, le eligió el Santo
Tribunal para que desde el púlpito coronara en el último Auto los
Triunfos de los antecedentes, y el cabalísimo desempeño de haber con
brevedad llenamente abarcado toda la sustancia y difíciles
circunstancias del asunto, con todas sus demás prendas, le merecieron
por nuevos títulos la nueva corona de este trabajo. En él sobre lo
llano de la relación, sin salirse del asunto, supo hallar salida al
desempeño de su pluma, elevándola a lo docto, prudente e ingenioso de
las reflejas en que conforme a la vivacidad de su claro y suscinto
estilo cifra en pocas hojas materia, doctrina y erudición que pudieran
llenamente coronar cualquier volumen con las glorias de obra digna de
cualquier ingenio. Corona, pues, de tan justa y superior elección y tan
a lo primorosamente labrada merece lucir en la luz de la Imprenta con
los aplausos de corona de su autor, voces que sin estar impresas leerá
en la obra cualquiera que con la merecida atención la leyere, como
también encontrará los demás elogios que se merece mejor que yo les
pueda apuntar: _Operum proprium est ut externo comendatore non egeant.
Sed gratiam suam cum videntur, ipsa restentur, plus est quod probatur
aspecta quam quod sermone laudatur; suo enim utitur testimonio non
alieno sufragio._[D] Esta es mi única censura porque no la sufre sino
plausible este triunfo conforme a las que con gracia celebraban los
antiguos triunfos: _Consuevere tocos vestri pouque ferre triunphi_[E].
Que en lo tocante a Nuestra Santa Fe Católica y buenas costumbres está
tan lejos de incurrir en nota esta obra del Revendísimo Padre Francisco
Garau, Rector del Colegio de Montesión de la Compañía de JESUS, que por
muchos títulos se le debe el título que en la Fe Triunfante, por
merecerle, dichosamente goza, conforme a lo de Casiodoro (lib. 8 cap.
10): _Sumpsisti nomen ex meritis ut semper laeteris veritate
vocabuli_[F]. En el Convento de San Francisco de Paula de esta Ciudad de
Mallorca a 13 de Agosto de 1691.
_Fr. Sebastián Guayte._
_Imprimatur_
Fiol Vic. Gen. & Off.
[imagen]
CENSURA DEL MUY ILUSTRE SEÑOR DON DIEGO
José de Liñan y Muñoz, Colegial que fue en el
Colegio Mayor de San Salvador de Oviedo, en
la Universidad de Salamanca, del Consejo de su
Majestad, Juez de Corte, y hoy Regente en la
Real Audiencia del Reino de Mallorca.
Apenas llegó a mis manos para el permiso de imprimirse este papel de la
Fe Triunfante, cuando gustoso en el principio de las bien traídas
noticias de su introducción, me fuí cebando de manera que sin advertir
encontré con el fin. Mucho va como dice el Autor de lo vivo a lo
pintado, pero en este papel tendrán los ausentes nada que envidiar a lo
que asistimos a la función, y todos tendremos que deberle y que aprender
en lo curioso de la erudición, en lo limado del estilo, en lo poderoso
de la moralidad, en lo puntal de la narración, en lo sútil del concepto
y en lo comprensivo de la reflexión con que su autor adorna, hermosea y
suaviza lo horroroso del asunto. Esto (y no hallarse en él cosa que se
oponga a las Regalías de Su Majestad, que Dios guarde) me precisa no
solo a permitir (por lo que a mí toca) sino a suplicar la aceleración de
la prensa, y aunque mi aficionada inclinación a las inimitables prendas
de quien con tanto acierto ha escrito este papel hace sospechoso mi
sentir el más cierto, y calificado abono, lo aseguro en el nombre de su
Autor. Así lo entiendo. De este Castillo Real de Mallorca, Agosto 13,
1691.
LIÑAN Y MUÑOZ REGENS.
A LOS MUY ILUSTRES MAGNIFICOS
SEÑORES JURADOS DE LA CIUDAD, Y REINO DE
MALLORCA
D. Agustín Gual y Suñer, Juan Morro y Pastor, Pedro
Jorge Armengol y Arnau, Ciudadanos militares;
Jaime Fe Notario: Juan Artigas, mercaderes:
Juan Antonio Mateu Cirujano,
Jurados Padres de la Patria.
Queriendo salir la Fe de Triunfo, no sé yo como pueda negarle sus
victoriosas insignias la más Católica Palma, ni dejarlas ella de admitir
para su exaltación con aprecio y con aplauso. Triunfó hasta cuarta vez
en cuatro meses este año, como vimos, su siempre ileso candor, a
beneficios del Olivo y la Espada, blasones que apoyan la Cruz del Santo
Oficio, logrando aquél en los reconciliados, la piedad; y ésta en los
relapsos, o protervos, la Justicia. Pero triunfos de tan excelsa
grandeza campo mayor piden que el de un Reino, y solo les puede ser
teatro capaz todo el orbe. Queriendo pues yo servir en esto a sus
glorias para que no se ignoren sus triunfos donde se inciensa a sus
aras, tomé la pluma y delineé con mi tinta un tosco diseño de los cuatro
autos; que como aquí hicieron gloriosamente cuadrados sus triunfos, así,
como las cuatro ruedas, o misteriosas pías del Carro Triunfante de
Ezequiel, lleven sus victorias donde el Espíritu las impela; mas con
advertencia precisa que aunque vayan a esparcir las glorias donde
quiera, siempre las han de volver al puesto de donde salen: _Ibant, &
revertebantur_ (Ezech. I. 13). Y para que nada falte a la idea, tampoco
faltó allí la mano de un hombre que tomaba la pluma, o la regía: _Et
manus hominis sub pennis ejus_. ibi. Bien sé lo mucho que va de lo vivo
a lo pintado, y más cuando está tan muerto el pincel, como mi pluma;
pero aun por eso pido a V. S. aquella Palma que siempre en sus Escudos y
Armas invencible se levanta, para que así deba la Fe a este Catolicísimo
Reino, como dentro sus muros los triunfos, fuera de sus confines, la
Palma. Ni dudo que ha de hallarse la Fe con nuevas glorias bajo la Palma
de Mallorca, y ufana la misma Palma ha de coronar sus triunfos. Fué la
gran Débora figura de la Fe, siempre invicta; mas para salir no tanto a
pelear como a vencer, de la palma quiso coronarse primero: _Et sedebat
sub Palma_ (Indic. 4. 5.) y allí, y así se armó para triunfar. Nació la
Palma verdaderamente para triunfos, y sé yo que la de este Reino nunca
se hallará más ufana y más al católico impulso de la piedad de V. S. que
sirviendo de Palma a la Fe. Esto suplica a V. S. Muy Ilustre la humildad
de un forastero, que a beneficio de honras y favores no merecidos, se
reconoce gustoso con obligación de paisano. Así puede afianzarse que
dedicando sus verdores dorados a la Fe la Palma, agradecida la Fe para
perpetuar sus propios trofeos eternizará la Palma en sus glorias con los
felicísimos aciertos del gobierno de V. S. para las prosperidades en
ambas líneas que el Reino y todos esperamos, y hemos de menester.
B. L. M. de V. S.
Su más obligado Capellán, y Servidor
_Francisco Garau de la Compañía
de JESUS._
[imagen]
AL LECTOR
El Cielo sabe que nunca fue de mi genio mojar en hieles la pluma para
escribir amarguras, ni menos hacerla cincel en bronce para eternizar
infamias. Pues qué me ha obligado a escribir este papel? El celo del
bien de algunos, que puede ser se interese en la perpetua memoria del
suceso. Preservar del mal es un beneficio de monta, y tiene mucho de
preservativo un escarmiento. La soga del ahorcado, decía David, ata de
pies y manos al tentado en la tentación más urgente, para no torcer de
la ley: _Funes peccatorum circumplexi sunt me & legem tuam non sum
oblitus_. (Psalm. 118.)
Pues porque no esperaremos también que las memorias del brasero, que
consumió relapsias de judaismo han de deshacer en humo las tentaciones
todas contra la Fe? Vicios hay tan feamente abominables que basta mirar
su horrible cara en sus efectos, para que les aborrezca la inclinación
más proclive. Deseo pues hacer del veneno preservativa triaca, y que
vivan en la pintura las llamas para que no hayan de avivar incendios
otra vez. Este es mi fin: el cielo lo logre como se lo suplico, y lo
puede.
Si notases alguna desigualdad en el estilo, piensa que la naturaleza no
gasta tantos primores como en la rosa, en la espina. De todo hay, y de
todo ha de haber. Y algo se ha de dar a la prisa y a la sazón en que se
ha escrito, casi en medio del susto de un injustamente amenazado bombeo
de que nos ha librado por su misericordia Dios, a quien sea la gloria de
todo, y quien te guarde.
PARECER DEL ILTRE. SR. D. DIEGO
Jerónimo Costa Catredático de Sexto, que
fue en la Universidad de Huesca, Colegial en
el Colegio de Santa Orosia, Auditor
General del Reino de Cerdeña: Abogado
Fiscal, y Patrimonial en la Real
Audiencia de Mallorca
Para alabar, y engrandecer Ciro, hermano de Artaxerjes lo frondoso, y
copado de unas alamedas, o arrayanes, que hermoseaban sus pensiles, solo
dijo: _manu mea sunt satæ_[G]. No necesita de otro encomio, alabanza o
ponderación esta narración histórica (en su modo trágica) de la Fe
Triunfante, en los cuatro autos de ella, celebrados en Mallorca, que
publicar el nombre de su Autor, cuya erudición y doctrina afianzan
asegurar, lo expositivo y escolástico, sobre el primoroso esmalte de las
repetidas obras que ha publicado suyas la prensa, para luz y
aprovechamiento del terrestre globo. Enlaza lo pasado y lo presente con
tal vínculo que forma una como indisoluble unión, y en la narrativa de
la ejecución (como testigo de vista y operario que fue en la conversión
de los relapsos, no sin mucho fruto) explica con llaneza y sin
afectación, los sucesos, vistiendo y hermoseando con variedad de Textos
Sagrados y Escritores el jardín de su narrativa, con que puede decir
con Ciro, sin algún horror, _Manu mea sunt satæ_. Debe el Reino abrazar
con sumo aprecio este desvelo, pues sin él a vista de tantos autos de
Fe, y tan crecido número de Reos y relajados, tuvieron motivo las
naciones extranjeras para mancillar con la mancha de la perfidia judaica
los habitantes del que sumamente la aborrecen, como lo ha mostrado la
experiencia (aunque sin fruto para el desengaño) en los antiguos y
modernos siglos. Pero no me causó novedad habiendo leido a Pedro
Gregorio Tolosano[H] que los califica de pertinaces y obstinados en su
error. _Pertinax_--dice--_genus hominum in sua perfidia Iudeorum_. Bien
lo califican los repetidos ejemplares de sus persecuciones, pues ya
Sisebuto, Rey de los Godos, les compelió con pena de muerte, a dejar su
error y falsa secta y a seguir la ley de Cristo.[I] Fueron echados de
Inglaterra, con público edicto por los años[J] 1295. En el de 1498, se
desterraron de España por pertinaces, ciento veinte mil, según afirma
Sabelico Pedro Gregorio.[K] El Rey Filipe de Francia, en el año 1182,
sacó de ella a todos los judíos[L] El Señor Rey Don Fernando mandó
saliesen de sus dominios todos, y según refiere Graciano[M] fueron en
número de cuatrocientos veinte mil. Cada día experimentamos continuado
en nuestros Monarcas este católico celo, y cuando el infalible
testimonio de las Escrituras Sagradas convencen su rebeldía, ni los
castigos bastan para derribar su protervia, _Pertinax genus hominum in
sua perfidia_. Efectos deben ser de odio o suma ignorancia en los
rabinos, o bien de olvido con la obstinación en todos: uno y otro espero
cesarán a la luz de esta narración cuyo fruto tuviera cierto si hubiera
podido manifestarse tiempo antes de los Autos, pues, como dijo, aunque a
otro asunto, un Poeta.[N]
_Non tot enim viri feminæ que jacerent
Pagina si prius luce potita foret._
Pero servirá para desengaño y aun para escarmiento en los venideros
siglos, a los que hoy viven y sus descendientes, conservando por medio
de esta narración la memoria del castigo de estos Autos, efecto
principal de la Escritura[O] acreditando con ella el Autor la suma
vigilancia y cuerda atención con que los Magníficos Jurados aplican su
solicitud al desempeño de la prensa para noticiar al mundo la verdad de
este suceso, en desempeño de la sincera Fe y cristiandad no segunda del
Reino y sus moradores, como aconseja Casiodoro[P] _Ut notum illa parte
mundi faciat, ubi aliter pervenire non poterat_. Cuyos motivos y no
haber encontrado algo que se oponga a las Regalías de Su Magestad,
grangean de justicia la licencia de la Estampa. Mallorca y Agosto 18 de
1691.
D. Diego Jerónimo Costa
Abogado Fiscal Patrimonial.
_Imprimatur_
El Conde de Santa María de Formiguera,
Lugartinente de Virrey y Capitán General
de Mallorca.
[imagen]
PRIMER AUTO DE FE
CELEBRADO EN
MALLORCA A 7 DE MARZO
1691.
Mucho mas suele agradar, que no la vara, la flor; pero sobre deberle a
la vara la flor los triunfos de su belleza, mal pudiera sustentarse
hermosa la flor sin la vara. Así la más florida piedad de la benignidad
de Dios-Hombre quiso que descollara la flor de clemencia en su ser; mas
que se entendiera también que sobre lo duro de la vara se apoyaba su
soberana blandura: _Egredietur virga de radice Iesse, & flos de radice
ejus ascendet, Isaiæ, 11._ Sea, que lo florido triunfe; pero sépase que
pasando por lo duro se ensalza. Haya flor que corone; mas no falte cetro
que amargue. Reine con prosperidades felices el Salomón verdadero por
los dulces atractivos de su belleza y su agrado; mas ármese primero bien
con el poder y los rayos de su espada. _Accingere gladio tuo super femur
tuum potentíssimé: specie tua, & pulchritudine tua intende, prospere,
procede, & regna. Psalm. 44. v. 4. & 5._ Venga humano a regir hombres
para que lo amen: _Apparuit humanitas_ Tit. 3. 4. Pero sea con ejército
de Angeles para que le teman. Mande pregonar la paz para los buenos,
mas no sin amagos de tropas militares para los rebeldes: _Facta est cum
Angelo multitudo militiæ coelistis & c. Luc. 2. v. 13._ Bien sé que no
quiso reconocer por suyo el espíritu de Diego y Juan cuando querían
hacer bajar del cielo llamas vengadoras contra la insolente Samaria. _Et
increpavit illis dicens: nescitis cujus spiritus estis Luc. 9. v. 55._
Mas también dijo que había venido a poner fuego en el mundo y que todo
su deseo era abrasarle para hacer cenizas sus maldades. _Ignem veni
mittere in terram & quid voto nisi ut accendatur Luc. 12. v. 49._ Si,
que de todo tiene nuestro Salvador, dice Clemente Alejandrino, para
salvarnos: amenazas, avisos, terrores y halagos; lástimas y castigos.
Aterra con el fuego a los hombres encendiendo en una misma columna de
nube, para atractivos las luces y para terrores las llamas; vibrando
resplandores e incendios, para el que obedece, luces; para el que se
obstina rayos: _Igne terret homines ex columna flammam accedens, quod
est simul gratiæ & terroris indiciums: si obedieris, lucem; si non
obedieris, ignem (in exhort ad Gentes)._ Y consta que cuando se puso de
tribunal magestuoso en aquel gran teatro del Tabor, si quiso que le
asistiera la mansedumbre de Moisés no quiso que le faltara asesora la
ardiente espada del celo de Elías, y compuso misteriosamente en sí
propio toda la suavidad y blandura del sol con todo el claro rigor de la
nieve: _Resplenduit facies ejes sicut Sol; vestimenta autem ejus facta
sunt alba sicut nix x apparuerunt illis Moisés, & Elías. Mat. 17. v. 2.
3._ Y aquí fue donde le constituyó el Padre Supremo Inquisidor General
de los Hombres, mandándonos que le oyéramos: _Ipsum audite_ v. 5. ¿Y
qué habíamos de oir sino aquella formidable voz y sentencia que tanto le
hizo temer y pasmar al Profeta? _Domine audivi auditionem tuam & timui_
Habac. I. Y así había de ser, que el que había venido todo delicias del
bueno, fuera espanto, terror y Juez severo del malo: _Omme indicium
dedit filio. Joan 5. 22._
Y la razón se ha de tomar de parte de la equidad de un Dios justo y de
la de nuestra miseria. Cuan rara fuera la inocencia en los hombres, si
sin amargar la justicia, solo hiciera Dios ostentación de la clemencia?
La muchedumbre, decía Aristóteles, más sirve a la necesidad que a la
razón, más al temor de la pena que al puro amor de la honestidad
virtuosa, y más al apremio que al premio: con que es preciso que para
ingenios duros y abatidos se fulminen penas y establezcan tribunales de
justicia que, o con el temor refrenen o bien con el castigo destruyan:
_Multitudo necessitati potius cuan rationi; & poenis quam honestati
parit; idcirco adversus inobedientes, & hebetiores ingenio,
castigationes paenas que instituere opportet; eos vero qui curari &
emendari nequeunt, extrudere, & exterminare. Ultimo Etich. in fine._
Porque, como decía el Crisóstomo nada así da osadía a multiplicar los
delitos como la impunidad de quien peca: _In augmentum fascinorum
prosilitur quoties se curá impunitate peccatur._ (Serm. de Absalone).
Esta necesidad lastimosa avivada de la experiencia lamentable de los
tiempos, autorizó en todas las Repúblicas bien ordenadas absolutos
tribunales de justicia. Ella armó de varas en haces a los Cónsules de
Roma; de cetro y espada a los Reyes, y de báculo pastoral a las Mitras.
Apenas consagró Cristo en Sacerdotes a sus Discípulos cuando les intimó
que no había de faltar a la Iglesia su espada para cortar rebeldías:
_Sed nunc qui non habet, vendat tunicam suam, & emat gladium. Luc. 22.
v. 36._ Esta es aquella soberana Potestad y jurisdicción suprema de
corregir y castigar los reos de lesa Magestad Divina en la más sagrada
autoridad de su Fe. Esta la que ejerció Dios por si mismo en el mundo
con el primero de los hombres para dejarla establecida, ideada y
recomendada a los siglos en tan divino prototipo o ejemplar; de que
latamente Paramo _Lib. 1. tit. 2 de origine Inquisítionis_. Esta delegó
a Abraham, Moisés, Finees, David, Elías, y otros grandes hombres de la
ley vieja, como prosigue el mismo autor _tit. 3._ De ésta se valió
Cristo contra uno y otro Herodes y contra los Judíos, castigando su
infidelidad con la confiscación de sus bienes, destierro perpetuo de su
patria y casi de todo el orbe, desolación de sus casas y muerte violenta
de innumerables protervos. Comunicola a los apóstoles, y pasó de ahí a
ejercitarse en los Concilios, a continuarse en los Obispos, y por medio
de la Santa Sede Apostólica se delegó absolutamente a los Inquisidores
Apostólicos, a cuyo Sagrado Tribunal, al impulso de tan logradas
experiencias ha ido dando la Iglesia más amplia la autoridad y más
soberanas sus veces.
Y como no, sin mucha gloria de nuestra España el primer Inquisidor
General fue nuestro Ilustrísimo Patriarca Santo Domingo, señalado por
Inocencio III año 1216, y de aquí se fue propagando con más autoridad en
estos Reinos comenzando por Cataluña y Aragón, como afirma el citado
Paramo. _Lib. 2. tit. 2. cap. 8. nu. I_, a instancias del milagroso San
Raimundo de Peñafort: así podemos decir que habiendo tenido en España su
oriente llegó en ella a lograr de lleno el mediodía de su autoridad, y
su gloria, desde que a ruegos de los Serenísimos Reyes Católicos Don
Fernando y Doña Isabel, El Sumo Pontífice Sixto IV el año 1483, unió en
una cabeza suprema toda la autoridad, que estaba repartida en los
Inquisidores particulares de estos Reinos: Formando de todos una como
monarquía espiritual de la Fe, en un tribunal tan supremo, que es solo
inferior al que de todo el Orbe Cristiano es soberana cabeza. Mas dígase
también, que si España ha sido quien con mayor piedad, celo y constancia
le ha añadido cultos de la mayor veneración, estimación y respeto, es
ella también sin duda quien mejor que otro Reino alguno del mundo, ha
logrado en la entereza y pureza de su Fe, los más soberanos fines de la
vigilancia, aplicación, actividad, celo y cuidado del Santo Tribunal, o
para obviar o para disipar en pareciendo, los errores que como oscuras
nubes pudieran ofuscar el claro día de su Católica Romana Fe. Y
permítasele a la sinceridad de mi pluma decir aquí sin sospecha de
lisonja, que siendo este nobilísimo Reino de Mallorca, el que a ninguno
cede, cuando no se adelante a todos, en los más finos esmeros de
autorizar con su más calificada nobleza los ejercicios y ministerios de
este Tribunal Sagrado, preciándose casi todos de acreditar la nobilísima
antigüedad de su sangre, con el blasón de Ministros o Familiares de este
Santo Oficio: así, ni más ni menos, ha experimentado felizmente desde
sus principios, el más vivo desvelo en atajar los incendios de la
perfidia, para que, ya que abrasaban los corazones infames de algunos
mal convertidos, no se extendieran ni a uno solo fuera del barrio o
parentela de ellos mismos, de que haremos evidencia después.
Y siendo así que en todos los siglos ha dado contínuas demostraciones de
esta verdad la experiencia: sin embargo ha querido la Providencia Divina
mostrar más claramente singular su Paternal cuidado con esta su tan
favorecida porción de la Iglesia, sacando a luz el fuego de la perfidia
que bajo las cenizas del más solapado fingimiento hipócrita, se
encubría.
Lastimóse este Catolicísimo Reino el año pasado de 1679, de ver que
entre tantos ejemplos de virtud y piedad cristiana, tanta frecuencia de
Sacramento, tanto sudor de celosísimos Predicadores Evangélicos y
Apostólicos de todas las Religiones Sagradas, tantos ministerios de
oración fervorosa, tan multiplicadas, repetidas y continuas
explicaciones de la Doctrina de Cristo (en todo lo cual no tiene que
ceder esta Nobilísima Ciudad a otra alguna de la Iglesia) hubiera podido
mantenerse, y avivarse la proterva obstinación del judaismo en los
corazones de más de doscientos y doce Reos que en cuatro juicios, o
Autos, abjurada su perfidia, se reconciliaron con la Iglesia los días
16, 23 y 30 de Abril y 3 de Mayo del dicho año 1679. Y para mayor
admiración debe ponderarse, que los años anteriores a éste se habían
celebrado en esta ciudad dos Autos Generales, el uno a 2 de Abril de
1645, y el otro más vecino a 13 de Enero de 1675, sacando en el primero
quince penitentes por varios crímenes, con cuatro más, relajados en
estátua; y en el postrero veinte y cuatro reos, con otros seis en
estátua, uno relajado en persona, quemado vivo por obstinado y pertinaz;
sin embargo, ni en uno ni en otro Auto salió más que un judío, y este
forastero, matritense, que fue el que murió en las llamas; siendo así
que de los doscientos y doce que se reconciliaron el año 1679, los más,
si no todos, como después confesaron ellos propios, eran ya muy de atrás
judaizantes. Para que se repare, cuan hipócritamente sabe solaparse el
judaismo en tales hombres, siendo ellos los que más frecuentaban las
Fiestas, Sermones y aun Sacramentos, sin dar lugar a la piedad inocente
de los fieles a formar juicio de su malicia, tan rebozada con capa de
aparente virtud.
Y así mismo se vea cuan ciegamente proceden en su caduca ley; pues es
cierto que ni ella ni otra alguna que sea razonable, podía permitirles
ni aun por la vida cuanto menos por el vil interés de sus riquezas, que
se ejercitaran en tantas acciones exteriormente potestativas de la fe
contraria, ni se emplearan en tantas operaciones que en su falsa
creencia habían de juzgar por idolatrías manifiestas. Pero así se
convence cuan engañados del demonio vivían, ni profesando el
cristianismo por no haber de abrazar en su interior y más sagrado la
perfección de su ley, ni aun el judaismo más que por una vil pasión,
tesón ciego y soberbio o presunción obstinada de sus depravadas
inclinaciones, y no por verdadero deseo de salvarse, como necia y
soberbiamente se jactaban. Pues en la forma de vivir que llevaban, aun
siendo viva y no fenecida, como ya es, la ley de Moisés, no les pudiera
salvar, con que siendo malos católicos ni aun eran buenos judíos.
Argumento a que nunca ví que supiesen o pudiesen satisfacer en las
audiencias que delante Graves Calificadores se dieron a los que entre
ellos querían presumir de Rabinos. Mas Dios que los había destinado en
sacrificios de su justicia, los dejó obstinar en su protervia,
cerrándoles los ojos para que viendo no viesen, y viéramos cumplido lo
que tanto antes profetizó Isaías y se los aplicó y reveló Nuestro Señor
Jesucristo, por San Juan, _cap. 12. v. 40 Eccaecavit oculos corum, ut
videat oculis & non intelligant corde & convertanteur & sanem cos. Hec
dixit Isaías cap. 6. 9_.
Pero mal puede a la larga dejar de manifestarse el fuego por hondo que
se haga: o en las lenguas de las llamas, o del humo, o del ardor, o del
olor, él se publica; ni todo lo ha de aguardar Dios para el día del
juicio universal de todo el mundo. Disimula, calla, sufre, espera,
avisa, amonesta, amenaza, llama, aconseja, aterra, y cuando nada basta
descarga el golpe y castiga, tanto con más rigor de justicia la pertinaz
rebeldía cuanto con más dilatado sufrimiento la toleró más benigno.
_Nam, quoe diú ut convertantur tolerat, non conversos durius condemnat._
Greg. hom. 13 in Evan. Y en fin, al más ocultado delito sucede de
ordinario la más infame publicidad del castigo: _Ocultam culpam sequitur
aperta percussio_. Cassian, super Psal. _Deixit insipiens._
Quiso pues Dios, cuando quiso, que por medio de una inocencia
inculpable, se cogiera el cabo del ovillo, por cuyo medio se empezó a
correr el año 1678 o poco antes, con el necesario secreto, por las
intrincadas minas de tan ciego laberinto, tropezando a cada paso, como
en más sendas, más reos. Entendiéronse las contracifras con que se
hablaban y entendían aún delante de los católicos: descubriéronse los
disimulos con que se disfrazaban las vanas observancias de la Ley vieja.
Súpose el huerto donde si no prendían a Cristo, le vendían teniendo en
él, como en su Sinagoga, con varios pretextos sus juntas, y en fin se
hallaron, prendieron y castigaron con la benignidad que acostumbra la
Iglesia, aquellas más de doscientas personas sobredichas, reas de
judaismo, con más o menos gravedad, a que se proporcionó su castigo.
No se habían cumplido los nueve años desde dicha conciliación que se
celebró el de 1679, cuando por alta Providencia Divina comenzó a
rasgarse otra vez el velo de la hipocresía y descubrirse la
reconcentrada abominación de la obstinación depravada. Veían estos
hombres la poca o ninguna seguridad de sus vidas si se mantenían en este
Reino donde no solo les acusaba la virtud agena, y los hacía temblar la
vara del Santo Oficio que miraban sobre sí toda ojos de celo y de
vigilancia; pero les tenía en contínuos sustos la formidable reprensión
de su mala conciencia, y por no querer dar en el verdadero y solo seguro
camino de la virtud y la fe, iban tentando y tropezando en todos los
precipitados caminos de su ruína. Temían de sus propias sombras,
recelábanse de sí propios, y como el impío huye sin que le persiga
nadie: _fugit impius nemine persecuente_. Prov. 28. I. Así estos
míseros, por huir de su conciencia que contínua e importuna los acusaba
y acosaba, quisieron hacer fuga del Reino, esperando hallar en países
libres la quietud que en éste no hallaban, sin quererse dar por
entendidos de que adonde quiera que fuesen se llevarían a sí mismos.
Sucedió que se prendieron tres o cuatro, y entre esperanzas y miedos,
remordimientos, y sobresaltos, fluctuaban los otros indecisos sobre qué
harían? No les fuera tan difícil librarse a los hombres solos, mas el
amor a sus mujeres o hijas que habían hecho cómplices de su relapsia no
les dejó sosegar en este pensamiento. En fin, un día juntos, como
solían, los más en casa de una mujer vieja, que era como su Profetiza,
llamada Margarita Martí, viuda de Miguel Tarongí, dicho de la Volta,
tomaron resolución de hacer la fuga con sus mujeres en la primera
ocasión que se ofreciera, aunque fuese con riesgo de perderse.
Mas Dios que lo ve todo, quiso declararles en breve con bien singular
demostración, lo mucho que se ofendía, así de sus intentos como de sus
consultas. Pues aquella misma noche, y poco después que se fueron, se
hundió la casa de dicha Margarita, y el peso de las ruínas y más el de
su culpa, la llevó a hundirse y ahogarse infelizmente en un algibe
grande de aceite que por acá usan, aunque estaba bien cubierto y cerrado
por arriba. Los acasos son para los hombres y ninguno lo es para la
Providencia Divina. Mas aun que no todo es misterio, todo es acuerdo, y
quiso Dios en este fracaso piadosamente amoroso advertirles cuan cerca
habían estado de su ruína, los que no la merecían quizá menos que la
que la padeció. Quería Dios que aquella fatalidad impensada les sirviera
de escarmiento, como la de la Torre de Siloe, cuyas voces pavorosas del
estruendo explicó la Magestad de JESUS, que decían: escarmentad en los
diez y ocho que sepultó en sus ruínas la torre porque si no enmendais
vuestras vidas, pereceréis todos así: _Nisi poenitentiam habueritis
omnes similiter peribitis; sicut illi decem, & octo, super quos cecidit
turris in Siloe_ Luc. 13. 4. Ni fue quizá sin misterio el morir aquella
mujer anegada en óleo, símbolo de la clemencia, pues si al un cómplice
la misericordia le mata, ¿qué no le queda al otro que temer de la
Justicia? Y si una balsa de aceite sabe hacerse tempestad para anegar a
un delincuente en tierra firme, ¿qué tormentas de vengadoras olas no le
han de sepultar en el mar airado al cómplice del delito?
Mas la necedad endurecida no se entiende con las voces del amor piadoso,
sino solo con las del dolor pungente; ni sabe abrir los ojos a la luz
del relámpago que amenaza sino solo a la del rayo que hiere; torpe al
amago preservativo, y solo sensible y despierto al golpe ya sin remedio:
_Malo accepto stultus sapit_. Senec. y mientras no se duele, ni le duele
ni se enmienda. Así estos míseros, habiendo de sacar de esta fatalidad
escarmientos, sacaron prisas para ejecutar su fuga premeditada,
alentándoles Rafael Valls, que lo pagó después vivo en las llamas, y
pagará para siempre en el infierno, con asegurarles que les había Dios
de enviar un Angel, como a los niños del horno de Babilonia, y
librarles, como a ellos, de las llamas; pues creían en el mismo Dios y
se exponían a igual peligro por no querer adorar otro Dios: _Misit
Angelum suum se eruit servos suos, qui crediderunt in eum &. Et
tradiderunt corpora sua, ne servirent, & ne adorarent omnem Deum,
excepto Deo suo_. Daniel 3. 95. y hallando aprestado un navío inglés, y
concertado el viaje y pagado el flete, blasonaba soberbio que ya les
había oído Dios, atribuyendo blasfemo a su bondad lo que solo era
solicitud del Demonio que por aquel medio del Patrón hereje ayudaba a
sus depravados intentos para llevarlos al golfo de su desdicha perpetua.
Permitióle Dios que se embarcaran, mas como sabe conducir al profeta
Jonás a Nínive, por el camino de Tarsis, por más que opuesto, así supo
desde la nave conducirlos a éstos a la prisión. Había estado tranquilo
el mar por muchos días, y apenas pusieron el pié en la nave cuando se
cerró el cielo, bramaron contrarios los vientos, y no pudiendo sufrir
aquel elemento el peso de tantas culpas se alborotó a toda furia,
oponiéndose a sus destinos hasta sacudir la carga de encima de sus
espaldas. Arrojóles la nave y como para Jonás fugitivo estuvo prevenida
la cárcel del buque de la ballena, que a su pesar le condujo al término
del destino de Dios, así en nuestro caso recibieron las cárceles del
Santo Oficio a los que escupió la Nave, el mar y sus olas.
Bien pudiera Dios rigurosamente piadoso dejarles apartar de estos mares
y sepultarles después en golfos de agua para eternizar su muerte en las
llamas que merecían. Mas los adorables juicios de la Providencia Divina,
aunque siempre inescrutables a la mayor perspicacia, también a veces se
nos dan a venerar dejándose traslucir en la benignidad de sus efectos. Y
a la verdad del devoto y católico modo de morir de casi todos, como
después veremos, juzgo se puede piadosamente creer que el embarazarles
la fuga fue efecto de la predestinación eterna, que quiso librarles de
perderse en el agua para que pereciendo en las llamas se lograran para
siempre. Dejándolos ir les dejaba perecer en su perfidia; prendiéndoles
en las cárceles les dió tiempo, oportunidad y luz para conocer sus
delitos y llorar arrepentidos su pecado, y en todo caso así justificó
Dios en los unos su causa, y lució en los otros su clemencia. Ni faltó
entre ellos quien reconoció esta verdad, improperando al vano profeta
Valls, la estólida vanidad de su esperanza, infiriendo de ahí la locura
de su error en pensar que era del gusto de Dios su falsa creencia, pues
en vez de un Angel que los librara les había enviado un Alguacil que los
prendiera. Argumento, que me dijo un confidente suyo le había confesado
el propio Valls, que le apretaba no poco y que le había tenido desvelado
toda una noche. Pero había el triste jurado de pertinaz y obstinándose
en cerrar los ojos a todas las luces de la misericordia de Dios y de su
gracia, sin querer reconocer que era Angel de Dios el que le quitó la
libertad para perderse, y le prendía en el cuerpo para ponerle en la
verdadera libertad de hijo de Dios, si se hubiera querido valer, como se
debe esperar de muchos cómplices suyos. Desde entonces comenzaron a
correr con suma aplicación y no menor fatiga las causas de tantos reos,
siendo preciso alargarse todos los días lo menos a siete horas de
tribunal, sin vacar más que los de precepto, en casi todos los tres años
de esta complicidad.
Formaban a esta sazón el Sagrado Tribunal de esta Inquisición de
Mallorca:
El Muy Ilustre Señor Licenciado D. José Hualte, Catedrático propietario
de Digesto viejo en la Universidad de Huesca, Fiscal e Inquisidor más
antiguo que fue en el Santo Oficio de la Inquisición de Cerdeña, y aquí
Inquisidor Apostólico más antiguo.
El Muy Ilustre Señor Licenciado D. Pedro Guerrero de Bolaños, Abogado de
los Reales Consejos de Castilla; Fiscal e Inquisidor Apostólico de este
Tribunal.
El Muy Ilustre Señor Licenciado D. Santiago Hidalgo, Abogado de los
Reales Consejos, Fiscal de esta Inquisición.
Juez Ordinario por el Ilustrísimo y Rmo. Sr. Arzobispo, Obispo de esta
ciudad, primero el Rmo. Padre Maestro Fray Pedro Roig de la Religión de
Sto. Domingo, Calificador del Santo Oficio y Examinador Sinodal, y por
su muerte el Reverendísimo P. Maestro Fr. Sebastián Guaite, de la Orden
de San Francisco de Paula; Exprovincial una y otra vez de su Religión;
Calificador el más antiguo; Examinador Sinodal continuado de muchos
Señores Obispos; Lector jubilado y Maestro en Sagrada Teología.
Juez de Bienes confiscados por Su Magestad, el Doctor Juan Bautista
Danús, Ciudadano militar.
Don Gaspar de Puig de Orfila y Dameto, Alguacil Mayor.
Don Leonardo Zaforteza y Sureda de San Martín, Receptor.
Don Manuel Ximénez de Sotomayor, Secretario del Secreto.
El Doctor Sebastián Ferragut, Catedrático de Teología en esta
Universidad, Secretario del Secreto.
Jaime Fábregas y Rex, Secretario del Secreto.
Don Diego Embid de Moros, Secretario del Rey Nuestro Señor en el Supremo
Consejo de Aragón y del Secreto de esta Inquisición, que lo fue de la
del Reino de Cerdeña.
Don Juan de la Puebla Moreno, Oficial Mayor que fue de la Secretaría de
Cámara del Excmo. Sr. Obispo Inquisidor General; Secretario interino del
Secreto de la Inquisición de Corte y propietario del Reino de Murcia,
que al presente es Secretario del Secreto en esta de Mallorca.
Don Juan Odón Desclapez y Puig de Orfila, Contador.
El Doctor Bernardino Bauzá, Caballero Abogado del Fisco.
Domingo Ferragut, Notario de Secuestros.
Don Marcos Antonio Cotoner y Sureda, Capitán de la Familia.
Don Ramón Brondo, Caballero del Hábito de Calatrava, Almirante de la
Mar.
Don Francisco Desbrull y Font de Roqueta, del Hábito de Calatrava,
Depositario de Pretendientes.
Don Gabriel Fuster, Depositario de la Curia Civil.
Jaime Mas, Alcaide de las Cárceles Secretas.
Miguel Seguí, Notario y Nuncio del Secreto.
Gabriel Guasp, Portero del Secreto.
Nicolau Rubert, Notario, Procurador del Fisco.
Martín Seguí, Notario, Escribano Mayor de la Curia Civil y del Juzgado
de bienes confiscados.
Con la actividad celosa, e incesante aplicación a tan fatigosas tareas,
sin dejar de acudir a otros muchos importunos incidentes, que
forzosamente ocupaban si no divertían, llegaron a tener ochenta y ocho
causas de Fe concluídas, votadas, consultadas y despachadas para la
ejecución, en tres años, sin otras muchas, que es verosímil, que por
falta de probanzas no saldrían. Y así para los siete de Marzo del año
corriente de 1691, día del gloriosísimo Dr. de la Iglesia y Defensor de
la Fe, Sto. Tomás de Aquino, y día en que tres años antes había sido la
prisión de los embarcados, se mandaron levantar tablados, en la
capacísima Iglesia de los Religiosísimos Padres de Sto. Domingo: uno a
la parte de la Epístola en igual plano de la peaña del Altar, que se
había revelado sobre el pavimento de la Iglesia nueve gradas, y en este
tablado adornado ostentosamente estuvieron bajo dosel carmesí con
magestad de Tribunal, los Señores Inquisidores comenzando por la parte
de arriba el más antiguo. En frente de éste, a la parte del Evangelio,
sobre la misma línea de pavimento se levantaban como aparador, ocho
gradas de maderaje desnudo hasta rematarse en la pared para asiento de
los reos, con proporcionado soslayo que los exponía al registro y
curiosidad de casi toda la iglesia. De esta parte se desprendía un
corredor con barandado basto, que era la calleja de amargura por donde
se habían de conducir los Reos a oir sus sentencias en una como jaula
bolada, hacia el frente del Altar, en proporcionada distancia. A uno y
otro lado se habían hecho otros tablados más bajos, que esplayándose en
las Capillas colaterales, salían a ocupar casi todo el espacio que corre
entre las espaldas del Coro bajo, y las Capillas. El primero y segundo
de la parte del Evangelio se celaban con celosías para embozo respetuoso
de la autoridad del Ilustrísimo Sr. Marqués de la Casta, Virrey y
Capitán General de este Reino, y los Muy Ilustres Señores Jurados, el
Sr. Marqués del Belpuche D. Alberto Dameto y Español, Antonio Custurer y
Garriga, D. Juan Bautista Bordils y Truyols, Ciudadanos militares;
Francisco Cañellas, Pedro Andrés Campos, Mercaderes, y Joaquín Bassa,
Cirujano, que con otros personajes de la Ciudad, ocupaban el primero;
autorizando el segundo el Muy Ilustre Cabildo de esta Catedral. En los
de enfrente se lucía la Nobleza Mallorquina en las más principales
Señoras que los ocupaban. Todo el Templo estaba magestuosamente adornado
con ricas colgaduras de damasco y terciopelo carmesí, y atestado todo de
lo más lucido y grave de la Ciudad, sin haber tribuna, coro, ni
sobrecoro que no estuviera lleno, ocupando autorizadamente la primera
tribuna de la Epístola el Ilustrísimo y Reverendísimo Sr. D. Pedro de
Alagón, Arzobispo Obispo de Mallorca.
Llegado pues el dicho día siete de Marzo fueron conducidos de muchos
Familiares por entre innumerable gentío de todo sexo, estado y edad,
desde la Inquisición hasta el dicho Templo de Sto. Domingo, veinte y
cinco reos, cerrando la procesión los Muy Ilustres Señores Inquisidores
asistidos de una gravísima comitiva de Reverendísimos Calificadores y
Familiares Nobilísimos, que habiendo tomado todos lugar en sus puestos,
y comenzada la Misa según costumbre, se pasó a leer las sentencias a los
Reos que son los siguientes:
REOS RECONCILIADOS EN FORMA CON
abjuración formal: en el Auto primero de 7 de
Marzo 1691
1. Gabriel Cortés, Soltero, hijo de Rafael Cortés, difunto, y de Isabel
Cortés, alias la Moianeta, mercader de oficio, natural y vecino de esta
Ciudad, de edad de veinte y un año, preso por delito de judaismo. Salió
al Auto en forma de penitente con su sambenito de dos aspas y vela verde
en las manos. Leyósele su sentencia con méritos; abjuró formalmente sus
errores y fue reconciliado en forma, advertido gravemente, reprendido y
conminado, condenado a cárcel y hábito por un año, y en confiscación de
bienes.
2. Jerónima Pomar, mujer de Pedro Juan Miró, mercante de oficio, natural
y vecina de esta Ciudad, de edad de cincuenta y nueve años, presa por
delito de judaismo. Salió al Auto en forma de penitente con su sambenito
de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con
méritos; abjuró formalmente sus errores, fue reconciliada en forma,
advertida, reprendida y conminada, con condenación de cárcel y hábito
por un año, y confiscación de bienes.
3. Francisco Valls, Soltero, hijo de Rafael Valls mayor y de Isabel
Bonnin, su mujer, natural y vecino de esta ciudad, botiguero de oficio,
de edad de veinte y cuatro años, preso por delito de judaismo. Salió al
Auto en forma de penitente, con sambenito de dos aspas y vela verde en
las manos. Leyósele su sentencia con méritos, abjuró formalmente sus
errores; fue reconciliado en forma, advertido, reprendido y conminado,
con condenación de cárcel y hábito por dos años.
4. Miguel Valls, Soltero, hijo del sobredicho Rafael Valls, mayor, y de
Isabel Bonnin, su mujer, natural y vecino de esta Ciudad, mercante de
oficio, de edad de veinte y un años, preso por judaizante. Salió en
forma de penitente con sambenito de dos aspas y vela verde en las manos.
Leyósele su sentencia con méritos; abjuró formalmente sus errores, fue
reconciliado en forma, advertido, reprendido y conminado, y condenado a
hábito y cárcel por dos años, y confiscación de sus bienes.
5. Rafael Joaquín Valls, hermano de estos dos últimos, natural y vecino
de esta Ciudad, de edad de veinte y ocho años, preso por delito de
judaismo. Salió en forma de penitente, con sambenito de dos aspas, soga
de esparto al pescuezo y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia
con méritos; abjuró formalmente sus errores, fue reconciliado en forma,
advertido, reprendido y conminado; condenado a hábito y cárcel perpétua
irremisible, doscientos azotes y siete años de Galeras, y que pasados
éstos reasuma el hábito y carcelería con confiscación de sus bienes.
6. Francisca Cortés, Doncella, hija de Agustín Cortés de Rafael, alias
Bruguea, mercante de oficio y de Isabel Terongí su mujer, natural y
vecina de esta Ciudad, de edad de diez y ocho años, presa por
judaizante. Salió en forma de penitente con sambenito de dos aspas y
vela verde en las manos. Leyósele la sentencia con méritos; abjuró
formalmente sus errores y fue reconciliada en forma, advertida,
reprendida y conminada, y condenada a un año de hábito y cárcel y
confiscación de bienes.
7. Beatriz Cortés, mujer de Pedro Juan Terongí, alias el Conde, mercante
de oficio, natural y vecina de esta Ciudad, de edad de veinte y un años;
fue presa por delito de judaismo. Salió en forma de penitente, con
hábito de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con
méritos y abjuró formalmente sus errores; fue reconciliada en forma,
advertida, reprendida y conminada, y condenada a hábito y cárcel por dos
meses y confiscación de bienes.
8. Juana Miró, mujer de Pedro Onofre Cortés de Guillermo, alias Moxina,
de oficio cobrador de deudas, natural de la Villa de Muro en este Reino,
vecina de esta Ciudad, de edad de veinte y ocho años, fue presa por
judaizante. Salió al Auto en forma de penitente con su sambenito de dos
aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con méritos,
abjuró formalmente sus errores, fue reconciliada en forma, advertida,
reprendida y conminada, y condenada a hábito y cárcel perpétua y
confiscación de bienes.
9. Juan Antonio Pomar, viudo, negociante de oficio, natural y vecino de
esta Ciudad, de edad de sesenta años, fue preso por judaizante. Salió al
Auto en forma de penitente, con sambenito de dos aspas y vela verde en
las manos. Leyósele su sentencia con mérito; abjuró formalmente sus
errores, fue reconciliado en forma, advertido, reprendido, conminado,
condenado a hábito y cárcel perpétua y confiscación de bienes.
10. Juan Odón Cortés, Soltero, hijo de Pedro Onofre Cortés de Guillermo,
alias Moxina, y de Margarita Martí, difunta, negociante de oficio,
natural y vecino de esta Ciudad, de edad de veinte y tres años, fue
preso por judaizante. Salió al Auto en forma de penitente con sambenito
de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con
méritos, abjuró formalmente sus errores, fue reconciliado en forma,
advertido, reprendido y conminado, condenado a hábito y cárcel perpétua,
con conminación de que no salga del Reino, sopena de diez años de
Galeras y confiscación de bienes.
11. Onofre José Cortés, Soltero, hijo de Rafael José Cortés, difunto, y
de Isabel Cortés, alias Moianeta, negociante de oficio, natural y vecino
de esta Ciudad, de edad de veinticinco años, fue preso por crimen de
judaismo. Salió al Auto en forma de penitente, con sambenito de dos
aspas y vela verde en las manos. Leyósele la sentencia con méritos;
abjuró formalmente sus errores, fue reconciliado en forma, advertido,
reprendido y conminado, condenado a hábito y cárcel por dos meses y
confiscación de bienes.